El documento describe el proceso de negociación y aprobación de tratados internacionales en México. Las delegaciones negociadoras están integradas por funcionarios de las dependencias competentes y la Secretaría de Relaciones Exteriores. Una vez negociado, el tratado se envía al Senado para su análisis y aprobación. Si el Senado aprueba el tratado, se publica en el Diario Oficial de la Federación y el Presidente lo ratifica comprometiéndose a cumplirlo.
2. L os tr atados, en un pr i nci pi o se concebí an
como car tas de buenas i ntenci ones, per o han
evol uci onado de for ma sor pr endente, en
algunas mater i as, i ncl uso, con conteni dos más
ampl i os que l as l egi sl aci ones naci onal es.
Si n embar go, en este proceso de evolución subsiste un
problema de muy antigua discusión que no ha si do
defi ni do aún de maner a contundente: el de las
relaciones entre el Derecho Internacional y el Derecho
Interno.
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3. La Constitución es la norma fundamental que nos rige y, por
tanto, se encuentr a por enci ma de l as demás
nor mas del or denami ento, a pesar de las
di sposi ci ones en contr ar i o que puedan haber . Esto
queda asentado en el art. 133 Constitucional.
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4. E l artículo 89, fracción X, otorga al Presidente de la República
la facultad de dirigir la política exterior y la de celebrar tratados
internacionales con l a condi ci onante de que sean
(
apr obados o r ati fi cados por el senado, según
di spone el ar tí culo 76, fr acci ón I ) .
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5. Según la Suprema Corte de Justicia de la Nación
nos dice que los Tratados Internacionales y Leyes
Federales están en igualdad de jerarquía, esto
para efectos de derecho interno.
A hor a bi en, teniendo l a mi sma j er ar quí a,
el tr atado i nter naci onal no puede ser cr i ter io
par a deter mi nar l a constituci onal i dad de una
l ey ni vi cever sa
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6. 4.3 NEGOCIACION Y
APROBACION.
Son etapas importantes para la
celebración de un tratado en México.
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7. Las delegaciones para negociar un
tratado se integran por
funci onar i os de las dependenci as
sustanti vas competentes en l a
mater i a del tr atado
Y la Secr etar í a de R elaci ones
E xter i or es
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8. E n las negociaciones participan:
L a SR E
Y la dependenci a o dependenci as
que i nter vi enen en las
negoci aci ones.
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9. Terminadas las negociaciones
l as del egaci ones i nfor man así a sus
r especti vos gobi er nos, y éstos, si no
sur ge ni ngún i mpedi mento, se
ponen de acuer do sobr e el l ugar y
l a fecha en que ha de fi r mar se el
tr atado
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10. Aprobación
El Secr etar i o de R el aci ones
E xter i or es l e enví a un ofi ci o al
Secr etar i o de gober naci ón que l e
har á llegar al senado una de l as
copi as del tr atado así como una del
memor andum.
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11. E l Senado tiene como propósito
E l análi si s,
L a di scusi ón
Y apr obaci ón de los tr atados
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12. Si después de considerar el tratado, el
Senado le da su aprobación
E mi te un decr eto en ese senti do; el
cual se publi ca en el D i ar i o Ofi ci al
de la F eder aci ón.
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13. Después de publicado en el DOF:
Se pr epar a lo que se l l ama el
i nstr umento de r ati fi caci ón, el cual
va fi r mado por el P r esi dente de l a
R epúbli ca y r efr endado si empr e,
cualqui er a que sea la mater i a del
tr atado, por el secr etar i o de
R el aci ones E xter i or es.
elaci
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14. Ratificación.
Por este documento, como su nombre lo
indica, el Presidente de la
República
ratifica o confirma lo hecho en su nombre
al firmarse el tratado y promete
cumplirlo
y observarlo, y hacer que se cumpla y
observe.
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