LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
Derecho maritimo (1)
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
CÁTEDRA: DERECHO MERCANTIL II Y PRÁCTICAS
TEMA: DERECHO MARITIMO
Tutora:
Thania Gimenez Szabowiez
SAIA B
Alumna: Esther Landa
Barquisimeto, Mayo de 2017
2. El Derecho Marítimo es la parte del Derecho Mercantil que regula las
relaciones jurídico-privadas que derivan del comercio y de la navegación marítima
en general, y VIGIER DE TORRES amplía este concepto al admitir que esta rama
jurídica comprende no sólo normas mercantiles, sino de muchas otras ramas del
derecho compartiendo la opinión de los autores que lo definen como el conjunto
de normas que regulan la navegación marítima. Es el conjunto de normas
jurídicas reguladoras de las relaciones y situaciones nacidas con ocasión de la
navegación por el mar”. El profesor Garrigues, nos ofrece una definición genérica
de derecho marítimo en su obra “Tratado de Derecho Mercantil” como la parte del
Derecho Mercantil que regula las relaciones jurídico-privadas que derivan del
comercio y de la navegación marítima en general. Como es de suponer, el
derecho marítimo tiene un enorme carácter internacional y es eminentemente
práctico, razón por la cual muchas universidades españolas no lo incluyen
adecuadamente en sus planes de estudio, aún en contradicción con la vasta
historia marítima de la que la Península Ibérica goza como enclave estratégico de
culturas y comerciantes.
El Derecho Marítimo es sin lugar a dudas una de las más importantes disciplinas
jurídicas actuales, ya que regula al nivel nacional e internacional no sólo las
actividades que tienen el mar como protagonista sino todo el litigio que existe en
cuanto al transporte marítimo, esta materia es regido por la Convención de las
Naciones Unidas para el Derecho del Mar, el cual marcha sobre la figura de los
derechos de navegación, sobrevuelo, investigaciones científicas de la fauna y
flora marítima, sobrevuelo y pesca, y no menos importante la protección del
ecosistema marino. Esta docilidad es una de las más enteras debido a que posee
un régimen legal para todos y cada una de las figuras de jurisdicción, utilización y
derechos y obligaciones de los Estados en concordancia con los espacios
marinos, y se oriente hacia el aprovechamiento de los recursos que posee el mar
que baña nuestra tierra; No obstante, el derecho marítimo en comparación con
otras materias jurídicas presenta un progreso muy exiguo a pesar de la
3. importancia que esta implica, en Venezuela los instrumentos jurídicos hasta el año
2001 se encontraban en un contenido desactualizado, hasta que la Asociación
Venezolana de Derecho Marítimo se avocó a la preparación de un nuevo proyecto
de la Ley Orgánica de la Navegación.
En Venezuela, es en la Ley de Comercio Marítimo donde se regula actividades
especiales del comercio marítimo como actos objetivos de comercio, por tanto de
naturaleza comercial, privada y mercantil, regulado por el derecho mercantil
positivo.
Por otra parte no hay duda que esas actividades propias del derecho privado,
deben estar sujetas, como en el caso de la navegación por agua – que toca
aspectos desde lo económico hasta aspectos de soberanía y seguridad del
Estado- a la tutela y control por parte de los Estados, que se convierten por tal en
interés público y que pudiéramos denominar “la normativa marítima de carácter
público
Venezuela es un país marítimo por excelencia. Es necesario entonces que el país
se enfrente a sus deberes y derechos frente al mar, se creen especialistas y
técnicos que la nación necesita y se oriente la educación nacional hacia el
aprovechamiento de los recursos marinos que el mar que baña nuestra tierra
encierra.
En cuanto a la delimitación de los espacios marinos y submarinos, Venezuela
tiene especial interés en esta materia y por tanto conviene dar la más amplia
divulgación a los aspectos legales nacionales como a la doctrina de carácter
internacional en que se fundamente en el derecho del mar.
4. El transporte marítimo tiene una enorme trascendencia en la economía mundial,
favoreciendo los intercambios comerciales y atenuando las diferencias de nivel de
vida entre los países y produciendo un extraordinario efecto multiplicador al dar
lugar a una gama de industrias y servicios que dé él dependen.
El Derecho marítimo tiene gran trascendencia en Venezuela, ya que tiende a
nivelar los precios de las mercancías de los países con los que se hacen
negociaciones, hace posible el intercambio comercial, facilita la especialización y
el desarrollo económico, atenúa las diferencias del nivel de vida, hace posible la
ocupación de mano de obra, disminuye los stocks, etc. Además, al realizarse en
un ambiente internacional, adquiere importancia estratégica para el suministro de
materias primas necesarias para la alimentación humana y para el desarrollo
económico en general el cual serán trasladaras de manera marítima.
Por último y no menos importante, la importancia del Derecho marítimo y la
Soberanía nacional son las bases fundamentales que brindan la
infalibilidad y la estabilidad de un Estado el cual tiene como objeto principal la
protección del país de sus recursos, espacios espacial, marítimo, recursos y
territorio, tal cual como lo señala la Constitución Bolivariana de Venezuela en su
artículo 327 en concordancia con el articulo 15 el cual dispone el deber que tiene
el Estado de establecer una política integral en los espacios fronterizos terrestres,
marítimos e insulares, para preservar la integridad del territorio, esta cuestión
fronteriza ha adquirido una importancia por el conflicto que hoy en día afrontan
nuestro país y el país hermano Colombia el cual se ha convertido en un litigio
sobre el supuesto contrabando de alimentos que ha causado un impacto en la
economía venezolana, es por ello que se debe de crear una ley en la cual que
disponga estas cuestiones, y así establecer una franja de seguridad de fronteras
entre los países vecinos, y por ello la atención de las fronteras debe ser algo
concreto en el cual se dé cumplimiento a los principios de la seguridad de la
nación.