La Ley N° 4088/10 es considerada un hito en la historia educativa de nuestro país por el Informe Integrante de la Iniciativa Global por los Niños Fuera de la Escuela, Perfiles de la exclusión educativa en la República del Paraguay, de OOSCI, Unicef-UIS y Unesco, entre otros factores, porque se creció en inclusión, no solamente en términos verificables en dígitos, sino también en la internalización de estos derechos sobre todo por parte de los sectores más vulnerables.
3. Prefacio
Ofrecemos una recopilación de leyes que, miradas
en su integralidad, son el soporte de un desarrollo
con mayores oportunidades en el presente, base
del futuro próspero que como Nación nos esforza-
mos en construir.
En este trabajo se señala la incidencia que la Ley N°
4088/10 De Gratuidad y Obligatoriedad de las Ense-
ñanzas Inicial y Media tuvo en el escenario educati-
vo paraguayo que, luego de su promulgación, se
modificó generando paulatinamente nuevas políti-
cas públicas. En ese sentido, podemos citar que
hoy la distribución de útiles, la alimentación esco-
lar y el control sanitario son asumidos por una so-
ciedad que hasta hace pocos años veía como natu-
ral que algunos niveles de educación estuvieran re-
servados para aquellos que disponían de mayores
recursos.
La Ley N° 4088/10 es considerada un hito en la his-
toria educativa de nuestro país por el Informe Inte-
grante de la Iniciativa Global por los Niños Fuera de
la Escuela, Perfiles de la exclusión educativa en la
República del Paraguay, de OOSCI, Unicef-UIS y
Unesco, entre otros factores, porque se creció en
inclusión, no solamente en términos verificables en
dígitos, sino también en la internalización de estos
derechos sobre todo por parte de los sectores más
vulnerables.
3
3
4. Introducción
Esta es una edición especial de mi Informe de
Gestión anual, debido a que en el 2016 la Ley N°
4088/10 De Gratuidad y Obligatoriedad de las Ense-
ñanzas Inicial y Media fue señalada como "un hito
fundamental en la historia educativa del país" en
el Informe integrante de la Iniciativa Global por
Niños Fuera de la Escuela elaborado con dirección
del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia-
UNICEF y el Instituto de Estadística de la Organiza-
ción de las Naciones Unidas para la Educación, la
Ciencia y la Cultura- UNESCO/UIS.
También durante el 2016, fui distinguida junto a o-
tras diecinueve mujeres de diversas áreas por la
Embajada de la República Argentina en Paraguay,
miembros de ONU Mujeres y el Ministerio de la
Mujer. En esa ocasión la Ley N° 4088 y otras igual-
mente importantes de las que fui proyectista, se
destacaron como un aporte en la construcción y
desarrollo del país.
Ofrezco esos reconocimientos a la ciudadanía y so-
bre todo a los compatriotas que me votaron como
su representante en la Honorable Cámara de Dipu-
tados. La Ley N° 4088 fue el punto de partida para
mover un sistema en pro de la equidad, puso útiles
en las mochilas de los estudiantes y alimentos en
sus mesas, tiene impacto en el presente y en el fu-
turo al sentar las bases de políticas públicas que
3
4
5. retornarán en el progreso de nuestra Nación.
Cabe mencionar que el acceso universal a la educa-
ción siempre estuvo presente en la visión de go-
bierno de mi padre, Lino César Oviedo Silva (+), cu-
ya memoria es honrada con la misión de hacerla
realidad.
Fabiola Oviedo
3
5
6. Datos personales y profesionales
Mi nombre es Fabiola Elvira Oviedo Melgarejo.
Fui electa Diputada Nacional para el período 2008-
2013 y reelecta para el 2013-2018. Trabajo en las fi-
las del Partido Colorado-Asociación Nacional Repu-
blicana.
Nací el 15 de mayo de 1979. Soy hija de Lino César
Oviedo Silva y Casimira Melgarejo Duarte. Estoy ca-
sada con Héctor Paniagua y tenemos dos hijas, So-
fía y Gabriela.
Soy Licenciada en Administración de Empresas.
Tengo formación empírica en leyes y proyectos so-
ciales, además de idiomas. He ido incorporando la
mayor parte de estas herramientas durante el ejer-
cicio de la política, que es mi profesión desde el año
1997, cuando era muy joven.
3
6
7. El Proyecto de Ley De Gratuidad y Obligatoriedad
de las Enseñanzas Inicial y Media ingresó en la Ho-
norable Cámara de Diputados el 8 de octubre de
2009. En la exposición de motivos, uno de los argu-
mentos fue que si bien todos los gobiernos postu-
laban a la educación como una de sus principales
prioridades, lo manifestado quedaba en un plano
retórico. Se cumplía con la gratuidad y obligatorie-
dad de la Educación Básica, expresamente garanti-
zada en la Constitución Nacional, quedando relega-
das dos etapas fundamentales para el desarrollo
personal y colectivo como son la Educación Inicial
y la Educación Media. Ésta última presente en el
sistema público, pero con aranceles, sin entrega de
útiles ni alimentación. Sobre Educación Inicial, tam-
bién existían experiencias aisladas de Preescolar y
Jardín, pero igualmente con la compra de materia-
les y nutrición a cargo de los padres.
Ni una ni otra, podían ser obligatorias si el Esta-
do no brindaba las condiciones necesarias y sufi-
cientes para que los estudiantes pudieran insertar-
se disponiendo de lo elemental para que el proceso
enseñanza- aprendizaje avanzara exitosamente.
Constitución de la República del Paraguay, Artículo 76
1
1
La Ley N°4088/10
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7
8. El 13 de septiembre de 2010, después de casi un
año de trámite parla-
mentario, fue promul-
gada la Ley N° 4088
De Gratuidad y Obli-
gatoriedad de las En-
señanzas Inicial y
Media. El 15 de febre-
ro de 2011 a través
del Decreto N° 6162
se reglamentó la apli-
cación progresiva
de la norma, facul-
t a n d o a l M i n i s -
terio de Educación
y Cultura a estable-
cer procedimientos
administrativos a
través de resolucio-
nes para el efectivo
cumplimiento de
la misma.
Artículo 2º.- Establécese
la obligatoriedad y gratuidad
de la Educación Inicial y
de la Educación Media, en las
escuelas públicas de gestión
oficial, establecidas en los
Artículos 29 y 37,
respectivamente, de la Ley
Nº 1.264/98 “GENERAL
DE EDUCACIÓN”
Ley N° 4088/10
Artículo 1°.- Esta Ley
tiene por objeto
fomentar la educación
en todos sus niveles,
garantizando el derecho
que tiene toda persona
a una educación integral,
permanente y en
igualdad de
oportunidades.
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9. La Ley N° 4088 fue el cimiento para que, tanto los
niños de Educación Inicial como los adolescentes
de Educación Media recibieran kits de útiles de
acuerdo con su nivel y nutrición, además de la
exoneración de los aranceles. En el año 2014, se
promulgó la Ley N° 5210 de Alimentación Escolar
y Control Sanitario, iniciativa del Poder Ejecutivo.
3
9
10. Un Hito Fundamental
En el año 2016 se divulgó el Informe Integrante de
la Iniciativa Global por los Niños Fuera de la Escue-
la, Perfiles de la exclusión educativa en la
República del Paraguay, de OOSCI, Unicef-UIS y
Unesco.
Sobre el contenido, en la presentación por parte
del MEC, entre otros conceptos, el Ministro Enrique
Riera señala: "Este documento, sustentado en la
Metodología “Niños Fuera de la Escuela”, promovi-
da por UNICEF y UNESCO y utilizada en varios paí-
ses de la región, es para el Ministerio de Educación
y Cultura un material de suma importancia, pues
proporciona información que puede orientar el
planteamiento de acciones específicas, pertinentes
y significativas a nivel distrital, departamental y
regional."
Perfiles de la exclusión educativa en la República de
Paraguay Informe integrante de la Iniciativa Global por los
Niños Fuera de la Escuela (OOSCI, UNICEF– UIS,
UNESCO , 2016)
1
1
Perfiles de la exclusión educativa en la República de Para-
guay Informe integrante de la Iniciativa Global por los Ni-
ños Fuera de la Escuela (OOSCI, UNICEF– UIS, UNESCO,
2016, p.9)
2
2
El informe especifica logros en el acceso a la educa-
ción en diversos capítulos, siendo la Ley N° 4088 el
eje de esa evolución. En la Introducción:
3
10
11. "En las dos últimas décadas, el sistema educativo
paraguayo ha realizado importantes esfuerzos para
garantizar el acceso a la educación de todos los
niños, niñas y adolescentes. Buscó ampliar la co-
bertura en todos los niveles del sistema educativo y
extendió la gratuidad de la educación a la Educa-
ción Inicial y Media...", agregando que los "indica-
dores de cobertura en forma general mejoraron".
En el apartado 'Decisiones metodológicas' se espe-
cifica: "El marco conceptual y metodológico de la
Iniciativa Global por los Niños Fuera de la Escuela,
considera en su abordaje hasta la secundaria bási-
ca inclusive. En la estructura del sistema educativo
paraguayo, esto correspondería al final de la Edu-
cación Básica. Sin embargo, dado que en Paraguay
la secundaria superior (Educación Media) es obliga-
toria, y el perfil del país muestra los notables avan-
ces en la cobertura de este nivel, se decidió incluir
en el informe indicadores que abarquen este nivel.
Perfiles de la exclusión educativa en la República de Pa-
raguay Informe integrante de la Iniciativa Global por los
Niños Fuera de la Escuela (OOSCI, UNICEF– UIS,
UNESCO, 2016,p.13)
3
3
Perfiles de la exclusión educativa en la República de Pa-
raguay Informe integrante de la Iniciativa Global por los
Niños Fuera de la Escuela (OOSCI, UNICEF– UIS,
UNESCO, 2016, p.25)
4
4
3
11
12. “La Educación Media fue
el nivel que más creció en
el período, incrementado
su matrícula en un 50%."
Del estudio emergen
datos muy alentado-
res: "La matrícula de
Preescolar creció 10
puntos porcentuales,
dando cuenta de im-
portantes progresos en la cobertura de este grupo
de edad". En la pag. 35: "La Educación Media fue
el nivel que más creció en el período, incrementa-
do su matrícula en un 50%.
Perfiles de la exclusión educativa en la República de Pa-
raguay Informe integrante de la Iniciativa Global por los
Niños Fuera de la Escuela (OOSCI, UNICEF– UIS, UNESCO,
2016, p.34)
5
5
“En todos los ciclos,
predomina la matrícula
que concurre a escuelas
de gestión oficial. El por-
centaje de los matricu-
lados en este sector su-
pera en todos los ciclos el
70%. Es decir que 7 de
cada 10 alumnos concu-
rren a escuelas oficiales."
Estas cifras adquieren
un gran peso con
relación a la impor-
tancia de las políticas
educativas dado que
benefician a la ma-
yoría:
"En todos los ciclos,
predomina la matrícu-
la que concurre a es-
cuelas de gestión ofi-
cial. El porcentaje
3
12
13. de los matriculados en este sector supera en todos
los ciclos el 70%. Es decir que 7 de cada 10 alumnos
concurren a escuelas oficiales."
Perfiles de la exclusión educativa en la República de Pa-
raguay Informe integrante de la Iniciativa Global por los
Niños Fuera de la Escuela (OOSCI, UNICEF– UIS, UNESCO,
2016, p.43)
6
6
El apartado 'Evolución de los indicadores educati-
vos en la última década' comienza con el siguiente
párrafo: “En las últimas dos décadas, la República
del Paraguay ha realizado significativos progresos
en materia educativa. La creación de oferta gratui-
ta desde preescolar hasta el fin de la Educación
3
13
14. Media representa un hito fundamental en la histo-
ria educativa del país, al tiempo que da cuenta del
compromiso y el esfuerzo realizado por el país en
materia de financiamiento educativo.
Perfiles de la exclusión educativa en la República
de Paraguay Informe integrante de la Iniciativa
Global por los Niños Fuera de la Escuela (OOSCI,
UNICEF– UIS, UNESCO, 2016, p.33)
7
7
“La creación de oferta gratuita desde preescolar
hasta el fin de la Educación Media representa un
hito fundamental en la historia educativa del
país”
3
14
15. El Bono Demográfico
Paraguay está en una etapa singular, la del Bono
Demográfico, que implica que el 56,6 % de la po-
blación paraguaya tiene menos de 30 años y el
29%, entre 15 y 29 años. Estos jóvenes representan
una oportunidad para que el capital humano se
transforme en social, por eso es fundamental en
este momento la inversión en salud, en educación
y en capacitación para el aprovechamiento del
mercado laboral ya disponible.
15
16. Cuando legislamos en áreas de educación y salud
estamos brindando herramientas para la genera-
ción de políticas públicas que sean la base de una
sociedad más equitativa impactando en el presente
y en el futuro.
El bono demográfico no será productivo por sí solo.
Es responsabilidad del Estado crear las condiciones
para que los niños y jóvenes desarrollen su poten-
cial.
3
16
17. Un Sistema de Leyes
La Ley N° 4088, fue un largo paso hacia la equidad.
Al sancionar la obligatoriedad y gratuidad de la en-
señanza Inicial y de la Media en el sistema público,
se garantizó el derecho de todas las personas a una
educación integral, permanente y en igualdad de
oportunidades. Para que todo esto comenzara a
cumplirse, además de la reglamentación, se hizo
evidente la exigencia de un enfoque sistémico, en
el cual la sinergia entre nuevas disposiciones, abar-
cara la diversidad de un escenario más amplio que
el de la transferencia de conocimientos y/o destre-
zas a los educandos como objetivo.
n u e st ro s n i ñ o s
y jóvenes desarro-
llándose en un siglo
naciente marcado
por la tecnología,
pero en ocasiones
enfrentando los
desafíos con las
barreras impuestas
por prácticas que no
aseguraban una red
Se hizo evidente la exigencia
de un enfoque sistémico, en
el cual la sinergia entre
nuevas disposiciones,
abarcara la diversidad de un
escenario más amplio que
el de la transferencia de
conocimientos y/o destrezas
a los educandos como
objetivo.
de contención y apoyo hacia su crecimiento soste-
nible. En unas oportunidades como única proyec-
tista y en otras en conjunto con colegas parlamen-
tarios, me aboqué a la articulación con el objetivo
Se impuso una mirada atenta hacia la realidad de
17
18. de promover normas que actuaran como los hilos
del tejido social que tiene que brindar los recursos.
A continuación esas leyes, no en forma cronológica
con respecto a su promulgación, sino que mostran-
do que están comprendiendo las etapas de la vida,
incluso desde antes del nacimiento involucrando a
la estructura familiar y social.
Nutriendo desde el principio
Ley N° 4698 /12
De Garantía Nutricional
en la Primera Infancia
La nutrición en los prime-
ros años de vida, la de las
gestantes y la de las ma-
dres en la etapa posterior
al parto es muy importan-
te para un buen desarro-
llo físico y neurológico de
las niñas y niños.
Para garantizarla, se creó el Programa Alimentario
Nutricional Integral (PANI) que asegura que todas
los niñas y niños menores de cinco años de edad,
así como las mujeres embarazadas a partir del
tercer mes de gestación hasta los primeros seis
meses después del parto, que se encuentren en
situación de pobreza, bajo peso, desnutrición o cual-
3
18
19. quier situación de vulnerabilidad nutricional, reci-
ban mensualmente y en forma gratuita un comple-
mento nutricional y asistencia a su entorno fami-
liar, acerca de las buenas prácticas alimentarias y
de crianza.
Apoyando el vínculo más saludable
Ley N° 5508/15
Promoción, Protección
de la Maternidad y
Apoyo a la Lactancia
Materna
La lactancia materna ex-
clusiva en los primeros
meses de vida y comple-
mentada posteriormente,
es una de las fuentes de
salud emocional y física
más importantes para el
ser humano.
Con esta Ley de aplicación progresiva, en el año
2018, tres años después de la promulgación las ma-
dres trabajadoras tendrán 18 semanas de permiso,
con 100% de salario con cargo a IPS. En la primera
etapa, que ya está vigente, el permiso pasó de 12 a
14 semanas. Además, las empresas deben contar
con lactarios para la alimentación materna comple-
mentada luego del reintegro de la madre. Se otorga
19
20. a los padres 2 semanas libres con goce de sueldo a
cargo del empleador y se introdujo el permiso para
adoptantes.
Asegurando la prevención en salud
Que incorpora el programa ampliado de inmuniza-
ciones (PAI) del Ministerio de Salud Pública y Bie-
nestar Social, la vacuna contra el Virus del Papiloma
Humano (VPH)
Ley N° 4744 /12
La prevención en salud es una actitud hacia el dis-
frute de una vida plena y el Estado debe cultivarla.
El precio de la profilaxis es mucho mayor, pero no
solo en dinero sino en la felicidad de las personas,
que en ocasiones se afecta por enfermedades que
pudieron haberse evitado.
Con esta Ley incorporamos la vacuna contra el Vi-
rus del Papiloma Humano (VPH), dentro del Esque-
ma Nacional de Vacunación y garantizamos que
sea aplicada en forma gratuita en todo el territorio
de la República a las niñas, adolescentes y mujeres
de nuestro país.
3
20
21. Educando desde lo positivo
De promoción del buen trato, crianza positiva y de
protección a niños, niñas y adolescentes contra el
castigo físico o cualquier tipo de violencia como
método de corrección o disciplina
Ley N° 5659/16
El objetivo de esta normativa es crear las condicio-
nes para la necesaria contención, garantizada por
un marco legal que de espacio tanto al diagnóstico
oportuno, como a las acciones preventivas y a las
medidas punitivas en caso de ser necesario.
Es importante destacar que los países que realiza-
ron estas incorporaciones a su legislación, han te-
nido en cuenta los daños emocionales ocasionados
por el maltrato. La violencia, está asociada a un
mayor grado de agresividad y conducta antisocial
21
22. en la niñez, así como a la eventual predisposición a
perpetrarla, sufrirla y aceptarla en la edad adulta,
lo que reproduce la problemática con nuevas vícti-
mas y victimarios.
Protegiendo la vida
Ley N° 4084/10
Protección a las Estudiantes en
Estado de Gravidez y Maternidad
A través de esta Ley acom-
pañamos el ingreso y la
permanencia en los cen-
tros educativos, así como
las facilidades académicas
a las estudiantes en esta-
do de gravidez y materni-
dad. Se cumple así con el
triple enunciado consti-
tucional de la protección de
la vida, el derecho a la educación y la igualdad de o-
portunidades.
Brindando herramientas a los jóvenes
Que Establece la Inclusión de Laboratorios de
Informática para las Instituciones Educativas de
Nivel Medio del Sector Oficial
Ley N° 4952/13
Las nuevas tecnologías son facilitadoras para la crea-
ción, adquisición y divulgación del conocimiento.
3
22
23. Mediante esta Ley se estableció, en el 2013, la in-
clusión obligatoria de laboratorios de informática en
todas las Instituciones Educativas de nivel medio de
gestión oficial en todo el territorio nacional, en un
plazo no mayor a 5 años. Se previó además una eta-
pa de capacitación para los docentes.
Creando capital social
Ley N° 4264/10
Pasantía Educativa Laboral
Cuando nuestro capital humano adquiere herramien-
tas y destrezas que lo vuelven productivo y participa-
tivo en la vida del país, estamos creando capital so-
cial.
Es el propósito de la Ley de Pasantía Educativa Labo-
ral, que regula que todos los alumnos del Bachillera-
to Técnico de la Educación Media accedan a esta
importante etapa formativa, incorporando expe-
riencia en forma guiada.
23
24. Construyendo vínculos profesionales
Ley N° 5636/16
De la Pasantía Educativa Laboral Técnica Superior
La Ley N° 5636 “De la Pasantía Educativa Laboral
Técnica Superior” regula diversos aspectos de la
misma para alumnos de instituciones de ense-
ñanza públicas, privadas o privadas subvenciona-
das. Mediante esta Ley se aporta a los participan-
tes de esta modalidad una base para construir
vínculos de mutuo beneficio con sus pares, con
las empresas y con los centros educativos cimen-
tando el desarrollo de relaciones de intercambio en
un ambiente protegido por la norma.
3
24
25. Actualmente es de gran importancia cultivar las ha-
bilidades y destrezas asociadas a las profesiones
porque eso implica la expansión de las oportunida-
des laborales para el estudiante, el incremento del
capital humano calificado disponible para las em-
presas y un impulso para la economía del país que
de esta forma multiplicará las posibilidades de bie-
nestar de las generaciones presentes y futuras.
La Ley garantiza espacios seguros para la integridad
de los pasantes, con las condiciones de seguridad e
higiene dispuestas por las leyes laborales, quinien-
tas horas reloj de práctica por carrera y como aval
la firma de un contrato entre la Institución Educati-
va y las empresas u organizaciones privadas o insti-
tuciones públicas, en el cual se establecerán las
condiciones.
25
26. Otras Leyes
Las leyes no son elementos aislados para la regula-
ción de las relaciones sociales, sino que se articulan
funcionalmente en un sistema formando parte de
un ordenamiento. La base de ese ordenamiento es
la Constitución Nacional, que constituye el cimien-
to ideológico definiendo y garantizando derechos.
Es en función de ese concepto de integralidad, que
en este apartado recopilamos las normas proyecta-
das para nuestros Beneméritos de la Patria, para
adultos mayores, derechos humanos y medio am-
biente. Porque nuestra visión de las generaciones
presentes y futuras no puede restringirse a la edu-
cación formal, sino que debe ser amplia ofreciendo
a los niños y jóvenes un entorno en el cual estén
resguardadas las familias, las madres, padres y a-
buelos, además del medio ambiente en el cual se
desarrolla la vida.
Ley N° 5555/16
Jubilación para Docentes de Instituciones Educati-
vas Privadas: Modificaciones a la Ley N° 4370/11
Esta Ley es el resultado de un arduo trabajo inter-
institucional, del que participaron además el Minis-
terio de Hacienda y el Instituto de Previsión Social
(IPS). Lográndose un consenso con representantes
del gremio docente del sector privado, acordando
un tope de dos salarios mínimos para el subsidio
que debe aportar el Ministerio de Hacienda com-
plementando a IPS, en el caso de los docentes en
26
27. edad de jubilarse pero que se habían visto impedi-
dos de aportar para su retiro, dado que el seguro
de IPS se restringía a salud e incluso los beneficios
se perdían cuando dejaban la actividad.
Ley N° 5537/16
Que Regula los Establecimientos de Atención a Per-
sonas Adultas Mayores
Esta Ley garantiza una atención de calidad en los
establecimientos de atención a personas adultas
mayores públicos y privados, velando por su bie-
nestar al establecer parámetros de funcionamiento.
La Constitución Nacional de nuestro país en su Ar-
tículo 57 protege a la tercera edad:
“Toda persona en la tercera edad tiene derecho
a una protección integral. La familia, la socie-
dad y los poderes públicos promoverán su bie-
nestar mediante servicios sociales que se ocu-
pen de sus necesidades de alimentación, salud,
vivienda, cultura y ocio."
Ley N° 5502/15
Modifica la Ley N° 5214/14
De Beneficios Económicos a Favor de los Veteranos
y Lisiados de la Guerra del Chaco
En el año 2015, ampliamos los beneficios económi-
cos a favor de los Veteranos y Lisiados de la Guerra
del Chaco que pasaron a percibir Gs 5.191.544, au-
27
28. mentando el monto de Gs 4.489.000 que se había
sancionado en el 2014. En el año 2011, mediante la
Ley N° 4317, otorgamos el primer incremento con
el cual comenzaron a cobrar Gs 3.444.019, en lugar
de los Gs 1.300.000 que regían en ese momento.
Con esta actualización, garantizamos el bienestar de
nuestros Próceres testimoniando nuestro perma-
nente reconocimiento y agradecimiento por su he-
roica defensa de la Patria.
El compromiso con una gestión ambiental susten-
table orientó los principios de esta norma cuyo ob-
jeto es regular el tratamiento, depuración, vertido,
control y fiscalización de los efluentes cloacales an-
tes de su descarga final en los cauces hídricos con
el fin de prevenir la contaminación.
Ley N° 5428/15
De Efluentes Cloacales
28
29. Así se promueve la necesaria inversión en infraes-
tructuras públicas y privadas con la misión de pro-
teger la salud pública, el ecosistema y el espacio
en el que convivimos.
Ley N° 5329/14
Que Modifica el Artículo 54 de la Ley N° 1/92 de la
Reforma Parcial del Código Civil
Esta Ley se refiere a la comunidad de bienes dentro
del matrimonio y establece que uno solo de los
cónyuges o ambos en conformidad, en cualquier
tiempo, pueden solicitar la disolución y liquidación
de la comunidad de bienes y que el juez debe de-
cretarla sin más trámite.
Esta norma además de precautelar el patrimonio
de cada uno, es útil por ejemplo, cuando existen
actividades comerciales de uno de los miembros
del matrimonio que eventualmente podría perjudi-
car los bienes del otro.
Ley N° 4788/12
Integral Contra la Trata de Personas
Con esta norma, nuestro país se colocó a la altura
de los más desarrollados, reconociendo como un
flagelo mundial a la trata de personas ya sea con
fines sexuales, laborales o de extracción de órga-
nos. La trata de personas afecta la dignidad del ser
humano cosificándolo e impidiendo el ejercicio de
29
30. Esta Ley castiga severamente estas prácticas deni-
grantes.
Ley N° 4046/10
Que Modifica el Artículo 4º de la Ley N° 1462 que
Establece el Procedimiento para lo Contencioso Ad-
ministrativo
Con esta Ley se subsanó la discriminación que exis-
tía en razón de los plazos disímiles para la interpo-
sición de demandas en lo contencioso administrati-
vo, lo que violaba el principio de igualdad ante la
Ley garantizado en el Art. 47, Inc. 2 de la Constitu-
ción Nacional.
los derechos más básicos.
Ley N° 3803/09
Licencia a trabajadoras para hacerse exámenes de
papanicolau y mamografía
Esta Ley año a año es eje de múltiples campañas de
concienciación realizadas desde el sector público,
las organizaciones civiles y hasta con participación
de marcas comerciales que se suman al mensaje de
prevención sobre todo en las fechas señaladas para
la lucha contra el cáncer de cuello uterino y de
mamas.
Cuando promovemos la salud de la mujer ampara-
mos a todo su entorno, hijas e hijos, esposos, ma-
dres y padres, hermanas y hermanos. El cáncer es
30
31. Como estrategia de prevención, la OMS recomien-
da los exámenes de detección precoz, que muchas
veces no se realizan por temor a perder el puesto
de trabajo. Con esta Ley toda trabajadora tiene de-
recho a que se le otorgue licencia remunerada por
un día para someterse a los estudios.
una enfermedad cuyo triste efecto se extiende a la
familia y allegados por el gran dolor que produce el
deterioro.
Ley N° 3952/09
Desagüe pluvial
Cuando el hombre interviene en los paisajes, por
ejemplo edificando ciudades, altera la naturaleza y
debe enmendar los inconvenientes que pueda oca-
sionar. La ciudad de Asunción y otras, son un ejem-
plo de cómo la transformación requiere de accio-
nes reparadoras. Los raudales, durante y después
de las lluvias, dejan graves secuelas en las calles.
Con esta Ley, regulamos la construcción y manteni-
miento de desagües pluviales a cargo de las Muni-
cipalidades.
31
32. Bibliografía
Perfiles de la exclusión educativa en la República de
Paraguay Informe integrante de la Iniciativa Global
por los Niños Fuera de la Escuela (OOSCI, UNICEF–
UIS, UNESCO, 2016)
Congreso Nacional
Ley N°4088/10, De Gratuidad y Obligatoriedad de
las Enseñanzas Inicial y Media.
Ley N° 4698 /12, De Garantía Nutricional en la Pri-
mera Infancia
Ley N° 5508/15, Promoción, Protección de la Ma-
ternidad y Apoyo a la Lactancia Materna
Ley N° 4744 /12, Que incorpora el programa am-
pliado de inmunizaciones (PAI) del Ministerio de
Salud Pública y Bienestar Social, la vacuna contra el
Virus del Papiloma Humano (VPH)
Ley N° 5659/16, De promoción del buen trato,
crianza positiva y de protección a niños, niñas y
adolescentes contra el castigo físico o cualquier ti-
po de violencia como método de corrección o dis-
ciplina
Ley N° 4084/10, De Protección a las Estudiantes en
Estado de Gravidez y Maternidad
Ley N° 4952/13, Que Establece la Inclusión de Labo-
ratorios de Informática para las Instituciones Edu-
cativas de Nivel Medio del Sector Oficial
32
33. Ley Nº 4264/10, De Pasantía Educativa Laboral
Ley Nº 5555/16, Jubilación para Docentes de Insti-
tuciones Educativas Privadas: Modificaciones a la
Ley Nº 4370/11
Ley Nº 5537/16, Que Regula los Establecimientos
de Atención a Personas Adultas Mayores
Ley Nº 5502/15. Modifica la Ley 5214/14, De Be-
neficios Económicos a Favor de los Veteranos y Li-
siados de la Guerra del Chaco
Ley Nº 3952/09, Desagüe pluvial
Ley Nº 5428/15, De Efluentes Cloacales
Ley Nº 5329/14 , Que Modifica el Artículo 54 de la
Ley Nº 1/92 de la Reforma Parcial del Código Civil
Ley Nº 4788/12, Integral Contra la Trata de
Personas
Ley Nº 4046/10, Que Modifica el Artículo 4 de la
Ley Nº 1462 de 1935 que Establece el Procedi-
miento para lo Contencioso Administrativo
Ley Nº 3803/09, Licencia a trabajadoras para ha-
cerse exámenes de papanicolau y mamografía
Ley Nº 5636/16, De la Pasantía Educativa Laboral
Técnica Superior
33
34. Índice
Prefacio 3
Introducción 4
Datos personales y profesionales 6
La Ley N°4088/10 7
Un Hito Fundamental 9
El Bono Demográfico 15
Un Sistema de Leyes 17
Otras Leyes 26
Bibliografía 32
34
35.
36. Lo prometido es Ley
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