El documento presenta una guía sobre diferentes modalidades de contratos y medidas de fomento de la contratación. Resume los tipos de contratos temporales y fijos, sus características como duración máxima, indemnizaciones, bonificaciones en cuotas a la seguridad social y requisitos para cada uno. También describe contratos para colectivos específicos como jóvenes, desempleados, personas con discapacidad y víctimas de violencia de género.
3. Realización de obra o servicio con autonomía y sustantividad propias
Duración incierta
Duración:
Máximo 3 años
Indemnización cese:
9 días por año/2012
10 días por año/2013
11 días por año/2014
12 días por año/2013
Se transforma en indefinido:
Por falta de forma escrita
Por falta de alta en la seguridad social
4. Excesos de tareas o pedidos
Duración máxima:
6 meses dentro de un periodo de 12 meses
Solo se puede hacer una solo prórroga
Indemnización por cese:
9 días por año/2012
10 días por año/2013
11 días por año/2014
12 días por año/2015
5. Sustitución de trabajadores con derecho a reservar el puesto del trabajo
Duración máxima:
Hasta la reincorporación del trabajador sustituido
Promoción de un puesto de trabajo durante el proceso de selección
Duración máxima:
3 meses o finalización del proceso de selección
No existe la indemnización por cese en este contrato
Se transforma en indefinido:
Por falta de forma escrita
Por falta de alta en la seguridad social
6. Reducción cuota empresariales a la seguridad social
a. 1º año 95% al mes
b. 2º año 60% al mes
c. 3 año 50% al mes
Excluido por consanguinidad hasta el 2º grado
Duración máxima:
3 años
7. El trabajador participa en acciones de formación y tiene que sustituirlo por
otro trabajador en ese periodo
El trabajador tiene que ser un desempleado
El trabajador desempleado percibirá la prestación contributiva por el 50%
de la cuantía durante la vigencia del contrato
El empresario deberá abonar al trabajador la diferencia entre la cuantía
de la prestación por desempleo y el salario que le corresponda.
Po ejemplo: El trabajador desempleado esta cobrando 500€ de paro, el
50% de 500€ es 250€. El trabajador cobrará 250€ más el salario que le
corresponda
8. Tendrán derecho a una bonificación del 100% en las cuotas
empresariales de la seguridad social
Los citados beneficios no serán de aplicación en los
siguientes casos:
Por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive
Duración:
Hasta la reincorporación del trabajador sustituido
9.
10. El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad
hasta el segundo grado ( No será de aplicación esta exclusión cuando el empleado
sea un trabajador autónomo sin asalariados y contrate a un solo familiar menor de
cuarenta y cinco años que conviva en su hogar ni esté a su cargo)
El Trabajador no debe haber estado vinculado a la empresa en los 24 meses
anteriores a la contratación mediante un contrato indefinido o en los últimos 6
meses mediante un contrato de duración determinada o temporal
Contrato Indefinido:
Tienen derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la seguridad social
de 50€/mes (600€/año) durante 4 años
Contrato temporal:
Tiene derecho a una bonificación de 41,67 €/mes (500€/año) durante toda la
vigencia. Max: 3 años
Los beneficios establecidos no podrán superar el 60% del coste salarial anual
correspondiente al contrato . El empresario como mínimo debe pagar el 40% anual
11. El trabajador no tendrá relación o parentesco por consanguinidad o afinidad
hasta el segundo grado.
El trabajador no debe haber estado vinculado a la empresa en los 24 meses
anteriores a la contratación mediante un contrato indefinido o en los últimos 6
meses mediante un contrato de duración determinada o temporal.
Quedan excluido los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de
carácter indefinido en un plazo de 3 meses previos a la formalización del
contrato.
Contrato Indefinido:
Dará derecho a bonificación mensual de cuota empresarial a la seguridad social
por trabajador/a contratado/a víctimas de violencia doméstica, de 70,83
euros/mes (850€/año) durante 4 años.
Terrorismo y género (125€/mes 4 años)
Contrato temporal:
Dará derecho a una bonificación de una cuota empresarial a la seguridad social
de 50€/mes (600 €/año) durante toda la vigencia del contrato.
12.
13. Ser trabajador con discapacidad igual o superior al 33%
Contrato indefinido T.P:
Subvención: 3.907 € anual
Deducción Impuesto de sociedades: 6.000 € por cada incremento anual de
la plantilla
Subvención eliminación de barreras: 901,52 €
Contrato indefinido T.C :
Bonificaciones:
Sin discapacidad severa:
• Hombre menores de 45 años: 4.500 €/año » Mayores 45 años:5.700 €/año
• Mujeres menores de 45 años: 5.350 €/año « Mayores 45 años:5.700 €/año
Con discapacidad severa:
• Hombre menores de 45 años: 5.100 €/año » Mayores 45 años:6.300 €/año
• Mujeres menores de 45 años: 5.950 €/año « Mayores 45 años:6.300 €/año
14. Ser trabajador con un grado igual o superior al 33%
Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
a. Personas con parálisis cerebral igual o superior al 33%
b. Personas con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%
c. Mujeres con discapacidad no incluidas igual o superior al 33%
Trabajador del enclave que pertenezca al colectivo del grupo a) o b) tendrá las
siguientes ayudas:
• Subvención de 7.814 €
Bonificación de las cuotas empresariales de la seguridad social:
Discapacitados sin discapacidad severa:
• Hombres menores de 45 años: 4.500€/año « Mayores de 45 años: 5.700€/año
• Mujeres menores de 45 años: 5.350€/año « Mayores de 45 años:5.700€/año
Discapacitados con discapacidad severa:
• Hombres menores de 45 años: 5.100€/año « Mayores de 45 años: 6.300€/año
• Mujeres menores de 45 años: 5.950€/año « Mayores de 45 años: 6.300€/año
15. Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %
No debe haber estado vinculado a la empresa, grupo de empresas o entidad en los 24 meses anteriores
a la contratación mediante un contrato a tiempo indefinido,
Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un
plazo de 3 meses
El contrato se realizará:
Por escrito
Duración entre 12 meses y 3 años
Prórrogas no inferiores a 12 meses
Periodo de prueba 1 mes
Si es temporal no hay subvención, pero si bonificación. No tiene adaptación, ni deducción
Contrato a tiempo completo, tendrá las siguientes bonificaciones:
Discapacitados sin discapacidad severa:
• Hombres menores de 45 años: 3.500€/año « Mayores de 45 años: 4.100€/año
• Mujeres menores de 45 años: 4.100€/año « Mayores de 45 años:4.700€/año
Discapacitados con discapacidad severa:
• Hombres menores de 45 años: 4.100€/año « Mayores de 45 años: 4.700€/año
• Mujeres menores de 45 años: 4.700€/año « Mayores de 45 años: 5.300€/año
A la terminación del contrato, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 12 días de salario
por año de servicio
16.
17. Se puede utilizar también para los discapacitados
Trabajadores mayores de 16 y menores de 30 años
El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con
discapacidad, ni con los colectivos de exclusión social
Duración:
La Duración mínima del contrato será de un año y la máxima de 3 años
El tiempo de trabajo no podrá ser superior al 75% durante el primer año, 85% el segundo año y el tercer
año de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo.
Periodo de prueba entre 15 días y 1 mes ( mirar convenio )
Expirada la duración del contrato para la formación y el aprendizaje, el trabajador no podrá ser
contratado bajo esta modalidad por la misma o distinta empresa.
Incentivos:
Las empresas tendrán derecho, a una reducción del 100% de las cuotas empresariales a la seguridad
social.
Se bonificará el 100% de las cuotas de los trabajadores a la seguridad social.
Trasformación
Los contratos para la formación y el aprendizaje, se transforma en indefinidos a la finalización de su
duración inicial, tendrán derecho a una deducción en la cuota empresarial a la seguridad social de
1.500 €/año, durante 3 años. En el caso de las mujeres , la deducción será de 1.800 €/año
La retribución del trabajador se fijara en proporción al tiempo de trabajo efectivo, en ningún
caso, podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo trabajado 75%
Estos contratos son siempre a tiempo completo no hay a tiempo parcial
18. El contrato de trabajo en prácticas tendrá título universitario o de formación
profesional de grado medio o superior.
Que no hayan transcurrido más de 5 años, o de 7 para los discapacitados
Duración:
El periodo de prueba no podrá ser superior a un mes para los contratos en
prácticas de título de grado medio o de certificado de profesionalidad de nivel 1
ó 2, ni a 2 meses de título de grado superior o de certificado de profesionalidad
de nivel 3.
La duración máxima será de 2 años
Reducción salarial:
1º año: 60%
2º año: 75%