Las modalidades y principios del comercio electronico.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
“UNIVERSIDAD FERMÍN TORO”
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
NÚCLEO ARAURE - PORTUGUESA
MODALIDADES Y PRINCIPIOS DEL
COMERCIO ELECTRONICO.
INTEGRANTE:
ASTRID RIVERO.
C.I: V-19.284.980
PROFESORA: YARITZA CAMEJO.
FEBRERO, 2.016.
2. LAS MODALIDADES DEL COMERCIO ELECTRÓNICO Y
LOS PRINCIPIOS RECTORES DEL COMERCIO
ELECTRÓNICO.
El mundo de la tecnología es muy amplio ya que es un medio de
comunicación mundial y miles de personas (usuarios) se comunican en al
mismo tiempo. En las distintas modalidades del comercio electrónico nos
podemos conseguir:
1.) constructores electrónicos son compañías que se dedican a
desarrollar soluciones en internet por ejemplo diseños, consultorías, entre
otros.
2.) Gobierno electrónico es uso de información y tecnología sobre
usuarios para dar una buena satisfacción a los usuarios por ejemplo Saime,
IVSS, Inces, Notarias, Registros, entre otros que se enlazan en un mismo
momento y pueden obtener toda tu información personal.
3.) Educación virtual es una herramienta para impartir conocimientos
accediendo por medio de un computadora por ejemplo foros, charlas, chat,
grupos sociales, entre otros. Clasificándolas en asincrónicas y sincrónicas, la
primera es por herramientas propia del internet como foros y correos
electrónicos, mientras la segunda es un herramienta de comunicación entre
participantes (Foros y video conferencias).
4.) Proveedores de acceso a internet: son aquellas empresas que
ofrecen medios para conectar dispositivos, por ejemplo programas a
computadoras, cables USB, cables de conexión o corriente, entre otros.
5.) Portales horizontales: son sitios de internet que abarcan varios
portales como páginas de deporte, cocina, noticias, viajes, entre otros.
3. 6.) Portales verticales: son sitios que hacen referencia a algo
específico. Por ejemplo se puede utilizar un portal horizontal y tener varias
ventanas abiertas con un mismo tema en un mismo momento.
En una red también podemos encontrar múltiples plataformas para
realizar operaciones entre comerciantes y consumidores o viceversa,
consumidores y otros consumidores, comerciantes y comerciantes, productos
y servicios, entre otras que conforman suma importancia con las
modalidades del comercio electrónico y que por si mima no se puede dar.
El comercio electrónico es beneficio para el ser humano y ya que no
se puede controlar por si solo existen unos principios rectores que dispone
del derecho facilitando el desarrollo y armonización. Son reglas de aplicación
para dar uso y correcto funcionamiento a esta disciplina, es decir, que al
igual que todas las ramas legales este medio de comercio se regirá por una
ley específica para regular al comerciante y los usuarios que accedan por
medios de computadoras u otros medios electrónicos para ofertar y vender.
Por esta razón, quien incurra en un delito y no le dé el debido
funcionamiento al comercio electrónico será penado por respectiva ley. Por
consiguiente se mencionaran los principios rectores del comercio electrónico
como:
1.) Principio de equivalencia funcional: los efectos que
produce un documento contenido en un soporte en papel, con la firma
autógrafa de su emisor, los producirá su homólogo en soporte
informático, firmado electrónicamente. La equivalencia funcional,
permite aplicar a los mensajes de datos un principio de no
discriminación respecto de las declaraciones de voluntad,
independientemente de la forma en que hayan sido expresadas, de
4. este modo, los efectos jurídicos deseados por el emisor se producirán
con independencia del soporte donde conste la declaración.
2.) Principio de neutralidad económica: es el uso de
cualquier tecnología que se utilice o pueda usarse en el futuro a
efectos de transmitir un mensaje de datos o insertar una firma
electrónica, por lo tanto implica no favorecer unas tecnologías sobre
otras con la finalidad de evitar posibles obsolescencias legales.
3.) Principio de inalteracion del derecho preexistente de
obligaciones y contratos: los elementos esenciales del negocio jurídico
no deben modificarse cuando el contrato se perfecciona por vía
electrónica, ya que se trata sólo de un nuevo medio de representación
de la voluntad negocial.
4.) Principio de buena fe: es el elemento más importante en
el ámbito del comercio electrónico debido al desconocimiento en el
uso y funcionamiento de esta nueva forma de comerciar, por ello la
persona que vende tiene la obligación de cumplir con al comprador
con el pedido en el tiempo determinado por el contrato virtual.
5.) Principio de libertad contractual: es la autonomía de la
voluntad de las partes, el principio de libertad contractual se encuentra
consagrado en el texto de la Exposición de Motivos de la LMDFE al
permitir a las partes convenir la forma de realizar sus transacciones y
decidir si acuerdan o no adoptar los procedimientos electrónicos para
celebrar sus contratos. La libertad contractual implica dos cosas, por
una parte, la elección del medio empleado en las negociaciones y por
la otra, la libertad para incluir las cláusulas o convenios que
consideren necesarios a efectos de regir sus relaciones.