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Facultad de Ciencias Administrativas
Maestría en Gestión Pública
TLC - TRATADO DE LIBRE
COMERCIO
Son acuerdos mediante los cuales dos o más países reglamentan de
manera comprehensiva sus relaciones comerciales, con el fin de
incrementar los flujos de comercio e inversión y paralelamente su
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Los TLCs contienen normas y procedimientos que buscan garantizar
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transparencia y equidad.
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• Eliminar barreras que afecten o mermen el comercio entre las zonas que firman el
tratado.
• Promover las condiciones para una competencia justa.
• Incrementar las oportunidades de inversión.
• Proporcionar una protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual.
• Establecer procesos efectivos para la estimulación de la producción nacional y la sana
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OBJETIVOS DE LOS
TRATADOS DE LIBRE
COMERCIO
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Los tratados de Libre Comercio traen consigo beneficios que están relacionados no solo con aspectos
de tipo comercial. También son positivos para la economía en su conjunto, pues permiten reducir y
en muchos casos eliminar las barreras arancelarias y no arancelarias al comercio.
Los TLC contribuyen a mejorar la competitividad de las empresas, puesto que es posible disponer de
materia prima y maquinaria a menores costos.
También facilitan el incremento del flujo de inversión extranjera, al otorgar estabilidad en el tiempo a
los inversionistas.
VENTAJAS DE UN TRATADO
DE LIBRE COMERCIO
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Maestría en Gestión Pública REGLAS DE ORIGEN
La mercancía es obtenida totalmente o producida enteramente en el territorio de una o ambas Partes
La mercancía es producida enteramente en el territorio de una o ambas Partes, a partir
exclusivamente de materiales originarios
MERCANCIAS ORIGINARIAS
Los materiales originarios del territorio de una Parte, utilizados en la producción de una mercancía en
el territorio de la otra Parte, serán considerados originarios en el territorio de la otra Parte
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Maestría en Gestión Pública ADUANAS
Las administraciones aduaneras se esforzarán para permitir un entorno informático que soporte las
transacciones comerciales que se realicen entre ellas y sus comunidades comerciales
Al implementar iniciativas que dispongan un comercio sin papeles, las administraciones aduaneras
deberán tener en cuenta los métodos desarrollados en el Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico
(APEC) y en la Organización Mundial de Aduanas.
Cada Parte adoptará o mantendrá procedimientos aduaneros, que permitan en la mayor medida de lo
posible, que las mercancías sean retiradas: dentro de las 48 horas siguientes a su llegada y en el punto de
llegada, sin traslado temporal a depósitos u otros recintos.
Las Partes adoptarán sistemas de administración de riesgos basados en sus técnicas de identificación de
mercancías con la finalidad de simplificar el despacho de mercancías de bajo riesgo y concentrar sus
actividades de inspección en aquellas de alto riesgo.
Universidad Nacional Mayor de San Marcos
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SOLUCIÓN DE
CONTROVERSIAS
Salvo disposición en contrario en este Acuerdo, el procedimiento de solución de controversias de este Capítulo
se aplicará para evitar o solucionar todas las controversias entre las Partes relativas a la interpretación o
a la aplicación de este Acuerdo, o cuando una Parte considere que: (a) una medida de la otra Parte es inconsistente con
las obligaciones de este Acuerdo, o (b) la otra Parte no ha cumplido con llevar a cabo sus obligaciones bajo este Acuerdo
En caso de cualquier controversia que surja bajo este Acuerdo o bajo otro acuerdo de libre comercio del que ambas Partes
sean parte, o bajo el Acuerdo OMC, la Parte reclamante podrá elegir el foro para resolverla
En las consultas bajo este Artículo, cualquier Parte consultante puede pedir a la otra Parte que ponga a su disposición
personal de sus agencias gubernamentales o de otras entidades reguladoras, que tengan conocimiento del asunto objeto de
las consultas
Las consultas podrán realizarse de manera presencial o por cualquier medio tecnológico disponible para las Partes. En el
caso que las Partes decidan realizar las consultas de manera presencia, éstas deberán llevarse a cabo en el lugar acordado
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El período de consultas no deberá exceder los cuarenta y cinco (45) días contados desde la fecha de recepción de la
solicitud formal para el inicio de las consultas, a menos que ambas Partes acuerden extender dicho periodo. En las
controversias relacionadas con productos perecibles, el periodo de consultas no deberá exceder los veinte (20) días contados
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  • 1. Universidad Nacional Mayor de San Marcos Facultad de Ciencias Administrativas Maestría en Gestión Pública TLC - TRATADO DE LIBRE COMERCIO Son acuerdos mediante los cuales dos o más países reglamentan de manera comprehensiva sus relaciones comerciales, con el fin de incrementar los flujos de comercio e inversión y paralelamente su nivel de desarrollo económico social. Los TLCs contienen normas y procedimientos que buscan garantizar que los flujos de bienes, servicios e inversiones, entre los países que los suscriben se realicen sin restricciones y bajo condiciones de transparencia y equidad.
  • 2. Universidad Nacional Mayor de San Marcos Facultad de Ciencias Administrativas Maestría en Gestión Pública • Eliminar barreras que afecten o mermen el comercio entre las zonas que firman el tratado. • Promover las condiciones para una competencia justa. • Incrementar las oportunidades de inversión. • Proporcionar una protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual. • Establecer procesos efectivos para la estimulación de la producción nacional y la sana competencia. • Fomentar la cooperación entre países miembros • Ofrecer una solución a controversias. OBJETIVOS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO
  • 3. Universidad Nacional Mayor de San Marcos Facultad de Ciencias Administrativas Maestría en Gestión Pública Los tratados de Libre Comercio traen consigo beneficios que están relacionados no solo con aspectos de tipo comercial. También son positivos para la economía en su conjunto, pues permiten reducir y en muchos casos eliminar las barreras arancelarias y no arancelarias al comercio. Los TLC contribuyen a mejorar la competitividad de las empresas, puesto que es posible disponer de materia prima y maquinaria a menores costos. También facilitan el incremento del flujo de inversión extranjera, al otorgar estabilidad en el tiempo a los inversionistas. VENTAJAS DE UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO
  • 4. Universidad Nacional Mayor de San Marcos Facultad de Ciencias Administrativas Maestría en Gestión Pública REGLAS DE ORIGEN La mercancía es obtenida totalmente o producida enteramente en el territorio de una o ambas Partes La mercancía es producida enteramente en el territorio de una o ambas Partes, a partir exclusivamente de materiales originarios MERCANCIAS ORIGINARIAS Los materiales originarios del territorio de una Parte, utilizados en la producción de una mercancía en el territorio de la otra Parte, serán considerados originarios en el territorio de la otra Parte
  • 5. Universidad Nacional Mayor de San Marcos Facultad de Ciencias Administrativas Maestría en Gestión Pública ADUANAS Las administraciones aduaneras se esforzarán para permitir un entorno informático que soporte las transacciones comerciales que se realicen entre ellas y sus comunidades comerciales Al implementar iniciativas que dispongan un comercio sin papeles, las administraciones aduaneras deberán tener en cuenta los métodos desarrollados en el Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) y en la Organización Mundial de Aduanas. Cada Parte adoptará o mantendrá procedimientos aduaneros, que permitan en la mayor medida de lo posible, que las mercancías sean retiradas: dentro de las 48 horas siguientes a su llegada y en el punto de llegada, sin traslado temporal a depósitos u otros recintos. Las Partes adoptarán sistemas de administración de riesgos basados en sus técnicas de identificación de mercancías con la finalidad de simplificar el despacho de mercancías de bajo riesgo y concentrar sus actividades de inspección en aquellas de alto riesgo.
  • 6. Universidad Nacional Mayor de San Marcos Facultad de Ciencias Administrativas Maestría en Gestión Pública SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Salvo disposición en contrario en este Acuerdo, el procedimiento de solución de controversias de este Capítulo se aplicará para evitar o solucionar todas las controversias entre las Partes relativas a la interpretación o a la aplicación de este Acuerdo, o cuando una Parte considere que: (a) una medida de la otra Parte es inconsistente con las obligaciones de este Acuerdo, o (b) la otra Parte no ha cumplido con llevar a cabo sus obligaciones bajo este Acuerdo En caso de cualquier controversia que surja bajo este Acuerdo o bajo otro acuerdo de libre comercio del que ambas Partes sean parte, o bajo el Acuerdo OMC, la Parte reclamante podrá elegir el foro para resolverla En las consultas bajo este Artículo, cualquier Parte consultante puede pedir a la otra Parte que ponga a su disposición personal de sus agencias gubernamentales o de otras entidades reguladoras, que tengan conocimiento del asunto objeto de las consultas Las consultas podrán realizarse de manera presencial o por cualquier medio tecnológico disponible para las Partes. En el caso que las Partes decidan realizar las consultas de manera presencia, éstas deberán llevarse a cabo en el lugar acordado por las Partes, o en caso de no haber acuerdo, en la capital de la Parte consultada El período de consultas no deberá exceder los cuarenta y cinco (45) días contados desde la fecha de recepción de la solicitud formal para el inicio de las consultas, a menos que ambas Partes acuerden extender dicho periodo. En las controversias relacionadas con productos perecibles, el periodo de consultas no deberá exceder los veinte (20) días contados desde la fecha de recepción de la solicitud formal para el inicio de las consultas, a menos que ambas Partes acuerden extender dicho periodo.