LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
Derechos Humanos y Convencionalidad
1.
2. Derechos Humanos y Convencionalidad
• ¿Qué son los derechos humanos?
• Convencionalidad
• La corte interamericana
Hashtag: #maestríasUNITEC
@UNITECMX
3. Este webinar te interesa si: eres una persona
con interés en saber cuáles son tus derechos
humanos, sin importar el área en que
desarrolles tu actividad, sea personal, social o
profesional.
Mensaje clave: aprenderás que los derechos
humanos son inherentes a toda persona y que en
su protección se deberán aplicar la norma que
mayor beneficio otorgue a la persona.
4. Dr. Pavel Rodríguez Quezada
Puesto : Abogado litigante, docente Licenciatura y
Maestría.
Experiencia: 14 años litigando en juzgados Locales,
Federal y Comisión Interamericana de Derechos
Humanos.
Datos de contacto: pavel.rodriguez@firma-legal.net
5. Comencemos con una pregunta:
¿Qué son los derechos humanos?
¿Qué es y cómo se aplica la Convencionalidad?
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6. Constitución
Política de los
Estados Unidos
Mexicanos
Tratados Internacionales
Leyes Federales
Legislaciones Locales
Reglamentos, Circulares, Acuerdos
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7. El día 10 de junio de 2011, se publicó en el Diario
Oficial de la Federación el DECRETO por el que se
modifica la denominación del Capítulo I del
Título Primero y reforma diversos artículos de
la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; motivo por el cual se sustituyó a las
garantías individuales:
TÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO I
De los Derechos Humanos y sus Garantías
9. ¿Que son las Garantías Individuales?
La SCJN la conceptualizó como:
“Derechos públicos subjetivos consignados en favor de
todo habitante de la república mexicana que dan a sus
titulares la potestad de exigirlos jurídicamente a través de
la verdadera garantía de los derechos públicos
fundamentales del hombre que la C.P.E.U.M. consigna,
esto es, la acción constitucional de amparo”.
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10. ¿Que son los Derechos Humanos?
Para la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos
Humanos de las Naciones Unidas son:
“Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los
seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar
de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión,
lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos
derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos
son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. (…)
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11. ¿Que son los Derechos Humanos?
Los derechos humanos universales están a menudo
contemplados en la ley y garantizados por ella, a través
de los tratados, el derecho internacional
consuetudinario, los principios generales y otras
fuentes del derecho internacional. El derecho internacional
de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen
los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones,
o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin
de promover y proteger los derechos humanos y las libertades
fundamentales de los individuos o grupos.”
Fuente: http://www2.ohchr.org/english/
12. Instrumentos Internacionales
• Carta de la Organización de los Estados
Americanos (A-41)
• Convención Americana sobre Derechos
Humanos
• A‐52: Protocolo Adicional a la Convención
Americana sobre Derechos Humanos en materia
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
• Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos.
13. El “Estado Parte” Estados Unidos Mexicanos HA
RATIFICADO las actas y documentos de la Conferencia
Interamericana Sobre Derechos Humanos de 1969 donde
se adopto la Convención Americana Sobre Los Derechos
Humanos:
CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS
HUMANOS "Pacto de San José".- Se ADHIRIÓ (por su
nomenclatura AD) el 03.24.81;
ACEPTACIÓN DE LA JURISDICCIÓN DE LA CORTE
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.- ACEPTÓ
LA JURISDICCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA
DE DERECHOS HUMANOS (por su nomenclatura A) en
la fecha –A- 12.16.98;
Fuente:
http://www.oas.org/es/cidh/mandato/Basicos/convratif.asp
14. ¿Que es la Convencionalidad?
“El control de convencionalidad es el mecanismo
que se ejerce para verificar que una ley, reglamento
o acto de las autoridades del Estado, se ajustan a
las normas, los principios y obligaciones de la
Convención Americana de Derechos Humanos
principalmente, en la que funda la competencia
contenciosa de la Corte IDH”
Fuente:
http://www.te.gob.mx/ccje/Archivos/Control_de_Convencionalidad.pdf
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15. SERGIO GARCÍA RAMÍREZ, ex Juez de la CoIDH,
expresa que:
“… implica valorar los actos de la autoridad interna a
la luz del Derecho Internacional de los derechos
humanos, expresados en tratados o convenciones e
interpretado, en su caso, por los órganos
supranacionales que poseen esta atribución.
Equivale, en su propio ámbito, al control de
constitucionalidad que ejercen los tribunales de esta
especialidad (o bien, todos los tribunales en
supuestos de control difuso) cuando aprecian un acto
desde la perspectiva de su conformidad o
incompatibilidad con las normas constitucionales
internas.”
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16. CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE
DERECHOS HUMANOS (Pacto de San José).
San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre
de 1969. artículos 1 y 2.
Artículo 1. Obligación de Respetar los Derechos.
“1. Los Estados Partes en esta Convención se
comprometen a respetar los derechos y libertades
reconocidos en ella…”.
17. Artículo 2. Deber de Adoptar Disposiciones
de Derecho Interno.
“Si el ejercicio de los derechos y libertades
mencionados en el artículo 1 no estuviere ya
garantizado por disposiciones legislativas o de
otro carácter, los Estados Partes se
comprometen a adoptar, con arreglo a sus
procedimientos constitucionales y a las
disposiciones de esta Convención…”.
18. Fundamento de la Convencionalidad
en nuestro país
En el párrafo II del articulo 1 Constitucional, establece que:
“Las normas relativas a los derechos humanos se
interpretarán de conformidad con esta Constitución y
con los tratados internacionales de la materia
favoreciendo en todo tiempo a las personas la
protección más amplia.”
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19. ¿Cómo se aplicaba en nuestro país
la Convencionalidad antes de la
contradicción de tesis 293/211?
INTERESES MORATORIOS EN UN TÍTULO DE
CRÉDITO. EL ARTÍCULO 174 DE LA LEY GENERAL DE
TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO, QUE
PERMITE SU PACTO IRRESTRICTO TRANSGREDE EL
DERECHO HUMANO DE PROHIBICIÓN LEGAL DE LA
USURA ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 21, NUMERAL
3, DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE
DERECHOS HUMANOS.
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21. CONTRADICCIÓN DE TESIS 293/2011.
1.- Cuando haya una restricción expresa en la
Constitución al ejercicio de los derechos
humanos, se deberá estar a lo que indica la
norma constitucional.
2.- Toda la jurisprudencia de la Corte
Interamericana, incluyendo aquella en los
casos de litigios en los que México no fue
parte, resulta obligatoria para los jueces
Mexicanos, siempre que sea más favorable a
la persona.
22. - DIGNIDAD -
Artículos 5.2, 6.2 y 11.1 de la
Convención Americana sobre
Derechos Humanos
Vs
Artículos 1 párrafo V, 2 inciso A
fracción I y 25 de la Constitución
Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
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24. Preguntas y Respuestas
Ponente: Dr. Pavel Rodríguez Quezada
pavel.rodriguez@firma-legal.net
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