2. El fuero se considera un “privilegio”, del que
gozan determinados funcionarios o servidores
públicos federales y estatales.
3. La concentración del poder político y el autoritarismo
han hecho equivalente en no pocos casos la inmunidad
con la impunidad, puesto que se ha desvirtuado por las
inercias políticas el concepto mismo del fuero constitucional.
4. La palabra fuero proviene de la raíz latina,
forum, que significa foro “recinto” o
“plaza pública” haciendo referencia al
lugar donde se administraba la justicia.
5. El principio que consagra el artículo 61 de la constitución
política de los Estados Unidos Mexicanos, debe considerarse
estrictamente como un instrumento de protección a la función
de legislador para que en ejercicio de esta, puedan expresarse
y desempeñar su cargo con libertad, desafortunadamente no
ha sido así.
7. El fuero tiene un doble aspecto: fuero como inviolabilidad, es decir,
como garantía constitucional que protege a la libertad de crítica; e
inmunidad, no impunidad, como privilegio y garantía, que es
temporal de conformidad a la duración del cargo y relativa debido a
que sí se integra una averiguación previa pero no se llevan a cabo
las formalidades en tanto no lo decide el órgano legislativo.
8. Al ser remunerado un puesto
político se comienza la principal
competencia, muchos aspiran a
una candidatura con el fin de
llegar al poder y ser figuras
autoritarias, con el objetivo de
enriquecerse y de disfrutar de los
privilegios que se otorgan a los
funcionarios públicos, podemos
mencionar al fuero.