2. “Todos los españoles tienen derecho a una
vivienda digna y adecuada. Los poderes
públicos promoverán las condiciones
necesarias y establecerán las normas
pertinentes para hacer efectivo este
derecho, regulando la utilización del suelo de
acuerdo al interés general para impedir la
especulación. La comunidad participará en
las plusvalías que genere la acción
urbanística”.
Constitución española. Art.47
3. “Toda persona tiene derecho a
un nivel de vida que le asegure,
así como a su familia, la salud
y el bienestar, y en especial la
alimentación, el vestido, la
vivienda, la asistencia médica y
los servicios sociales
necesarios.”
Declaración universal de los derechos
humanos. Art.25
4. PASO 1: El casero manda un aviso (burofax) de que si no pagas, rescindirá el contrato
y emprenderá las acciones legales.
PASO 2: Se interpone la demanda:
Esta demanda tiene tres peticiones fundamentales que son:
1. La condena al pago de las rentas hasta el último día que esté ocupando esa casa
o local.
2. El lanzamiento físico de la vivienda o local alquilado.
3. La condena al pago de las costas judiciales (abogado y procurador contrarios).
PASO 3: Fecha de juicio y lanzamiento. Si el inquilino ve que es improcedente, se
realiza un juicio previo.
PASO 4: juicio y sentencia.
PASO 5: ejecución de la sentencia
5.
6. RESUMEN: NATURALEZA DE LA PROBLEMÁTICA
• Un 91% de las personas encuestadas declararon haber dejado de
pagar la hipoteca o tener serias dificultades para hacerlo. Este
porcentaje es superior al 50% de la encuesta de la primera ola.
• Un 27,2% de las personas encuestadas habían recibido orden de
ejecución hipotecaria, y un 7,3% ya habían sido desalojadas. Del
total de personas desalojadas, un 53% había acudido a Servicios
Sociales. De las que acudieron sólo les resultó de utilidad a un
27,4%
• El grueso de las personas afectadas, 70%, han dejado de pagar
o tienen serias dificultades para hacerlo porque han perdido su
empleo. Un 32% de las personas afectadas relacionaba las
dificultades con una subida de la cuota hipotecaria y un 21% con
la contratación de otras deudas.
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9. RESUMEN: PERFIL SOCIOLÓGICO DE LAS PERSONAS AFECTADAS
• En sintonía con los datos de la encuesta de la primera ola, un 82% de los afectados son
personas nacidas en el estado español.
• Casi el 60% de personas afectadas tiene estudios secundarios acabados o un grado de
formación profesional, y un 24% posee estudios universitarios.
• Más de la mitad de las personas afectadas tienen al menos un menor de edad a su cargo, y un
30% a una persona de la tercera edad.
• Además, dos terceras partes de los encuestados declararon que había un solo perceptor de
ingresos en el hogar familiar.
• Un 25,7% de las personas entrevistadas no disponen ni de empleo ni de prestación por
desempleo.
• Solo un 22,5% de los entrevistados declaran tener un trabajo estable. • Para más de 1/3 de
los afectados en algún momento la hipoteca ha supuesto el total de los ingresos familiares,
mientras que para más de la mitad, un 59,6%, implicaba dedicar más del 60% de los ingresos
familiares.
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15. ORDEN DE DESAHUCIO
Art. 661: actuaciones en
caso de ser el ocupante
persona distinta del
demandado.
Art. 675: cómo se practica
por la comisión judicial la
diligencia de posesión y/o
lanzamiento.