Este documento presenta un resumen de la filosofía del derecho a través de los tiempos. Explica que la filosofía del derecho estudia los aspectos universales del derecho, mientras que la ciencia jurídica se enfoca en los sistemas legales particulares. Luego resume brevemente las primeras escuelas filosóficas griegas como los jonios y eleatas, que se centraron en problemas físicos más que éticos. Finalmente, destaca a Pitágoras, cuya escuela consideró que los números son los principios de todas las
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FILOSOFÍA DEL DERECHO
Introducción
Visión cronológica de la filosofía del derecho
Edad Antigua I
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FILOSOFÍA DEL DERECHO
Introducción
➔ La Filosofía del derecho: Como resulta claro del nombre, la Filosofía del derecho es aquella
rama de la filosofía que concierne al Derecho. Ahora bien, Filosofía es el estudio de lo
universal, luego en cuanto la Filosofía tiene por objeto el Derecho, lo toma en sus aspectos
universales.
➔ Puede definirse también la Filosofía en general como el estudio de los primeros principios,
porque a estos, precisamente, corresponde el carácter de universalidad. Los primeros
principios pueden referirse ya al ser y al conocer, ya al obrar; de aquí la división de la
Filosofía en práctica y teorética. La Filosofía teorética estudia los primeros principios del ser
y del conocer, y se divide a su vez en las siguientes ramas: ontología o metafísica (que
comprende también la Filosofía de la religión), gnoseología o teoría del conocimiento, lógica,
psicología, filosofía de la estética. La Filosofía práctica estudia los primeros principios del
obrar y se divide en Filosofía moral y Filosofía del Derecho. A menudo se adopta también para
la denominarla la palabra ética: más conviene advertir que a veces se entiende esta
denominación en sentido lato, en cuyo caso es sinónima de Filosofía práctica; y a veces en
sentido estricto, en cuyo caso es sinónima de filosofía moral.
El estudio del derecho en sus ingredientes universales constituye el objeto de la
filosofía jurídica. Pero el Derecho puede ser estudiado en sus aspectos particulares:
en este caso es el objeto de la ciencia jurídica o jurisprudencia en sentido estricto.
La diferencia entre ciencia y filosofía del derecho radica cabalmente en el
respectivo modo como una y otra consideran al Derecho: la primera en particular, la
segunda en universal.
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★ En todo tiempo y en todos los pueblos se da un sistema positivo de derecho. Se
da así una serie múltiple de sistemas, a tenor de los diversos pueblos y tiempos.
○ La ciencia del Derecho tiene por objeto los sistemas particulares
considerados singularmente para cada pueblo en una época determinada.
Pero además, una ciencia jurídica no suele comprender propiamente todo
un sistema, sino que procede con ulteriores especificaciones y
distinciones, considerando una parte singular del sistema en cuestión
(derecho público o derecho privado). Pero estas divisiones no han de
entenderse de modo absoluto, siendo numerosas las conexiones e
interferencias entre las distintas ramas, y no excluyéndose la creación
de otras nuevas.
Claro está que ninguna ciencia jurídica en sentido estricto puede explicar que
sea derecho en universal, sino únicamente lo que es el derecho (o una parte del
derecho) en un cierto determinado tiempo. La definición del derecho in genere
es una investigación que trasciende de la competencia de todas y cada una de
las ciencias jurídicas particulares: y constituye precisamente el primer tema de la
Filosofía del Derecho. Como lo dijo con gran justeza Y. Kant, las ciencias
jurídicas no responden a la cuestión "quid jus?"qué es lo que debe entenderse in
genere por derecho), sino únicamente a la pregunta "quid juris?" (que ha sido
establecido como derecho por un cierto sistema).
Si queremos conocer el derecho en su integridad lógica, esto es, saber cuales
son los elementos esenciales comunes a todos los sistemas jurídicos, debemos
forzosamente superar las particularidades de estos sistemas y mirar al
concepto universal del derecho.
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Visión cronológica de la filosofía del derecho
Edad Antigua I
A. Los inicios. Grecia es tierra clásica de la Filosofía, la cual obtiene en ella un desarrollo propio. En
sus comienzos la mente griega no se vertió sobre los problemas éticos y mucho menos sobre los
jurídicos, sino que se ocupó de los problemas de la naturaleza física.
B. Así la escuela jónica, la más antigua (siglo VI a.C.), trato de explicar los fenómenos de mundo
sensible mediante la reducción de todos ellos a ciertos tipos. Esta escuela a la que pertenecieron,
entre otros, Tales, Anaximandro, y Anaxímenes, no tiene sin embargo, importancia para el
Derecho. Otra escuela casi contemporánea a la jónica, fue la eleata (representada por Jenófanes,
Parménides, Zenón de Elea y Meliso de Samo), la cual enfocó el mismo problema de un modo más
profundo, en cuanto que, elevándose a un concepto metafísico, sostuvo que el ser es uno,
inmutable y eterno. Para ella se da sólo una distinción: lo que es y lo que no es. De aquí la
negación de los conceptos de movimiento y devenir, el cual sería una ilusión de los sentidos. No
cabe un nacer ni un perecer.
Con las doctrinas de la escuela jónica y también con las de la eleática se enlazan las
doctrinas de otros filósofos, como Heraclito (que, al contrario que los eleatas sostuvo el
concepto de devenir), Empédocles (que formuló la teoría de los cuatro elementos: fuego,
agua, aire y tierra), Anaxágoras, Demócrito, etc.; los cuales consideran el problema
cosmológico o del ser general con preferencia al ético-juridico, si bien Heraclito y
Demócrito hallaron alguna referencia a este último problema, que según algunos,
también había sido entrevisto por las escuelas más antiguas.
Pitágoras: Tiene ya una mayor importancia para esta disciplina la escuela pitagórica.
Pitágorases poco conocido, tanto por lo que respecta a su vida como a su doctrina
personal. Nació en Samos en el año 582 a.C. y murió en el año 497 A.C.
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Parece ser que Pitágoras no escribió nada y que su enseñanza fue solo oral. Conocemos sus doctrinas y
en parte a través de algunos fragmentos de sus discípulos y en parte por el testimonio de Aristóteles. Es
importante especialmente la obra escrita por el pitagórico Filolao con el título "Sobre la naturaleza". De
este escrito han llegado hasta nosotros fragmentos muy
notables. El pensamiento fundamental de la doctrina
pitagórica es que la esencia de todas las cosas es el número;
por lo tanto, los principios de los números son los principios
de las cosas.
Este concepto matemático abre el camino a consideraciones
astronómicas, musicales y también políticas. La justicia, es
para los pitagóricos una relación aritmética, una ecuación o una igualdad: de la cual se deduce la
retribución, el contracambio, la correspondencia entre el hecho el hecho y el tratamiento de que este ha
de ser objeto. Este concepto (que aplica no sólo a la pena, sino y también a otras relaciones) es el
germen de la doctrina aristotélica.
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