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ESCUELA PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN PARVULARIA




                                  REGLAMENTO
                      ACTIVIDADES EN TERRENO Y/O PRÁCTICAS
                                       2012
        El presente reglamento norma las actividades en terreno que se desprenden de las asignaturas: Estructura y
Funcionamiento de la Educación Parvularia, Estructura y Funcionamiento de la Educación General Básica,
Curriculum, Gestión Educativa, Intervención Pedagógica 0 a 3 años, Intervención Pedagógica 3 a 6 años y Práctica
Profesional de Educación Parvularia, en los Centros Educativos asignados por la Carrera de Pedagogía en Educación
Parvularia. Estas instancias constituyen una actividad curricular que permite al estudiante acercarse a la vinculación
teoría práctica bajo la orientación y guía de un equipo de supervisión perteneciente a la Carrera de Pedagogía en
Educación Parvularia.

Disposiciones Generales.

            1. Por actividad en Terreno o Práctica se entiende: el ejercicio preliminar de la profesión, por un
               determinado período de tiempo que todo alumno deberá desarrollar y aprobar individualmente
               como paso previo a la titulación.

            2. El Terreno será entendido como toda actividad realizada en un centro, que se desprenda a partir de
               una asignatura y que no tenga una supervisión ni una evaluación directa por parte de los docentes de
               la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia, sino más bien una evaluación de desempeño
               efectuada por el educador de aula de cada centro educativo.

            3. La instancia de Práctica o Terreno apunta a aplicar los conocimientos teóricos del estudiante; a
               familiarizarlo con las técnicas propias de la especialidad, a capacitarlo en el dominio o solución de
               problemas propios del ejercicio práctico de su profesión, a evaluar las habilidades y aptitudes del
               estudiante y su creatividad.

            4. La duración de cada práctica está sujeta a las horas pedagógicas determinadas en el plan de estudios
               y en las asignaturas de las cuales se desprenden. Al mismo tiempo la duración de la práctica
               profesional es equivalente a la programación escolar determinada por el Ministerio de Educación.

            5. Las actividades de Terreno y Práctica son de carácter obligatorio para los estudiantes de jornada
               diurna y vespertina.

            6. El inicio de cualquier terreno o práctica dependerá de la aprobación de los pre - requisitos de la
               misma estipulados en el plan de estudios de la carrera.
7. El proceso de Práctica o actividad en Terreno será regulado por la coordinación de prácticas de la
                Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia.

             8. Todas las actividades a realizar en la práctica o actividades en terreno serán reguladas por el
                documento denominado calendario académico de prácticas, programa asignatura de la que se
                desprende la práctica/terreno y el presente reglamento, él que consignará detalladamente todas las
                especificaciones de cada una de éstas.

             9. Cualquier solicitud de cambio de centro de práctica o terreno tendrá que ser debidamente
                fundamentada (con documentación que avale los argumentos) y presentarse en los plazos
                estipulados por la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia.

             10. Los movimientos de Centro Educativo serán autorizados previo análisis de la Coordinación de
                 prácticas antes del inicio oficial señalado en el calendario académico y de prácticas y terrenos.

             11. El período de inscripción e incorporación a la práctica profesional será determinado por el
                 calendario académico y proceso de inscripción de carga académica.

De la Designación de Centros de Práctica

             1. Los Centros Educativos en los que se realizarán las actividades de Práctica y Terreno serán
                designados exclusivamente por la coordinación de prácticas1. Al respecto cualquier cambio o
                reubicación del estudiante a otro centro es de exclusiva facultad de la coordinación de prácticas de la
                Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia.

             2. Cualquier dificultad, problema o incidente en el que esté involucrado el estudiante en el Centro
                Educativo y que eventualmente podría perjudicar su imagen y desempeño profesional debe ser
                resuelto por el estudiante a través del siguiente conducto regular:

                        -         Informar por escrito la situación que lo afecta a la Coordinación de prácticas
                                  para ser presentado en el Consejo de Escuela.
                        -         Esperar respuesta a la situación planteada.

             3. El no cumplimiento del conducto regular y/o la intervención de terceras persona ajenas al equipo
                de supervisión (padres, familiares, etc) por parte del estudiante será causal de reprobación inmediata
                de la Práctica o actividad de Terreno.


De la asistencia a práctica o terreno

             1. La exigencia de asistencia para las actividades en Terreno será de 95%. Esta se regulará a través de
                un registro semanal que será de responsabilidad del alumno/a y será entregada a la Coordinación de
                Prácticas.

1
  Sólo se considerarán como casos de excepción: Práctica profesional: aquellos estudiantes vespertinos que trabajan en
centros educativos, siempre y cuando presenten contrato de trabajo vigente del año en que cursa la práctica y/o un
certificado con proyecciones laborales para el año en curso.
Práctica/terreno: aquellos estudiantes vespertinos que trabajan, siempre y cuando presenten contrato de trabajo vigente del
año en que cursa la práctica/terreno.
2. Para la práctica profesional la exigencia de asistencia será de un 90%.

          3. La cantidad de inasistencias justificadas permitidas son las siguientes:

                           -   Prácticas Iniciales e Intermedias = 5% del total de asistencia
                           -   Prácticas Profesionales          = 10% del total de asistencia

              Si el número de inasistencias justificadas es superior al porcentaje permitido en cada práctica el
              estudiante será suspendido de dicha actividad, esto debido a que las interrupciones prolongadas
              dificultan el trabajo con los niños.

          4. Cada inasistencia al centro educativo (justificada oportunamente) se consignará con nota 1.0 (uno
             coma cero), la que será eliminada cuando el alumno recupere su falta dentro del plazo académico
             establecido. Dicha recuperación, debe ser coordinada con la Dirección del Centro Educativo.
             Posteriormente se debe entregar a la Coordinación de práctica - en un plazo de 48 horas -, un
             documento escrito en el que se estipule el motivo de inasistencia y fecha de recuperación. La
             recuperación debe efectuarse con el grupo de niños y respetando el horario normal de la jornada.

         5.   El estudiante deberá concurrir al Centro Educativo en el horario que corresponde a la institución y
              naturaleza de la actividad según la especificación de cada Práctica (estipulado en la calendarización).

         6.   En caso de imposibilidad de concurrir al Centro Educativo por razones de fuerza mayor, el
              estudiante deberá dar aviso oportuno a la autoridad del Centro de Práctica antes de las 9:00 horas vía
              telefónica y por mail, y además a la Coordinación de Práctica vía mail con copia a el/la supervisor
              (a) formal. La entrega de certificación debe ser realizada en la oficina de Coordinación de Práctica en
              un plazo de 48 horas a partir del día de inasistencia a través de un escrito formal, de lo contrario el
              estudiante reprobará automáticamente la práctica.


De las Modalidades y Características de la Práctica de Pedagogía en Educación Parvularia.

         1.    Los estudiantes que asisten a actividades de Práctica Inicial propias de las asignaturas Estructura y
               Funcionamiento de la Educación Parvularia y Estructura y Funcionamiento de la Educación
               General Básica, deben asistir una jornada a la semana al Centro de Práctica asignado, ajustándose
               su permanencia al calendario escolar vigente, según el semestre que estén cursando, participando en
               forma activa en las distintas instancias propias del trabajo que se realiza dentro de un centro
               educativo. Todas estas actividades serán reguladas desde las asignaturas mencionadas.

         2.    Los estudiantes que asisten a actividades en Terreno propias de las asignaturas Curriculum y
               Gestión Educativa, deben asistir una jornada a la semana al Centro de Práctica asignado en
               coherencia con el calendario escolar, participando en forma activa en las distintas instancias propias
               del trabajo que se realiza dentro de un centro educativo y manteniéndose en este durante todo el
               año. Todas estas actividades serán reguladas desde las asignaturas mencionadas.

         3.    Los estudiantes que asisten al terreno de “Intervención Pedagógica Niños de 0 a 3 años”, deben
               asistir dos jornadas a la semana al Centro de Práctica asignado, ajustándose su permanencia al
               calendario escolar vigente, e integrarse al nivel Pedagógico con niños de 0 – 3 años, participando
               activamente en las distintas instancias propias del trabajo que se realiza dentro de un centro
educativo. Todas estas actividades serán reguladas desde la asignatura “Intervención Pedagógica
               Niños de 0 a 3 años”

         4.    Los estudiantes que asisten a la práctica de “Intervención Pedagógica Niños de 3 a 6 años”, deben
               asistir tres jornadas a la semana al Centro de Práctica asignado, ajustándose su permanencia al
               calendario escolar vigente, e integrarse al nivel Pedagógico con niños de 2 a 6 años y participar
               activamente en las distintas instancias propias del trabajo que se realiza dentro de un centro
               educativo. Además deben asistir a reuniones de práctica en las cuales se discutirán y analizarán
               diversos aspectos del trabajo educativo que se observa en los centros de Práctica, como también
               realizar Informes de Práctica, en los cuales se analizarán diversos componentes metodológicos del
               trabajo educativo llevado a cabo en el nivel pedagógico asignado. Todas estas actividades serán
               reguladas desde la asignatura Intervención Pedagógica Niños de 3 a 6 años y la Calendarización
               propia de la misma.


         5.    Los estudiantes que realizan la Práctica Profesional se incorporarán al Centro de Educación Inicial,
               en el que desarrollaron la práctica de Intervención Pedagógica de niños de 3 a 6 años, durante todo
               el año académico (Febrero/Marzo hasta Diciembre/Enero, dependiendo de las necesidades del
               establecimiento) y aplicarán en dicha realidad educativa todos los conocimientos teóricos y
               habilidades desarrolladas en el transcurso de su formación universitaria. Además deberán elaborar y
               poner en marcha un Plan de Acción Educativa Anual destinado a los niños y niñas, sus familias,
               comunidad y personal de centro de Prácticas que incorpore propósitos, estrategias metodológicas,
               recursos y evaluaciones. En este sentido deberán desarrollar una actitud autónoma, creativa y
               comprometida, asumiendo efectivamente los roles y funciones propios de la actividad de la Práctica
               Profesional. Durante este tiempo el estudiante deberá desempeñar los cargos, funciones y tareas
               específicas propias del Profesional de nivel superior de acuerdo a los lineamientos teóricos de la
               Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia, culminando el proceso, con la entrega de un
               informe final.

         6.    Cada estudiante en Práctica deberá ceñirse a las condiciones laborales propias de la institución en
               la que realice su Práctica o Terreno.


De la Aprobación de la Práctica de Educación Inicial

          1. La Dirección de Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia se reservará el derecho de aprobar
             una Práctica a tenor de los Informes mensuales de Práctica, del Informe Final de Práctica y/o del
             Informe de Desempeño Profesional del estudiante que proporcione la Dirección del Centro de
             Práctica.

          2. La Práctica será aprobada con una nota final igual o superior a 4.0 (cuatro coma cero).

          3. Será de exclusiva responsabilidad del equipo de supervisión y de la Coordinación de Prácticas velar
             por la adecuada evaluación del proceso.

          4. La nota final que obtenga el estudiante será resultado de distintas instancias de evaluación, de
             acuerdo a las características de cada Práctica o Terreno. Las diferentes instancias y formas de
             evaluación estarán claramente detalladas en la Calendarización correspondiente de la Asignatura.
5. Se considera dentro de las instancias de Supervisión un informe solicitado a la Dirección del Centro
              de Práctica que consigne fortalezas y debilidades de cada uno de los estudiantes, atendiendo a la
              necesidad de complementar las apreciaciones de los supervisores y considerando los variados
              aspectos que no se pueden observar en forma sistemática (reuniones técnicas, trabajos con los
              padres, relaciones interpersonales, entre otros).

De la suspensión de prácticas o terrenos (práctica pendiente).

           1. El estudiante será suspendido en su actividad de Práctica/Terreno antes del término del
              semestre/año, cuando presente alguna de las siguientes situaciones:

               a. Inasistencias y atrasos justificados, que excedan el máximo permitido.
               b. Problemas de salud física o psicológica que interfieren en el normal desarrollo de su trabajo en
                  el Centro de Práctica.
               c. Embarazos.

La suspensión es un proceso académico por el cual el alumno/a congela el proceso de práctica por orden de la
Carrera de Pedagogía en Educación Parvualria, hasta un máximo de 5 días hábiles, en cuyo período el Consejo de
Escuela resolverá previa revisión de los antecedentes.

* Todas estas situaciones serán resueltas de manera definitiva en Consejo de Escuela.


De la reprobación de prácticas o terrenos.

               1. El estudiante reprobará su actividad de Práctica/Terreno antes del término del semestre/año,
                  cuando presente alguna de las siguientes situaciones:

               a. Cuando la nota de práctica/terreno sea inferior a 4,0.
               b. Reprobación del proyecto de obtención del grado con nota inferior a 4,0, independiente del
                  promedio de nota de práctica.
               c. Solicitud fundamentada de retiro del estudiante, por la Dirección del Centro de Práctica.
               d. Incumplimiento de los conductos regulares referidos a la práctica.
               e. Intervención injustificada de terceras persona ajenas al equipo de supervisión padres, familiares,
                  por parte del estudiante.
               f. Actitudes reiteradas inaceptables en su desempeño profesional con los niños, con el personal
                  del centro educativo, con los padres y con el equipo de supervisión de prácticas (agresión verbal
                  y/o física a niños y/o adultos, faltas a la ética profesional: mentiras, falsificación de
                  documentos, comentarios de terceros, entre otros; incumplimiento de deberes profesionales al
                  interior del centro).
               g. Asistencia a cursos, seminarios, charlas, capacitaciones sin autorización previa de la
                  Coordinación de práctica y la supervisión de la práctica incumplimiento de obligaciones
                  que se desprenden de la asistencia autorizada a cursos, seminarios, charlas, capacitaciones (la
                  autorización obliga al estudiante a presentar certificado de asistencia a la actividad, exposición
                  de los contenidos desarrollados a su grupo curso, personal del centro y difusión a la Escuela).
               h. Incumplimiento del conducto regular por inasistencia justificada (coordinación de práctica,
                  supervisión y al centro de práctica) El escrito debe incorporar: fecha de inasistencia, motivo
                  y día de recuperación, previamente coordinado con la Dirección del Centro de prácticas y esta
                  recuperación no debe exceder los 10 días hábiles posteriores a la inasistencia).
*Cualquiera de estas situaciones deberán ser justificadas por el estudiante con la documentación pertinente, la que se
presentará al Consejo de Escuela, organismo colegiado que tomará la determinación de aplicación del reglamento de
práctica.

De la reanudación de la práctica y/o terreno.

                1. El estudiante que repruebe la práctica/terreno podrá repetirla en una segunda y última
                   oportunidad en el período correspondiente en el que se dicte la actividad académica y bajo las
                   condiciones que determine y autorice el equipo de supervisión de prácticas en conjunto con la
                   Dirección de Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia y Consejo de Escuela.

                2. Si la práctica/terreno es suspendida el estudiante tendrá que reiniciar esta exigencia previa
                   resolución del Consejo de Escuela, durante el semestre correspondiente a la práctica o terreno
                   suspendido y en una institución que será determinada por la coordinación de supervisión, en
                   conjunto con la Dirección de Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia.


Toda situación no contemplada en los artículos señalados anteriormente, será resuelta por las autoridades pertinentes
de la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia, el Consejo de Escuela y Consejo de Facultad.
REGLAMENTO DE ACTIVIDADES
                                 EN TERRENO Y/O PRÁCTICAS
                                           2012
                                          COPIA ESTUDIANTE

Recepcionado por la estudiante el día ____________________ de _________ (mes) de 2012


Yo________________________________________________________________________________
Rut:________________________, declaro estar en conocimiento del reglamento que rige los Terrenos y
Prácticas de la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia de la Universidad del Pacífico y acorde con
el mismo asumo los compromisos y responsabilidades que la actividad requiere.


                                 _______________________________
                                                  Firma




                                REGLAMENTO DE ACTIVIDADES
                                 EN TERRENO Y/O PRÁCTICAS
                                           2012
                                            COPIA ESCUELA

Recepcionado por la estudiante el día ____________________ de _________ (mes) de 2012


Yo________________________________________________________________________________
Rut:________________________, declaro estar en conocimiento del reglamento que rige los Terrenos y
Prácticas de la Carrera de Pedagogía en Educación Parvualria de la Universidad del Pacífico y acorde con el
mismo asumo los compromisos y responsabilidades que la actividad requiere.


                                 _______________________________
                                                  Firma

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Reglamento Prácticas 2012

  • 1. ESCUELA PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN PARVULARIA REGLAMENTO ACTIVIDADES EN TERRENO Y/O PRÁCTICAS 2012 El presente reglamento norma las actividades en terreno que se desprenden de las asignaturas: Estructura y Funcionamiento de la Educación Parvularia, Estructura y Funcionamiento de la Educación General Básica, Curriculum, Gestión Educativa, Intervención Pedagógica 0 a 3 años, Intervención Pedagógica 3 a 6 años y Práctica Profesional de Educación Parvularia, en los Centros Educativos asignados por la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia. Estas instancias constituyen una actividad curricular que permite al estudiante acercarse a la vinculación teoría práctica bajo la orientación y guía de un equipo de supervisión perteneciente a la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia. Disposiciones Generales. 1. Por actividad en Terreno o Práctica se entiende: el ejercicio preliminar de la profesión, por un determinado período de tiempo que todo alumno deberá desarrollar y aprobar individualmente como paso previo a la titulación. 2. El Terreno será entendido como toda actividad realizada en un centro, que se desprenda a partir de una asignatura y que no tenga una supervisión ni una evaluación directa por parte de los docentes de la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia, sino más bien una evaluación de desempeño efectuada por el educador de aula de cada centro educativo. 3. La instancia de Práctica o Terreno apunta a aplicar los conocimientos teóricos del estudiante; a familiarizarlo con las técnicas propias de la especialidad, a capacitarlo en el dominio o solución de problemas propios del ejercicio práctico de su profesión, a evaluar las habilidades y aptitudes del estudiante y su creatividad. 4. La duración de cada práctica está sujeta a las horas pedagógicas determinadas en el plan de estudios y en las asignaturas de las cuales se desprenden. Al mismo tiempo la duración de la práctica profesional es equivalente a la programación escolar determinada por el Ministerio de Educación. 5. Las actividades de Terreno y Práctica son de carácter obligatorio para los estudiantes de jornada diurna y vespertina. 6. El inicio de cualquier terreno o práctica dependerá de la aprobación de los pre - requisitos de la misma estipulados en el plan de estudios de la carrera.
  • 2. 7. El proceso de Práctica o actividad en Terreno será regulado por la coordinación de prácticas de la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia. 8. Todas las actividades a realizar en la práctica o actividades en terreno serán reguladas por el documento denominado calendario académico de prácticas, programa asignatura de la que se desprende la práctica/terreno y el presente reglamento, él que consignará detalladamente todas las especificaciones de cada una de éstas. 9. Cualquier solicitud de cambio de centro de práctica o terreno tendrá que ser debidamente fundamentada (con documentación que avale los argumentos) y presentarse en los plazos estipulados por la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia. 10. Los movimientos de Centro Educativo serán autorizados previo análisis de la Coordinación de prácticas antes del inicio oficial señalado en el calendario académico y de prácticas y terrenos. 11. El período de inscripción e incorporación a la práctica profesional será determinado por el calendario académico y proceso de inscripción de carga académica. De la Designación de Centros de Práctica 1. Los Centros Educativos en los que se realizarán las actividades de Práctica y Terreno serán designados exclusivamente por la coordinación de prácticas1. Al respecto cualquier cambio o reubicación del estudiante a otro centro es de exclusiva facultad de la coordinación de prácticas de la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia. 2. Cualquier dificultad, problema o incidente en el que esté involucrado el estudiante en el Centro Educativo y que eventualmente podría perjudicar su imagen y desempeño profesional debe ser resuelto por el estudiante a través del siguiente conducto regular: - Informar por escrito la situación que lo afecta a la Coordinación de prácticas para ser presentado en el Consejo de Escuela. - Esperar respuesta a la situación planteada. 3. El no cumplimiento del conducto regular y/o la intervención de terceras persona ajenas al equipo de supervisión (padres, familiares, etc) por parte del estudiante será causal de reprobación inmediata de la Práctica o actividad de Terreno. De la asistencia a práctica o terreno 1. La exigencia de asistencia para las actividades en Terreno será de 95%. Esta se regulará a través de un registro semanal que será de responsabilidad del alumno/a y será entregada a la Coordinación de Prácticas. 1 Sólo se considerarán como casos de excepción: Práctica profesional: aquellos estudiantes vespertinos que trabajan en centros educativos, siempre y cuando presenten contrato de trabajo vigente del año en que cursa la práctica y/o un certificado con proyecciones laborales para el año en curso. Práctica/terreno: aquellos estudiantes vespertinos que trabajan, siempre y cuando presenten contrato de trabajo vigente del año en que cursa la práctica/terreno.
  • 3. 2. Para la práctica profesional la exigencia de asistencia será de un 90%. 3. La cantidad de inasistencias justificadas permitidas son las siguientes: - Prácticas Iniciales e Intermedias = 5% del total de asistencia - Prácticas Profesionales = 10% del total de asistencia Si el número de inasistencias justificadas es superior al porcentaje permitido en cada práctica el estudiante será suspendido de dicha actividad, esto debido a que las interrupciones prolongadas dificultan el trabajo con los niños. 4. Cada inasistencia al centro educativo (justificada oportunamente) se consignará con nota 1.0 (uno coma cero), la que será eliminada cuando el alumno recupere su falta dentro del plazo académico establecido. Dicha recuperación, debe ser coordinada con la Dirección del Centro Educativo. Posteriormente se debe entregar a la Coordinación de práctica - en un plazo de 48 horas -, un documento escrito en el que se estipule el motivo de inasistencia y fecha de recuperación. La recuperación debe efectuarse con el grupo de niños y respetando el horario normal de la jornada. 5. El estudiante deberá concurrir al Centro Educativo en el horario que corresponde a la institución y naturaleza de la actividad según la especificación de cada Práctica (estipulado en la calendarización). 6. En caso de imposibilidad de concurrir al Centro Educativo por razones de fuerza mayor, el estudiante deberá dar aviso oportuno a la autoridad del Centro de Práctica antes de las 9:00 horas vía telefónica y por mail, y además a la Coordinación de Práctica vía mail con copia a el/la supervisor (a) formal. La entrega de certificación debe ser realizada en la oficina de Coordinación de Práctica en un plazo de 48 horas a partir del día de inasistencia a través de un escrito formal, de lo contrario el estudiante reprobará automáticamente la práctica. De las Modalidades y Características de la Práctica de Pedagogía en Educación Parvularia. 1. Los estudiantes que asisten a actividades de Práctica Inicial propias de las asignaturas Estructura y Funcionamiento de la Educación Parvularia y Estructura y Funcionamiento de la Educación General Básica, deben asistir una jornada a la semana al Centro de Práctica asignado, ajustándose su permanencia al calendario escolar vigente, según el semestre que estén cursando, participando en forma activa en las distintas instancias propias del trabajo que se realiza dentro de un centro educativo. Todas estas actividades serán reguladas desde las asignaturas mencionadas. 2. Los estudiantes que asisten a actividades en Terreno propias de las asignaturas Curriculum y Gestión Educativa, deben asistir una jornada a la semana al Centro de Práctica asignado en coherencia con el calendario escolar, participando en forma activa en las distintas instancias propias del trabajo que se realiza dentro de un centro educativo y manteniéndose en este durante todo el año. Todas estas actividades serán reguladas desde las asignaturas mencionadas. 3. Los estudiantes que asisten al terreno de “Intervención Pedagógica Niños de 0 a 3 años”, deben asistir dos jornadas a la semana al Centro de Práctica asignado, ajustándose su permanencia al calendario escolar vigente, e integrarse al nivel Pedagógico con niños de 0 – 3 años, participando activamente en las distintas instancias propias del trabajo que se realiza dentro de un centro
  • 4. educativo. Todas estas actividades serán reguladas desde la asignatura “Intervención Pedagógica Niños de 0 a 3 años” 4. Los estudiantes que asisten a la práctica de “Intervención Pedagógica Niños de 3 a 6 años”, deben asistir tres jornadas a la semana al Centro de Práctica asignado, ajustándose su permanencia al calendario escolar vigente, e integrarse al nivel Pedagógico con niños de 2 a 6 años y participar activamente en las distintas instancias propias del trabajo que se realiza dentro de un centro educativo. Además deben asistir a reuniones de práctica en las cuales se discutirán y analizarán diversos aspectos del trabajo educativo que se observa en los centros de Práctica, como también realizar Informes de Práctica, en los cuales se analizarán diversos componentes metodológicos del trabajo educativo llevado a cabo en el nivel pedagógico asignado. Todas estas actividades serán reguladas desde la asignatura Intervención Pedagógica Niños de 3 a 6 años y la Calendarización propia de la misma. 5. Los estudiantes que realizan la Práctica Profesional se incorporarán al Centro de Educación Inicial, en el que desarrollaron la práctica de Intervención Pedagógica de niños de 3 a 6 años, durante todo el año académico (Febrero/Marzo hasta Diciembre/Enero, dependiendo de las necesidades del establecimiento) y aplicarán en dicha realidad educativa todos los conocimientos teóricos y habilidades desarrolladas en el transcurso de su formación universitaria. Además deberán elaborar y poner en marcha un Plan de Acción Educativa Anual destinado a los niños y niñas, sus familias, comunidad y personal de centro de Prácticas que incorpore propósitos, estrategias metodológicas, recursos y evaluaciones. En este sentido deberán desarrollar una actitud autónoma, creativa y comprometida, asumiendo efectivamente los roles y funciones propios de la actividad de la Práctica Profesional. Durante este tiempo el estudiante deberá desempeñar los cargos, funciones y tareas específicas propias del Profesional de nivel superior de acuerdo a los lineamientos teóricos de la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia, culminando el proceso, con la entrega de un informe final. 6. Cada estudiante en Práctica deberá ceñirse a las condiciones laborales propias de la institución en la que realice su Práctica o Terreno. De la Aprobación de la Práctica de Educación Inicial 1. La Dirección de Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia se reservará el derecho de aprobar una Práctica a tenor de los Informes mensuales de Práctica, del Informe Final de Práctica y/o del Informe de Desempeño Profesional del estudiante que proporcione la Dirección del Centro de Práctica. 2. La Práctica será aprobada con una nota final igual o superior a 4.0 (cuatro coma cero). 3. Será de exclusiva responsabilidad del equipo de supervisión y de la Coordinación de Prácticas velar por la adecuada evaluación del proceso. 4. La nota final que obtenga el estudiante será resultado de distintas instancias de evaluación, de acuerdo a las características de cada Práctica o Terreno. Las diferentes instancias y formas de evaluación estarán claramente detalladas en la Calendarización correspondiente de la Asignatura.
  • 5. 5. Se considera dentro de las instancias de Supervisión un informe solicitado a la Dirección del Centro de Práctica que consigne fortalezas y debilidades de cada uno de los estudiantes, atendiendo a la necesidad de complementar las apreciaciones de los supervisores y considerando los variados aspectos que no se pueden observar en forma sistemática (reuniones técnicas, trabajos con los padres, relaciones interpersonales, entre otros). De la suspensión de prácticas o terrenos (práctica pendiente). 1. El estudiante será suspendido en su actividad de Práctica/Terreno antes del término del semestre/año, cuando presente alguna de las siguientes situaciones: a. Inasistencias y atrasos justificados, que excedan el máximo permitido. b. Problemas de salud física o psicológica que interfieren en el normal desarrollo de su trabajo en el Centro de Práctica. c. Embarazos. La suspensión es un proceso académico por el cual el alumno/a congela el proceso de práctica por orden de la Carrera de Pedagogía en Educación Parvualria, hasta un máximo de 5 días hábiles, en cuyo período el Consejo de Escuela resolverá previa revisión de los antecedentes. * Todas estas situaciones serán resueltas de manera definitiva en Consejo de Escuela. De la reprobación de prácticas o terrenos. 1. El estudiante reprobará su actividad de Práctica/Terreno antes del término del semestre/año, cuando presente alguna de las siguientes situaciones: a. Cuando la nota de práctica/terreno sea inferior a 4,0. b. Reprobación del proyecto de obtención del grado con nota inferior a 4,0, independiente del promedio de nota de práctica. c. Solicitud fundamentada de retiro del estudiante, por la Dirección del Centro de Práctica. d. Incumplimiento de los conductos regulares referidos a la práctica. e. Intervención injustificada de terceras persona ajenas al equipo de supervisión padres, familiares, por parte del estudiante. f. Actitudes reiteradas inaceptables en su desempeño profesional con los niños, con el personal del centro educativo, con los padres y con el equipo de supervisión de prácticas (agresión verbal y/o física a niños y/o adultos, faltas a la ética profesional: mentiras, falsificación de documentos, comentarios de terceros, entre otros; incumplimiento de deberes profesionales al interior del centro). g. Asistencia a cursos, seminarios, charlas, capacitaciones sin autorización previa de la Coordinación de práctica y la supervisión de la práctica incumplimiento de obligaciones que se desprenden de la asistencia autorizada a cursos, seminarios, charlas, capacitaciones (la autorización obliga al estudiante a presentar certificado de asistencia a la actividad, exposición de los contenidos desarrollados a su grupo curso, personal del centro y difusión a la Escuela). h. Incumplimiento del conducto regular por inasistencia justificada (coordinación de práctica, supervisión y al centro de práctica) El escrito debe incorporar: fecha de inasistencia, motivo y día de recuperación, previamente coordinado con la Dirección del Centro de prácticas y esta recuperación no debe exceder los 10 días hábiles posteriores a la inasistencia).
  • 6. *Cualquiera de estas situaciones deberán ser justificadas por el estudiante con la documentación pertinente, la que se presentará al Consejo de Escuela, organismo colegiado que tomará la determinación de aplicación del reglamento de práctica. De la reanudación de la práctica y/o terreno. 1. El estudiante que repruebe la práctica/terreno podrá repetirla en una segunda y última oportunidad en el período correspondiente en el que se dicte la actividad académica y bajo las condiciones que determine y autorice el equipo de supervisión de prácticas en conjunto con la Dirección de Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia y Consejo de Escuela. 2. Si la práctica/terreno es suspendida el estudiante tendrá que reiniciar esta exigencia previa resolución del Consejo de Escuela, durante el semestre correspondiente a la práctica o terreno suspendido y en una institución que será determinada por la coordinación de supervisión, en conjunto con la Dirección de Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia. Toda situación no contemplada en los artículos señalados anteriormente, será resuelta por las autoridades pertinentes de la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia, el Consejo de Escuela y Consejo de Facultad.
  • 7. REGLAMENTO DE ACTIVIDADES EN TERRENO Y/O PRÁCTICAS 2012 COPIA ESTUDIANTE Recepcionado por la estudiante el día ____________________ de _________ (mes) de 2012 Yo________________________________________________________________________________ Rut:________________________, declaro estar en conocimiento del reglamento que rige los Terrenos y Prácticas de la Carrera de Pedagogía en Educación Parvularia de la Universidad del Pacífico y acorde con el mismo asumo los compromisos y responsabilidades que la actividad requiere. _______________________________ Firma REGLAMENTO DE ACTIVIDADES EN TERRENO Y/O PRÁCTICAS 2012 COPIA ESCUELA Recepcionado por la estudiante el día ____________________ de _________ (mes) de 2012 Yo________________________________________________________________________________ Rut:________________________, declaro estar en conocimiento del reglamento que rige los Terrenos y Prácticas de la Carrera de Pedagogía en Educación Parvualria de la Universidad del Pacífico y acorde con el mismo asumo los compromisos y responsabilidades que la actividad requiere. _______________________________ Firma