1. Unidad I: Aspectos Generales
Ley 815
Código procesal del trabajo y de la
seguridad social de Nicaragua
Gaceta # 229 29/11/2012
2. Art. 1 Orden público
• El presente Código es de orden público, y contiene los
principios y Procedimientos del juicio del trabajo y de
la seguridad social, regulando así mismo las formas y
modalidades de ejecutar las sentencias en este ámbito
jurisdiccional
4. a) El Derecho y la Doctrina Procesal Laboral
b) La jurisprudencia del Tribunal Nacional Laboral
de Apelación
c) La interpretación Analógica
5. Art. 4 Derecho supletorio
• Para lo no previsto en este Código será supletorio el Código de
Procedimiento Civil de la República de Nicaragua en lo que no
contradiga la letra, los principios y el espíritu de este código.
Art. 5 Supremacía de la prejudicialidad laboral
• Para efectos de los artículos 315, 316 y 317 de la Ley No. 641,
Código Penal, será necesaria la existencia de sentencia laboral
firme que determine o pueda dar lugar al supuesto penal.
• Los casos penales iniciados al momento en que se tramite una
demanda laboral deberán suspenderse hasta que se produzca
sentencia firme en lo laboral.
6. •El Tribunal Nacional Laboral de
Apelación
a
•Juzgados del Trabajo y de la Seguridad
Social
b
•Conocen de las pretensiones que se
promueven respecto al derecho del
trabajo y de la seguridad social
c