2. DEFINICION:
Realizar obras y servicios con autonomía y sustantividad de la empresa.
MODELO:
TC: 401 ; TP: 501
DURACION:
Mínimo: no tiene, Máximo: 3 años
Duración incierta
INDEMNIZACION POR CESE:
2012: 9 días/año
2013: 10 días/año
2014: 11 días/año
2015: 12 días/año(máximo)
3. DEFINICION:
Atender excesos de tareas o pedidos, o exigencias circunstanciales del
mercado
MODELO:
TC: 402 ; TP: 502
DURACION:
6 meses en un periodo de 12 meses(puede ampliarse en 12 meses en un
periodo de 18 meses como máximo según Convenio Colectivo)
Una sola prórroga en dicho periodo (cambiar según C.C.)
INDEMNIZACION POR CESE:
2012: 9 días/año
2013: 10 días/año
2014: 11 días/año
2015: 12 días/año(máximo)
4. DEFINICION:
1.Sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo.
DURACION: Hasta la incorporación del trabajador.
2.Para promoción de un puesto de trabajo durante el proceso de
selección.
DURACION: Máx: 3 meses
MODELO:
TC: 410 ; TP: 510
INDEMNIZACION POR CESE: ¡NO EXISTE!
5.
6. DEFINICION:
Sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo por
excedencia por cuidados familiares
MODELO:
TC: 410 ; TP: 510
DURACION:
Hasta la incorporación del trabajador.(Max: 3 años)
BENEFICIOS PARA EL EMPRESARIO:
Reducción de la Cuota Empresarial:
-1º año: 95%
-2º año: 60%
-3º año: 50%
*Excluidos personas que mantenga una consanguinidad con el
empresario o administrador hasta el 2º grado*
7. DEFINICION:
Sustituir a trabajadores por excedencia por formación
MODELO:
TC: 410 ; TP: 510
DURACION:
Máx: 6 meses (cambiar según C.C)
INCENTIVOS PARA LA EMPRESA:
El trabajador percibirá: 50% de la cuantía de la prestación pendiente,
cumplimentando el empresario el resto del salario que le corresponde.
8. DEFINICION:
Sustituir a trabajadores por: maternidad, adopción, riesgos durante el
embarazo o lactancia..etc (se considera baja no excedencia, por lo cual
se reserva su puesto de trabajo y recibe su salario.)
MODELO:
TC: 410 ; TP: 510
DURACION:
Hasta incorporación del trabajador
INCENTIVOS PARA LA EMPRESA:
Bonificación: 100% de la cuota empresarial
EXCLUYE:
*Personas que mantenga una consanguinidad con el empresario o
administrador hasta el 2º grado*
*Contratos celebrados por las administraciones públicas y sus
organismos autónomos*
9. DEFINICION:
Los trabajadores contratados deben ser personas minusválidas
desempleadas que sustituyan a trabajadores minusválidos por
incapacidad temporal
MODELO:
TC: 410 ; TP: 510
DURACION:
Hasta incorporación del trabajador
INCENTIVOS PARA LA EMPRESA:
Bonificación: 100% de la cuota empresarial
10. DEFINICION:
Sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género o domésticas
(suspensión por contingencias comunes o suspensión máximo 6 meses
por movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo por dicha
causa)
MODELO:
TC: 410 ; TP: 510
DURACION:
Hasta incorporación del trabajador
INCENTIVOS PARA LA EMPRESA:
Bonificación: 100% de la cuota empresarial=durante suspensión
*suspensión por c. comunes se considera baja: recibirá su salario
Cambio de residencia: se considera excedencia: no recibirá salario
11.
12. DEFINICION:
Contratos para personas en situación de exclusión social, que será acreditada
por los servicios sociales competentes.
MODELO:
Indefinidos: TC: 150 ; TP: 250
Temporales: TC: 450 ; TP: 550
Fijos discontinuos: 350
*Excluidos*: personas que mantenga una consanguinidad con el empresario
hasta el 2º grado; persona no vinculada a la empresa 24meses anteriores con
c. indefinido o 6meses con c. temporal; y trabajadores que hayan finalizado c.
indefinido en los 3meses anteriores siendo éste despido procedente.
INCENTIVOS:
Contrato indefinido: bonificación de la cuota empresarial 50€/mes(4años)
Contrato temporal: bonificación 41’67€/mes(max: 3años)
*La empresa debe abonar como mínimo el 40% del coste salarial anual al
trabajador correspondiente al contrato que se bonifica.*
13. DEFINICION:
Contratos para personas en situación de exclusión social, que será acreditada
por los servicios sociales competentes procedentes de empresas de inserción.
MODELO:
Indefinidos: TC: 150 ; TP: 250
Temporales: TC: 450 ; TP: 550
Fijos discontinuos: 350
INCENTIVOS:
Contrato indefinido o temporal: bonificación de la cuota empresarial a la
Seguridad Social: 70’83€ durante la vigencia del contrato o durante 3 años si el
contrato es indefinido
*Dicho contrato tiene las mismas características que un contrato para
trabajadores de exclusión social exceptuando lo anterior(incentivos)*
14. DEFINICION:
Contratos para personas que tengan acreditada por la Administración
competente la condición de víctima de violencia de género o doméstica o
víctima del terrorismo.
MODELO: mismo que el anterior
*Excluidos*: personas que mantenga una consanguinidad con el empresario
hasta el 2º grado, excepto que: empresario autónomo contrate a 1familiar que
no este a su cargo menor de45 años o hijo menor de 30años; persona no
vinculada a la empresa 24meses anteriores con c. indefinido o 6meses con c.
temporal; y trabajadores que hayan finalizado c. indefinido en los 3meses
anteriores siendo éste despido procedente.
INCENTIVOS: bonificación:
Contrato indefinido: violencia de género o doméstica= 70’83€/mes(4 años)
víctima del terrorismo=125€/mes(4 años)
Contrato temporal: 50€/mes (vigencia del contrato, max: 3 años)
*La empresa debe abonar como mínimo el 40% del coste salarial anual al
trabajador correspondiente al contrato que se bonifica.*
15.
16. DEFINICION:
Contratos para personas con discapacidad con un grado =ó> al 33% reconocido
por el organismo competente que estén inscrito en el Servicio Público de Empleo
Acompañado por la solicitud de alta en el régimen de la Seguridad Social y el
certificado de minusvalía
MODELO:
Indefinidos: TC: 130 ; TP: 230 ; Fijos discontinuos: 330
INCENTIVOS:
Subvención Contrato indefinido: 3.907€ T.C.(si es a T.P la parte proporcional)
Deducción de Impuestos de Sociedades: 6.000€ (anual)
Subvención para la eliminación de barreras: 901’52€
Bonificación a tiempo completo: (parte proporcional a tiempo parcial)
-sin discapacidad severa: Hombres Mujeres
menores de 45 años 4.500€/año 5.350€/año
mayores de 45 años 5.700€/año 5.700€/año
-con discapacidad severa
menores de 45 años 5.100€/año 5.950€/año
mayores de 45 años 6.300€/año 6.300€/año
Mantener a dichos trabajadores: min 3años, si es despido procedente deberá
sustituirlo por trabajador con discapacidad
17. DEFINICION:
Contratos para personas con discapacidad con un grado =ó> al 33% reconocido
por el organismo competente o pensionistas de la Seguridad Social o
pensionistas de clases pasivas. Los trabajadores procederán de un enclave social
y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.
La administración competente puede asignar a un grupo dichos trabajadores:
a) Personas con discapacidad cerebral =ó> 33%
b) Personas con dis. física o sensorial =ó> 65%
c) Mujeres con dis. No incluidas en los grupos anteriores con un grado de
minúsvalia =ó> 33%
Acompañado por la solicitud de alta en el régimen de la Seguridad Social y el
certificado de minusvalía
MODELO: mismo que el anterior
INCENTIVOS:
Subvención C. indefinido-(a y b): 7.814€ T.C.(si es a T.P la parte proporcional)
- (c): 3.907€
Subvención para la eliminación de barreras: 901’52€
Bonificación : igual que el anterior
Mantener a dichos trabajadores: min 3años, si es despido procedente deberá
sustituirlo por trabajador con discapacidad.
*el trabajador no deberá estar vinculado los 24meses(C. indefinido) anteriores o
6meses (C. temporal)
18. DEFINICION:
Contratos para personas con discapacidad con un grado =ó> al 33% reconocido
por el organismo competente que estén inscrito en el Servicio Público de Empleo
Acompañado por la solicitud de alta en el régimen de la Seguridad Social y el
certificado de minusvalía
Los trabajadores no podrán estar vinculada a la empresa 24meses anteriores con
c. indefinido ni que hayan finalizado c. indefinido en los 3meses anteriores siendo
éste despido procedente.
MODELO: TC: 430 ; TP: 530
DURACION: MIN: 1 AÑO MAX: 3 AÑOS
INCENTIVOS:
Bonificación a tiempo completo: (parte proporcional a tiempo parcial)
-sin discapacidad severa: Hombres Mujeres
menores de 45 años 3.500€/año 4.100€/año
mayores de 45 años 4.100€/año 4.700€/año
-con discapacidad severa
menores de 45 años 4.100€/año 4.700€/año
mayores de 45 años 4.700€/año 5.300€/año
FINIQUITO: 12 días de salario por año de servicio
*Todos los contratos para discapacitados tendrán un periodo de prueba: 1mes*
19.
20. DEFINICION:
Contratos para la cualificación profesional de los trabajadores mayores de 16
años y menores de 30 que posean los estudios básicos(E.S.O. , EGB)
Para personas discapacitadas, exclusos o participantes en proyectos de empleo
no habrá un máximo de edad
MODELO: TC: 421
DURACION: MIN: 1 AÑO MAX: 3 AÑOS (no se aplicara a participantes en
proyectos de empleo)(2 prórrogas como max)
-1º año: tiempo de trabajo efectivo: 75%
-2º y 3º año: 85% de la jornada máxima legal
INCENTIVOS:
Menos de 250trabajadores: reducción 100% cuota empresarial y cuota obrera
Más de 250 trabajadores: reducción 75% cuota empresarial y cuota obrera
*Periodo de prueba: 15 días-1mes*
Si dicho contrato se transforma en indefinido –bonificación a la S.S. :
Hombres 1.500€/año Mujer 1.800€/año (durante 3 años)
21. DEFINICION:
Contratos para personas en posesión de título universitario de formación
profesional que no hayan transcurrido más de 5años o 7 para trabajadores con
discapacidad
MODELO: TC: 420 ; TP: 520
DURACION: MIN: 6 MESES MAX: 2 AÑOS(2 prórrogas como max)
INCENTIVOS:
Si el contrato se realiza con personal investigador se bonificará 30% C. Emp.
A la transformación en contrato indefinido a tiempo completo o parcial, podrá
acogerse a las bonificaciones reguladas en el R.D.
*Periodo de prueba*:
-max 1 mes: para titulados con grado medio o certificados de nivel 1 y 2
-max 2 meses: para titulados con grado superior o certificados de nivel 3
RETRIBUCIÓN A LOS TRABAJADORES:
-1ºAÑO: MIN 60% -2ºAÑO: MIN 70%
*A la finalización del contrato se expedirá al trabajador un certificado*
22. -Horas pactadas entre el trabajador y el empresario
-Estas horas solo podrán celebrarse en contratos de tiempo parcial
-No se cotizarán a la Seguridad Social
-El empresario tendrá que avisar al trabajador con 7 días de antelación
-No podrá superar al 15% de la jornada laboral anual.
23. -contratos determinados: serán por escrito
-contratos indefinidos: pueden ser por escrito o verbal, siendo siempre
por escritos aquellos que sean bonificados
-el empresario deberá comunicar al Servicio Publico de Empleo en los
10 días siguientes a su celebración.
-para que el empresario pueda recibir algún tipo de bonificación, éste
deberá hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social; y no podrá tener ningún tipo de sanción como por
ejemplo por un despido improcedente en los 12 meses anteriores