LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
Seguro de Personal
1. Riesgos Ocupacionales y los Riesgos Agravados
En los riesgos ocupacionales son aquellos que definimos como la posibilidad de una
ocurrencia de un evento en el ambiente de trabajo, que tiene como características
negativas que produzcan daños y con consecuencias de diferente severidad; este
evento puede ser generado por una condición de trabajo directa, indirecta o
confluente, que es capaz de desencadenar alguna perturbación en la salud o
integridad física del trabajador como también de los daños materiales o equipos.
Existe el riesgo laboral inminente; que es aquel riesgo que tiene sus siguientes
características: que racionalmente resulte probable, que se materialice en un futuro
inmediato y que suponga daños graves a la salud de los trabajadores. Los Factores
de Riesgo, es un elemento o el conjunto de variables que están presentes en las
condiciones de trabajo y que puede originar una disminución en el nivel de salud del
trabajador. Se clasifican en cuatro grupos los factores de riesgo: condiciones de
seguridad, medio ambiente físico del trabajo, contaminantes químico y biológico y
carga de trabajo. Otras de las fase es la Evaluación de Riesgos, son los que se
identifican los peligros y se estima el riesgo para comprobar en qué medida el
proceso es seguro, y consta de dos partes. Como lo es la identificación de peligros
que es para llevarla a cabo y para preguntarse tres cosas: ¿ Existen fuentes de
daño? ¿ Cuáles?, ¿ Quién o qué puede ser dañado?, y¿ Cómo puede ser dañado?;
las respuestas a estas preguntas se han de hacerse a partir de conocimientos
científicos-técnicos, que son sistemáticos y contrastables y ofrecen la objetividad
necesaria para los fines que se persiguen. Pero no debemos olvidarnos que el
trabajador también se hace esas preguntas y les dará respuesta a partir de su
sentido común, y sus actos estarán en consonancia con los juicios, opiniones y
sentimientos que él mismo elabore sobre la situación que esta ocurriendo. Y la otra
parte seria la Estimación del riesgo, que para cada peligro detectado debe
estimarse el riesgo, determinando la potencial severidad del daño o las
consecuencias y la probabilidad de que ocurra el hecho. Según los criterios técnicos
para poder determinar la potencial severidad del daño deben considerarse, las
partes del cuerpo que se verán afectadas, y la magnitud del daño ya sea ligero,
dañino o extremo. Es posible que el trabajador coincida con la identificación de
factores de riesgos realizada por la empresa, es decir, que el trabajador sea
consciente de la existencia de la fuentes de peligro al igual que lo es la empresa. Sin
embargo ello no quiere decir que ambas partes les den la misma importancia, ni que
otorguen a dicho riesgos las mismas magnitudes o las mismas probabilidades de
ocurrencia. Las características de un riesgo ocupacional son las siguientes; Riesgo
Estático, es cuando la posibilidad de un accidente o de una enfermedad va
aumentando o disminuyendo a partir de la actitud asumida por la persona que se
expone a él, como ejemplo tenemos: el pasar por encima de un hueco. Riesgo
Dinámico, es el que se presenta cuando la posibilidad de un accidente o una
enfermedad va a aumentar o disminuir a partir de la energía cinética presente en el
objeto o sustancia, la cual se potencializa mucho más con la actitud que asume la
persona que se halla en su área de influencia. Como ejemplo: esta el de cruzar
desprevenidamente por un lugar donde transitan vehículos. Los factores de riesgo
se clasifican en: tipo físico (no mecánicos), químico y biológico. Los tipos físico son
todos aquellos los fenómenos de naturaleza física no mecánicos que se presentan
2. durante el trabajo y que pueden causar enfermedades y lesiones orgánicas a los
trabajadores. En lo químico, son todas las sustancias o materiales que según su
estado, naturaleza, condiciones físico-químicas y presentación pueden causar una
alteración del ambiente, como las enfermedades o lesiones a los trabajadores. Y en
lo biológico; son aquellos organismos o materiales contaminados que se
encuentran en los lugares o áreas geográficas de trabajo que pueden transmitir a
los trabajadores expuestos patologías, ya sea directa o indirectamente. Existen
también factores de riegos productores de insalubridad locativa y ambiental
deficientes; se caracterizanpor ser fuente de molestias o de posibles enfermedades
para el trabajador debido a la deficiencia del servicio, falta o estado inadecuado de
sanidad locativa y ambiental deficientes. Luego encontramos los factores de riesgo
productores de sobrecarga física; es el que causa en el trabajador importante fatiga
muscular y además desencadenan o se agravan patologías osteomusculares, los
cuales se caracterizan por no cumplir con las normas de la ergonomía o por
presentar situaciones de orden psicosocial. Como consecuencias de los factores de
riesgo; son fuentes de desequilibrio, que siempre tendrán un efecto particular
dependiendo de sus características. En toda empresa existen factores de riesgo y
lógicamente la posibilidad de que surjan las enfermedades generales
ocupacionales y los accidentes. Las consecuencias de éstos, serán el ausentismo
de los trabajadores por lesiones y enfermedad y los daños a los equipos y
materiales, que al final se traducen en pérdidas, con grandes repercusiones no sólo
para la empresa, sino también para su entorno. En la Ley de Contrato de Seguro
esta definido el riesgo agravado; es cuando el Tomador, el Asegurado o el
Beneficiario deberán comunicarle a la empresa de seguros todas las circunstancias
que agraven el riesgo y sean de tal naturaleza, que si hubieran sido conocidas por
está enel momento de la celebracióndel contrato, no lo habría celebrado o lo habría
hecho en otras condiciones. Tal notificación deberá hacerla dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la fecha en que hubiera tenido conocimiento. Las empresas de
seguros deberán indicar en sus pólizas aquellos hechos que por su naturaleza
constituyan agravaciones de riesgos que deban ser notificados, conocido por la
empresa de seguros que el riesgo se ha agravado, ésta dispone de un plazo de
quince días continuos para proponer la modificación del contrato o para notificar su
rescisión. Una vez notificada la modificación al Tomador éste deberá dar
cumplimiento a las condiciones exigidas en un plazo que no exceda de quince días
continuos, en caso contrario se entenderá que el contrato ha quedado sin efecto a
partir del vencimiento del plazo. En el caso de que el Tomador o el Asegurado no
hayan efectuado la declaración y sobreviniere un siniestro, el deber de
indemnización de la empresa de seguros se reducirá proporcionalmente a la
diferencia entre la prima convenida y en la que hubiese aplicado de haberse
conocido la verdadera entidad del riesgo, salvo de que el Tomador o el Asegurado
hayan actuado con dolo o culpa grave, en cuyo caso la empresa de seguros
quedará liberada de responsabilidad. Cuando el contrato subsistiera con todos sus
efectos respecto de las restantes, en este caso el Tomador deberá pagar, el primer
requerimiento, que es el exceso de prima eventualmente debida, en lo contrario el
contrato quedará sin efecto solamente con respecto al riesgo agravado.