LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
Infografia Derecho Maritimo
1. Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio Del Poder Popular Para La Educación Superior
Universidad Fermín Toro
Integrantes: Angie Adan
Cedula: 25.147.631
Derecho Marítimo
2. Derecho
Marítimo
Es un cuerpo normativo que rige los problemas
que puedan surgir a raíz de las relaciones entre
entidades de Derecho privado dedicadas al
tráfico marítimo. El Derecho marítimo ha de ser
diferenciado del Derecho del mar, constituido por
un cuerpo de normas de Derecho internacional
que regula las relaciones jurídicas entre Estados,
y no entre particulares.
La regulación de las relaciones jurídicas que
surgen, directa o indirectamente, del uso humano
del medio marino
Características
Es de ámbito privado,
Tiene una vertiente pública, ya que la
ley es imperativa al pacto realizado
entre las partes.
Regula el transporte por el medio
marítimo, aunque este no tenga un
carácter comercial.
¿Para que sirve?
El derecho marítimo es esencial para una
pacífica navegación marítima pero también para
realizar de forma jurídicamente segura
actividades anejas como pudiera ser el transporte
de mercancías o la explotación de los recursos
naturales que se sitúan en la mar.
Concepto
Objeto
Importancia
Es esencial para una pacífica navegación
marítima pero también para realizar de forma
jurídicamente segura actividades anejas como
pudiera ser el transporte de mercancías o la
explotación de los recursos naturales que se
sitúan en la mar.
3. Referencias Bibliográficas
Calatayud Sierra, A. (2013). El Reglamento sobre sucesiones y el Derecho interregional español: dos sistemas de solución de conflictos.
Sus diferencias y su encaje. Revista de Derecho Civil Aragonés, 19, pp. 125-145.
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Carrascosa González, J. (2019). Orden público internacional y Reglamento
sucesorio europeo. Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, 95(772), pp. 627-687.
Crovetto, B. S. (2015). La vecindad civil como criterio de vinculación en un Estado plurilegislativo: nuevos retos ante el avance de las
competencias del legislador de la UE. Aranzadi civil-mercantil. Revista doctrinal, 2(7), pp. 29-68.