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ORGANIZACIÓN SCHINDLER
Consultoría de Recursos Humanos y Seguridad Ocupacional
Expositor : Jesus Manuel Miranda Ramos
Derechos Reconocidos a Nivel Constitucional
Artículo 22 : Al Trabajo.
Artículo 23 : A protección especial para el trabajo :
La madre, el menor de edad y el incapacitado.
Artículo 24 : A Remuneración, BB.SS. y a prioridad sobre
otras obligaciones del Empleador.
Artículo 25 : A Jornada de trabajo max.de 48 horas semanales.
Artículo 26 : Principios Constitucionales.
Artículo 27 : Protección contra el despido arbitrario.
Artículo 28 : Sindicalización, Negociación Colectiva y Huelga
Artículo 29 : Utilidades.
Artículo 24 LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
1. Igualdad de oportunidades sin discriminación.
2. Irrenunciabilidad de los derechos laborales.
3. Interpretación favorable al trabajador sobre el
sentido de una norma en caso haya controversia.
Igualdad de oportunidades sin discriminación
Irrenunciabilidad de los derechos laborales
Interpretación favorable al trabajador sobre el
sentido de una norma en caso haya controversia.
Pruebas de la Existencia de Vínculo Laboral:
 Horario de Trabajo
 Trabajo Personalizado
 Subordinación
 Remuneración
“Principio de Primacía de la Realidad”
El CONTRATO DE TRABAJO
1.Por tiempo Indeterminado.
2. Por tiempo Determinado
Contrato por Tiempo Determinado
“ Contratos Sujetos a Modalidad”
Inicio de Actividades (máx.3 años).
Necesidades de Mercado (máx. 5 años).
Reconversión Empresarial (máx. 2 años).
Ocasional (máx. e meses al año).
Suplencia.
Emergencia.
Obra o Servicio Específico.
Temporada.
Intermitente
Contrato Ocasional:
Ejemplo
GERENTE
GENERAL
GERENTE
COMERCIAL
GERENTE
ADMINISTRATIVO
GERENTE
PRODUCCIÓN
Empresa de Fabricación de
Envases de Vidrio
EL PERIODO DE PRUEBA
Duración : 3 meses
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 Puestos Calificados : 6 meses
 Puestos de Dirección : 1 año
LA INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO
Según Contrato, fórmula:
 Por tiempo Indeterminado :
1 ½ Sueldo por año laborado
tope 12 remuneraciones.
 Por tiempo Determinado :
1 ½ Sueldo por mes que falte para
terminar el contrato
tope 12 remuneraciones.
LAS CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO
C oncurrencia
A gresión
R eglamentos
I nformación
B ienes
E n el ejercicio de las labores
CONCURRENCIA
• Concurrir reiteradamente en estado de embriaguez o bajo la
influencia de drogas, y no es necesario que sea reiterado si
el trabajador pone en peligro su vida, la vida de otros
trabajadores o bienes del empleador.
• Las Tardanzas reiteradas si han sido previamente
sancionadas...
AGRESIÓN
 Agresión Física.
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REGLAMENTOS
 Incumplir el RIT
 Incumplir el reglamento de
Seguridad y Salud Ocupacional
INFORMACIÓN
 Brindar Información
confidencial a Terceros.
 Brindar Información falsa
al empleador con la
finalidad de causar
perjuicio.
BIENES
 Retirar bienes del
empleador sin su permiso.
EN EL EJERCICIO DE LAS LABORES
La paralización intempestiva de las labores.
DESPIDO NULO
• La Mujer en estado de Gestación.
• Los Dirigentes Sindicales
• Por reclamar derechos laborales
• Por Discriminación
• Por tener SIDA
• Por ser representante de los trabajadores en
el Comite de Seguridad y Salud en el Trabajo
LA JORNADA DE TRABAJO
Máximo 48 horas semanales, de preferencia
8 horas diarias.
Jornada Diurna : 06:00am a 10:00pm
Jornada Nocturna : 10:00pm a 06:00am
Refrigerio : 45 minutos.
LA REMUNERACION MINIMA VITAL
RMV Diurna : S/. 750.00
06:00AM a 10:00PM
RMV Nocturna : S/. 1012.50
10:00PM a 06:00AM (RMVD + 35% )
LA BONIFICACION NOCTURNA
Es la Compensación que se paga a todos los trabajadores
que ganan menos de la Remuneración Mínima Vital
Nocturna por las horas que laboran después de las 10:00pm
dentro de un Horario de Trabajo.
BTN
Ejemplo :
Un trabajador ingresa a laborar a una empresa textil y
realizará turnos rotativos de trabajo. Sueldo S/. 800.
Sem1 Sem2 Sem3 Sem4
Turno 1 : 07:00am a 03:00pm 0 0
Turno 2 : 03:00pm a 11:00pm 6
Turno 3 : 11:00pm a 07:00am 42
TOTAL : 48 Horas Nocturnas
RMVN SUELDO BTN30D BTN1D
1012.50 800 212.50 7.08
BTN1H CANT.HRS TOTAL
0.88 48 S/.42.50
LAS HORAS EXTRAS
SOBRETASA 25% : Las 2 primeras horas
SOBRETASA 35% : A partir de la tercera hora
SOBRETASA 100% : Domingos y Feriados.

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Osc curso de legislacion laboral i

  • 1. ORGANIZACIÓN SCHINDLER Consultoría de Recursos Humanos y Seguridad Ocupacional Expositor : Jesus Manuel Miranda Ramos
  • 2.
  • 3.
  • 4. Derechos Reconocidos a Nivel Constitucional Artículo 22 : Al Trabajo. Artículo 23 : A protección especial para el trabajo : La madre, el menor de edad y el incapacitado. Artículo 24 : A Remuneración, BB.SS. y a prioridad sobre otras obligaciones del Empleador. Artículo 25 : A Jornada de trabajo max.de 48 horas semanales. Artículo 26 : Principios Constitucionales. Artículo 27 : Protección contra el despido arbitrario. Artículo 28 : Sindicalización, Negociación Colectiva y Huelga Artículo 29 : Utilidades.
  • 5. Artículo 24 LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES 1. Igualdad de oportunidades sin discriminación. 2. Irrenunciabilidad de los derechos laborales. 3. Interpretación favorable al trabajador sobre el sentido de una norma en caso haya controversia.
  • 6. Igualdad de oportunidades sin discriminación
  • 7. Irrenunciabilidad de los derechos laborales
  • 8. Interpretación favorable al trabajador sobre el sentido de una norma en caso haya controversia.
  • 9. Pruebas de la Existencia de Vínculo Laboral:  Horario de Trabajo  Trabajo Personalizado  Subordinación  Remuneración “Principio de Primacía de la Realidad”
  • 10. El CONTRATO DE TRABAJO 1.Por tiempo Indeterminado. 2. Por tiempo Determinado
  • 11. Contrato por Tiempo Determinado “ Contratos Sujetos a Modalidad” Inicio de Actividades (máx.3 años). Necesidades de Mercado (máx. 5 años). Reconversión Empresarial (máx. 2 años). Ocasional (máx. e meses al año). Suplencia. Emergencia. Obra o Servicio Específico. Temporada. Intermitente
  • 13. EL PERIODO DE PRUEBA Duración : 3 meses Ampliación  Puestos Calificados : 6 meses  Puestos de Dirección : 1 año
  • 14. LA INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Según Contrato, fórmula:  Por tiempo Indeterminado : 1 ½ Sueldo por año laborado tope 12 remuneraciones.  Por tiempo Determinado : 1 ½ Sueldo por mes que falte para terminar el contrato tope 12 remuneraciones.
  • 15. LAS CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO C oncurrencia A gresión R eglamentos I nformación B ienes E n el ejercicio de las labores
  • 16. CONCURRENCIA • Concurrir reiteradamente en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas, y no es necesario que sea reiterado si el trabajador pone en peligro su vida, la vida de otros trabajadores o bienes del empleador. • Las Tardanzas reiteradas si han sido previamente sancionadas...
  • 17. AGRESIÓN  Agresión Física.  Agresión Verbal REGLAMENTOS  Incumplir el RIT  Incumplir el reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional
  • 18. INFORMACIÓN  Brindar Información confidencial a Terceros.  Brindar Información falsa al empleador con la finalidad de causar perjuicio. BIENES  Retirar bienes del empleador sin su permiso.
  • 19. EN EL EJERCICIO DE LAS LABORES La paralización intempestiva de las labores.
  • 20. DESPIDO NULO • La Mujer en estado de Gestación. • Los Dirigentes Sindicales • Por reclamar derechos laborales • Por Discriminación • Por tener SIDA • Por ser representante de los trabajadores en el Comite de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • 21. LA JORNADA DE TRABAJO Máximo 48 horas semanales, de preferencia 8 horas diarias. Jornada Diurna : 06:00am a 10:00pm Jornada Nocturna : 10:00pm a 06:00am Refrigerio : 45 minutos.
  • 22. LA REMUNERACION MINIMA VITAL RMV Diurna : S/. 750.00 06:00AM a 10:00PM RMV Nocturna : S/. 1012.50 10:00PM a 06:00AM (RMVD + 35% )
  • 23. LA BONIFICACION NOCTURNA Es la Compensación que se paga a todos los trabajadores que ganan menos de la Remuneración Mínima Vital Nocturna por las horas que laboran después de las 10:00pm dentro de un Horario de Trabajo.
  • 24. BTN Ejemplo : Un trabajador ingresa a laborar a una empresa textil y realizará turnos rotativos de trabajo. Sueldo S/. 800. Sem1 Sem2 Sem3 Sem4 Turno 1 : 07:00am a 03:00pm 0 0 Turno 2 : 03:00pm a 11:00pm 6 Turno 3 : 11:00pm a 07:00am 42 TOTAL : 48 Horas Nocturnas
  • 25. RMVN SUELDO BTN30D BTN1D 1012.50 800 212.50 7.08 BTN1H CANT.HRS TOTAL 0.88 48 S/.42.50
  • 26. LAS HORAS EXTRAS SOBRETASA 25% : Las 2 primeras horas SOBRETASA 35% : A partir de la tercera hora SOBRETASA 100% : Domingos y Feriados.