El documento define la igualdad como el principio de equiparación de todos los ciudadanos en derechos y obligaciones ante la ley. Sin embargo, en la práctica no siempre se aplica de manera uniforme, ya que existen desigualdades basadas en características como el sexo, la raza o el nivel socioeconómico. La igualdad se refiere a la aplicación uniforme de la ley para todos, mientras que la equidad reconoce las desigualdades preexistentes para ser más justos. El documento también analiza conceptos como la igual
2. ¿Qué es la igualdad?
La palabra igualdad significa, de acuerdo a la Real Academia
Española, el “principio que reconoce la equiparación de todos
los ciudadanos en derechos y obligaciones”.
3. Ante la ley, todos los ciudadanos tendríamos que ser
iguales y ser medidos con la misma vara, para que todos
tengamos las mismas oportunidades de recibir
recompensas, o de ser castigados por nuestra
mala conducta. Por desgracia, esto no siempre es así.
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8. Entonces, cuando hablamos de igualdad, podemos estar hablando de muchas formas
de igualdad (o de desigualdad), dependiendo del carácter en el que fundamente la
discriminación: sexo, raza, nivel socioeconómico, etc.
9. Igualdad y equidad
Comprendemos la igualdad como uniformidad ante el conjunto, o sea, la
aplicación de las mismas medidas y los mismos principios en el juicio de
unos, al juicio de otros.
La equidad tiene que ver con la justicia, en base al reconocimiento de las
desigualdades que ya existían de antemano, para ser realmente
ecuánimes. Esto significa que si la igualdad propone “a todos según el
mismo criterio”, la equidad propone “a cada quien de acuerdo con sus
necesidades y a cada uno de acuerdo a sus capacidades”.
10. Igualdad de género
Por igualdad de género se entiende que tanto a hombres como a mujeres se los debe considerar iguales para
efectos de la ejecución de la ley, de la asignación de las recompensas por el trabajo realizado, o del castigo por
las leyes incumplidas. Es decir, que la ley se aplique por igual sin distinción de sexo y que las recompensas por
el mismo trabajo hecho sean siempre las mismas.
11. Este reclamo por igualdad entre hombres y mujeres surgió en tiempos
modernos de la humanidad. Se debe a que durante gran parte de nuestra
historia la mujer se halló en un peldaño de inferioridad ante el hombre.
Por ejemplo, se la consideraba botín de guerra, se le negaba la
participación política o incluso económica (la democracia ateniense, por
ejemplo, no las consideraba como ciudadanos; pero tampoco tenían
derecho al voto en las democracias occidentales hasta prácticamente el
siglo XX), y se las educaba para someterse a los designios masculinos.
12. Igualdad de derechos
La igualdad de derechos es, más o menos, lo mismo que el
derecho a la igualdad, sólo que visto desde una perspectiva
jurídica. La igualdad de derechos es el fundamento de cualquier
sistema digno de justicia: todos los ciudadanos de un Estado
son iguales ante la ley.
13. Igualdad social
Finalmente, la igualdad social es la condición de total equidad entre los
ciudadanos de un Estado, en el cual gozan de la satisfacción plena de
sus derechos civiles, jurídicos, económicos y políticos (sus derechos
humanos fundamentales) en condición de iguales. Esto es, que la
igualdad social equivale a la sumatoria de la igualdad ante la ley, la
igualdad de oportunidades y la igualdad de resultados (castigos y
recompensas).