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DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP
Fecha:10 de Abril de 2016
Mario Cesar Valencia Barrientos
BENEMERITA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE PUEBLA
DHTIC
PROFESORA: NADHEZDA GASPAR PEREZ
ALUMNO: MARIO CESAR VALENCIA BARRIENTOS
ENSAYO FINAL
“CONOCIENDO EL NUEVO SISTEMA PENAL ACUSATORIO”
MATRICULA: 201549052
DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP
Fecha:10 de Abril de 2016
Mario Cesar Valencia Barrientos
EL NUEVO SISTEMA PENAL ACUSATORIO
Quizá lo más conveniente para poder entender el nuevo sistema penal acusatorio seria
tener la mejor de las certezas, y estas solo pueden darse a través de ciertas preguntas
como por ejemplo: ¿Qué es el nuevo sistema penal acusatorio?, ¿Cuáles son los
principales motivos por los que se debe implementar el nuevo sistema penal acusatorio
en México?, ¿Cuáles son las ventajas y las ventajas?, ¿El impacto en la sociedad? Y
sobre todo la que yo considero más importante ¿Sera una verdadera solución para los
problemas que atañen a la sociedad mexicana, y si realmente la sociedad mexicana está
preparada para este nuevo sistema penal acusatorio?
Sin embargo estoy seguro que todas estas preguntas se irán respondiendo a medida en
que la transición de un sistema penal (antiguo) al nuevo sistema penal acusatorio, de sus
primeros frutos y presente sus primeros grandes problemas que seguramente causara
este cambio tan radical en cuanto a materia penal, civil y mercantil, esto considerando
que en materia laboral ya existe la noción de un juicio oral ya que este tipo de juicios en
su mayoría son mixtos.
Dicenque no se debe temer al cambio, y que los cambios en su mayoría siempre generan
algo positivo, pero no es que sea pesimista si no que me gusta ser realista y creo que
será muy difícil que este cambio tan drástico mejore el derecho procesal y sobre todo
logre su principal objetivo, que realmente imparta justicia.
Según el Dr. Miguel Carbonell, México se encuentra viviendo tiempos muy difíciles donde
reina la violencia extrema y salvaje y la ya de por si conocida corrupción, y a pesar de los
grandes esfuerzos que hace el gobierno con operativos y detenciones a los principales
jefes de los carteles de droga, la policía y el mismo gobierno se han visto sobrepasados
por esto, la falta de buenos salarios y capacitación constante y efectiva de las principales
instituciones policiacas hacen insuficientes las herramientas que tiene el gobierno
mexicano para luchar contra la violencia, la delincuencia organizada y por si fuera poco
y debido a los malos salarios del personal de las instituciones policiacas, “la corrupción”,
todo esto ha generado que los ministerios públicos se saturen de denuncias y por falta
DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP
Fecha:10 de Abril de 2016
Mario Cesar Valencia Barrientos
de apoyo y capacitación la mayoría las han dejado a la deriva, sin que exista ningún tipo
de acción para la impartición de justicia en todas esas denuncias, según el Dr. Miguel
Carbonell por cada 10 denuncias solo se les da seguimiento a 2 o 3, un numero
paupérrimo considerando que México es un país considerado dentro de los más altos en
índices de violencia. Como consecuencia de todo esto y entre otras cosas se ha dado
una nueva reforma penal en México y su principal característica es la implementación de
un nuevo sistema penal acusatorio tomando a los juicios orales como herramienta
primordial y de cambio en el derecho procesal mexicano.
El impacto de los juicios orales en el Derecho Procesal
Sin duda los juicios orales serán la esencia del nuevo sistema penal, pero no solo
impactaran a la sociedad y a los estudiosos de la ciencia jurídica o a los abogados, si no
que modificara por completo la forma de llevar el Derecho procesal en México para poder
entender esto es conveniente que trate de explicar algunas características propias de
estos juicios orales, así como hacer notar las principales características de estos.
Tenemos que las características principales del juicio oral son: a) la inmediación, b)
publicidad, c) identidad física del juzgador, d) libre convicción e instancia única, e)
concentración y f) transparencia.
La inmediación: significa que el juez estará presente en todas las diligencias que se
desahogan en la o las audiencias que constituyen el juicio, es decir entre el juez y el
imputado no habrá intermediarios.
La publicidad: Significa que los actos que constituirán el juicio deberán desarrollarse en
un lugar público, donde las personas que así lo deseen y con actitud de respeto podrán
tener acceso libre, pues México es un país que se considera un Estado de derecho.
La identidad: con este principio ni el acusado, ni el juzgador pueden ser reemplazados
por otra persona, durante el procedimiento y debe concurrir personalmente a la audiencia
desde el inicio hasta la conclusión.
La concentración: Este punto es muy importante ya que evitara que el juicio sea más
efectivo y sobre todo más corto hablando de tiempo ya que en estos juicios orales, el
DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP
Fecha:10 de Abril de 2016
Mario Cesar Valencia Barrientos
desahogo de las pruebas, las conclusiones, los debates, la emisión del veredicto o
sentencia se dará en una sola audiencia.
Transparencia: consiste en que las actuaciones del juicio oral estarán a la vista de todos,
la sentencia será conocida por la audiencia o el público que por ende sabe de las razones
que sustentaran la absolución o la culpabilidad de quien se juzga.
Libre convicción: Este punto otorga al juzgador la libertad de admitir todo tipo de prueba
que estime útil en el esclarecimiento de la verdad.
Instancia única: para dar mayor celeridad y la garantía de una justicia pronta en los
juicios orales será una sola instancia.
Sabiendo ya las características principales de los juicios orales en México importante
señalar los asuntos que se conocerán o el tipo de controversias, que de acuerdo en lo
establecido por la legislación Procesal Civil los juzgados en materia familiar podrán
conocer: Alimentos; guarda y custodia; régimen de convivencias; violencia familiar;
nulidad de matrimonio; rectificación o nulidad de los atestados del registro civil; filiación;
suspensión o perdida de la patria potestad; constitución forzosa de patrimonio familiar;
cambio de régimen patrimonial controvertido y la interdicción contenciosa.
Los litigios que no podrán tramitarse en un juicio oral serán: los juicios sucesorios, nulidad
de testamento, petición de herencia, incapacidad para heredar, modificación de inventario
por error o dolo, declaración de ausencia y presunción de muerte, restitución de menores,
adopción internacional, diligencias prejudiciales de interdicción y los demás juicios de
tramitación especial.
Los procedimientos de jurisdicción voluntaria; divorcio; perdida de patria potestad de
menores acogidos por una institución pública o privada de asistencia social;
levantamiento de acta de reasignación para la concordancia sexo genérica; y adopción
nacional se tramitaran conforme a sus reglas generales, ajustándose en lo conducente al
juicio oral y sus principios y solo en el caso de los alimentos se podrá presentar la
demanda y contestación por escrito o comparecencia personal.
DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP
Fecha:10 de Abril de 2016
Mario Cesar Valencia Barrientos
Considerando las características, así como conociendo algunas de las controversias que
podrán ser resueltas con el nuevo procedimiento oral,
Si creo que existen ventajas en este nuevo sistema penal acusatorio, pues considero que
los juicios orales, vienen a mejorar la celeridad de los asuntos y querellas, ya que ante el
juez la parte actora y la parte demandada, podrán exhibir y desahogar las pruebas
pertinentes así como los alegatos, como consecuencia de esto el dictamen de sentencia
será más rápido y eficaz, ahora al tener contacto directo con los jueces de control se evita
la corrupción. Una desventaja que yo veo en este nuevo sistema penal acusatorio es que,
el ministerio público ya no fija fianza para la reparación del daño, ahora ya la fianza la fija
el juez de control mediante una garantía económica y se fija hasta el proceso, con esto
quiero decir que por ejemplo: si hay un choque y se tiene identificada la parte culpable el
ministerio público ya no podrá fijar la fianza y la parte afectada se quedara sin auto hasta
finalizado el proceso cuando el juez de control dicte la fianza, y con esto pienso que la
parte afectada queda un poco en desventaja. Otra desventaja es que no se cuenta
actualmente con la infraestructura suficiente en México para la aplicación de la nueva
reforma penal y esto ocasionara confusión y dificultades en el derecho procesal para las
dependencias jurídicas públicas, siendo esto una traba para la implementación y la
correcta aplicación del nuevo sistema penal acusatorio.
Los abogados litigantes se verán obligados a no solo actualizarse y estudiar más, si no
deberán contar con un sentido más analítico para cada caso, y deberán ser mucho más
cuidadosos en la defensa de sus clientes, deberán tener más conocimiento sobre las
pruebas periciales y cuál es su proceso ya que en este nuevo sistema penal acusatorio
serán determinantes, y si el abogado no conoce de ellas no podrá refutarlas, y como
consecuencias se puede dar la pérdida del caso y una mala defensa para el cliente.
En cuanto a la sociedad pienso que teniendo la debida información y con la correcta
difusión que se haga del nuevo sistema penal acusatorio le traerá beneficios, pues como
lo comento la celeridad de los procedimientos será eficaz y la impartición de justicia se
dará en un margen más amplio.
DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP
Fecha:10 de Abril de 2016
Mario Cesar Valencia Barrientos
Concluyendo creo que los ciudadanos mexicanos, hemos cambiado somos más
consientes, conocemos de nuestros derechos y estamos mejor informados gracias a las
TIC (tecnologías de la información y la comunicación) y gracias a todo esto pienso que
los ciudadanos están preparados para el cambio al nuevo sistema penal acusatorio, y sé
que es una mejor manera de evitar la violencia y la corrupción, y de tener una mejor visión
de lo que es y representa la justicia, sin embargo soy pesimista en cuanto a su aplicación
pues considero muy acertada la opinión del economista Max Diener Salas que dice
llevara al menos 10 años a México la correcta aplicación e implementación del nuevo
sistema penal acusatorio. Por lo que considero que se debe dar importancia a la
capacitación de los funcionarios públicos que deben intervenir en los diferentes
procedimientos o juicios orales, que se fomente la preparación de los profesionistas en
Derecho, y que en los programas educativos de las principales universidades se
introduzcan materias propias de un juicio oral, así como sus características y su
procedimiento.
Y para nosotros como futuros abogados y entendiendo que las reglas han cambiado en
los procesos penales, civiles y mercantiles es de suma importancia empaparnos de
conocimientos acerca de los juicios orales y de experiencia, que nos permita saber lo que
enfrentaremos ya como abogados, para velar por los intereses de nuestros futuros
clientes.
En cuanto a los juicios orales sin duda serán más prácticos y lo que se ganara es en la
celeridad de los procedimientos, y sobre todo que las partes estarán ante el juez, así
como sus abogados defensores, lo que implica sin duda alguna que se evite la corrupción
y con esto la que gana es la justicia.
Por otra parte considero importante que la sociedad mexicana se involucre con el nuevo
sistema penal acusatorio, que traten de informarse como funciona, y cuáles son sus
ventajas y desventajas, así como conocer cuáles son las controversias que podrán
llevarse a cabo de manera oral.
DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP
Fecha:10 de Abril de 2016
Mario Cesar Valencia Barrientos
Bibliografía:
Carbonell, M. (2012). La Reforma Penal que México Necesita. México. Institución
Renace, A.B.P, 2012
Cardona Rivera, R, (2011). Apuntes Sobre El Nuevo Sistema Penal Acusatorio: Los
Juicios Orales. México, Dirección General del SEDIA
Carbonell, M. (2015). Características de la Nueva Reforma Penal. México, Página Oficial.
Justicia penal, Michoacán (2014). El ABC del Sistema Penal Acusatorio. México
INACIPE, 2014

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  • 2. DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP Fecha:10 de Abril de 2016 Mario Cesar Valencia Barrientos EL NUEVO SISTEMA PENAL ACUSATORIO Quizá lo más conveniente para poder entender el nuevo sistema penal acusatorio seria tener la mejor de las certezas, y estas solo pueden darse a través de ciertas preguntas como por ejemplo: ¿Qué es el nuevo sistema penal acusatorio?, ¿Cuáles son los principales motivos por los que se debe implementar el nuevo sistema penal acusatorio en México?, ¿Cuáles son las ventajas y las ventajas?, ¿El impacto en la sociedad? Y sobre todo la que yo considero más importante ¿Sera una verdadera solución para los problemas que atañen a la sociedad mexicana, y si realmente la sociedad mexicana está preparada para este nuevo sistema penal acusatorio? Sin embargo estoy seguro que todas estas preguntas se irán respondiendo a medida en que la transición de un sistema penal (antiguo) al nuevo sistema penal acusatorio, de sus primeros frutos y presente sus primeros grandes problemas que seguramente causara este cambio tan radical en cuanto a materia penal, civil y mercantil, esto considerando que en materia laboral ya existe la noción de un juicio oral ya que este tipo de juicios en su mayoría son mixtos. Dicenque no se debe temer al cambio, y que los cambios en su mayoría siempre generan algo positivo, pero no es que sea pesimista si no que me gusta ser realista y creo que será muy difícil que este cambio tan drástico mejore el derecho procesal y sobre todo logre su principal objetivo, que realmente imparta justicia. Según el Dr. Miguel Carbonell, México se encuentra viviendo tiempos muy difíciles donde reina la violencia extrema y salvaje y la ya de por si conocida corrupción, y a pesar de los grandes esfuerzos que hace el gobierno con operativos y detenciones a los principales jefes de los carteles de droga, la policía y el mismo gobierno se han visto sobrepasados por esto, la falta de buenos salarios y capacitación constante y efectiva de las principales instituciones policiacas hacen insuficientes las herramientas que tiene el gobierno mexicano para luchar contra la violencia, la delincuencia organizada y por si fuera poco y debido a los malos salarios del personal de las instituciones policiacas, “la corrupción”, todo esto ha generado que los ministerios públicos se saturen de denuncias y por falta
  • 3. DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP Fecha:10 de Abril de 2016 Mario Cesar Valencia Barrientos de apoyo y capacitación la mayoría las han dejado a la deriva, sin que exista ningún tipo de acción para la impartición de justicia en todas esas denuncias, según el Dr. Miguel Carbonell por cada 10 denuncias solo se les da seguimiento a 2 o 3, un numero paupérrimo considerando que México es un país considerado dentro de los más altos en índices de violencia. Como consecuencia de todo esto y entre otras cosas se ha dado una nueva reforma penal en México y su principal característica es la implementación de un nuevo sistema penal acusatorio tomando a los juicios orales como herramienta primordial y de cambio en el derecho procesal mexicano. El impacto de los juicios orales en el Derecho Procesal Sin duda los juicios orales serán la esencia del nuevo sistema penal, pero no solo impactaran a la sociedad y a los estudiosos de la ciencia jurídica o a los abogados, si no que modificara por completo la forma de llevar el Derecho procesal en México para poder entender esto es conveniente que trate de explicar algunas características propias de estos juicios orales, así como hacer notar las principales características de estos. Tenemos que las características principales del juicio oral son: a) la inmediación, b) publicidad, c) identidad física del juzgador, d) libre convicción e instancia única, e) concentración y f) transparencia. La inmediación: significa que el juez estará presente en todas las diligencias que se desahogan en la o las audiencias que constituyen el juicio, es decir entre el juez y el imputado no habrá intermediarios. La publicidad: Significa que los actos que constituirán el juicio deberán desarrollarse en un lugar público, donde las personas que así lo deseen y con actitud de respeto podrán tener acceso libre, pues México es un país que se considera un Estado de derecho. La identidad: con este principio ni el acusado, ni el juzgador pueden ser reemplazados por otra persona, durante el procedimiento y debe concurrir personalmente a la audiencia desde el inicio hasta la conclusión. La concentración: Este punto es muy importante ya que evitara que el juicio sea más efectivo y sobre todo más corto hablando de tiempo ya que en estos juicios orales, el
  • 4. DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP Fecha:10 de Abril de 2016 Mario Cesar Valencia Barrientos desahogo de las pruebas, las conclusiones, los debates, la emisión del veredicto o sentencia se dará en una sola audiencia. Transparencia: consiste en que las actuaciones del juicio oral estarán a la vista de todos, la sentencia será conocida por la audiencia o el público que por ende sabe de las razones que sustentaran la absolución o la culpabilidad de quien se juzga. Libre convicción: Este punto otorga al juzgador la libertad de admitir todo tipo de prueba que estime útil en el esclarecimiento de la verdad. Instancia única: para dar mayor celeridad y la garantía de una justicia pronta en los juicios orales será una sola instancia. Sabiendo ya las características principales de los juicios orales en México importante señalar los asuntos que se conocerán o el tipo de controversias, que de acuerdo en lo establecido por la legislación Procesal Civil los juzgados en materia familiar podrán conocer: Alimentos; guarda y custodia; régimen de convivencias; violencia familiar; nulidad de matrimonio; rectificación o nulidad de los atestados del registro civil; filiación; suspensión o perdida de la patria potestad; constitución forzosa de patrimonio familiar; cambio de régimen patrimonial controvertido y la interdicción contenciosa. Los litigios que no podrán tramitarse en un juicio oral serán: los juicios sucesorios, nulidad de testamento, petición de herencia, incapacidad para heredar, modificación de inventario por error o dolo, declaración de ausencia y presunción de muerte, restitución de menores, adopción internacional, diligencias prejudiciales de interdicción y los demás juicios de tramitación especial. Los procedimientos de jurisdicción voluntaria; divorcio; perdida de patria potestad de menores acogidos por una institución pública o privada de asistencia social; levantamiento de acta de reasignación para la concordancia sexo genérica; y adopción nacional se tramitaran conforme a sus reglas generales, ajustándose en lo conducente al juicio oral y sus principios y solo en el caso de los alimentos se podrá presentar la demanda y contestación por escrito o comparecencia personal.
  • 5. DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP Fecha:10 de Abril de 2016 Mario Cesar Valencia Barrientos Considerando las características, así como conociendo algunas de las controversias que podrán ser resueltas con el nuevo procedimiento oral, Si creo que existen ventajas en este nuevo sistema penal acusatorio, pues considero que los juicios orales, vienen a mejorar la celeridad de los asuntos y querellas, ya que ante el juez la parte actora y la parte demandada, podrán exhibir y desahogar las pruebas pertinentes así como los alegatos, como consecuencia de esto el dictamen de sentencia será más rápido y eficaz, ahora al tener contacto directo con los jueces de control se evita la corrupción. Una desventaja que yo veo en este nuevo sistema penal acusatorio es que, el ministerio público ya no fija fianza para la reparación del daño, ahora ya la fianza la fija el juez de control mediante una garantía económica y se fija hasta el proceso, con esto quiero decir que por ejemplo: si hay un choque y se tiene identificada la parte culpable el ministerio público ya no podrá fijar la fianza y la parte afectada se quedara sin auto hasta finalizado el proceso cuando el juez de control dicte la fianza, y con esto pienso que la parte afectada queda un poco en desventaja. Otra desventaja es que no se cuenta actualmente con la infraestructura suficiente en México para la aplicación de la nueva reforma penal y esto ocasionara confusión y dificultades en el derecho procesal para las dependencias jurídicas públicas, siendo esto una traba para la implementación y la correcta aplicación del nuevo sistema penal acusatorio. Los abogados litigantes se verán obligados a no solo actualizarse y estudiar más, si no deberán contar con un sentido más analítico para cada caso, y deberán ser mucho más cuidadosos en la defensa de sus clientes, deberán tener más conocimiento sobre las pruebas periciales y cuál es su proceso ya que en este nuevo sistema penal acusatorio serán determinantes, y si el abogado no conoce de ellas no podrá refutarlas, y como consecuencias se puede dar la pérdida del caso y una mala defensa para el cliente. En cuanto a la sociedad pienso que teniendo la debida información y con la correcta difusión que se haga del nuevo sistema penal acusatorio le traerá beneficios, pues como lo comento la celeridad de los procedimientos será eficaz y la impartición de justicia se dará en un margen más amplio.
  • 6. DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP Fecha:10 de Abril de 2016 Mario Cesar Valencia Barrientos Concluyendo creo que los ciudadanos mexicanos, hemos cambiado somos más consientes, conocemos de nuestros derechos y estamos mejor informados gracias a las TIC (tecnologías de la información y la comunicación) y gracias a todo esto pienso que los ciudadanos están preparados para el cambio al nuevo sistema penal acusatorio, y sé que es una mejor manera de evitar la violencia y la corrupción, y de tener una mejor visión de lo que es y representa la justicia, sin embargo soy pesimista en cuanto a su aplicación pues considero muy acertada la opinión del economista Max Diener Salas que dice llevara al menos 10 años a México la correcta aplicación e implementación del nuevo sistema penal acusatorio. Por lo que considero que se debe dar importancia a la capacitación de los funcionarios públicos que deben intervenir en los diferentes procedimientos o juicios orales, que se fomente la preparación de los profesionistas en Derecho, y que en los programas educativos de las principales universidades se introduzcan materias propias de un juicio oral, así como sus características y su procedimiento. Y para nosotros como futuros abogados y entendiendo que las reglas han cambiado en los procesos penales, civiles y mercantiles es de suma importancia empaparnos de conocimientos acerca de los juicios orales y de experiencia, que nos permita saber lo que enfrentaremos ya como abogados, para velar por los intereses de nuestros futuros clientes. En cuanto a los juicios orales sin duda serán más prácticos y lo que se ganara es en la celeridad de los procedimientos, y sobre todo que las partes estarán ante el juez, así como sus abogados defensores, lo que implica sin duda alguna que se evite la corrupción y con esto la que gana es la justicia. Por otra parte considero importante que la sociedad mexicana se involucre con el nuevo sistema penal acusatorio, que traten de informarse como funciona, y cuáles son sus ventajas y desventajas, así como conocer cuáles son las controversias que podrán llevarse a cabo de manera oral.
  • 7. DHTIC Ensayo Final “Conociendoel nuevosistemapenal acusatorio” BUAP Fecha:10 de Abril de 2016 Mario Cesar Valencia Barrientos Bibliografía: Carbonell, M. (2012). La Reforma Penal que México Necesita. México. Institución Renace, A.B.P, 2012 Cardona Rivera, R, (2011). Apuntes Sobre El Nuevo Sistema Penal Acusatorio: Los Juicios Orales. México, Dirección General del SEDIA Carbonell, M. (2015). Características de la Nueva Reforma Penal. México, Página Oficial. Justicia penal, Michoacán (2014). El ABC del Sistema Penal Acusatorio. México INACIPE, 2014