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TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
Trabajode Massiel Jaimes
1. De conformidad con lo establecido en la ley 489 de 1998,
establezca cual es la organización de la presidencia de la
república, como organismo principal del poder ejecutivo.
2. De acuerdo a las funciones del presidente establecidas en el
artículo 189 de la Constitución Políticaprecise cuales de ellas las
ejerce como: jefe de Estado, cuales como Jefe de Gobierno y
cuales como suprema autoridad administrativa.
3. De conformidad con lo establecido en la constitución política, la
Ley 489 de 1998,la Ley1444 de 2011 y demás normas, haga una
relación de los ministerios existentes y su orden de precedencia.
4. Enumere las principales funciones de los ministerios y de los
ministros.
5. Indique las diferencias entre las empresas de economía mixta y
las empresas industriales y comerciales del estado.
6. De conformidad con lo establecidoen la ley 489 de 1998,cual es
la importancia de los Departamentos administrativos.
7. De conformidad con lo establecido en la ley 489 de 1998, y los
Decretos 1649 y 2594 de 2014 y 470 y 1081 de 2015 y demás
normas enumere y relacione los Departamentos administrativos.
8. En qué consisten las funciones las funciones de los
Departamentos Administrativos y la de sus directores.
9. De conformidad conlo establecido enla ley 489 de 1998,explique
que son las Superintendencias, haga una enumeración de las
mismas e indique sus principales funciones.
10. De conformidadconla ley 489 de 1998,cual es la noción de
los establecimientos públicos.
11. Mencione 5 ejemplos de establecimientos públicos.
12. Establezca cuales son las características de los
establecimientos públicos.
13. Indique las principales funcionales de los establecimientos
públicos,de sus consejos directivos y de sus gerentes directores,
gerentes o presidente.
14. De conformidadconla ley 489 de 1998,defina las Unidades
administrativas especiales.
15. Menciones ejemplos de Unidades administrativas
especiales.
16. indique si la ley estableció alguna organización o funciones
de las Unidades administrativas especiales.
17. que son y cuales los consejos superiores de la
administración pública.
INSUMO NORMATIVO.
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JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
Para realizar el presente taller tenga en cuenta las siguientes
normas: Constitución política, ley 489 de 1998, ley 1444 de 2011,
Decreto número 1081 DE 2015, los Decretos 1649 y 2594 de 2014 y
470 de 2015 entre otras. Instrucciones. Este taller hace parte de las
actividades que vamos a desarrollar para continuar con las clases por
esta vía.
 Debe hacerse de manera personal y con el compromiso debido.
 Pueden utilizar cualquier bibliografía, yo les envié alguna y
ustedes puedeningresara la bibliotecavirtual y base de datos que
encuentran en su vortal.
 Posteriormente les diré por que medio enviarlo, la fecha máxima
de envío es el 30 de marzo de 2020.
 Por favor les recuerdo a todos abrir su correo institucional.
Les recuero mi contacto y redes sociales:Instagram, Facebooky
twitter. @jhondiazcarpio CEL. 3166661017
Solución
1. La organización de la presidenciacomo principal rama del poder
ejecutivo esta de manera general esta organizada asi.:
L
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JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
La Administración Pública se integra por los organismos que conforman la Rama
Ejecutiva del Poder Público y por todos los demás organismos y entidades de
naturaleza pública que de manera permanente tienen a su cargo el ejercicio de las
actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios públicos del
Estado colombiano.
La Presidencia de la República, los ministerios y los departamentos administrativos,
en lo nacional, son los organismos principales de la Administración.
Así mismo, los ministerios, los departamentos administrativos y las
superintendencias constituyen el Sector Central de la Administración Pública
Nacional. Los organismos y entidades adscritos o vinculados a un Ministerio o un
Departamento Administrativo que gocen de personería jurídica, autonomía
administrativa y patrimonio propio o capital independiente conforman el Sector
Descentralizado de la Administración Pública Nacional y cumplen sus funciones en
los términos que señale la ley.
Las gobernaciones, las alcaldías, las secretarías de despacho y los departamentos
administrativos son los organismos principales de la Administración en el
correspondiente nivel territorial. Los demás les están adscritos o vinculados,
cumplen sus funciones bajo su orientación, coordinación y control en los términos
que señalen la ley, las ordenanzas o los acuerdos, según el caso.
Las asambleas departamentales y los concejos distritales y municipales son
corporaciones administrativas de elección popular que cumplen las funciones que
les señalan la Constitución Política y la ley.
2. Funciones presidenciales
El Presidente de la república posee, a la luz del artículo 189 de la Carta Política,
tres títulos: Jefe de estado, Jefe del gobierno y Suprema Autoridad Administrativa.
De allí se derivan una multiplicidad de funciones, agrupadas de acuerdo con el
papel que asuma. Haciendo un recorrido por el artículo 189 podemos clasificar las
funciones presidenciales de la siguiente manera:
Funciones como jefe de Estado
 Dirigir las relaciones internacionales, nombrar a los agentes diplomáticos y
consulares, recibir a los agentes respectivos y celebrar con otros estados y
entidades de derecho internacional tratados o convenios que se someterán
a la aprobación del congreso.
 Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como comandante supremo de
las fuerzas armadas.
 Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuese
turbado.
 Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente.
 Proveer la seguridad exterior de la República, defendiendo la
independencia y la honra de la nación y la inviolabilidad del territorio;
declarar la guerra con permiso del Senado o hacerlo sin tal autorización
para repeler una agresión extranjera: y convenir y ratificar los tratados de
paz, de todo lo cual dará cuenta inmediata al Congreso.
 Permitir, en receso del Senado, previo dictamen del Consejo de Estado, el
tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la república.
 Expedir cartas de naturalización, de acuerdo a la ley.
Funciones como jefe de gobierno
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 Nombrar y separar libremente a los ministros y a los directores de los
departamentos administrativos
o Instalar y clausurar las sesiones del Congreso en cada legislatura.
 Sancionar las leyes.
 Promulgar las leyes, obedecerlas y velar por su estricto cumplimiento.
 Ejercer la potestad reglamentaria, mediante la expedición de los decretos,
resoluciones y órdenes necesarias para la cumplida ejecución de las leyes.
Funciones como suprema autoridad administrativa
La cabeza fundamental de la administración es el Presidente de la república ya
que a él le corresponde el manejo de la burocracia al igual que todo lo relacionado
con la prestación de los servicios públicos y la ejecución presupuestal; para ello el
artículo 189 lo faculta, entre otros asuntos, para:
 Presentar un informe al Congreso, al iniciar cada legislatura, sobre los actos
de la administración, sobre la ejecución de los planes y programas de
desarrollo económico y social, y sobre los proyectos que el gobierno se
proponga adelantar durante la vigencia de la nueva legislatura.
 Crear, fusionar o suprimir, conforme a la ley, los empleos que mande la
administración central, señalando sus funciones especiales y fijar sus
dotaciones y emolumentos.
 Suprimir o fusionar entidades u organismos administrativos nacionales, de
conformidad con la ley.
 Distribuir los negocios según su naturaleza, entre ministerios,
departamentos administrativos y establecimientos públicos.
 Velar por la estricta recaudación y administración de las rentas y caudales
públicos y decretar su inversión de acuerdo con las leyes.
 Conceder patente de privilegio temporal a los autores de invenciones o
perfeccionamientos útiles, de acuerdo con la ley.
 Ejercer la inspección y vigilancia de la enseñanza conforme a la ley.
3.
Ministerio Inicio de funciones Orden de Precedencia
Ministerio del Interior
mininterior.gov.co
Alicia Arango
Administradora de empresas
Centro Democrático
15 de febrero de 2020
Ministerio de Relaciones
Exteriores
cancilleria.gov.co
Claudia Blum
Psicóloga
Cambio Radical
12 de
noviembre de 2019
Ministerio de Hacienda y
Crédito Público
minhacienda.gov.co
Alberto Carrasquilla
Economista
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Justicia y del
Derecho
minjusticia.gov.co
Margarita Cabello
Blanco
Abogada
Independiente
11 de junio de 2019
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Ministerio de Defensa
Nacional
mindefensa.gov.co
Carlos Holmes Trujillo
Abogado
Centro Democrático
12 de
noviembre de 2019
Ministerio de Agricultura y
Desarrollo Rural
minagricultura.gov.co
Rodolfo Enrique Zea
Economista
Independiente
7 de febrero de 2020
Ministerio de Salud y
Protección Social
minsalud.gov.co
Fernando Ruiz Gómez
Médico
Cambio Radical
7 de febrero de 2020
Ministerio del Trabajo
mintrabajo.gov.co
Ángel Custodio Cabrera
Contador público
Partido de la U
7 de febrero de 2020
Ministerio de Minas y
Energía
minenergia.gov.co
María Fernanda Suárez
Administradora de empresas
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Comercio,
Industria y Turismo
mincit.gov.co
José Manuel Restrepo
Abondano
Economista
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Educación
Nacional
mineducacion.gov.co
María Victoria Angulo
Economista
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible
minambiente.gov.co
Ricardo Lozano Picón
Geólogo
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Vivienda,
Ciudad y Territorio
minvivienda.gov.co
Jonathan Malagón
Administrador de empresas
Economista
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de las TIC
mintic.gov.co
Sylvia Constaín
Economista
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio de Transporte
mintransporte.gov.co
Ángela María Orozco
Abogada
Partido Conservador
7 de agosto de 2018
Ministerio de Cultura
mincultura.gov.co
Carmen Vásquez
Abogada
Independiente
7 de agosto de 2018
Ministerio del Deporte
mindeporte.gov.co
Ernesto Lucena
Abogado
Independiente
16 de
septiembre de 2019
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Ministro de Ciencia,
Tecnología e Innovación
minciencia.gov.co
Mabel Gisela Torres
Bióloga
Química
Independiente
5 de diciembre de 2019
4.
 Ministerio Del Interior (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y evaluar las
políticas públicas del Sector Administrativo del Interior y ser el interlocutor
válido entre las diferentes instituciones del Estado y la Sociedad Civil y sus
organizaciones, garantizando su legitimidad y gobernabilidad.
 Ministerio De Relaciones Exteriores (Decretos: 3355 de 2009, 110 de 2004)
Formular, orientar, coordinar y ejecutar la política exterior de Colombia, bajo
la dirección del Jefe de Estado y administrar el servicio exterior de la
República.
 Ministerio De Hacienda y Crédito Público (Ley 1151 de 2007. Decretos: 4646
de 2006 y 246 de 2004 ) Definir, formular y ejecutar la política económica del
país, y de los planes generales, programas y proyectos relacionados con
ésta.
 Ministerio De Justicia y del Derecho (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y
evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Justicia del
Derecho.
 Ministerio De Defensa Nacional (Decretos: 4782, 4483 y 4481 de 2008; 3123
de 2007; 4222 de 2006; 049 de 2003; 1561 de 2002; y 1512 de 2000)
Formular y adoptar las políticas, planes generales, programas y proyectos
del Sector Administrativo Defensa Nacional, para la defensa de la soberanía,
la independencia y la integridad territorial, así como para el mantenimiento
del orden constitucional y la garantía de la convivencia democrática.
 Ministerio De Agricultura y Desarrollo Rural (Decretos: 4909 de 2007; 4486
de 2006; y 2478 de 1999) Formular, coordinar y adoptar políticas, planes,
programas y proyectos del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo
Rural.
 Ministerio De Salud y Protección Social (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir
y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Salud y
Protección Social.
 Ministerio Del Trabajo (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y evaluar las
políticas públicas del Sector Administrativo del Trabajo.
 Ministerio De Minas y Energía (Decretos: 1760 de 2003, 070 de 2001, y 027
de 1995) Planificar, regular y formular las políticas dirigidas a la optimización
de la exploración, explotación y uso racional y sostenible de los recursos
mineroenergéticos, contribuyendo así con el desarrollo económico del país y
al mejoramiento de la calidad de vida de la población colombiana.
 Ministerio De Comercio, Industria y Turismo (Ley 1151 de 2007. Decretos:
2700 de 2008, 2785 de 2006, 4269 de 2005, y 210 de 2003) Formular,
adoptar, dirigir y coordinar las políticas generales en materia de desarrollo
económico y social del país, relacionadas con la competitividad, integración
y desarrollo de los sectores productivos de la industria, la micro, pequeña y
mediana empresa, el comercio exterior de bienes, servicios y tecnología.
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 Ministerio De Educación (Decretos: 1306 de 2009, 1953 de 2004, 2230
de 2003) Formular la política nacional de educación, regular y establecer los
criterios y parámetros técnicos cualitativos que contribuyan al mejoramiento
del acceso, calidad y equidad de la educación, en todos sus niveles y
modalidades.
 Ministerio De Ambiente y Desarrollo Sostenible (Ley 1444 de 2011) Formular,
dirigir y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Ambiente
y Desarrollo Sostenible
 Ministerio De Vivienda, Ciudad y Territorio (Ley 1444 de 2011) Formular,
dirigir y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Vivienda,
Ciudad y Territorio
 Ministerio De Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Ley 1341
de 2009, Decretos: 4310 de 2005 y 1620 de 2003) Ejercer las funciones de
planeación, regulación y control de los servicios del sector de las
telecomunicaciones, de los servicios informáticos y de telemática, de los
servicios especializados de telecomunicaciones o servicios de valor
agregado, de los servicios postales.
 Ministerio De Transporte (Decretos: 2053, 1800, 1791 y 1790 de 2003; y 2171
de 1992) Formular y adoptar las políticas, planes, programas, proyectos y
regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de
los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo y la
regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero,
marítimo, fluvial y férreo.
 Ministerio De Cultura (Leyes: 397 de 1997 y 188 de 1995. Decretos: 4827 de
2008, y 1746 de 2003) Ser el organismo rector de la política cultural
colombiana, que, a partir de la afirmación del multiculturalismo y la
descentralización, genera espacios de reflexión capaces de desencadenar
procesos de formación, creación e investigación. Así mismo, velar por la
preservación, la promoción y la difusión de nuestro patrimonio cultural,
contribuyendo en la construcción de una cultura de paz.
5.
ENTIDADES EMPRESAS INDUSTRIALES
Y COMERCIALES DEL
ESTADO
SOCIEDADES DE
ECONOMÍAMIXTA
DIFERENCIAS Son organismos creados por la
ley, o autorizados por ésta, que
desarrollan actividades de
naturaleza industrial o
comercialconforme a las reglas
del derecho privado, salvo las
excepciones que consagre la
ley.
Capital independiente,
constituido totalmente con
bienes o fondos públicos
comunes, los productos de
ellos, o el rendimiento de
impuestos, tasas o
Para su constitución es
necesario la realización de
dos actos jurídicos: la ley
que las autoriza y el contrato
de sociedad. Mediante la ley
y el Contrato de Sociedad,
los socios se comprometen
a hacer los aportes
correspondientes en dinero,
trabajo u otros bienes, con el
propósito de realizar la
repartición de utilidades.
Los aportes que integran la
sociedad pueden ser dinero
en efectivo, aportes
laborales o inmateriales. En
relación con los aportes
estatales, según el artículo
463 del Código de
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contribuciones de destinación
especial.
En esta no tiene una junta de
accionista pertenece al
gobierno y sus directivos pasan
como empleados públicos y los
demás trabajadores tienen la
calidad de trabajadores
oficionales.
Ejemplo: la Imprenta Nacional
de Colombia, vinculada al
Ministerio del Interior y de
Justicia; el Servicio Aéreo a
Territorios Nacionales
(Satena), vinculada al
Ministerio de Defensa; la
Empresa Colombiana de Gas
(Ecogas), vinculada al
Ministerio de Minas y Energía;
el Fondo Financiero de
Proyectos de Desarrollo
(Fonade), vinculado al
Departamento Nacional de
Planeación.
Comercio, pueden consistir
en ventajas financieras o
fiscales, garantías de las
obligaciones de la sociedad
o suscripción de los bonos
que ella emita, auxilios
especiales, concesiones,
etc.
La organización de las
sociedades de economía
mixta corresponde a la de
las sociedades comerciales,
prevista en el Código de
Comercio e implica la
existencia de una asamblea
de accionistas o junta de
socios, de una junta o
consejo directivo y de
representantes legales que
tienen la denominación de
gerentes o presidentes.
Ejemplos: Como ejemplos
de SEM se encuentran: la
Corporación de la Industria
Aeronáutica Colombiana
S.A. (CIAC), vinculada al
Ministerio de Defensa; la
Empresa Colombiana de
Petróleos (Ecopetrol),
vinculada al Ministerio de
Minas y Energía; la
Fiduciaria de Comercio
Exterior S.A. (Fiducoldex)
vinculada al Ministerio de
Comercio, Industria y
Turismo.
6. La importancia de los departamentos administrativos es que Son organismos
del sector central que forman parte del Gobierno, en la misma jerarquía de los
Ministerios, pero sin iniciativa legislativa. Son entidades de carácter técnico
encargadas de dirigir y coordinar un servicio y otorgar al Gobierno la información
adecuada para la toma de decisiones. En la actualidad existen 7 Departamentos
Administrativos.
7.
Departamento Administrativo de la Función Pública (Ley 909 de 2004.
Decretos: 264 de 2007 y 188 de 2004.)
Departamento Administrativo de Seguridad (Decreto 643 de 2004)
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Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Colombia)
(Decreto 262 de 2004)
Departamento Nacional de Planeación (Colombia) (Decreto 3517 de 2009)
Departamento para la Prosperidad Social (La ley de 1448 de 2011)
8. Las principales funciones de los departamentos administrativos son:
Departamento Nacional de Planeación :(DNP) Preparar, hacer seguimiento de
la ejecución y evaluar los resultados de las políticas, planes generales,
programas y proyectos del sector público, así como realizar en forma
permanente el seguimiento de la economía nacional e internacional y proponer
los planes y programas para el desarrollo económico, social y ambiental del país
y para el diseño de las políticas en materia de macro estructura del Estado.
Departamento Administrativo de Seguridad: Formular y adoptar las políticas,
planes generales, programas y proyectos del Sector Administrativo de
Seguridad. Producir la inteligencia que requiere el Estado, como instrumento de
Gobierno para la toma de decisiones y la formulación de políticas relacionadas
con la seguridad interior y exterior del Estado, de conformidad con lo
preceptuado en la ley y la Constitución.
Departamento Administrativo de la Función Pública: Formular las políticas
generales de Administración Pública, en especial en materias relacionadas con
empleo público, organización administrativa, control interno y racionalización de
trámites de la rama ejecutiva del poder público.
Departamento Administrativo Nacional de Estadística: es la entidad
responsable de la planeación, levantamiento, procesamiento, análisis y difusión
de las estadísticas oficiales de Colombia. El DANE ofrece más de 100
investigaciones en aspectos industriales, económicos, agropecuarios,
poblacionales y de calidad de vida encaminadas a soportar la toma de
decisiones en ese país.
Departamento para la Prosperidad Social: crear condiciones de prosperidad
en la población vulnerable, contribuir a la reconciliación de los colombianos y
promover la integración regional. Adicionalmente, busca ser ejemplo mundial de
una sociedad basada en la inclusión social y la reconciliación
9.
SUPERINTENDENCIA FUNCIÓN
Superintendencia de Notariado y Registro
Decretos: 412 de 2007, y 302 de 2004
Adscrita a: Ministerio del Interior y de
Justicia
Ejercer la orientación, inspección,
vigilancia y control de los servicios
públicos que prestan los notarios y los
registradores de instrumentos públicos;
atender la organización, administración y
sostenimiento de las oficinas de registro
de instrumentos públicos, y asesorar al
Gobierno Nacional en la construcción de
las políticas y el establecimiento de los
programas y planes referidos a los
servicios públicos notarial y registral.
Superintendencia Financiera Decreto
4327 de 2005 Adscrita a: Ministerio de
Hacienda y Crédito Público
Ejercer la inspección, vigilancia y control
sobre las personas que realicen
actividades financiera, bursátil,
aseguradora y cualquier otra relacionada
con el manejo, aprovechamiento o
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inversión de recursos captados del
público. Supervisar el sistema financiero
colombiano, con el fin de preservar su
estabilidad, seguridad y confianza, así
como promover, organizar y desarrollar
el mercado de valores colombiano y la
protección de los inversionistas,
ahorradores y asegurados.
Superintendencia de Economía Solidaria
Ley 454 de 1998. Decretos: 689 de 2005,
186 de 2004 Adscrita a: Ministerio de
Hacienda y Crédito Público
Supervisar la actividad financiera del
cooperativismo y los servicios de ahorro
y crédito de los fondos de empleados y
asociaciones mutualistas y, en general,
el aprovechamiento o inversión de los
recursos captados de los asociados por
parte de las organizaciones de la
economía solidaria. Supervisar las
organizaciones de la economía solidaria
que determine el Presidente de la
República, que no se encuentren
sometidas a la supervisión especializada
del Estado.
Superintendencia de Vigilancia y
Seguridad Privada Decreto 2355 de 2006
Adscrita a: Ministerio de Defensa
Ejercer el control, inspección y vigilancia
sobre la dominante. industria y los
servicios de vigilancia y seguridad
privada para mejorar los niveles de
seguridad y confianza pública, entre
otros aspectos.
Superintendencia del Subsidio Familiar
Ley 789 de 2002. Decreto 2150 de 1992
Adscrita a: Ministerio de la Protección
Social
Ejercer la inspección y vigilancia de las
entidades encargadas de recaudar los
aportes y pagar las asignaciones del
subsidio familiar. Controlar las entidades
vigiladas y velar porque cumplan con la
prestación de los servicios sociales a su
cargo. Dar especial atención a las
prioridades que le trace el Gobierno
Nacional en el área de seguridad social.
Adoptar políticas de inspección y
vigilancia orientadas a que las
instituciones vigiladas se modernicen e
incorporen desarrollos tecnológicos que
aseguren un progreso adecuado de las
mismas.
Superintendencia Nacional de Salud
Decretos: 2221 de 2008, 1018 de 2007
Adscrita a: Ministerio de la Protección
Social
Contribuir al desarrollo del Sistema
General de Seguridad Social en Salud
mediante el ejercicio de la inspección,
vigilancia y control para garantizar el
servicio público esencial de salud.
Superintendencia de Industria y Comercio
Decreto 4738 de 2008 Adscrita a:
Ministerio de Comercio, Industria y
Turismo
Vigilar y controlar la calidad de bienes y
servicios, así como controlar la
información que debe suministrarse al
público. Ejercer vigilancia y control
respecto de la administración de los
derechos de la propiedad intelectual, así
como preservar el derecho de la libre
competencia y evitar el abuso de
posición
Superintendencia de Sociedades
Decretos: 4350 de 2006, 1080 de 1996
Adscrita a: Ministerio de Comercio,
Industria y Turismo
Inspeccionar, vigilar y controlar las
sociedades mercantiles, así como las
facultades que le señalan la ley en
relación con otras personas jurídicas o
naturales
Superintendencia General de Puertos Ley
105 de 1993. Decretos: 2741 de 2001;
Ejercer inspección, vigilancia y control en
materia de puertos de conformidad con la
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JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
1402, 1016, y 101 de 2000 Adscrita a:
Ministerio de Transport
ley 01 de 1991 y en materia de tránsito,
transporte y su infraestructura de
conformidad con lo previsto en el Decreto
101 del 2000.
Superintendencia de Servicios Públicos
Domiciliarios Leyes: 689 de 2001 y 142 de
1994. Decretos: 2590 de 2007, 4251 y
3243 de 2004, 990 de 2002 Adscrita a:
DNP
Ejercer el control, inspección y vigilancia
de las entidades que prestan los
servicios públicos a los que se aplica la
ley 142 de 1994.
10. Los establecimientos públicos junto con las empresas industriales y
comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta conforman el grupo
de las llamadas entidades descentralizadas, las cuales son una expresión de la
descentralización especializada o por servicios, en la cual, como se expuso en
el capítulo 2, el poder central se entrega por mandato legal a una persona
jurídica pública creada para el efecto, con el objetivo que atienda exclusivamente
el servicio y se especialice en su prestación.
11. 5 Ejemplos de establecimientos públicos:
 INSTITUO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF)
 INSTITUTO COLOMBIANO PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACION
SUPERIOR (ICFES)
 SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
 ISNSTITUTO NACIONA DE VÍAS (INVIAS)
 INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL (INCODER)
12. Los establecimientos públicos son organismos encargados principalmente
de atender funciones administrativas y de prestar servicios públicos conforme a
las reglas de derecho público, que reúnen las siguientes características:
 Personería Jurídica: sujeto de derechos y obligaciones.
 Autonomía administrativa: facultad para manejarse a sí misma, en el
marco de la Constitución y la ley.
 Patrimonio independiente: constituido con bienes o fondos públicos
comunes o con el producto de impuestos, tasas o contribuciones de
destinación especial.
13. Los establecimientos públicos son organismos encargados principalmente de
atender funciones administrativas y de prestar servicios públicos conforme a las
reglas de derecho público.
Están conformados por una dirección, a cargo de un director quien es el
representante legal de la entidad, y una Junta o Consejo Directivo el cual es un
órgano colegiado y deliberante que se encuentra en cabeza del establecimiento; el
presidente de la Junta es el Ministro o Director de Departamento Administrativo al
cual está adscrito.
GERENTE, DIRECTOR O PRESIDENTE:
- Determina las normas de creación o los diferentes estatutos
- Su cargo es de libre nombramiento y remoción.
TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
- Da a conocer los actos o contratos.
- Dirigir, coordinar, vigilar y controlarla debida ejecución y cumplimiento de los
programas.
- Presentar informes periódicos al presidente de la republica, al ministro o
director del departamento.
CONSEJO DIRECTIVO:
- Formular de acuerdo a la ley y a las políticas del establecimiento, planes y
programas.
- Crear una política de mejoramiento.
- Tener conocimiento de las evaluaciones que se realizan cada 6 meses.
- Hacer propuestas de modificación al gobierno.
- Aprobar el proyecto del presupuesto anual con respecto a la entidad.
14. Las Unidades Administrativas Especiales (UAE) son organismos creados por la
ley, con la autonomía administrativa y financiera que ella les señale, que cumplen
funciones administrativas para desarrollar o ejecutar programas propios de un
Ministerio o Departamento Administrativo. Al igual que con las Superintendencias,
las UAE pueden tener, o carecer, de personería jurídica.
15. Ejemplos de unidades administrativas especiales son:
- La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– (adscrita al
Ministerio de Hacienda y Crédito Público)
- La Dirección Nacional de Estupefacientes (adscrita al Ministerio del Interior y
de Justicia)
- La Contaduría General de la Nación (adscrita al Ministerio de Hacienda y
Crédito Público), la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil
(adscrita al Ministerio de Transporte)
16. En la norma no se habla mucho de sus funciones ya que son dadas por el
departamento y ministerio al cual esta adscrito y su función es cumplir o ejecutar
programas propios de los departamentos aministrativos y los ministerios.
17. Los Consejos Superiores de la Administración, hacen parte de las
organizaciones de la Administración Central Pública y están encargados
principalmente, de definir las políticas públicas a cargo de la administración.
Es así como según el Artículo 38 de la Ley 489 de 1998 «por la cual se dictan
normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional,
se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las
atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución
Política y se dictan otras disposiciones», en su numeral C, se establece que los
Consejos Superiores de la Administración, hacen parte o integran a la Rama
Ejecutiva del Poder Público en el Orden Nacional.
Y éstos estarían encargados de «asesorar al ministro en la formulación,
coordinación y ejecución de la política o planes de acción.
Se tiene que existen tres tipos o clases de Consejos; consejos exclusivamente
consultivos del Gobierno, Consejos de primer nivel y Consejos de segundo nivel.
Consejos exclusivamente consultivos del Gobierno
TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO
JHON JAIRO DÍAZ CARPIO
Aquellos que son consultivos del Gobierno de forma exclusiva, son:
 Comisión Asesora de Relaciones Exteriores
 Consejo Nacional de Planeación
 Comisión de Ordenamiento Territorial
Consejos de primer nivel
Por otro lado, los Consejos Superiores de la Administración, cada uno con
funciones definidas y específicas, son:
 Consejo de Ministros (Artículo 3, Ley 63 de 1923).
 Consejo Nacional de Política Económica y Social (Artículo 2, Decreto Ley 627
de 1974).
 Consejo Superior de Comercio Exterior (Artículo 23, Decreto 1159 de 1999).
 Consejo Superior de Seguridad y Defensa Nacional (Artículo 5, Decreto 2134
de 1992).
 Consejo Nacional de Política y Seguridad Ciudadana (Artículo 14, Ley 62 de
1993).
 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Artículo 35, Ley 1286 de 2009,
que derogó a la Ley 585 de 1991).
 Consejo Nacional de Competitividad (Artículo 8, Decreto 2828 de 2006).
 Consejo Nacional de Planeación.
Consejos de Segundo nivel
Por último, el listado de aquellos que conforman el segundo nivel, es:
 CONFIS.
 Consejo Macroeconómico.
 Consejos Nacional de Educación Superior.
 Consejo Nacional de Estupefacientes.
 Consejo Nacional de Integración y Desarrollo de la Comunidad.
 Consejo Nacional de Política Indigenista.
 Consejo Nacional de Transferencia de Tecnología.
 Consejos de Secretarias de Agricultura.
 Comisión Nacional de Política y Participación Ciudadana.
 Consejo Nacional de Seguridad en Salud.
 Consejo Superior Aeronáutico.
 Comisión para la Coordinación y Seguimiento de Procesos Electorales.
 Consejo Consultivo de la Profesión de Abogado.

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Derecho Administrativo Colombiano

  • 1. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO Trabajode Massiel Jaimes 1. De conformidad con lo establecido en la ley 489 de 1998, establezca cual es la organización de la presidencia de la república, como organismo principal del poder ejecutivo. 2. De acuerdo a las funciones del presidente establecidas en el artículo 189 de la Constitución Políticaprecise cuales de ellas las ejerce como: jefe de Estado, cuales como Jefe de Gobierno y cuales como suprema autoridad administrativa. 3. De conformidad con lo establecido en la constitución política, la Ley 489 de 1998,la Ley1444 de 2011 y demás normas, haga una relación de los ministerios existentes y su orden de precedencia. 4. Enumere las principales funciones de los ministerios y de los ministros. 5. Indique las diferencias entre las empresas de economía mixta y las empresas industriales y comerciales del estado. 6. De conformidad con lo establecidoen la ley 489 de 1998,cual es la importancia de los Departamentos administrativos. 7. De conformidad con lo establecido en la ley 489 de 1998, y los Decretos 1649 y 2594 de 2014 y 470 y 1081 de 2015 y demás normas enumere y relacione los Departamentos administrativos. 8. En qué consisten las funciones las funciones de los Departamentos Administrativos y la de sus directores. 9. De conformidad conlo establecido enla ley 489 de 1998,explique que son las Superintendencias, haga una enumeración de las mismas e indique sus principales funciones. 10. De conformidadconla ley 489 de 1998,cual es la noción de los establecimientos públicos. 11. Mencione 5 ejemplos de establecimientos públicos. 12. Establezca cuales son las características de los establecimientos públicos. 13. Indique las principales funcionales de los establecimientos públicos,de sus consejos directivos y de sus gerentes directores, gerentes o presidente. 14. De conformidadconla ley 489 de 1998,defina las Unidades administrativas especiales. 15. Menciones ejemplos de Unidades administrativas especiales. 16. indique si la ley estableció alguna organización o funciones de las Unidades administrativas especiales. 17. que son y cuales los consejos superiores de la administración pública. INSUMO NORMATIVO.
  • 2. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO Para realizar el presente taller tenga en cuenta las siguientes normas: Constitución política, ley 489 de 1998, ley 1444 de 2011, Decreto número 1081 DE 2015, los Decretos 1649 y 2594 de 2014 y 470 de 2015 entre otras. Instrucciones. Este taller hace parte de las actividades que vamos a desarrollar para continuar con las clases por esta vía.  Debe hacerse de manera personal y con el compromiso debido.  Pueden utilizar cualquier bibliografía, yo les envié alguna y ustedes puedeningresara la bibliotecavirtual y base de datos que encuentran en su vortal.  Posteriormente les diré por que medio enviarlo, la fecha máxima de envío es el 30 de marzo de 2020.  Por favor les recuerdo a todos abrir su correo institucional. Les recuero mi contacto y redes sociales:Instagram, Facebooky twitter. @jhondiazcarpio CEL. 3166661017 Solución 1. La organización de la presidenciacomo principal rama del poder ejecutivo esta de manera general esta organizada asi.: L
  • 3. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO La Administración Pública se integra por los organismos que conforman la Rama Ejecutiva del Poder Público y por todos los demás organismos y entidades de naturaleza pública que de manera permanente tienen a su cargo el ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios públicos del Estado colombiano. La Presidencia de la República, los ministerios y los departamentos administrativos, en lo nacional, son los organismos principales de la Administración. Así mismo, los ministerios, los departamentos administrativos y las superintendencias constituyen el Sector Central de la Administración Pública Nacional. Los organismos y entidades adscritos o vinculados a un Ministerio o un Departamento Administrativo que gocen de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio o capital independiente conforman el Sector Descentralizado de la Administración Pública Nacional y cumplen sus funciones en los términos que señale la ley. Las gobernaciones, las alcaldías, las secretarías de despacho y los departamentos administrativos son los organismos principales de la Administración en el correspondiente nivel territorial. Los demás les están adscritos o vinculados, cumplen sus funciones bajo su orientación, coordinación y control en los términos que señalen la ley, las ordenanzas o los acuerdos, según el caso. Las asambleas departamentales y los concejos distritales y municipales son corporaciones administrativas de elección popular que cumplen las funciones que les señalan la Constitución Política y la ley. 2. Funciones presidenciales El Presidente de la república posee, a la luz del artículo 189 de la Carta Política, tres títulos: Jefe de estado, Jefe del gobierno y Suprema Autoridad Administrativa. De allí se derivan una multiplicidad de funciones, agrupadas de acuerdo con el papel que asuma. Haciendo un recorrido por el artículo 189 podemos clasificar las funciones presidenciales de la siguiente manera: Funciones como jefe de Estado  Dirigir las relaciones internacionales, nombrar a los agentes diplomáticos y consulares, recibir a los agentes respectivos y celebrar con otros estados y entidades de derecho internacional tratados o convenios que se someterán a la aprobación del congreso.  Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como comandante supremo de las fuerzas armadas.  Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuese turbado.  Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente.  Proveer la seguridad exterior de la República, defendiendo la independencia y la honra de la nación y la inviolabilidad del territorio; declarar la guerra con permiso del Senado o hacerlo sin tal autorización para repeler una agresión extranjera: y convenir y ratificar los tratados de paz, de todo lo cual dará cuenta inmediata al Congreso.  Permitir, en receso del Senado, previo dictamen del Consejo de Estado, el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la república.  Expedir cartas de naturalización, de acuerdo a la ley. Funciones como jefe de gobierno
  • 4. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO  Nombrar y separar libremente a los ministros y a los directores de los departamentos administrativos o Instalar y clausurar las sesiones del Congreso en cada legislatura.  Sancionar las leyes.  Promulgar las leyes, obedecerlas y velar por su estricto cumplimiento.  Ejercer la potestad reglamentaria, mediante la expedición de los decretos, resoluciones y órdenes necesarias para la cumplida ejecución de las leyes. Funciones como suprema autoridad administrativa La cabeza fundamental de la administración es el Presidente de la república ya que a él le corresponde el manejo de la burocracia al igual que todo lo relacionado con la prestación de los servicios públicos y la ejecución presupuestal; para ello el artículo 189 lo faculta, entre otros asuntos, para:  Presentar un informe al Congreso, al iniciar cada legislatura, sobre los actos de la administración, sobre la ejecución de los planes y programas de desarrollo económico y social, y sobre los proyectos que el gobierno se proponga adelantar durante la vigencia de la nueva legislatura.  Crear, fusionar o suprimir, conforme a la ley, los empleos que mande la administración central, señalando sus funciones especiales y fijar sus dotaciones y emolumentos.  Suprimir o fusionar entidades u organismos administrativos nacionales, de conformidad con la ley.  Distribuir los negocios según su naturaleza, entre ministerios, departamentos administrativos y establecimientos públicos.  Velar por la estricta recaudación y administración de las rentas y caudales públicos y decretar su inversión de acuerdo con las leyes.  Conceder patente de privilegio temporal a los autores de invenciones o perfeccionamientos útiles, de acuerdo con la ley.  Ejercer la inspección y vigilancia de la enseñanza conforme a la ley. 3. Ministerio Inicio de funciones Orden de Precedencia Ministerio del Interior mininterior.gov.co Alicia Arango Administradora de empresas Centro Democrático 15 de febrero de 2020 Ministerio de Relaciones Exteriores cancilleria.gov.co Claudia Blum Psicóloga Cambio Radical 12 de noviembre de 2019 Ministerio de Hacienda y Crédito Público minhacienda.gov.co Alberto Carrasquilla Economista Independiente 7 de agosto de 2018 Ministerio de Justicia y del Derecho minjusticia.gov.co Margarita Cabello Blanco Abogada Independiente 11 de junio de 2019
  • 5. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO Ministerio de Defensa Nacional mindefensa.gov.co Carlos Holmes Trujillo Abogado Centro Democrático 12 de noviembre de 2019 Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural minagricultura.gov.co Rodolfo Enrique Zea Economista Independiente 7 de febrero de 2020 Ministerio de Salud y Protección Social minsalud.gov.co Fernando Ruiz Gómez Médico Cambio Radical 7 de febrero de 2020 Ministerio del Trabajo mintrabajo.gov.co Ángel Custodio Cabrera Contador público Partido de la U 7 de febrero de 2020 Ministerio de Minas y Energía minenergia.gov.co María Fernanda Suárez Administradora de empresas Independiente 7 de agosto de 2018 Ministerio de Comercio, Industria y Turismo mincit.gov.co José Manuel Restrepo Abondano Economista Independiente 7 de agosto de 2018 Ministerio de Educación Nacional mineducacion.gov.co María Victoria Angulo Economista Independiente 7 de agosto de 2018 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible minambiente.gov.co Ricardo Lozano Picón Geólogo Independiente 7 de agosto de 2018 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio minvivienda.gov.co Jonathan Malagón Administrador de empresas Economista Independiente 7 de agosto de 2018 Ministerio de las TIC mintic.gov.co Sylvia Constaín Economista Independiente 7 de agosto de 2018 Ministerio de Transporte mintransporte.gov.co Ángela María Orozco Abogada Partido Conservador 7 de agosto de 2018 Ministerio de Cultura mincultura.gov.co Carmen Vásquez Abogada Independiente 7 de agosto de 2018 Ministerio del Deporte mindeporte.gov.co Ernesto Lucena Abogado Independiente 16 de septiembre de 2019
  • 6. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación minciencia.gov.co Mabel Gisela Torres Bióloga Química Independiente 5 de diciembre de 2019 4.  Ministerio Del Interior (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo del Interior y ser el interlocutor válido entre las diferentes instituciones del Estado y la Sociedad Civil y sus organizaciones, garantizando su legitimidad y gobernabilidad.  Ministerio De Relaciones Exteriores (Decretos: 3355 de 2009, 110 de 2004) Formular, orientar, coordinar y ejecutar la política exterior de Colombia, bajo la dirección del Jefe de Estado y administrar el servicio exterior de la República.  Ministerio De Hacienda y Crédito Público (Ley 1151 de 2007. Decretos: 4646 de 2006 y 246 de 2004 ) Definir, formular y ejecutar la política económica del país, y de los planes generales, programas y proyectos relacionados con ésta.  Ministerio De Justicia y del Derecho (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Justicia del Derecho.  Ministerio De Defensa Nacional (Decretos: 4782, 4483 y 4481 de 2008; 3123 de 2007; 4222 de 2006; 049 de 2003; 1561 de 2002; y 1512 de 2000) Formular y adoptar las políticas, planes generales, programas y proyectos del Sector Administrativo Defensa Nacional, para la defensa de la soberanía, la independencia y la integridad territorial, así como para el mantenimiento del orden constitucional y la garantía de la convivencia democrática.  Ministerio De Agricultura y Desarrollo Rural (Decretos: 4909 de 2007; 4486 de 2006; y 2478 de 1999) Formular, coordinar y adoptar políticas, planes, programas y proyectos del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.  Ministerio De Salud y Protección Social (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Salud y Protección Social.  Ministerio Del Trabajo (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo del Trabajo.  Ministerio De Minas y Energía (Decretos: 1760 de 2003, 070 de 2001, y 027 de 1995) Planificar, regular y formular las políticas dirigidas a la optimización de la exploración, explotación y uso racional y sostenible de los recursos mineroenergéticos, contribuyendo así con el desarrollo económico del país y al mejoramiento de la calidad de vida de la población colombiana.  Ministerio De Comercio, Industria y Turismo (Ley 1151 de 2007. Decretos: 2700 de 2008, 2785 de 2006, 4269 de 2005, y 210 de 2003) Formular, adoptar, dirigir y coordinar las políticas generales en materia de desarrollo económico y social del país, relacionadas con la competitividad, integración y desarrollo de los sectores productivos de la industria, la micro, pequeña y mediana empresa, el comercio exterior de bienes, servicios y tecnología.
  • 7. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO  Ministerio De Educación (Decretos: 1306 de 2009, 1953 de 2004, 2230 de 2003) Formular la política nacional de educación, regular y establecer los criterios y parámetros técnicos cualitativos que contribuyan al mejoramiento del acceso, calidad y equidad de la educación, en todos sus niveles y modalidades.  Ministerio De Ambiente y Desarrollo Sostenible (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible  Ministerio De Vivienda, Ciudad y Territorio (Ley 1444 de 2011) Formular, dirigir y evaluar las políticas públicas del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio  Ministerio De Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Ley 1341 de 2009, Decretos: 4310 de 2005 y 1620 de 2003) Ejercer las funciones de planeación, regulación y control de los servicios del sector de las telecomunicaciones, de los servicios informáticos y de telemática, de los servicios especializados de telecomunicaciones o servicios de valor agregado, de los servicios postales.  Ministerio De Transporte (Decretos: 2053, 1800, 1791 y 1790 de 2003; y 2171 de 1992) Formular y adoptar las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo y la regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo.  Ministerio De Cultura (Leyes: 397 de 1997 y 188 de 1995. Decretos: 4827 de 2008, y 1746 de 2003) Ser el organismo rector de la política cultural colombiana, que, a partir de la afirmación del multiculturalismo y la descentralización, genera espacios de reflexión capaces de desencadenar procesos de formación, creación e investigación. Así mismo, velar por la preservación, la promoción y la difusión de nuestro patrimonio cultural, contribuyendo en la construcción de una cultura de paz. 5. ENTIDADES EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO SOCIEDADES DE ECONOMÍAMIXTA DIFERENCIAS Son organismos creados por la ley, o autorizados por ésta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercialconforme a las reglas del derecho privado, salvo las excepciones que consagre la ley. Capital independiente, constituido totalmente con bienes o fondos públicos comunes, los productos de ellos, o el rendimiento de impuestos, tasas o Para su constitución es necesario la realización de dos actos jurídicos: la ley que las autoriza y el contrato de sociedad. Mediante la ley y el Contrato de Sociedad, los socios se comprometen a hacer los aportes correspondientes en dinero, trabajo u otros bienes, con el propósito de realizar la repartición de utilidades. Los aportes que integran la sociedad pueden ser dinero en efectivo, aportes laborales o inmateriales. En relación con los aportes estatales, según el artículo 463 del Código de
  • 8. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO contribuciones de destinación especial. En esta no tiene una junta de accionista pertenece al gobierno y sus directivos pasan como empleados públicos y los demás trabajadores tienen la calidad de trabajadores oficionales. Ejemplo: la Imprenta Nacional de Colombia, vinculada al Ministerio del Interior y de Justicia; el Servicio Aéreo a Territorios Nacionales (Satena), vinculada al Ministerio de Defensa; la Empresa Colombiana de Gas (Ecogas), vinculada al Ministerio de Minas y Energía; el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), vinculado al Departamento Nacional de Planeación. Comercio, pueden consistir en ventajas financieras o fiscales, garantías de las obligaciones de la sociedad o suscripción de los bonos que ella emita, auxilios especiales, concesiones, etc. La organización de las sociedades de economía mixta corresponde a la de las sociedades comerciales, prevista en el Código de Comercio e implica la existencia de una asamblea de accionistas o junta de socios, de una junta o consejo directivo y de representantes legales que tienen la denominación de gerentes o presidentes. Ejemplos: Como ejemplos de SEM se encuentran: la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A. (CIAC), vinculada al Ministerio de Defensa; la Empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol), vinculada al Ministerio de Minas y Energía; la Fiduciaria de Comercio Exterior S.A. (Fiducoldex) vinculada al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. 6. La importancia de los departamentos administrativos es que Son organismos del sector central que forman parte del Gobierno, en la misma jerarquía de los Ministerios, pero sin iniciativa legislativa. Son entidades de carácter técnico encargadas de dirigir y coordinar un servicio y otorgar al Gobierno la información adecuada para la toma de decisiones. En la actualidad existen 7 Departamentos Administrativos. 7. Departamento Administrativo de la Función Pública (Ley 909 de 2004. Decretos: 264 de 2007 y 188 de 2004.) Departamento Administrativo de Seguridad (Decreto 643 de 2004)
  • 9. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Colombia) (Decreto 262 de 2004) Departamento Nacional de Planeación (Colombia) (Decreto 3517 de 2009) Departamento para la Prosperidad Social (La ley de 1448 de 2011) 8. Las principales funciones de los departamentos administrativos son: Departamento Nacional de Planeación :(DNP) Preparar, hacer seguimiento de la ejecución y evaluar los resultados de las políticas, planes generales, programas y proyectos del sector público, así como realizar en forma permanente el seguimiento de la economía nacional e internacional y proponer los planes y programas para el desarrollo económico, social y ambiental del país y para el diseño de las políticas en materia de macro estructura del Estado. Departamento Administrativo de Seguridad: Formular y adoptar las políticas, planes generales, programas y proyectos del Sector Administrativo de Seguridad. Producir la inteligencia que requiere el Estado, como instrumento de Gobierno para la toma de decisiones y la formulación de políticas relacionadas con la seguridad interior y exterior del Estado, de conformidad con lo preceptuado en la ley y la Constitución. Departamento Administrativo de la Función Pública: Formular las políticas generales de Administración Pública, en especial en materias relacionadas con empleo público, organización administrativa, control interno y racionalización de trámites de la rama ejecutiva del poder público. Departamento Administrativo Nacional de Estadística: es la entidad responsable de la planeación, levantamiento, procesamiento, análisis y difusión de las estadísticas oficiales de Colombia. El DANE ofrece más de 100 investigaciones en aspectos industriales, económicos, agropecuarios, poblacionales y de calidad de vida encaminadas a soportar la toma de decisiones en ese país. Departamento para la Prosperidad Social: crear condiciones de prosperidad en la población vulnerable, contribuir a la reconciliación de los colombianos y promover la integración regional. Adicionalmente, busca ser ejemplo mundial de una sociedad basada en la inclusión social y la reconciliación 9. SUPERINTENDENCIA FUNCIÓN Superintendencia de Notariado y Registro Decretos: 412 de 2007, y 302 de 2004 Adscrita a: Ministerio del Interior y de Justicia Ejercer la orientación, inspección, vigilancia y control de los servicios públicos que prestan los notarios y los registradores de instrumentos públicos; atender la organización, administración y sostenimiento de las oficinas de registro de instrumentos públicos, y asesorar al Gobierno Nacional en la construcción de las políticas y el establecimiento de los programas y planes referidos a los servicios públicos notarial y registral. Superintendencia Financiera Decreto 4327 de 2005 Adscrita a: Ministerio de Hacienda y Crédito Público Ejercer la inspección, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o
  • 10. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO inversión de recursos captados del público. Supervisar el sistema financiero colombiano, con el fin de preservar su estabilidad, seguridad y confianza, así como promover, organizar y desarrollar el mercado de valores colombiano y la protección de los inversionistas, ahorradores y asegurados. Superintendencia de Economía Solidaria Ley 454 de 1998. Decretos: 689 de 2005, 186 de 2004 Adscrita a: Ministerio de Hacienda y Crédito Público Supervisar la actividad financiera del cooperativismo y los servicios de ahorro y crédito de los fondos de empleados y asociaciones mutualistas y, en general, el aprovechamiento o inversión de los recursos captados de los asociados por parte de las organizaciones de la economía solidaria. Supervisar las organizaciones de la economía solidaria que determine el Presidente de la República, que no se encuentren sometidas a la supervisión especializada del Estado. Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Decreto 2355 de 2006 Adscrita a: Ministerio de Defensa Ejercer el control, inspección y vigilancia sobre la dominante. industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada para mejorar los niveles de seguridad y confianza pública, entre otros aspectos. Superintendencia del Subsidio Familiar Ley 789 de 2002. Decreto 2150 de 1992 Adscrita a: Ministerio de la Protección Social Ejercer la inspección y vigilancia de las entidades encargadas de recaudar los aportes y pagar las asignaciones del subsidio familiar. Controlar las entidades vigiladas y velar porque cumplan con la prestación de los servicios sociales a su cargo. Dar especial atención a las prioridades que le trace el Gobierno Nacional en el área de seguridad social. Adoptar políticas de inspección y vigilancia orientadas a que las instituciones vigiladas se modernicen e incorporen desarrollos tecnológicos que aseguren un progreso adecuado de las mismas. Superintendencia Nacional de Salud Decretos: 2221 de 2008, 1018 de 2007 Adscrita a: Ministerio de la Protección Social Contribuir al desarrollo del Sistema General de Seguridad Social en Salud mediante el ejercicio de la inspección, vigilancia y control para garantizar el servicio público esencial de salud. Superintendencia de Industria y Comercio Decreto 4738 de 2008 Adscrita a: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Vigilar y controlar la calidad de bienes y servicios, así como controlar la información que debe suministrarse al público. Ejercer vigilancia y control respecto de la administración de los derechos de la propiedad intelectual, así como preservar el derecho de la libre competencia y evitar el abuso de posición Superintendencia de Sociedades Decretos: 4350 de 2006, 1080 de 1996 Adscrita a: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Inspeccionar, vigilar y controlar las sociedades mercantiles, así como las facultades que le señalan la ley en relación con otras personas jurídicas o naturales Superintendencia General de Puertos Ley 105 de 1993. Decretos: 2741 de 2001; Ejercer inspección, vigilancia y control en materia de puertos de conformidad con la
  • 11. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO 1402, 1016, y 101 de 2000 Adscrita a: Ministerio de Transport ley 01 de 1991 y en materia de tránsito, transporte y su infraestructura de conformidad con lo previsto en el Decreto 101 del 2000. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Leyes: 689 de 2001 y 142 de 1994. Decretos: 2590 de 2007, 4251 y 3243 de 2004, 990 de 2002 Adscrita a: DNP Ejercer el control, inspección y vigilancia de las entidades que prestan los servicios públicos a los que se aplica la ley 142 de 1994. 10. Los establecimientos públicos junto con las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta conforman el grupo de las llamadas entidades descentralizadas, las cuales son una expresión de la descentralización especializada o por servicios, en la cual, como se expuso en el capítulo 2, el poder central se entrega por mandato legal a una persona jurídica pública creada para el efecto, con el objetivo que atienda exclusivamente el servicio y se especialice en su prestación. 11. 5 Ejemplos de establecimientos públicos:  INSTITUO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF)  INSTITUTO COLOMBIANO PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACION SUPERIOR (ICFES)  SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA  ISNSTITUTO NACIONA DE VÍAS (INVIAS)  INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL (INCODER) 12. Los establecimientos públicos son organismos encargados principalmente de atender funciones administrativas y de prestar servicios públicos conforme a las reglas de derecho público, que reúnen las siguientes características:  Personería Jurídica: sujeto de derechos y obligaciones.  Autonomía administrativa: facultad para manejarse a sí misma, en el marco de la Constitución y la ley.  Patrimonio independiente: constituido con bienes o fondos públicos comunes o con el producto de impuestos, tasas o contribuciones de destinación especial. 13. Los establecimientos públicos son organismos encargados principalmente de atender funciones administrativas y de prestar servicios públicos conforme a las reglas de derecho público. Están conformados por una dirección, a cargo de un director quien es el representante legal de la entidad, y una Junta o Consejo Directivo el cual es un órgano colegiado y deliberante que se encuentra en cabeza del establecimiento; el presidente de la Junta es el Ministro o Director de Departamento Administrativo al cual está adscrito. GERENTE, DIRECTOR O PRESIDENTE: - Determina las normas de creación o los diferentes estatutos - Su cargo es de libre nombramiento y remoción.
  • 12. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO - Da a conocer los actos o contratos. - Dirigir, coordinar, vigilar y controlarla debida ejecución y cumplimiento de los programas. - Presentar informes periódicos al presidente de la republica, al ministro o director del departamento. CONSEJO DIRECTIVO: - Formular de acuerdo a la ley y a las políticas del establecimiento, planes y programas. - Crear una política de mejoramiento. - Tener conocimiento de las evaluaciones que se realizan cada 6 meses. - Hacer propuestas de modificación al gobierno. - Aprobar el proyecto del presupuesto anual con respecto a la entidad. 14. Las Unidades Administrativas Especiales (UAE) son organismos creados por la ley, con la autonomía administrativa y financiera que ella les señale, que cumplen funciones administrativas para desarrollar o ejecutar programas propios de un Ministerio o Departamento Administrativo. Al igual que con las Superintendencias, las UAE pueden tener, o carecer, de personería jurídica. 15. Ejemplos de unidades administrativas especiales son: - La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– (adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público) - La Dirección Nacional de Estupefacientes (adscrita al Ministerio del Interior y de Justicia) - La Contaduría General de la Nación (adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público), la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (adscrita al Ministerio de Transporte) 16. En la norma no se habla mucho de sus funciones ya que son dadas por el departamento y ministerio al cual esta adscrito y su función es cumplir o ejecutar programas propios de los departamentos aministrativos y los ministerios. 17. Los Consejos Superiores de la Administración, hacen parte de las organizaciones de la Administración Central Pública y están encargados principalmente, de definir las políticas públicas a cargo de la administración. Es así como según el Artículo 38 de la Ley 489 de 1998 «por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones», en su numeral C, se establece que los Consejos Superiores de la Administración, hacen parte o integran a la Rama Ejecutiva del Poder Público en el Orden Nacional. Y éstos estarían encargados de «asesorar al ministro en la formulación, coordinación y ejecución de la política o planes de acción. Se tiene que existen tres tipos o clases de Consejos; consejos exclusivamente consultivos del Gobierno, Consejos de primer nivel y Consejos de segundo nivel. Consejos exclusivamente consultivos del Gobierno
  • 13. TALLER DERECHO ADMINISTARTIVO COLOMBIANO JHON JAIRO DÍAZ CARPIO Aquellos que son consultivos del Gobierno de forma exclusiva, son:  Comisión Asesora de Relaciones Exteriores  Consejo Nacional de Planeación  Comisión de Ordenamiento Territorial Consejos de primer nivel Por otro lado, los Consejos Superiores de la Administración, cada uno con funciones definidas y específicas, son:  Consejo de Ministros (Artículo 3, Ley 63 de 1923).  Consejo Nacional de Política Económica y Social (Artículo 2, Decreto Ley 627 de 1974).  Consejo Superior de Comercio Exterior (Artículo 23, Decreto 1159 de 1999).  Consejo Superior de Seguridad y Defensa Nacional (Artículo 5, Decreto 2134 de 1992).  Consejo Nacional de Política y Seguridad Ciudadana (Artículo 14, Ley 62 de 1993).  Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Artículo 35, Ley 1286 de 2009, que derogó a la Ley 585 de 1991).  Consejo Nacional de Competitividad (Artículo 8, Decreto 2828 de 2006).  Consejo Nacional de Planeación. Consejos de Segundo nivel Por último, el listado de aquellos que conforman el segundo nivel, es:  CONFIS.  Consejo Macroeconómico.  Consejos Nacional de Educación Superior.  Consejo Nacional de Estupefacientes.  Consejo Nacional de Integración y Desarrollo de la Comunidad.  Consejo Nacional de Política Indigenista.  Consejo Nacional de Transferencia de Tecnología.  Consejos de Secretarias de Agricultura.  Comisión Nacional de Política y Participación Ciudadana.  Consejo Nacional de Seguridad en Salud.  Consejo Superior Aeronáutico.  Comisión para la Coordinación y Seguimiento de Procesos Electorales.  Consejo Consultivo de la Profesión de Abogado.