1. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
Trabajode Massiel Jaimes
1. De conformidad con lo establecido en la ley 489 de 1998,
establezca cual es la organización de la presidencia de la
república, como organismo principal del poder ejecutivo.
2. De acuerdo a las funciones del presidente establecidas en el
artículo 189 de la Constitución Políticaprecise cuales de ellas las
ejerce como: jefe de Estado, cuales como Jefe de Gobierno y
cuales como suprema autoridad administrativa.
3. De conformidad con lo establecido en la constitución política, la
Ley 489 de 1998,la Ley1444 de 2011 y demás normas, haga una
relación de los ministerios existentes y su orden de precedencia.
4. Enumere las principales funciones de los ministerios y de los
ministros.
5. Indique las diferencias entre las empresas de economía mixta y
las empresas industriales y comerciales del estado.
6. De conformidad con lo establecidoen la ley 489 de 1998,cual es
la importancia de los Departamentos administrativos.
7. De conformidad con lo establecido en la ley 489 de 1998, y los
Decretos 1649 y 2594 de 2014 y 470 y 1081 de 2015 y demás
normas enumere y relacione los Departamentos administrativos.
8. En qué consisten las funciones las funciones de los
Departamentos Administrativos y la de sus directores.
9. De conformidad conlo establecido enla ley 489 de 1998,explique
que son las Superintendencias, haga una enumeración de las
mismas e indique sus principales funciones.
10. De conformidadconla ley 489 de 1998,cual es la noción de
los establecimientos públicos.
11. Mencione 5 ejemplos de establecimientos públicos.
12. Establezca cuales son las características de los
establecimientos públicos.
13. Indique las principales funcionales de los establecimientos
públicos,de sus consejos directivos y de sus gerentes directores,
gerentes o presidente.
14. De conformidadconla ley 489 de 1998,defina las Unidades
administrativas especiales.
15. Menciones ejemplos de Unidades administrativas
especiales.
16. indique si la ley estableció alguna organización o funciones
de las Unidades administrativas especiales.
17. que son y cuales los consejos superiores de la
administración pública.
INSUMO NORMATIVO.
2. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
Para realizar el presente taller tenga en cuenta las siguientes
normas: Constitución política, ley 489 de 1998, ley 1444 de 2011,
Decreto número 1081 DE 2015, los Decretos 1649 y 2594 de 2014 y
470 de 2015 entre otras. Instrucciones. Este taller hace parte de las
actividades que vamos a desarrollar para continuar con las clases por
esta vía.
Debe hacerse de manera personal y con el compromiso debido.
Pueden utilizar cualquier bibliografía, yo les envié alguna y
ustedes puedeningresara la bibliotecavirtual y base de datos que
encuentran en su vortal.
Posteriormente les diré por que medio enviarlo, la fecha máxima
de envío es el 30 de marzo de 2020.
Por favor les recuerdo a todos abrir su correo institucional.
Les recuero mi contacto y redes sociales:Instagram, Facebooky
twitter. @jhondiazcarpio CEL. 3166661017
Solución
1. La organización de la presidenciacomo principal rama del poder
ejecutivo esta de manera general esta organizada asi.:
L
3. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
La Administración Pública se integra por los organismos que conforman la Rama
Ejecutiva del Poder Público y por todos los demás organismos y entidades de
naturaleza pública que de manera permanente tienen a su cargo el ejercicio de las
actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios públicos del
Estado colombiano.
La Presidencia de la República, los ministerios y los departamentos administrativos,
en lo nacional, son los organismos principales de la Administración.
Así mismo, los ministerios, los departamentos administrativos y las
superintendencias constituyen el Sector Central de la Administración Pública
Nacional. Los organismos y entidades adscritos o vinculados a un Ministerio o un
Departamento Administrativo que gocen de personería jurídica, autonomía
administrativa y patrimonio propio o capital independiente conforman el Sector
Descentralizado de la Administración Pública Nacional y cumplen sus funciones en
los términos que señale la ley.
Las gobernaciones, las alcaldías, las secretarías de despacho y los departamentos
administrativos son los organismos principales de la Administración en el
correspondiente nivel territorial. Los demás les están adscritos o vinculados,
cumplen sus funciones bajo su orientación, coordinación y control en los términos
que señalen la ley, las ordenanzas o los acuerdos, según el caso.
Las asambleas departamentales y los concejos distritales y municipales son
corporaciones administrativas de elección popular que cumplen las funciones que
les señalan la Constitución Política y la ley.
2. Funciones presidenciales
El Presidente de la república posee, a la luz del artículo 189 de la Carta Política,
tres títulos: Jefe de estado, Jefe del gobierno y Suprema Autoridad Administrativa.
De allí se derivan una multiplicidad de funciones, agrupadas de acuerdo con el
papel que asuma. Haciendo un recorrido por el artículo 189 podemos clasificar las
funciones presidenciales de la siguiente manera:
Funciones como jefe de Estado
Dirigir las relaciones internacionales, nombrar a los agentes diplomáticos y
consulares, recibir a los agentes respectivos y celebrar con otros estados y
entidades de derecho internacional tratados o convenios que se someterán
a la aprobación del congreso.
Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como comandante supremo de
las fuerzas armadas.
Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuese
turbado.
Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente.
Proveer la seguridad exterior de la República, defendiendo la
independencia y la honra de la nación y la inviolabilidad del territorio;
declarar la guerra con permiso del Senado o hacerlo sin tal autorización
para repeler una agresión extranjera: y convenir y ratificar los tratados de
paz, de todo lo cual dará cuenta inmediata al Congreso.
Permitir, en receso del Senado, previo dictamen del Consejo de Estado, el
tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la república.
Expedir cartas de naturalización, de acuerdo a la ley.
Funciones como jefe de gobierno
4. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
Nombrar y separar libremente a los ministros y a los directores de los
departamentos administrativos
o Instalar y clausurar las sesiones del Congreso en cada legislatura.
Sancionar las leyes.
Promulgar las leyes, obedecerlas y velar por su estricto cumplimiento.
Ejercer la potestad reglamentaria, mediante la expedición de los decretos,
resoluciones y órdenes necesarias para la cumplida ejecución de las leyes.
Funciones como suprema autoridad administrativa
La cabeza fundamental de la administración es el Presidente de la república ya
que a él le corresponde el manejo de la burocracia al igual que todo lo relacionado
con la prestación de los servicios públicos y la ejecución presupuestal; para ello el
artículo 189 lo faculta, entre otros asuntos, para:
Presentar un informe al Congreso, al iniciar cada legislatura, sobre los actos
de la administración, sobre la ejecución de los planes y programas de
desarrollo económico y social, y sobre los proyectos que el gobierno se
proponga adelantar durante la vigencia de la nueva legislatura.
Crear, fusionar o suprimir, conforme a la ley, los empleos que mande la
administración central, señalando sus funciones especiales y fijar sus
dotaciones y emolumentos.
Suprimir o fusionar entidades u organismos administrativos nacionales, de
conformidad con la ley.
Distribuir los negocios según su naturaleza, entre ministerios,
departamentos administrativos y establecimientos públicos.
Velar por la estricta recaudación y administración de las rentas y caudales
públicos y decretar su inversión de acuerdo con las leyes.
Conceder patente de privilegio temporal a los autores de invenciones o
perfeccionamientos útiles, de acuerdo con la ley.
Ejercer la inspección y vigilancia de la enseñanza conforme a la ley.
3.
Ministerio Inicio de funciones Orden de Precedencia
Ministerio del Interior
mininterior.gov.co
Alicia Arango
Administradora de empresas
Centro Democrático
15 de febrero de 2020
Ministerio de Relaciones
Exteriores
cancilleria.gov.co
Claudia Blum
Psicóloga
Cambio Radical
12 de
noviembre de 2019
Ministerio de Hacienda y
Crédito Público
minhacienda.gov.co
Alberto Carrasquilla
Economista
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Justicia y del
Derecho
minjusticia.gov.co
Margarita Cabello
Blanco
Abogada
Independiente
11 de junio de 2019
5. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
Ministerio de Defensa
Nacional
mindefensa.gov.co
Carlos Holmes Trujillo
Abogado
Centro Democrático
12 de
noviembre de 2019
Ministerio de Agricultura y
Desarrollo Rural
minagricultura.gov.co
Rodolfo Enrique Zea
Economista
Independiente
7 de febrero de 2020
Ministerio de Salud y
Protección Social
minsalud.gov.co
Fernando Ruiz Gómez
Médico
Cambio Radical
7 de febrero de 2020
Ministerio del Trabajo
mintrabajo.gov.co
Ángel Custodio Cabrera
Contador público
Partido de la U
7 de febrero de 2020
Ministerio de Minas y
Energía
minenergia.gov.co
María Fernanda Suárez
Administradora de empresas
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Comercio,
Industria y Turismo
mincit.gov.co
José Manuel Restrepo
Abondano
Economista
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Educación
Nacional
mineducacion.gov.co
María Victoria Angulo
Economista
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible
minambiente.gov.co
Ricardo Lozano Picón
Geólogo
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Vivienda,
Ciudad y Territorio
minvivienda.gov.co
Jonathan Malagón
Administrador de empresas
Economista
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de las TIC
mintic.gov.co
Sylvia Constaín
Economista
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Transporte
mintransporte.gov.co
Ángela María Orozco
Abogada
Partido Conservador
7 de agosto de 2018
Ministerio de Cultura
mincultura.gov.co
Carmen Vásquez
Abogada
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio del Deporte
mindeporte.gov.co
Ernesto Lucena
Abogado
Independiente
16 de
septiembre de 2019
6. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
Ministro de Ciencia,
Tecnología e Innovación
minciencia.gov.co
Mabel Gisela Torres
Bióloga
Química
Independiente
5 de diciembre de 2019
4.
Ministerio Del Interior (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y evaluar las
políticas públicas del Sector Administrativo del Interior y ser el interlocutor
válido entre las diferentes instituciones del Estado y la Sociedad Civil y sus
organizaciones, garantizando su legitimidad y gobernabilidad.
Ministerio De Relaciones Exteriores (Decretos: 3355 de 2009, 110 de 2004)
Formular, orientar, coordinar y ejecutar la política exterior de Colombia, bajo
la dirección del Jefe de Estado y administrar el servicio exterior de la
República.
Ministerio De Hacienda y Crédito Público (Ley 1151 de 2007. Decretos: 4646
de 2006 y 246 de 2004 ) Definir, formular y ejecutar la política económica del
país, y de los planes generales, programas y proyectos relacionados con
ésta.
Ministerio De Justicia y del Derecho (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y
evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Justicia del
Derecho.
Ministerio De Defensa Nacional (Decretos: 4782, 4483 y 4481 de 2008; 3123
de 2007; 4222 de 2006; 049 de 2003; 1561 de 2002; y 1512 de 2000)
Formular y adoptar las políticas, planes generales, programas y proyectos
del Sector Administrativo Defensa Nacional, para la defensa de la soberanía,
la independencia y la integridad territorial, así como para el mantenimiento
del orden constitucional y la garantía de la convivencia democrática.
Ministerio De Agricultura y Desarrollo Rural (Decretos: 4909 de 2007; 4486
de 2006; y 2478 de 1999) Formular, coordinar y adoptar políticas, planes,
programas y proyectos del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo
Rural.
Ministerio De Salud y Protección Social (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir
y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Salud y
Protección Social.
Ministerio Del Trabajo (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y evaluar las
políticas públicas del Sector Administrativo del Trabajo.
Ministerio De Minas y Energía (Decretos: 1760 de 2003, 070 de 2001, y 027
de 1995) Planificar, regular y formular las políticas dirigidas a la optimización
de la exploración, explotación y uso racional y sostenible de los recursos
mineroenergéticos, contribuyendo así con el desarrollo económico del país y
al mejoramiento de la calidad de vida de la población colombiana.
Ministerio De Comercio, Industria y Turismo (Ley 1151 de 2007. Decretos:
2700 de 2008, 2785 de 2006, 4269 de 2005, y 210 de 2003) Formular,
adoptar, dirigir y coordinar las políticas generales en materia de desarrollo
económico y social del país, relacionadas con la competitividad, integración
y desarrollo de los sectores productivos de la industria, la micro, pequeña y
mediana empresa, el comercio exterior de bienes, servicios y tecnología.
7. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
Ministerio De Educación (Decretos: 1306 de 2009, 1953 de 2004, 2230
de 2003) Formular la política nacional de educación, regular y establecer los
criterios y parámetros técnicos cualitativos que contribuyan al mejoramiento
del acceso, calidad y equidad de la educación, en todos sus niveles y
modalidades.
Ministerio De Ambiente y Desarrollo Sostenible (Ley 1444 de 2011) Formular,
dirigir y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Ambiente
y Desarrollo Sostenible
Ministerio De Vivienda, Ciudad y Territorio (Ley 1444 de 2011) Formular,
dirigir y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Vivienda,
Ciudad y Territorio
Ministerio De Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Ley 1341
de 2009, Decretos: 4310 de 2005 y 1620 de 2003) Ejercer las funciones de
planeación, regulación y control de los servicios del sector de las
telecomunicaciones, de los servicios informáticos y de telemática, de los
servicios especializados de telecomunicaciones o servicios de valor
agregado, de los servicios postales.
Ministerio De Transporte (Decretos: 2053, 1800, 1791 y 1790 de 2003; y 2171
de 1992) Formular y adoptar las políticas, planes, programas, proyectos y
regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de
los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo y la
regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero,
marítimo, fluvial y férreo.
Ministerio De Cultura (Leyes: 397 de 1997 y 188 de 1995. Decretos: 4827 de
2008, y 1746 de 2003) Ser el organismo rector de la política cultural
colombiana, que, a partir de la afirmación del multiculturalismo y la
descentralización, genera espacios de reflexión capaces de desencadenar
procesos de formación, creación e investigación. Así mismo, velar por la
preservación, la promoción y la difusión de nuestro patrimonio cultural,
contribuyendo en la construcción de una cultura de paz.
5.
ENTIDADES EMPRESAS INDUSTRIALES
Y COMERCIALES DEL
ESTADO
SOCIEDADES DE
ECONOMÍAMIXTA
DIFERENCIAS Son organismos creados por la
ley, o autorizados por ésta, que
desarrollan actividades de
naturaleza industrial o
comercialconforme a las reglas
del derecho privado, salvo las
excepciones que consagre la
ley.
Capital independiente,
constituido totalmente con
bienes o fondos públicos
comunes, los productos de
ellos, o el rendimiento de
impuestos, tasas o
Para su constitución es
necesario la realización de
dos actos jurídicos: la ley
que las autoriza y el contrato
de sociedad. Mediante la ley
y el Contrato de Sociedad,
los socios se comprometen
a hacer los aportes
correspondientes en dinero,
trabajo u otros bienes, con el
propósito de realizar la
repartición de utilidades.
Los aportes que integran la
sociedad pueden ser dinero
en efectivo, aportes
laborales o inmateriales. En
relación con los aportes
estatales, según el artículo
463 del Código de
8. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
contribuciones de destinación
especial.
En esta no tiene una junta de
accionista pertenece al
gobierno y sus directivos pasan
como empleados públicos y los
demás trabajadores tienen la
calidad de trabajadores
oficionales.
Ejemplo: la Imprenta Nacional
de Colombia, vinculada al
Ministerio del Interior y de
Justicia; el Servicio Aéreo a
Territorios Nacionales
(Satena), vinculada al
Ministerio de Defensa; la
Empresa Colombiana de Gas
(Ecogas), vinculada al
Ministerio de Minas y Energía;
el Fondo Financiero de
Proyectos de Desarrollo
(Fonade), vinculado al
Departamento Nacional de
Planeación.
Comercio, pueden consistir
en ventajas financieras o
fiscales, garantías de las
obligaciones de la sociedad
o suscripción de los bonos
que ella emita, auxilios
especiales, concesiones,
etc.
La organización de las
sociedades de economía
mixta corresponde a la de
las sociedades comerciales,
prevista en el Código de
Comercio e implica la
existencia de una asamblea
de accionistas o junta de
socios, de una junta o
consejo directivo y de
representantes legales que
tienen la denominación de
gerentes o presidentes.
Ejemplos: Como ejemplos
de SEM se encuentran: la
Corporación de la Industria
Aeronáutica Colombiana
S.A. (CIAC), vinculada al
Ministerio de Defensa; la
Empresa Colombiana de
Petróleos (Ecopetrol),
vinculada al Ministerio de
Minas y Energía; la
Fiduciaria de Comercio
Exterior S.A. (Fiducoldex)
vinculada al Ministerio de
Comercio, Industria y
Turismo.
6. La importancia de los departamentos administrativos es que Son organismos
del sector central que forman parte del Gobierno, en la misma jerarquía de los
Ministerios, pero sin iniciativa legislativa. Son entidades de carácter técnico
encargadas de dirigir y coordinar un servicio y otorgar al Gobierno la información
adecuada para la toma de decisiones. En la actualidad existen 7 Departamentos
Administrativos.
7.
Departamento Administrativo de la Función Pública (Ley 909 de 2004.
Decretos: 264 de 2007 y 188 de 2004.)
Departamento Administrativo de Seguridad (Decreto 643 de 2004)
9. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Colombia)
(Decreto 262 de 2004)
Departamento Nacional de Planeación (Colombia) (Decreto 3517 de 2009)
Departamento para la Prosperidad Social (La ley de 1448 de 2011)
8. Las principales funciones de los departamentos administrativos son:
Departamento Nacional de Planeación :(DNP) Preparar, hacer seguimiento de
la ejecución y evaluar los resultados de las políticas, planes generales,
programas y proyectos del sector público, así como realizar en forma
permanente el seguimiento de la economía nacional e internacional y proponer
los planes y programas para el desarrollo económico, social y ambiental del país
y para el diseño de las políticas en materia de macro estructura del Estado.
Departamento Administrativo de Seguridad: Formular y adoptar las políticas,
planes generales, programas y proyectos del Sector Administrativo de
Seguridad. Producir la inteligencia que requiere el Estado, como instrumento de
Gobierno para la toma de decisiones y la formulación de políticas relacionadas
con la seguridad interior y exterior del Estado, de conformidad con lo
preceptuado en la ley y la Constitución.
Departamento Administrativo de la Función Pública: Formular las políticas
generales de Administración Pública, en especial en materias relacionadas con
empleo público, organización administrativa, control interno y racionalización de
trámites de la rama ejecutiva del poder público.
Departamento Administrativo Nacional de Estadística: es la entidad
responsable de la planeación, levantamiento, procesamiento, análisis y difusión
de las estadísticas oficiales de Colombia. El DANE ofrece más de 100
investigaciones en aspectos industriales, económicos, agropecuarios,
poblacionales y de calidad de vida encaminadas a soportar la toma de
decisiones en ese país.
Departamento para la Prosperidad Social: crear condiciones de prosperidad
en la población vulnerable, contribuir a la reconciliación de los colombianos y
promover la integración regional. Adicionalmente, busca ser ejemplo mundial de
una sociedad basada en la inclusión social y la reconciliación
9.
SUPERINTENDENCIA FUNCIÓN
Superintendencia de Notariado y Registro
Decretos: 412 de 2007, y 302 de 2004
Adscrita a: Ministerio del Interior y de
Justicia
Ejercer la orientación, inspección,
vigilancia y control de los servicios
públicos que prestan los notarios y los
registradores de instrumentos públicos;
atender la organización, administración y
sostenimiento de las oficinas de registro
de instrumentos públicos, y asesorar al
Gobierno Nacional en la construcción de
las políticas y el establecimiento de los
programas y planes referidos a los
servicios públicos notarial y registral.
Superintendencia Financiera Decreto
4327 de 2005 Adscrita a: Ministerio de
Hacienda y Crédito Público
Ejercer la inspección, vigilancia y control
sobre las personas que realicen
actividades financiera, bursátil,
aseguradora y cualquier otra relacionada
con el manejo, aprovechamiento o
10. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
inversión de recursos captados del
público. Supervisar el sistema financiero
colombiano, con el fin de preservar su
estabilidad, seguridad y confianza, así
como promover, organizar y desarrollar
el mercado de valores colombiano y la
protección de los inversionistas,
ahorradores y asegurados.
Superintendencia de Economía Solidaria
Ley 454 de 1998. Decretos: 689 de 2005,
186 de 2004 Adscrita a: Ministerio de
Hacienda y Crédito Público
Supervisar la actividad financiera del
cooperativismo y los servicios de ahorro
y crédito de los fondos de empleados y
asociaciones mutualistas y, en general,
el aprovechamiento o inversión de los
recursos captados de los asociados por
parte de las organizaciones de la
economía solidaria. Supervisar las
organizaciones de la economía solidaria
que determine el Presidente de la
República, que no se encuentren
sometidas a la supervisión especializada
del Estado.
Superintendencia de Vigilancia y
Seguridad Privada Decreto 2355 de 2006
Adscrita a: Ministerio de Defensa
Ejercer el control, inspección y vigilancia
sobre la dominante. industria y los
servicios de vigilancia y seguridad
privada para mejorar los niveles de
seguridad y confianza pública, entre
otros aspectos.
Superintendencia del Subsidio Familiar
Ley 789 de 2002. Decreto 2150 de 1992
Adscrita a: Ministerio de la Protección
Social
Ejercer la inspección y vigilancia de las
entidades encargadas de recaudar los
aportes y pagar las asignaciones del
subsidio familiar. Controlar las entidades
vigiladas y velar porque cumplan con la
prestación de los servicios sociales a su
cargo. Dar especial atención a las
prioridades que le trace el Gobierno
Nacional en el área de seguridad social.
Adoptar políticas de inspección y
vigilancia orientadas a que las
instituciones vigiladas se modernicen e
incorporen desarrollos tecnológicos que
aseguren un progreso adecuado de las
mismas.
Superintendencia Nacional de Salud
Decretos: 2221 de 2008, 1018 de 2007
Adscrita a: Ministerio de la Protección
Social
Contribuir al desarrollo del Sistema
General de Seguridad Social en Salud
mediante el ejercicio de la inspección,
vigilancia y control para garantizar el
servicio público esencial de salud.
Superintendencia de Industria y Comercio
Decreto 4738 de 2008 Adscrita a:
Ministerio de Comercio, Industria y
Turismo
Vigilar y controlar la calidad de bienes y
servicios, así como controlar la
información que debe suministrarse al
público. Ejercer vigilancia y control
respecto de la administración de los
derechos de la propiedad intelectual, así
como preservar el derecho de la libre
competencia y evitar el abuso de
posición
Superintendencia de Sociedades
Decretos: 4350 de 2006, 1080 de 1996
Adscrita a: Ministerio de Comercio,
Industria y Turismo
Inspeccionar, vigilar y controlar las
sociedades mercantiles, así como las
facultades que le señalan la ley en
relación con otras personas jurídicas o
naturales
Superintendencia General de Puertos Ley
105 de 1993. Decretos: 2741 de 2001;
Ejercer inspección, vigilancia y control en
materia de puertos de conformidad con la
11. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
1402, 1016, y 101 de 2000 Adscrita a:
Ministerio de Transport
ley 01 de 1991 y en materia de tránsito,
transporte y su infraestructura de
conformidad con lo previsto en el Decreto
101 del 2000.
Superintendencia de Servicios Públicos
Domiciliarios Leyes: 689 de 2001 y 142 de
1994. Decretos: 2590 de 2007, 4251 y
3243 de 2004, 990 de 2002 Adscrita a:
DNP
Ejercer el control, inspección y vigilancia
de las entidades que prestan los
servicios públicos a los que se aplica la
ley 142 de 1994.
10. Los establecimientos públicos junto con las empresas industriales y
comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta conforman el grupo
de las llamadas entidades descentralizadas, las cuales son una expresión de la
descentralización especializada o por servicios, en la cual, como se expuso en
el capítulo 2, el poder central se entrega por mandato legal a una persona
jurídica pública creada para el efecto, con el objetivo que atienda exclusivamente
el servicio y se especialice en su prestación.
11. 5 Ejemplos de establecimientos públicos:
INSTITUO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF)
INSTITUTO COLOMBIANO PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACION
SUPERIOR (ICFES)
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
ISNSTITUTO NACIONA DE VÍAS (INVIAS)
INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL (INCODER)
12. Los establecimientos públicos son organismos encargados principalmente
de atender funciones administrativas y de prestar servicios públicos conforme a
las reglas de derecho público, que reúnen las siguientes características:
Personería Jurídica: sujeto de derechos y obligaciones.
Autonomía administrativa: facultad para manejarse a sí misma, en el
marco de la Constitución y la ley.
Patrimonio independiente: constituido con bienes o fondos públicos
comunes o con el producto de impuestos, tasas o contribuciones de
destinación especial.
13. Los establecimientos públicos son organismos encargados principalmente de
atender funciones administrativas y de prestar servicios públicos conforme a las
reglas de derecho público.
Están conformados por una dirección, a cargo de un director quien es el
representante legal de la entidad, y una Junta o Consejo Directivo el cual es un
órgano colegiado y deliberante que se encuentra en cabeza del establecimiento; el
presidente de la Junta es el Ministro o Director de Departamento Administrativo al
cual está adscrito.
GERENTE, DIRECTOR O PRESIDENTE:
- Determina las normas de creación o los diferentes estatutos
- Su cargo es de libre nombramiento y remoción.
12. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
- Da a conocer los actos o contratos.
- Dirigir, coordinar, vigilar y controlarla debida ejecución y cumplimiento de los
programas.
- Presentar informes periódicos al presidente de la republica, al ministro o
director del departamento.
CONSEJO DIRECTIVO:
- Formular de acuerdo a la ley y a las políticas del establecimiento, planes y
programas.
- Crear una política de mejoramiento.
- Tener conocimiento de las evaluaciones que se realizan cada 6 meses.
- Hacer propuestas de modificación al gobierno.
- Aprobar el proyecto del presupuesto anual con respecto a la entidad.
14. Las Unidades Administrativas Especiales (UAE) son organismos creados por la
ley, con la autonomía administrativa y financiera que ella les señale, que cumplen
funciones administrativas para desarrollar o ejecutar programas propios de un
Ministerio o Departamento Administrativo. Al igual que con las Superintendencias,
las UAE pueden tener, o carecer, de personería jurídica.
15. Ejemplos de unidades administrativas especiales son:
- La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– (adscrita al
Ministerio de Hacienda y Crédito Público)
- La Dirección Nacional de Estupefacientes (adscrita al Ministerio del Interior y
de Justicia)
- La Contaduría General de la Nación (adscrita al Ministerio de Hacienda y
Crédito Público), la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil
(adscrita al Ministerio de Transporte)
16. En la norma no se habla mucho de sus funciones ya que son dadas por el
departamento y ministerio al cual esta adscrito y su función es cumplir o ejecutar
programas propios de los departamentos aministrativos y los ministerios.
17. Los Consejos Superiores de la Administración, hacen parte de las
organizaciones de la Administración Central Pública y están encargados
principalmente, de definir las políticas públicas a cargo de la administración.
Es así como según el Artículo 38 de la Ley 489 de 1998 «por la cual se dictan
normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional,
se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las
atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución
Política y se dictan otras disposiciones», en su numeral C, se establece que los
Consejos Superiores de la Administración, hacen parte o integran a la Rama
Ejecutiva del Poder Público en el Orden Nacional.
Y éstos estarían encargados de «asesorar al ministro en la formulación,
coordinación y ejecución de la política o planes de acción.
Se tiene que existen tres tipos o clases de Consejos; consejos exclusivamente
consultivos del Gobierno, Consejos de primer nivel y Consejos de segundo nivel.
Consejos exclusivamente consultivos del Gobierno
13. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
Aquellos que son consultivos del Gobierno de forma exclusiva, son:
Comisión Asesora de Relaciones Exteriores
Consejo Nacional de Planeación
Comisión de Ordenamiento Territorial
Consejos de primer nivel
Por otro lado, los Consejos Superiores de la Administración, cada uno con
funciones definidas y específicas, son:
Consejo de Ministros (Artículo 3, Ley 63 de 1923).
Consejo Nacional de Política Económica y Social (Artículo 2, Decreto Ley 627
de 1974).
Consejo Superior de Comercio Exterior (Artículo 23, Decreto 1159 de 1999).
Consejo Superior de Seguridad y Defensa Nacional (Artículo 5, Decreto 2134
de 1992).
Consejo Nacional de Política y Seguridad Ciudadana (Artículo 14, Ley 62 de
1993).
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Artículo 35, Ley 1286 de 2009,
que derogó a la Ley 585 de 1991).
Consejo Nacional de Competitividad (Artículo 8, Decreto 2828 de 2006).
Consejo Nacional de Planeación.
Consejos de Segundo nivel
Por último, el listado de aquellos que conforman el segundo nivel, es:
CONFIS.
Consejo Macroeconómico.
Consejos Nacional de Educación Superior.
Consejo Nacional de Estupefacientes.
Consejo Nacional de Integración y Desarrollo de la Comunidad.
Consejo Nacional de Política Indigenista.
Consejo Nacional de Transferencia de Tecnología.
Consejos de Secretarias de Agricultura.
Comisión Nacional de Política y Participación Ciudadana.
Consejo Nacional de Seguridad en Salud.
Consejo Superior Aeronáutico.
Comisión para la Coordinación y Seguimiento de Procesos Electorales.
Consejo Consultivo de la Profesión de Abogado.