3. DISTRITO
TOTAL DE
MECANISMOS
DE
RECOLECCIÓN
EN EL DISTRITO
TIPOS DE MECANISMOS
CRyT
FIJO
CRyT´S
ITINERANTES QUE
SE TRASLADAN A
CRyT´S FIJOS
CRyT´S
ITINERANTES
QUE SE
TRASLADAN AL
CONSEJO
1. Zimapán 64 8 56 0
2. Zacualtipán de Ángeles 73 10 52 11
3. San Felipe Orizatlán 49 5 34 10
4. Huejutla de Reyes 41 0 0 41
5. Ixmiquilpan 52 5 47 0
6. Huichapan 55 5 36 14
7. Mixquiahuala de Juárez 43 4 28 11
8. Actopan 47 4 24 19
9. Metepec 57 8 45 4
10. Apan 46 2 25 19
11. Tulancingo de Bravo 39 0 0 39
12. Pachuca de Soto 38 0 0 38
13. Pachuca de Soto 37 0 0 37
14.Tula de Allende 40 2 10 28
15- Tepeji del Río de Ocampo 44 3 20 21
16. Tizayuca 50 3 14 33
17. Villas del Álamo 50 0 0 50
18. Tepeapulco 44 1 8 35
4. ¿QUÉ FIGURAS PARTICIPAN EN LA RECEPCIÓN DE LOS PAQUETES
ELECTORALES? (Art. 37 de los Lineamientos)
Coordinador(a) de organización: Responsable de la recepción de los paquetes, llenado de recibos y
registro de los datos.
Auxiliar de orientación: Indica el punto de recepción disponible para la entrega del paquete.
Auxiliar de recepción: Recibe el paquete en la sede del Consejo Distrital y extiende el recibo de
entrega.
Auxiliares generales: Reciben y organizan las urnas y mamparas que acompañan al paquete.
Auxiliar de traslado: Una vez extendido el recibo, llevará el paquete a la Sala del Consejo.
5. ¿QUÉ PERMITIRÁ EL PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN DE PAQUETES?
(Art. 39 de los Lineamientos)
• Paquetes con muestras de alteración, éstos son obligatoriamente objeto
de un nuevo escrutinio y cómputo.
Identificar que paquetes serán objeto de recuento:
• Resultados preliminares contenidos en las actas (a través del Sistema de
Registro de Actas). Elemento adicional para el análisis que se presente en
la reunión de trabajo y sesión extraordinaria del martes, previo a la
sesión de cómputo.
• Elementos generales de las actas, por existir errores o inconsistencias
evidentes en los distintos elementos de las actas y que, en su caso, no
puedan ser susceptibles de corregirse o aclararse con otros elementos.
6. ¿QUÉ PASA SI A UN CONSEJO LLEGA UN PAQUETE DE UNA SECCIÓN QUE
NO CORRESPONSA A ÉSTE? (Parte final Art. 37 de los Lineamientos)
1) El Consejo que reciba el paquete convocará a sus integrantes.
2) Se llevará a cabo el procedimiento para transportarlo al Consejo competente,
levantando un acta circunstanciada en el que se registre la cantidad, el estado en
que salen los paquetes electorales, junto con la hora de inicio y conclusión del
referido procedimiento.
3) El Consejo que reciba convocará a los integrantes del mismo para la recepción y
depósito de los paquetes consignando la cantidad, el estado en que se reciben, la hora
de inicio y conclusión del procedimiento.
4) De todo ello, se deberá informar a la DEOE para dar seguimiento a las acciones de
coordinación y la CUCyOE informe al CG.
8. ¿Con qué actas deben contar las representaciones y que la
Presidencia debe garantizar para la reunión de trabajo? (Art. 40 de
los Lineamientos)
Actas destinadas al PREP.
Actas de escrutinio y cómputo que obren en su poder.
Actas de escrutinio y cómputo que obren en poder de los
representantes de los PP.
Deben estar disponibles a las 10:00 hrs. del martes 07 de junio, para
su consulta.
El Secretario será el responsable del proceso de digitalización,
reproducción y complementación.
9. Asuntos a tratar: (Art. 44 de los Lineamientos)
1) Presentación del conjunto de AEC, para consulta de representantes.
2) Complementación de las AEC faltante a c/d representante.
3) Presentación de un informe que contenga un análisis preliminar de:
Paquetes con y sin muestras de alteración
Actas que no coincidan
Actas en donde se detectaron alteraciones, errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos
Actas que no obren en poder del Presidente.
4) Se deberá incluir un apartado sobre la presencia o no del indicio, de una diferencia igual o menor al 1% en los
resultados correspondientes a los lugares primero y segundo de la votación.
5) En su caso, análisis de los representantes (podrá ir acompañado por un auxiliar técnico Art. 45 de los
Lineamientos)
La reunión de trabajo iniciará a las 10:00 del martes 07 de junio.
10. 5) El informe lo pondrá a consideración del Consejo, sobre el número de paquetes a recontar en principio, así como las
modalidades de cómputo que tendrá que implementarse el día siguiente.
6) El análisis de las personas que participarán en los puntos de recuento.
7) Análisis de las condiciones sociales y de seguridad que en este momento este la cabecera distrital.
8) El Secretario levantará un acta que deberá ser firmada por todos los que en ella intervinieron.
11. Asuntos para la sesión extraordinaria:
1. Presentación del análisis de la Presidencia del estado que guardan las AEC de las casillas, en función de aquellas que
son susceptibles de ser recontadas.
2. Aprobación del acuerdo por el que se determinan los paquetes cuya votación será objeto de recuento por algunas
causales.
3. Aprobación del acuerdo por el que se autoriza la creación e integración de los grupos de trabajo y puntos de
recuento.
4. Aprobación del acuerdo para habilitar espacios para el recuento.
5. Aprobación del acuerdo por el que se determina el listado de participantes que auxiliarán en el recuento de votos y
asignación de funciones.
6. Informe sobre de logística y medidas de seguridad y custodia para el traslado de los paquetes a los lugares previstos
para la instalación de los grupos de trabajo.
7. Informe de la Presidencia sobre los resultados del procedimiento de acreditación y sustitución de representantes en
los grupos de trabajo.
De todo lo anteriormente aprobado, la Presidencia enviará un informe que contenga el resultado de los puntos a la
DEOE.
13. ¿EN QUÉ MOMENTO DE DEBE APROBAR LA SEDE ALTERNA?
En la sesión extraordinaria que se célere un día previo a la sesión de cómputo o podrá
adelantarse al día siguiente de la jornada.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR?
La Presidencia lo deberá hacer del Conocimiento al CG de manera inmediata por teléfono y correo
electrónico.
a) El responsable directo es la Presidencia.
b) La Presidencia comisionará para que una persona grabe o tome fotografías de todo el
procedimiento.
c) La Presidencia mostrará a los integrantes del Consejo que la bodega se encuentra sellada,
procediendo a la apertura de la misma.
d) Los integrantes del Consejo ingresaran a la bodega a fin constatar las medidas de seguridad del
lugar en donde estén resguardadas los paquetes, así como su estado físico. Una vez realizado lo
anterior, se retirarán y presenciarán el desarrollo de la actividad.
14. e) La Presidencia coordinará la extracción de la bodega y acomodo de cada paquete en el vehículo
designado para el traslado de conformidad con el número de sección (consecutivo) y tipo de casilla.
f) El vehículo deberá tener la capacidad de trasladar en un solo viaje los paquetes a la sede alterna,
si se requiere más de uno, lo informará a las representaciones (todos deben de ir en un solo
momento)
g) El personal con credencial y debidamente autorizado para acceder a la bodega entregará al
personal administrativo del Consejo los paquetes.
h) Se revisa que cada paquete esté perfectamente cerrado con la cinta de seguridad. En caso
contrario se procederá a cerrar con cinta canela, cuidando no cubrir los datos de la misma.
i) Si el paquete no se puede identificar deberá rotularse una etiqueta blanca con los datos,
pegándose a un costado de la caja, de lado de donde esté el compartimiento del líquido indeleble y
marcadora
16. Procedimiento mediante el cuál los Consejos Distritales Electorales, determinan la suma de los
resultados anotados en las actas de escrutinio y cómputo del total de las casillas instaladas en el Distrito.
Parcial
(Simultáneo)
Cotejo de Actas con
Grupo de Trabajo y
Puntos de recuento
Más de 21 Paquetes
Electorales
(Mayor cantidad de
Paquetes Electorales en
relación al Cotejo de Actas)
Total
Al final
(Con o sin recuento,
excluyendo a los Paquetes
Electorales con recuento)
En Sala de Plenos
simultaneo con el
Cotejo de Actas
1 a 20 Paquetes
Electorales
Al inicio
(diferencia del 1% entre el
1er y 2do lugar)
17. La Presidencia del Consejo Distrital, realizará el análisis de la información obtenida de la entrega-recepción de los
paquetes electorales así como en las Actas que tenga en poder la Presidencia tomando en consideración las siguientes
causales de recuento:
Con la información obtenida del análisis de la presidencia del Consejo, podrá determinar el número
de paquetes electorales susceptibles a recontar.
1. Paquetes con muestras de alteración.
2. Errores aritméticos.
3. Errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las Actas
4. Si no existiere el Acta de Escrutinio y Cómputo en el expediente de la casilla
5. Alteraciones evidentes en las Actas.
6. Votos a favor de un mismo Partido.
7. Cuando el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre las y los candidatos
ubicados en el primero y segundo lugares en votación.
18. El del recuento de votos y/o cotejo de actas concluir en un tiempo máximo de 40
horas.
Se debe informar sobre los Paquetes Electorales que deberán ser recontados así
como el escenario y personal a ocupar en las tareas.
La Presidencia del Consejo cotejará los resultados del Acta de Escrutinio
y Cómputo contenida en el expediente de casilla.
En tanto se da lectura a los resultados del Acta, se hará la captura de la
información y se realiza la compulsa de las Actas de las casillas y de las
casillas especiales.
19. La Presidencia o la secretaría del Consejo Distrital extraerá
del paquete electoral
Acta de la
Jornada
Electoral
Escritos de
protesta
Hojas de incidentes y
demás documentación
Toda esta documentación será dispuesta
en sobres adecuados para su protección
en los que se identificará la casilla a la
que corresponde, y se colocarán en orden
ascendente dentro de cajas de archivo.
Dentro del paquete solo
quedarán votos validos,
votos nulos y no
utilizadas.
20. ¿Qué contiene el expediente de Cómputo Distrital?
Actas de la casilla
Original del acta de cómputo distrital (5)
Acta circunstanciada de la sesión de cómputo
Informe de la Presidencia de Consejo Distrital sobre el desarrollo del Proceso
Electoral
Actas circunstanciadas (en caso de recuento parcial o total)