Este documento presenta información sobre documentos relacionados con la propiedad intelectual y el derecho de autor. Describe certificados como el de registro de obra, licencias de uso, certificados de autenticidad y cartas de responsabilidad autoral. Explica que estos documentos reconocen la autoría de una obra, su valor histórico y legal, y su vigencia. También resalta que la digitalización permite guardar y custodiar estos documentos de manera óptima pero que a veces se requiere presentar el original.
1. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA
Facultad de Filosofía y Letras
II Congreso de Información, Comunicación e Investigación
(CICI 2018)
“Metadatos y Organización de la Información”
M.D.F. Elizabeth Pallares
epallares2015@hotmail.com
Chihuahua, Chih. 29 octubre 2018
3. Certificado registro obra artística y/o literaria Constancia registro Padrón Nacional de Editores
Licencias de uso y explotación Acuerdos nacionales e internacionales
Certificado de autenticidad Tratados internacionales
Carta de responsabilidad autoral Tarifas de Sociedades de Gestión Colectiva
Declaración de denominación de origen Contratos de servicio profesional
Contrato de edición de obra literaria Renovación reserva de derecho uso exclusivo
Certificado de registro de marca Cartas poder de representación
Certificado de reserva al uso exclusivo Declaración indicación geográfica
Certificado registro patente Testamentos y donaciones
Certificado de registro dibujo diseño industrial Resoluciones judiciales
Certificado registro de esquema de trazado de
circuito integrado
Actas constitutivas de Sociedades de Gestión
Colectiva
Certificado modelo de utilidad Contrato de representación escénica
Certificado de registro ISBN Contrato de Radiodifusión
Certificado de registro ISSN Contrato de Audiovisuales
Certificado de código de barras Contrato de obra musical
4. Certificado de registro
Licencia de uso y explotación
Certificado de autenticidad
Carta de responsabilidad autoral
Quién lo genera
Definición
Requisitos esenciales
Efectos legales
Vigencia
Guarda y custodia
5. Ley Federal del Derecho de Autor
LFDA
(Reforma 15 junio 2018)
DERECHO DE AUTOR
Es el reconocimiento que hace el Estado a favor de
todo creador de obras literarias o artísticas, por medio
del cual se le otorga protección para que el autor goce
de prerrogativas de carácter personal y patrimonial.
7. MÚSICA
Software
Pintura
Danza
T.V. y
Radio
C i n e
Fotografía
Diseño
cAliCaTurA
Dibujo
Literari
a
(Novela, cuento
poesía…
Investigaciones)
Escultura
Compilacione
s
(Antologías,basesde datos…)
Arquitectura
8.
9. Obra artística y/o literaria
•Original
•Susceptible de ser divulgada
•Contenida en un formato
Reconoce la autoría
Vigencia legal = Vitalicia para el autor
Herederos 100 años después de la muerte del autor
Valor histórico y económico permanente
10. Conservar como evidente prueba de autoría,
sobre todo cuando deba demostrarse en
ámbitos legales, comerciales, artísticos,
literarios y otros lo requieran.
11. •Sí es en exclusiva o no
•Tiempo
•Regalías
La expide el autor
Vigencia legal = Tiempo establecido en la Licencia.
Valor histórico y económico permanente
12.
13.
14. •Original, única
•Autoría
•Características de la obra
•Lugar, fecha y firma del autor
Vigencia legal = Perpetua, hasta desaparición de la obra
Valor histórico y económico permanente
Es un documento privado, personal, exclusivo
para una obra determinada
Genera por sí mismo seguridad
al poseedor de que la obra es
original, única.
15. El Certificado de autenticidad no
sustituye al Certificado de registro
16. •Declarar que es obra original
•Autoría propia
•Deslindar responsabilidad a terceros
•Lugar, fecha y firma del autor
Vigencia legal = Perpetua a la existencia de la obra
Valor histórico y económico permanente
Certeza jurídica
17. Certificado de registro
Licencia de uso y explotación
Certificado de autenticidad
Carta de responsabilidad autoral
La digitalización optimiza los recursos de toda
índole. En tanto los documentos originales se
pueden guardar y custodiar incluso en un espacio
fuera del lugar de trabajo.
18. El documento digital, no significa que sustituya
al original en todos los asuntos a los que haya
lugar. Habrá trámites legales en que se haga
necesario el original, que vale por sí mismo.
19. Contrato de los Beattles 1962
553 mil dólares
Subastado Sotheby’s
Londres, 29 Sept. 2015
20. Una de las principales fuentes de generación de propiedad
intelectual, es la inversión proporcional que cada país designa
a la ciencia y tecnología, en relación a su producto interno
bruto.
Corea 4.15%,
Israel 4.09%,
Suecia 3.41%,
Japón 3.35%,
Alemania 2.98%,
Estados Unidos 2.79%,
Francia 2.29%,
España 1.30% y
México 0.14%.
21. Referencias:
El comercio, (2015, septiembre 29), El primer contrato de The Beatles vendido por más de USD 550 000. Recuperado de:
https://www.elcomercio.com/tendencias/subasta-contrato-thebeatles-londres-sothebys.html
Google imágenes, 2018, recuperado de:
https://www.google.com.mx/search?hl=es&biw=1366&bih=622&tbm=isch&sa=1&ei=cCvSW4j1LKy_0PEPp
LyDuAM&q=certificado+de+autenticidad+de+obra+de+arte&oq=certificado+de+autenticidad&gs_l=img.1.3.
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Ley de la Propiedad Industrial, (2018, mayo 18), Cámara de Diputados, México, Recuperado de:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/50_180518.pdf
Ley Federal del Derecho de Autor, (2018, junio 15), Cámara de Diputados, México, Recuperado de:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/122_150618.pdf
Otero, I. y Ortiz, M. (2011), Propiedad Intelectual, México, Editorial Porrúa, ISBN:978-607-09-0767-8.
Santamaría, E. y Castro, C. (2016), Panorama de la propiedad intelectual en México: otra perspectiva, Centro de Análisis
para la Investigación en Innovación. Recuperado de:
http://www.caiinno.org/wp-content/uploads/2016/05/Estado-general-de-la-propiedad--en-M%C3%A9xico.pdf
22. LUCHA:
Tu deber es luchar por el Derecho:
pero el día que te encuentres en
conflicto entre el derecho y la
justicia, lucha por la justicia.
DECALOGO DEL ABOGADO
Elizabeth Pallares