Evolucion del derecho agrario en venezuela-ADALYS F
1. República Bolivariana de Venezuela.
Universidad Fermín Toro.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas.
Escuela de Derecho.
Barquisimeto, Estado Lara.
Evolución del Derecho Agrario en Venezuela.
Integrante:
Adalys Flores
C.I 25.638.908.
Sección: SAIA A.
Cátedra: Derecho Agrario.
Abog. Keidys Pérez.
BARQUISIMETO, MAYO 2017
2. La existencia del derecho agrario como un hecho histórico
nunca ha existido, se podría decir que apareció al darse
una serie de situaciones políticas, económicas, sociales
y culturales permitiendo así que este naciera. Aunque no
es un fenómeno constante en el mundo jurídico resulta
ser un derecho histórico; se ubica principalmente en
Italia en el siglo XIX y en las siguientes décadas en
Francia, España y América Latina.
Algunas de las causas que originan el
Derecho Agrario Moderno como ciencia:
El
capitalismo:
Luego de la revolución Industrial, el capitalismo
moderniza mecanismos y lo introduce en la
agricultura, el uso de los abonos químicos, la
llegada de la maquinaria agrícola y la
intensificación de drenajes, convirtiéndose en la
Revolución Agrícola y superando todos los avances
del siglo XVIII.
La Ruptura de la
Unidad del Derecho
Privado:
La tierra como actividad de
agricultura pasa a ser de interés
social, convirtiéndose en un derecho
indispensable de interés general, de
estas transformaciones nace el
Derecho Agrario como derecho a la
actividad de la tierra y no como una
propiedad.
La Evolución del
Esquema Jurídico
Constitucional:
El tercer factor que contribuyó en este
derecho fue el avance de los distintos
esquemas constitucionales, introduciendo
dentro del Derecho Constitucional la
figura de la función social de la propiedad,
sus antecedentes aparecen cuando las
condiciones socio-económicas lo permiten
y una vez que los factores políticos y
sociales están acordes con el sistema
jurídico en cuanto al tema agrario, surge
inmediatamente el Derecho agrario.
Introduciendo a la tierra como instrumento
de producción y de trabajo, ya que el
código francés la consideraba como una
propiedad de bienes de goce y consumo
negando su trabajo y su valor económico.
3. Antecedentes del Derecho Agrario
Moderno:
El capitalismo:
En este instante aparecen nuevas
tecnologías y utensilios para trabajar la
tierra mencionadas anteriormente, ya no
es considerada como un bien sino que
adquiere el sinónimo de trabajo y
prosperidad con un alto carácter de
explotación.
Evolución en
Venezuela:
El Derecho Agrario Venezolano ha
evolucionado tras un proceso
lento y difícil, porque ha sido un
derecho que permaneció
encerrado durante mucho tiempo.
Este derecho viene con antecedentes desde el
Derecho Romano, denominándose a la Ley
de las Doce Tablas como el primer código
agrario del mundo, incluso en esta época
existían unos contratos agrarios especiales
llamados “colonatos” que se celebraban para
el desarrollo de las tierras públicas rurales.
En 1945 aparece
la Ley de la
Reforma
Agraria:
Fue promulgada para la
transformación de la
estructura agraria del país
mediante la correcta
incorporación del campesino
al proceso de producción
agropecuaria y orientando así
la actividad agraria.
4. Leyes
Agrarias
Ley Agraria de
1948
Se presenta la innovación de la
Inexpropiabilidad basada en un criterio de
productividad. Esta pierde su vigencia al
ser reemplazada por el Estatuto Agrario del
28 de junio de 1949, pronunciado por la
Junta Militar constituyendo un paso
retrógrado en el proceso agrario.
Ley de Reforma
Agraria de
1960:
En este año Venezuela comienza a
tomar un impulso e interés por el
estudio de la materia jurídico-
agraria, con la promulgación de esta
ley, fue redactada basándose en los
principios de:
- la función social.
- Dotación local.
- Mejor tenencia.
- Protección de los Recursos
Naturales Renovables.
Teniendo por objeto:
La transformación de la estructura
agraria del país.
- La incorporación de su población
rural al desarrollo económico, social
y político de la Nación, mediante la
sustitución del sistema latifundista.
- La distribución equitativa de la
riqueza.
Decreto con Fuerza de
Ley de Tierras y
Desarrollo Agrario
(2001)
Fue promulgada el 13 de
Noviembre de 2001 y entró en
vigencia el 10 de Diciembre de
ese mismo año en la cual
resaltaban algunos aspectos:
- Establecer las Bases del Desarrollo,
Rural, Integral y Sustentable y la
eliminación del Latifundio como
sistema contrario al interés social y a la
armonía en el campo.
- Procurar el aseguramiento de la
Biodiversidad, la vigencia efectiva de
los derechos de protección ambiental y
agroalimentario de las presentes y
futuras generaciones.
- Establece los Niveles Básicos de
Productividad Agraria en: Fincas
Ociosas e Incultas, Fincas Mejorables y
Fincas Productivas.
Ley de Tierras y
Desarrollo
Agrario del 18
de Mayo de
(2005)
Tiene el mismo objeto que
la Ley anterior y fueron
modificados los siguientes
aspectos:
1.- Definición de
latifundio, articulo 7 de la
Ley.
2.- Obligación de
inscribirse en el Registro
Agrario.
3.- Se suprime el término
de Poligonales Rurales por
el de tierras con vocación
de uso agrario.
Ley de Reforma
parcial de la Ley de
Tierras y desarrollo
agrario.
5. Como noción, se trata del conjunto de obstáculos e intereses de ciertos sectores de la vida
nacional, que afectan en el proceso de producción del agro e impiden que el sector
campesino pueda satisfacer sus necesidades propias, así como la del mismo país.
La evolución del Problema Agrario en nuestro país la ubicamos por áreas geográficas en
el siguiente orden económico:
Primer Foco
Económico
Se ubica en los Llanos
venezolanos basados en una
economía agropecuaria
donde se desarrolla por vez
primera la cría de ganado.
Características
- No se utiliza ningún
tipo de técnicas.
- Solamente se utiliza el
producto para el
consumo local.
Segundo Foco
Económico
Se ubica en el Litoral Central y
Oriental, en Barlovento y
Carúpano, allí se inicia
en Venezuela la producción de
cacao.
Características
- Hubo un producto que dejó
excedentes para la
exportación, nuestra
economía comenzó a ver
nuevos horizontes y se basaba
por primera vez en el cultivo
de cacao.
- Se comenzó a importar
mano de obra africana.
Tercer Foco
Económico
Se ubica en la zona andina, en
los Estados Mérida, Trujillo y
Táchira y parte del
Estado Barinas y se basa en la
producción del café.
Características
- No se encuentra mano de
obra.
- Se comenzó a importar
mano de obra colombiana.
Cuarto Foco
Económico
Se ubica en el Oriente- Sur,
Delta Amacuro, Bolívar y
Amazonas, en el Callao,
con la explotación del oro.
Características
- Importación de mano de
obra antillana.