SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 39
DICTAMEN FISCAL
                         EQUIPO
      GALLEGOS GUILLEN ARANZAZU
   MORENO MARTINEZ MOISES DAVID
    PEÑALOZA GARCIA ANA CRISTINA
          TORRES SANTIAGO NANCY
             VARELA VILLAR CINDY
Dictamen fiscal.
•ES FISCALIZACIÓN INDIRECTA
•NO ES UN DOCUMENTO QUE DE FE
PÚBLICA
    •DA CONFIANZA PÚBLICA

•ESTAR DICTAMINADO FISCALMENTE, DE
NINGUNA     MANERA    LIMITA   LAS
FACULTADES DE LA AUTORIDAD

FINALIDAD: INFORMAR A LA AUTORIDAD
SOBRE   EL   CUMPLIMIENTO   DE LAS
OBLIGACIONES         FISCALES  DEL
CONTRIBUYENTE

EMANA DE UN TRABAJO DE AUDITORÍA
REALIZADO CONFORME A NORMAS DE
AUDITORÍA, O NORMAS PARA ATESTIGUAR
1962
           SE OTORGAN              1967
         PRERROGATIVAS          SE DEROGA                1980
              A LOS          LAOBLIGATORIEDAD   PUBLICAN REGLAMENTO
          DICTÁMENENES                          ART. 85 CFF Y SE EMITEN
                                                     REGLAS PARA
                                                     ELABORAR D.F.

         1959
SE CREA LA AGAFF Y NACE
  EL DICTAMEN FISCAL
     OBLIGATORIO                                         1990
                          DICTAMEN FISCAL             REGRESA LA
                                                    OBLIGATORIEDAD
                            ANTECEDENTES

      2008
CAMBIO SUSTANCIAL                                        1992
  EN CONTENIDO                                      SE PRESENTA EN
                                                  MEDIOS MAGNÉTICOS



            2010
        OBLIGATORIO,             2006             INTERNET
          OPTATIVO          CERTIFICACIÓN           2000
                               DEL C.P.
Artículo       42.-       Las          Revisar   los  dictámenes                   Las personas físicas con




Art. 42




                                                                                 Art. 32-A
                                           IV.
          autoridades fiscales a fin de          formulados por contadores                   actividades empresariales y
          comprobar        que       los         públicos                                    las personas morales que se
          contribuyentes,            los                                                     encuentran en alguno de los
          responsables solidarios o los                                                      supuestos de las siguientes
          terceros       con       ellos                                                     fracciones, están obligadas
          relacionados                                                                       a    dictaminar,    en     los
                                                 como la declaratoria por                    términos del Artículo 52 del
                                                 solicitudes de devolución de                Código      Fiscal   de     la
                                                 saldos a favor de impuesto                  Federación,     sus   estados
                                                 al     valor    agregado    y               financieros    por  contador
          como para comprobar la                 cualquier otro dictamen que                 público autorizado.
          comisión de delitos fiscales           tenga      repercusión   para
          y      para      proporcionar          efectos fiscales formulado
          información       a     otras          por contador público y su
          autoridades fiscales, estarán          relación con el cumplimiento
          facultadas para:                       de disposiciones fiscales.
I.   Las que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a
     $34,803,950.00, que el valor de su activo determinado en los términos del artículo 9o-A de la Ley del
     Impuesto sobre la Renta sea superior a $69,607,920.00 o que por lo menos trescientos de sus
     trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.

     Para efectos de determinar si se está en lo dispuesto por esta fracción se considera como una sola
     persona moral        el conjunto de aquéllas que reúna alguna de las características que se señalan a
                                                                                             cumplir con la
     obligación establecida por este Artículo:




     $ 34,803,950.00

     $ 69,607,920.00
a) Que sean poseídas por una misma persona física o moral en más del 50% de las acciones o partes sociales
con derecho a voto de las mismas.

b) Cuando una misma persona física o moral ejerza control efectivo de ellas, aun cuando no determinen
resultado fiscal consolidado. Se entiende que existe control efectivo, cuando se dé alguno de los siguientes
supuestos:




                                          +                                   B8




                                                                              B8
1. Cuando las actividades mercantiles de la sociedad de que se trate se realizan
preponderantemente con la sociedad controladora o las controladas.

2. Cuando la controladora o las controladas tengan junto con otras personas físicas o morales
vinculadas con ellas, una participación superior al 50% en las acciones con derecho a voto de la
sociedad de que se trate. En el caso de residentes en el extranjero, sólo se considerarán cuando
residan en algún país con el que se tenga acuerdo amplio de intercambio de información.

3. Cuando la controladora o las controladas tengan una inversión en la sociedad de que se trate, de
tal magnitud que de hecho les permita ejercer una influencia preponderante en las operaciones de la
empresa.

Para los efectos de este inciso, se consideran sociedades controladoras o controladas las que en los
términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta se consideren como tales.




                           +
                                                            C7
II. Las que estén autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. En
este caso, el dictamen se realizará en forma simplificada de acuerdo con las reglas generales que al efecto expida la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Así como las que lleven al cabo programas de redondeo en ventas al público
en general con la finalidad de utilizar u otorgar fondos, para sí o con terceros.

III.- Las que se fusionen, por el ejercicio en que ocurra dicho acto. La persona moral que subsista o que surja con motivo
de la fusión, se deberá dictaminar además por el ejercicio siguiente. La escindente y las escindidas, por el ejercicio fiscal
en que ocurra la escisión y por el siguiente. Lo anterior no será aplicable a la escindente cuando ésta desaparezca con
motivo de la escisión, salvo por el ejercicio en que ocurrió la escisión.

En los casos de liquidación, tendrán la obligación de hacer dictaminar sus estados financieros del periodo de liquidación
los contribuyentes que en el ejercicio regular inmediato anterior al periodo de liquidación hubieran estado obligados a
hacer dictaminar sus estados financieros.

IV.- Las entidades de la administración pública federal a que se refiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así
como las que formen parte de la administración pública estatal o municipal.
Los residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, deberán presentar un dictamen
sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, únicamente por las actividades que desarrollen en dichos
establecimientos, cuando se ubiquen en alguno de los supuestos de la fracción I de este artículo. En este caso, el
dictamen se realizará de acuerdo con las reglas generales que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.

A partir del segundo ejercicio en que se encuentren en suspensión de actividades, los contribuyentes a que se refiere
la fracción I de este artículo, no estarán obligados a hacer dictaminar sus estados financieros, a excepción de los
casos en que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Impuesto al Activo y su Reglamento, dichos
contribuyentes continúen estando obligados al pago del impuesto a que se refiere esa Ley.

Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales, que no estén obligadas a hacer
dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, podrán optar por hacerlo, en los términos del
artículo 52 de este Código. Asimismo, los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, que
no estén obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, podrán optar por hacerlo de
conformidad con las reglas generales que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Los contribuyentes que opten por hacer dictaminar sus estados financieros a que se refiere el párrafo anterior, lo
manifestaran al presentar la declaración
                                         ejercerse dentro del plazo que las
                                                                                  efecto legal alguno al ejercicio
de la opción fuera del plazo mencionado.
Los contribuyentes a que se refiere este artículo deberán presentar dentro de los plazos autorizados el
dictamen formulado por contador público registrado, incluyendo la información y documentación, de
acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de este Código, a más tardar el 30 de junio del año
inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate.

El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, podrá señalar periodos
para la presentación del dictamen por grupos de contribuyentes, tomando en consideración el registro
federal de contribuyentes que corresponda a los contribuyentes que presenten dictamen.

En el caso de que en el dictamen se determinen diferencias de impuestos a pagar, éstas deberán
enterarse mediante declaración complementaria en las oficinas autorizadas dentro de los diez días
posteriores a la presentación del dictamen.

Los contribuyentes personas morales que dictaminen sus estados financieros por contador público
registrado, podrán optar por efectuar sus pagos mensuales definitivos y aquellos que tengan el carácter
de provisionales, considerando para ello el período comprendido del día 28 de un mes al día 27 del
inmediato siguiente, salvo tratándose de los meses de diciembre y enero, en cuyo caso, el pago
abarcará del 26 de noviembre al 31 de diciembre del mismo año, y del 1o. de enero al 27 del mismo
mes y año, respectivamente. Quienes ejerzan esta opción la deberán aplicar por años de calendario
completos y por un período no menor de 5 años.
SE PRESUMIRAN            SOBRE LOS ESTADOS
 CIERTOS, SALVO PRUEBA EN       FINANCIEROS DE LOS
  CONTRARIO, LOS HECHOS       CONTRIBUYENTES O LAS
     AFIRMADOS: EN LOS            OPERACIONES DE
  DICTAMENES FORMULADOS      ENAJENACION DE ACCIONES
 POR CONTADORES PUBLICOS            QUE REALICE




EN CUALQUIER OTRO           O BIEN EN LAS ACLARACIONES
DICTAMEN QUE TENGA          QUE DICHOS CONTADORES
REPERCUSION FISCAL          FORMULEN RESPECTO DE SUS
FORMULADO POR CONTADOR      DICTAMENES
PUBLICO O RELACION CON EL
CUMPLIMIENTO DE LAS
DISPOSICIONES FISCALES
I. QUE EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINE
ESTE REGISTRADO ANTE LAS AUTORIDADES
FISCALES PARA ESTOS EFECTOS:
A) LAS PERSONAS DE NACIONALIDAD
    MEXICANA QUE TENGAN TITULO DE
    CONTADOR PUBLICO
 REGISTRADO ANTE LA SECRETARIA DE
    EDUCACION PUBLICA Y QUE SEAN
    MIEMBROS DE UN COLEGIO PROFESIONAL
    (CUANDO MENOS EN LOS TRES AÑOS
    PREVIOS A LA PRESENTACION DE LA
    SOLICITUD DE REGISTRO
    CORRESPONDIENTE)
 CONTAR CON CERTIFICACION EXPEDIDA
    POR LOS COLEGIOS PROFESIONALES O
    ASOCIACIONES DE CONTADORES PUBLICOS
    DEBERAN CONTAR CON EXPERIENCIA
    MINIMA DE TRES AÑOS PARTICIPANDO EN
    LA ELABORACION DE DICTAMENES
    FISCALES.
EL REGISTRO
                                 OTORGADO A LOS
                                 CONTADORES PUBLICOS
                                 QUE FORMULEN
                                 DICTAMENES PARA
                                 EFECTOS FISCALES SERA
                                 DADO DE BAJA DEL
                                 PADRON DE
                                 CONTADORES PUBLICOS
                                 REGISTRADOS, EN
                                 AQUELLOS CASOS EN
                                 LOS QUE DICHOS
                                 CONTADORES NO
                                 FORMULEN DICTAMEN
                                 QUE TENGA
                                 REPERCUSION
                                 FISCAL, EN UN PERIODO
                                 DE CINCO AÑOS A
                                 PARTIR DEL DIA
                                 SIGUIENTE A AQUEL EN
                                 QUE SE PRESENTO EL
                                 ULTIMO DICTAMEN.



B) LAS PERSONAS EXTRANJERAS CON DERECHO A
    DICTAMINAR CONFORME A LOS TRATADOS
 INTERNACIONALES DE QUE MEXICO SEA PARTE.
FRACCION II
II. QUE EL DICTAMEN O LA DECLARATORIA FORMULADA CON MOTIVO DE LA
DEVOLUCION DE SALDOS A FAVOR DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, SE
FORMULEN DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE ESTE
CODIGO Y LAS NORMAS DE AUDITORIA QUE REGULAN LA
CAPACIDAD, INDEPENDENCIA E IMPARCIALIDAD PROFESIONALES DEL
CONTADOR PUBLICO, EL TRABAJO QUE DESEMPEÑA Y LA INFORMACION QUE
RINDA COMO RESULTADO DE LOS MISMOS.
FRACCION III

  QUE EL CONTADOR PUBLICO
    EMITA, CONJUNTAMENTE
    CON SU DICTAM IEN UN
      INFORME SOBRE LA
  REVISION DE LA SITUACION
  FISCAL DEL CONTRIBUYENTE



  EL CONTADOR PUBLICO DEBERA
  SEÑALAR SI EL CONTRIBUYENTE
  INCORPORO EN EL DICTAMEN LA
  INFORMACION RELACIONADA CON LA
  APLICACION DE ALGUNOS DE LOS
  CRITERIOS DIVERSOS A LOS QUE EN
  SU CASO HUBIERA DADO A CONOCER
  LA AUTORIDAD FISCAL
• QUE EL DICTAMEN SE PRESENTE A TRAVES DE LOS MEDIOS
  ELECTRONICOS DE CONFORMIDAD CON LAS REGLAS DE
  CARACTER GENERAL




• LAS OPINIONES O INTERPRETACIONES CONTENIDAS EN LOS
  DICTAMENES, NO OBLIGAN A LAS AUTORIDADES FISCALES



• LA REVISION DE LOS DICTAMENES Y DEMAS DOCUMENTOS
  RELATIVOS A LOS MISMOS SE PODRA EFECTUAR EN FORMA
  PREVIA O SIMULTANEA AL EJERCICIO DE LAS OTRAS
  FACULTADES DE COMPROBACION
CUANDO EL CONTADOR PUBLICO     CUANDO LA FORMULACION DE UN
  NO DE CUMPLIMIENTO A LAS      DICTAMEN O DECLARATORIA SE
 DISPOSICIONES REFERIDAS EN     EFECTUE SIN QUE SE CUMPLAN
 ESTE ARTICULO, O NO APLIQUE         LOS REQUISITOS DE
LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS    INDEPENDENCIA POR PARTE DEL
 DE AUDITORIA, LA AUTORIDAD      CONTADOR PUBLICO O POR LA
        FISCAL, PREVIA         PERSONA MORAL DE LA QUE SEA
   AUDIENCIA, EXHORTARA O          SOCIO O INTEGRANTE, SE
  AMONESTARA AL CONTADOR        PROCEDERA A LA CANCELACION
     PUBLICO REGISTRADO.        DEL REGISTRO DEL CONTADOR
                                          PUBLICO
CONTENIDO DEL DICTAMEN FISCAL. Art 68 RCFF

                                                  FRACIÓN
                                                     ó
                                                  PÁRRAFO


1.   DATOS GENERALES (PARTICULARIDADES, ART;
     69 FRACS. I a IV).                              I

2.   DICTAMEN SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS
     (TEXTO, CONFORME A N/A, ART; 70).
                                                    II
3.    INFORME SOBRE LA REVISIÓN DE LA SITUACIÓN
     FISCAL, INCLUYENDO COMO PARTE DE ÉL LOS
     CUESTIONARIOS FISCALES (CONTENIDO, ART; 71     III
     FRACS. I a XV).
Contenido dictamen fiscal
                                              FRACIÓN
                                                 ó
                                              PÁRRAFO

4.   INFORMACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
                                                 IV
     BÁSICOS      Y      NOTAS         RELATIVAS
     (CONTENIDO, ART; 72, FRACS. I a IV).

5.      INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A LA
                                                 V
     SITUACIÓN      FISCAL   (CONTENIDO, ART;
     73, FRACS. I a XXXVII).

                                                  3º
6.     PARTICULARIDADES CUANDO SE TRATA DE       PFO.
     DICTAMEN DE LIQUIDACIÓN

7.   LA  INFORMACIÓN     ANTES   CITADA   SE      4º
     ACOMPAÑA DE DECLARACIONES, EMITIDAS         PFO.
     BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DEL
     CONTADOR PÚBLICO Y DEL CONTRIBUYENTE
DECRETO DE
    SIMPLIFICACIÓN, DICTAMEN
        FISCAL, 30-VI-2010


LA OPCIÓN DE LA NO PRESENTACIÓN
 SÓLO COMPRENDE FRACC. I DEL 32-A.

SIGUEN              OBLIGADOS:
 DONATARIAS,    FUSIONADAS     O
 ESCINDIDAS,                POR
 LIQUIDACIÓN, GUBERNAMENTALES.


                                 20
INFORMACIÓN ALTERNATIVA 2010
          (DOF 17-XII-2010)

 APLICA PARA LOS OBLIGADOS QUE OPTEN POR
  NO PRESENTAR DICTAMEN FISCAL.

 SE PRESENTA EN JUNIO DE 2011.
 LA OPCIÓN SE MANIFIESTA EN LA DECLARACIÓN
  ANUAL NORMAL DE ISR.

 NO HAY DESISTIMIENTO DE OPCIÓN

                                              21
INFORMACIÓN ALTERNATIVA 2010
       (DOF 17-XII-2010)

   COMPRENDE INSTRUCTIVO DE INTEGRACIÓN PARA EL
    LLENADO, E INSTRUCTIVO DE CARACTERÍSTICAS
    PARA EL LLENADO.

   SE ENTREGAN 19 ANEXOS.

   SE    PROPORCIONA     INFORMACIÓN       SOBRE
    OPERACIONES, SOCIOS O ACCIONISTAS, PTU, ENTRE
    OTRA.

   SE DEBEN CONTESTAR CUESTIONARIOS FISCALES
    (GENERAL Y DE OPERACIONES).
                                                    22
• Es un programa diseñado por el
              Servicio de Administración
              Tributaria (SAT) para la
¿Qué es       presentación de los dictámenes
SIPRED?       fiscales a través de Internet.




            • Para apoyar al contribuyente en
              la presentación de los
¿Para qué     dictámenes fiscales a través de
              Internet facilitando el
  sirve?      cumplimiento oportuno de sus
              obligaciones fiscales
• Facilidad en el llenado del
                   dictamen fiscal a través del
                   programa SIPRED.
¿Cuáles son sus   • Seguridad, rapidez y
                    oportunidad en la presentación
  beneficios?       del dictamen fiscal
                  • Cómodo y confiable para la
                    presentación del dictamen fiscal.




                  • Tener una cuenta de acceso a
                    este servicio a través de un
Requisitos para     Proveedor de Servicios de
 presentar el       Internet (PSI)
                  • Contar con su certificado de
 dictamen por       firma electrónica avanzada (Fiel).
    Internet
DICTAMEN FISCAL 2010
           CONTENIDO
FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL
Nº de              Nombre del anexo                 Artículo y
anexo                                            fracción RCFF
        Datos generales                          69 fracción I
        Datos del contribuyente                  69 fracción II
        Datos del representante legal            69 fracción III
        Del contador público                     69 fracción IV
        Texto de dictamen                              70
        Informe sobre revisión de la situación         71
        fiscal  (incluye     mención  a    los
        cuestionarios fiscales)
        Estados financieros básicos y notas            72
        correlativas (son comparativos)
  1     Estado de posición financiera                   I
  2     Estado de resultados                           II
  3     Variaciones en el capital contable o           III
            patrimonio
  4     Estado de flujos de efectivo                   IV
 4.1    Notas a los estados financieros          Primer párrafo
                                                     y 68-IV       25
DICTAMEN FISCAL 2010
               CONTENIDO
    FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL
      Información sobre la situación         73
      fiscal (en términos del boletín 4060
      de             normas             de
      auditoría,      técnicamente      es
      información adicional a los estados
      financieros básicos)
5     Integración analítica de ventas o      II
      ingresos
6     Costo de lo vendido para efectos       III
      contables y de ISR
7     Análisis  comparativo      de    las   IV
      subcuentas de gastos
8     Análisis  comparativo     de     las   V
      subcuentas de otros gastos
9     Análisis   comparativo  de    las      VI
      subcuentas del resultado integral
      de financiamiento
                                                   26
DICTAMEN FISCAL 2010
                  CONTENIDO
       FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL

10     Relación de contribuciones a cargo del         XXXVII,
       contribuyente como sujeto directo y en            y
       su carácter de retenedor o recaudador          Art. 74
10.1   Declaratoria del contribuyente             68, último pfo. y
                                                      81 primer
                                                      pfo.
11     Relación de pagos provisionales y pagos         XXVIII
       mensuales definitivos
12     Determinación de los pagos                       XXIX
       provisionales y pagos mensuales
       definitivos
13     Base   para   la     determinación   de          XXX
       impuestos    retenidos      (honorarios,
       arrendamientos, intereses)
14     Operaciones con residentes en el                  XII
       extranjero
15     Determinación de la responsabilidad              XIII
       solidaria por operaciones de residentes
       en el extranjero (exclusivamente por
       enajenación de acciones)                                       27
DICTAMEN FISCAL 2010
            CONTENIDO
 FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL

16   Determinación mensual del IDE                XXXIII
17   Relación del IDE recaudado y por             XXXIV
     recaudar (aplicable para sistema
     financiero)
18   Relación de contribuciones por pagar         XXXV
     al cierre del ejercicio
19   Conciliación     entre     el    resultado    VII
     contable y el fiscal para ISR
20   Integración del inventario acumulable         VIII
     2004
21   Integración de pérdidas fiscales              IX
22   Cuenta de utilidad fiscal neta                 X
23   Cuenta de utilidad fiscal neta                XI
        reinvertida

                                                           28
DICTAMEN FISCAL 2010
                CONTENIDO
     FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL

24    Operaciones financieras derivadas     XIV
      contratadas con residentes en el
      extranjero
25    Cuentas y documentos por cobrar y     XV
      por pagar en moneda extranjera

26    Préstamos provenientes del            XVI
         extranjero

27    Inversiones      permanentes     en   XVII
      subsidiarias, asociadas y afiliadas
      residentes en el extranjero
28    Relación de socios o accionistas      XVIII
      que tuvieron acciones o partes
      sociales
29    Ingresos sujetos a      regímenes     XIX
      fiscales preferentes

                                                    29

                   lopezcruz@blc.com.mx
DICTAMEN FISCAL 2010
            CONTENIDO
 FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL


30   Acreditamiento de créditos fiscales      XXXII
     para IETU
31   Conciliación entre los ingresos          XXI
     dictaminados según estados de
     resultados, los acumulables para
     efectos de ISR , (nota: ya no se ponen
     los percibidos para efectos del IETU y
     el valor total de actos o actividades
     para efectos del IVA).
32   Operaciones con partes relacionadas      XXII
33   Información sobre operaciones con        XXIII
     partes relacionadas




                                                      30
DICTAMEN FISCAL 2010
           CONTENIDO
FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL
  34      Inversiones en activo fijo y en                           XXIV
          terrenos
  35      Determinación     de                     renta            XXXI
          gravable base para PTU

  36      Datos     informativos                   sobre           XXXVI
          aspectos fiscales
  37      Operaciones de comercio                                   XXV
             exterior
  38      Integración     de       cifras                           XXVI
          reexpresadas conforme NIF
  39      Operaciones realizadas a través                          XXVII
          de fideicomisos
          Cuestionarios fiscales                               68-III, y 71-II
                                                                      y XIII
  En el formato guía, este apartado está colocado después de los datos del
 Contador Público.
                                                                                 31
DECLARATORIAS


DECLARATORIA FISCAL

EN EL FORMATO GUÍA APLICABLE A
EMPRESAS EN GENERAL (E INCLUSIVE EN
TODOS LOS FORMATOS PUBLICADOS PARA
DISTINTOS TIPOS DE ENTIDADES), SE
INCLUYÓ MODELO DE DECLARATORIA QUE
SUSCRIBE EL CONTADOR PÚBLICO, ES
DECIR, TÉCNICAMENTE SE TRATA DE UNA
OPINIÓN FISCAL, CUYO TEXTO ES EL
SIGUIENTE:

                                      32
DECLARATORIAS
“DECLARATORIA DEL CONTADOR PUBLICO QUE
DICTAMINÓ:
DECLARO QUE LA INFORMACIÓN QUE PROPORCIONO EN EL
DICTAMEN A NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE CITADO,
CONTIENE   INFORMACIÓN     QUE   CONSTA   EN  LIBROS,
REGISTROS, DOCUMENTOS Y DECLARACIONES EN PODER DEL
PROPIO CONTRIBUYENTE, MISMOS QUE EXAMINÉ, COMO LO
MANIFIESTO EN EL DICTAMEN E INFORME SOBRE LA
REVISIÓN DE LA SITUACIÓN FISCAL QUE ADJUNTO.”
ACERCA DEL CONTENIDO DE LA DECLARATORIA ARRIBA
CITADA, QUE SUSCRIBE POR MEDIO INFORMÁTICO EL
CONTADOR    PÚBLICO,   POR    ESTAR   ESTRECHAMENTE
CORRELACIONADA CON EL INFORME SOBRE LA REVISIÓN
FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, DEBE CUIDARSE QUE SI EN
DICHO INFORME SE INCLUYE ALGÚN TIPO DE SALVEDAD, ES
FACTIBLE QUE ÉSTA TAMBIÉN SE DEBA CITAR EN LA
DECLARATORIA YA ALUDIDA; SITUACIÓN QUE TÉCNICAMENTE
DEBE DEFINIRLA EL CONTADOR PÚBLICO QUE DICTAMINA.
                                                        33
DECLARATORIAS

DECLARATORIA DEL CONTRIBUYENTE
EL ARTÍCULO 81, PRIMER PÁRRAFO, DEL RCFF, QUE
DEBE LEERSE EN SIMETRÍA CON EL ÚLTIMO
PÁRRAFO    DEL     ARTÍCULO     68    DE  ESE
REGLAMENTO, MENCIONA QUE EL CONTRIBUYENTE
O SU REPRESENTANTE LEGAL DEBE HACER UNA
DECLARACIÓN SOBRE LA VERACIDAD DE LA
INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL DICTAMEN
FISCAL    QUE     SE     REMITE;    EN    ESE
SENTIDO, CONSIDERO QUE TAL REQUISITO SE
CUMPLEN CON LAS ASEVERACIONES INSERTAS EN
EL   TEXTO   DE   DECLARATORIA     QUE   ESTÁ
CONTENIDO EN EL FORMATO GUÍA PARA 2010, Y
EN EL ANEXO 10.1 QUE ES EL SIGUIENTE:


                                           34
DECLARATORIAS

"DECLARATORIA DEL CONTRIBUYENTE O
DE SU REPRESENTANTE LEGAL:

DECLARO      QUE    LA    INFORMACIÓN
PROPORCIONADA EN EL DICTAMEN A NOMBRE
DEL   CONTRIBUYENTE   QUE  REPRESENTO,
REFLEJA SUS OPERACIONES REALES, MISMAS
QUE   ESTÁN   CONTABILIZADOS  EN   SUS
REGISTROS Y SE ENCUENTRAN AMPARADAS
CON DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA EN
PODER DE MI REPRESENTADA"

                                    35
DICTAMEN FISCAL
  Papel membretado del Contador Público

A  los  señores  Accionistas       de   LA
TRANSFORMADORA, S.A. de C.V.
                                                PÁRRAFO
He examinado los estados de situación
financiera de LA TRANSFORMADORA, S.A.
DE C.V., al 31 de diciembre de 2010 y 2009,
y los estados de resultados, de variaciones
en el capital contable y de flujos de
efectivo, que les son relativos, por los
ejercicios terminados en esas fechas, que
                                              IDENTIFICACIÓN
se encuentran incorporados en el programa
denominado SIPRED 2010 entregado vía
internet a la Administración General de
Auditoría Fiscal Federal del Servicio de
Administración Tributaria. Dichos estados
financieros son responsabilidad de la
administración     de   la   compañía.   Mi
                                                          36
responsabilidad consiste en expresar una
opinión sobre los referidos estados con
DICTAMEN FISCAL
Mis exámenes fueron realizados de acuerdo        PÁRRAFO
con las normas de auditoría generalmente
aceptadas, las cuales requieren que la
auditoría sea planeada y realizada de tal
manera que permita obtener una seguridad
razonable de que los estados financieros no
contienen errores importantes, y de que
están preparados de acuerdo con las
Normas       de    Información     Financiera
                                                 ALCANCE
Mexicanas. La auditoría consiste en el
examen, con base en pruebas selectivas, de
la evidencia que soporta las cifras y
revelaciones de los estados financieros;
asimismo, incluye la evaluación de         las
Normas       de    Información     Financiera
utilizadas, de las estimaciones significativas
efectuadas por la administración y de la
presentación de los estados financieros                    37
tomados en su conjunto. Considero que mis
DICTAMEN FISCAL
LOS ESTADOS FINANCIEROS ANTES MENCIONADOS,                    PÁRRAFO
HAN SIDO PREPARADOS PARA SER UTILIZADOS POR
LA   ADMINISTRACIÓN      GENERAL       DE       AUDITORÍA
FISCAL      FEDERAL      DEL       SERVICIO             DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EN CONSECUENCIA,
APLIQUÉ LAS PRUEBAS DE AUDITORÍA NECESARIAS
PARA CERCIORARME DE QUE ESA INFORMACIÓN,
                                                              ÉNFASIS
INCORPORADA EN EL PROGRAMA SIPRED 2010,
CONTENIDA     EN   LOS   ANEXOS        1    A    4.1,   FUE
CAPTURADA,     CLASIFICADA         Y        PRESENTADA
CONFORME A LOS FORMATOS QUE PARA TAL EFECTO
HA EMITIDO EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA.                                                             38
DICTAMEN FISCAL
En mi opinión, los estados financieros antes            PÁRRAFO
mencionados presentan razonablemente, en
todos los aspectos importantes, la situación
financiera de LA TRANSFORMADORA, S.A. DE
C.V., al 31 de diciembre de 2010 y 2009, y los          OPINI
resultados de sus operaciones, las variaciones en
el capital contable y los flujos de efectivo, por los
                                                        ÓN
ejercicios terminados en esas fechas, de
conformidad con las Normas de Información
Financiera Mexicanas.


         C.P. C. Alejandra Cruz Bermúdez
         Registro en la AGAFF No. 34334


México, D.F.
Abril 17 de 2011; junio 17, 2010 únicamente                  39
para tercer párrafo.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ab) contabilidad gubernamental
Ab) contabilidad gubernamentalAb) contabilidad gubernamental
Ab) contabilidad gubernamentalUNEG
 
Modificacion presupuestaria
Modificacion presupuestariaModificacion presupuestaria
Modificacion presupuestariaHildamarh
 
Trabajo sobre fuentes del derecho tributario
Trabajo sobre fuentes del derecho tributarioTrabajo sobre fuentes del derecho tributario
Trabajo sobre fuentes del derecho tributariomarioguzman169
 
Aplicacion de la niif 8 segmento de operacion
Aplicacion de la niif 8 segmento de operacionAplicacion de la niif 8 segmento de operacion
Aplicacion de la niif 8 segmento de operacionExmaili Macz Rey
 
Contabilidad sucursales y filiales
Contabilidad sucursales y filialesContabilidad sucursales y filiales
Contabilidad sucursales y filialesLasc lsc
 
Principios y normas relacionados con auditoria emitidos por la fccpv
Principios y normas relacionados con auditoria emitidos por la fccpvPrincipios y normas relacionados con auditoria emitidos por la fccpv
Principios y normas relacionados con auditoria emitidos por la fccpvyusmarjaramillo
 
Requisitos de promover, constituir y operar una empresa de seguros
Requisitos de promover, constituir y operar una empresa de segurosRequisitos de promover, constituir y operar una empresa de seguros
Requisitos de promover, constituir y operar una empresa de segurosmaria flores
 
Mapa conceptual del marco conceptualy niif 1
Mapa conceptual del marco conceptualy niif 1Mapa conceptual del marco conceptualy niif 1
Mapa conceptual del marco conceptualy niif 1Geraldine Palomino
 
tipos de contribuyentes
tipos de contribuyentes tipos de contribuyentes
tipos de contribuyentes Gjota23
 
DIAPOSITIVA TRIBUTARIO
DIAPOSITIVA TRIBUTARIODIAPOSITIVA TRIBUTARIO
DIAPOSITIVA TRIBUTARIOleonela191701
 
Tributos municipales 3 en venezuela
Tributos municipales 3 en venezuelaTributos municipales 3 en venezuela
Tributos municipales 3 en venezuelaTemasTributarios
 
Grupo 9 tributos en venezuela
Grupo 9 tributos en venezuelaGrupo 9 tributos en venezuela
Grupo 9 tributos en venezuelaTemasTributarios
 
Resumen sobre la adopcion por primera vez de la niif i
Resumen sobre la adopcion por primera vez de la niif iResumen sobre la adopcion por primera vez de la niif i
Resumen sobre la adopcion por primera vez de la niif iYaneli Vasquez
 
Caso practico-nic-8-políticas-contables-cambios-en-las-estimaciones-contables...
Caso practico-nic-8-políticas-contables-cambios-en-las-estimaciones-contables...Caso practico-nic-8-políticas-contables-cambios-en-las-estimaciones-contables...
Caso practico-nic-8-políticas-contables-cambios-en-las-estimaciones-contables...BLANCA MARILY TEPAZ BARAHONA
 
Nic 7 ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
Nic 7 ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVONic 7 ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
Nic 7 ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVOSALAZARFRISANCHO
 
Consolodacion de los estados financieros de agencias y sucursales
Consolodacion de los estados financieros de agencias y sucursalesConsolodacion de los estados financieros de agencias y sucursales
Consolodacion de los estados financieros de agencias y sucursalesJoselyn Castañeda
 

La actualidad más candente (20)

Ab) contabilidad gubernamental
Ab) contabilidad gubernamentalAb) contabilidad gubernamental
Ab) contabilidad gubernamental
 
Modificacion presupuestaria
Modificacion presupuestariaModificacion presupuestaria
Modificacion presupuestaria
 
Trabajo sobre fuentes del derecho tributario
Trabajo sobre fuentes del derecho tributarioTrabajo sobre fuentes del derecho tributario
Trabajo sobre fuentes del derecho tributario
 
Aplicacion de la niif 8 segmento de operacion
Aplicacion de la niif 8 segmento de operacionAplicacion de la niif 8 segmento de operacion
Aplicacion de la niif 8 segmento de operacion
 
Contabilidad sucursales y filiales
Contabilidad sucursales y filialesContabilidad sucursales y filiales
Contabilidad sucursales y filiales
 
Principios y normas relacionados con auditoria emitidos por la fccpv
Principios y normas relacionados con auditoria emitidos por la fccpvPrincipios y normas relacionados con auditoria emitidos por la fccpv
Principios y normas relacionados con auditoria emitidos por la fccpv
 
Requisitos de promover, constituir y operar una empresa de seguros
Requisitos de promover, constituir y operar una empresa de segurosRequisitos de promover, constituir y operar una empresa de seguros
Requisitos de promover, constituir y operar una empresa de seguros
 
Mapa conceptual del marco conceptualy niif 1
Mapa conceptual del marco conceptualy niif 1Mapa conceptual del marco conceptualy niif 1
Mapa conceptual del marco conceptualy niif 1
 
4. Ley del impuesto especial sobre producción y servicios
4. Ley del impuesto especial sobre producción y servicios4. Ley del impuesto especial sobre producción y servicios
4. Ley del impuesto especial sobre producción y servicios
 
tipos de contribuyentes
tipos de contribuyentes tipos de contribuyentes
tipos de contribuyentes
 
DIAPOSITIVA TRIBUTARIO
DIAPOSITIVA TRIBUTARIODIAPOSITIVA TRIBUTARIO
DIAPOSITIVA TRIBUTARIO
 
Tributos municipales 3 en venezuela
Tributos municipales 3 en venezuelaTributos municipales 3 en venezuela
Tributos municipales 3 en venezuela
 
Grupo 9 tributos en venezuela
Grupo 9 tributos en venezuelaGrupo 9 tributos en venezuela
Grupo 9 tributos en venezuela
 
Resumen sobre la adopcion por primera vez de la niif i
Resumen sobre la adopcion por primera vez de la niif iResumen sobre la adopcion por primera vez de la niif i
Resumen sobre la adopcion por primera vez de la niif i
 
Caso practico-nic-8-políticas-contables-cambios-en-las-estimaciones-contables...
Caso practico-nic-8-políticas-contables-cambios-en-las-estimaciones-contables...Caso practico-nic-8-políticas-contables-cambios-en-las-estimaciones-contables...
Caso practico-nic-8-políticas-contables-cambios-en-las-estimaciones-contables...
 
Credito publico
Credito publicoCredito publico
Credito publico
 
Agencias y Sucursales
Agencias y SucursalesAgencias y Sucursales
Agencias y Sucursales
 
Nic 7 ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
Nic 7 ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVONic 7 ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
Nic 7 ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
 
1 estructura tributaria (eb)
1 estructura tributaria (eb)1 estructura tributaria (eb)
1 estructura tributaria (eb)
 
Consolodacion de los estados financieros de agencias y sucursales
Consolodacion de los estados financieros de agencias y sucursalesConsolodacion de los estados financieros de agencias y sucursales
Consolodacion de los estados financieros de agencias y sucursales
 

Destacado (20)

Revision secuencial del dictamen
Revision secuencial del dictamenRevision secuencial del dictamen
Revision secuencial del dictamen
 
Dictamen e Informe Fiscal
Dictamen e Informe FiscalDictamen e Informe Fiscal
Dictamen e Informe Fiscal
 
SIPRED
SIPREDSIPRED
SIPRED
 
Obligatoriedad del dictamen fiscal
Obligatoriedad del dictamen fiscalObligatoriedad del dictamen fiscal
Obligatoriedad del dictamen fiscal
 
Sipred 2010 PRESENTACION
Sipred 2010 PRESENTACIONSipred 2010 PRESENTACION
Sipred 2010 PRESENTACION
 
Educando la inteligencia social y emocional
Educando la inteligencia social y emocionalEducando la inteligencia social y emocional
Educando la inteligencia social y emocional
 
Inteligencia Emocional
Inteligencia EmocionalInteligencia Emocional
Inteligencia Emocional
 
Guia SIPRED 2012
Guia SIPRED 2012Guia SIPRED 2012
Guia SIPRED 2012
 
Dictamen opinión del auditor
Dictamen opinión del auditorDictamen opinión del auditor
Dictamen opinión del auditor
 
Dictamen
DictamenDictamen
Dictamen
 
Dictamen telecom
Dictamen telecomDictamen telecom
Dictamen telecom
 
Diccionario de contabilidad y sistemas de información
Diccionario de contabilidad y sistemas de informaciónDiccionario de contabilidad y sistemas de información
Diccionario de contabilidad y sistemas de información
 
El Lider del Cambio
El Lider del CambioEl Lider del Cambio
El Lider del Cambio
 
Desempleo en México
Desempleo en MéxicoDesempleo en México
Desempleo en México
 
Programa de auditoria
Programa de auditoriaPrograma de auditoria
Programa de auditoria
 
Dictamen seguro desempleo y pension universal actualizado 07032014
Dictamen seguro desempleo y pension universal actualizado 07032014Dictamen seguro desempleo y pension universal actualizado 07032014
Dictamen seguro desempleo y pension universal actualizado 07032014
 
Isr
IsrIsr
Isr
 
Dictamen antropologia completo
Dictamen antropologia completoDictamen antropologia completo
Dictamen antropologia completo
 
Dictamen e informe de auditoria
Dictamen e informe de auditoriaDictamen e informe de auditoria
Dictamen e informe de auditoria
 
INFORMES DE AUDITORIA MÉDICA
INFORMES DE AUDITORIA MÉDICAINFORMES DE AUDITORIA MÉDICA
INFORMES DE AUDITORIA MÉDICA
 

Similar a Dictamen fiscal

Las Leyes y la contabilidad
Las Leyes y la contabilidadLas Leyes y la contabilidad
Las Leyes y la contabilidadsoyPerengano
 
Comparativa Impuesto Sociedades y el Proyecto de Ley de Reforma
Comparativa Impuesto Sociedades y el Proyecto de Ley de ReformaComparativa Impuesto Sociedades y el Proyecto de Ley de Reforma
Comparativa Impuesto Sociedades y el Proyecto de Ley de ReformaBartolome Borrego Zabala
 
Instructivo para presentar una solicitud de concentración económica
Instructivo para presentar una solicitud de concentración económicaInstructivo para presentar una solicitud de concentración económica
Instructivo para presentar una solicitud de concentración económicaSuperintendencia de Competencia
 
Aspectos a considerar pagos al extranjero
Aspectos a considerar pagos al extranjeroAspectos a considerar pagos al extranjero
Aspectos a considerar pagos al extranjeroAldo Camacho
 
ACUERDO INFONAVIT por el que se emiten reglas para cumplimiento del 32-d adec...
ACUERDO INFONAVIT por el que se emiten reglas para cumplimiento del 32-d adec...ACUERDO INFONAVIT por el que se emiten reglas para cumplimiento del 32-d adec...
ACUERDO INFONAVIT por el que se emiten reglas para cumplimiento del 32-d adec...El Nido de la Seguridad Social
 
Reporte Ejecutivo sobre la Reforma Fiscal 2014 en la Cámara de Diputados
Reporte Ejecutivo sobre la Reforma Fiscal 2014 en la Cámara de DiputadosReporte Ejecutivo sobre la Reforma Fiscal 2014 en la Cámara de Diputados
Reporte Ejecutivo sobre la Reforma Fiscal 2014 en la Cámara de DiputadosHogan Lovells BSTL
 
Ley de regimen tributario interno (1)
Ley de regimen tributario interno (1)Ley de regimen tributario interno (1)
Ley de regimen tributario interno (1)Gisley Franco Morán
 
UA_Otras Dis Fis_S3_PPT (prog) (1).pdf
UA_Otras Dis Fis_S3_PPT (prog) (1).pdfUA_Otras Dis Fis_S3_PPT (prog) (1).pdf
UA_Otras Dis Fis_S3_PPT (prog) (1).pdfluisalcantara53
 
Ley organica de la administración financiera del sector público
Ley organica de la administración financiera del sector públicoLey organica de la administración financiera del sector público
Ley organica de la administración financiera del sector públicodugartejm
 
Propuesta de Reforma Fiscal 2020 - Código Fiscal de la Federación
Propuesta de Reforma Fiscal 2020 - Código Fiscal de la FederaciónPropuesta de Reforma Fiscal 2020 - Código Fiscal de la Federación
Propuesta de Reforma Fiscal 2020 - Código Fiscal de la FederaciónVázquez Tercero & Zepeda
 
Sentencia c 009 de 2003 impuestos
Sentencia c 009 de 2003 impuestosSentencia c 009 de 2003 impuestos
Sentencia c 009 de 2003 impuestosElena Tapias
 
Reglamento Código Fiscal Federación 07-12-2009.doc
Reglamento Código Fiscal Federación 07-12-2009.docReglamento Código Fiscal Federación 07-12-2009.doc
Reglamento Código Fiscal Federación 07-12-2009.docCarlosVelazquez357978
 

Similar a Dictamen fiscal (20)

Reglamento del xodigo fiscal de la federacion
Reglamento del xodigo fiscal de la federacionReglamento del xodigo fiscal de la federacion
Reglamento del xodigo fiscal de la federacion
 
Las Leyes y la contabilidad
Las Leyes y la contabilidadLas Leyes y la contabilidad
Las Leyes y la contabilidad
 
Comparativa Impuesto Sociedades y el Proyecto de Ley de Reforma
Comparativa Impuesto Sociedades y el Proyecto de Ley de ReformaComparativa Impuesto Sociedades y el Proyecto de Ley de Reforma
Comparativa Impuesto Sociedades y el Proyecto de Ley de Reforma
 
Instructivo para presentar una solicitud de concentración económica
Instructivo para presentar una solicitud de concentración económicaInstructivo para presentar una solicitud de concentración económica
Instructivo para presentar una solicitud de concentración económica
 
Aspectos a considerar pagos al extranjero
Aspectos a considerar pagos al extranjeroAspectos a considerar pagos al extranjero
Aspectos a considerar pagos al extranjero
 
MÉXICO: NOVEDADES FISCALES DE INTERÉS
MÉXICO: NOVEDADES FISCALES DE INTERÉSMÉXICO: NOVEDADES FISCALES DE INTERÉS
MÉXICO: NOVEDADES FISCALES DE INTERÉS
 
ACUERDO INFONAVIT por el que se emiten reglas para cumplimiento del 32-d adec...
ACUERDO INFONAVIT por el que se emiten reglas para cumplimiento del 32-d adec...ACUERDO INFONAVIT por el que se emiten reglas para cumplimiento del 32-d adec...
ACUERDO INFONAVIT por el que se emiten reglas para cumplimiento del 32-d adec...
 
Derecho fiscal ley de comercio exterior y otros iadeu
Derecho fiscal ley de comercio exterior y otros iadeuDerecho fiscal ley de comercio exterior y otros iadeu
Derecho fiscal ley de comercio exterior y otros iadeu
 
Derecho fiscal ley de comercio exterior y otros iadeu
Derecho fiscal ley de comercio exterior y otros iadeuDerecho fiscal ley de comercio exterior y otros iadeu
Derecho fiscal ley de comercio exterior y otros iadeu
 
Reformas al cff 2014
Reformas al cff 2014Reformas al cff 2014
Reformas al cff 2014
 
Reporte Ejecutivo sobre la Reforma Fiscal 2014 en la Cámara de Diputados
Reporte Ejecutivo sobre la Reforma Fiscal 2014 en la Cámara de DiputadosReporte Ejecutivo sobre la Reforma Fiscal 2014 en la Cámara de Diputados
Reporte Ejecutivo sobre la Reforma Fiscal 2014 en la Cámara de Diputados
 
Auditoría financiera
Auditoría financieraAuditoría financiera
Auditoría financiera
 
Ley de regimen tributario interno (1)
Ley de regimen tributario interno (1)Ley de regimen tributario interno (1)
Ley de regimen tributario interno (1)
 
UA_Otras Dis Fis_S3_PPT (prog) (1).pdf
UA_Otras Dis Fis_S3_PPT (prog) (1).pdfUA_Otras Dis Fis_S3_PPT (prog) (1).pdf
UA_Otras Dis Fis_S3_PPT (prog) (1).pdf
 
Ley organica de la administración financiera del sector público
Ley organica de la administración financiera del sector públicoLey organica de la administración financiera del sector público
Ley organica de la administración financiera del sector público
 
Comparativa impuesto de sociedades reforma fiscal
Comparativa impuesto de sociedades reforma fiscalComparativa impuesto de sociedades reforma fiscal
Comparativa impuesto de sociedades reforma fiscal
 
Empresas de factoring
Empresas de factoringEmpresas de factoring
Empresas de factoring
 
Propuesta de Reforma Fiscal 2020 - Código Fiscal de la Federación
Propuesta de Reforma Fiscal 2020 - Código Fiscal de la FederaciónPropuesta de Reforma Fiscal 2020 - Código Fiscal de la Federación
Propuesta de Reforma Fiscal 2020 - Código Fiscal de la Federación
 
Sentencia c 009 de 2003 impuestos
Sentencia c 009 de 2003 impuestosSentencia c 009 de 2003 impuestos
Sentencia c 009 de 2003 impuestos
 
Reglamento Código Fiscal Federación 07-12-2009.doc
Reglamento Código Fiscal Federación 07-12-2009.docReglamento Código Fiscal Federación 07-12-2009.doc
Reglamento Código Fiscal Federación 07-12-2009.doc
 

Más de auditoria1725

Anexo folio 71_dictamen comisario
Anexo folio 71_dictamen comisarioAnexo folio 71_dictamen comisario
Anexo folio 71_dictamen comisarioauditoria1725
 
DICTAMEN DEL COMISARIO
DICTAMEN DEL COMISARIODICTAMEN DEL COMISARIO
DICTAMEN DEL COMISARIOauditoria1725
 
Dictamen imss . auditoría
Dictamen imss . auditoríaDictamen imss . auditoría
Dictamen imss . auditoríaauditoria1725
 
Cuestionario dictamen
Cuestionario dictamenCuestionario dictamen
Cuestionario dictamenauditoria1725
 
Código de ética ifac e imcp
Código de ética ifac e imcpCódigo de ética ifac e imcp
Código de ética ifac e imcpauditoria1725
 
Gobierno corporativo
Gobierno corporativoGobierno corporativo
Gobierno corporativoauditoria1725
 
Dictamen sin salvedades equipo 2
Dictamen sin salvedades   equipo 2Dictamen sin salvedades   equipo 2
Dictamen sin salvedades equipo 2auditoria1725
 
Dictamen con salvedades...final
Dictamen con salvedades...finalDictamen con salvedades...final
Dictamen con salvedades...finalauditoria1725
 
Otros pronunciamientos relativos al Dictamen
Otros pronunciamientos relativos al DictamenOtros pronunciamientos relativos al Dictamen
Otros pronunciamientos relativos al Dictamenauditoria1725
 

Más de auditoria1725 (10)

Anexo folio 71_dictamen comisario
Anexo folio 71_dictamen comisarioAnexo folio 71_dictamen comisario
Anexo folio 71_dictamen comisario
 
DICTAMEN DEL COMISARIO
DICTAMEN DEL COMISARIODICTAMEN DEL COMISARIO
DICTAMEN DEL COMISARIO
 
Dictamen imss . auditoría
Dictamen imss . auditoríaDictamen imss . auditoría
Dictamen imss . auditoría
 
Cuestionario dictamen
Cuestionario dictamenCuestionario dictamen
Cuestionario dictamen
 
Código de ética ifac e imcp
Código de ética ifac e imcpCódigo de ética ifac e imcp
Código de ética ifac e imcp
 
Gobierno corporativo
Gobierno corporativoGobierno corporativo
Gobierno corporativo
 
Dictamen sin salvedades equipo 2
Dictamen sin salvedades   equipo 2Dictamen sin salvedades   equipo 2
Dictamen sin salvedades equipo 2
 
Dictamen con salvedades...final
Dictamen con salvedades...finalDictamen con salvedades...final
Dictamen con salvedades...final
 
Metodologia
MetodologiaMetodologia
Metodologia
 
Otros pronunciamientos relativos al Dictamen
Otros pronunciamientos relativos al DictamenOtros pronunciamientos relativos al Dictamen
Otros pronunciamientos relativos al Dictamen
 

Dictamen fiscal

  • 1. DICTAMEN FISCAL EQUIPO GALLEGOS GUILLEN ARANZAZU MORENO MARTINEZ MOISES DAVID PEÑALOZA GARCIA ANA CRISTINA TORRES SANTIAGO NANCY VARELA VILLAR CINDY
  • 2. Dictamen fiscal. •ES FISCALIZACIÓN INDIRECTA •NO ES UN DOCUMENTO QUE DE FE PÚBLICA •DA CONFIANZA PÚBLICA •ESTAR DICTAMINADO FISCALMENTE, DE NINGUNA MANERA LIMITA LAS FACULTADES DE LA AUTORIDAD FINALIDAD: INFORMAR A LA AUTORIDAD SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES DEL CONTRIBUYENTE EMANA DE UN TRABAJO DE AUDITORÍA REALIZADO CONFORME A NORMAS DE AUDITORÍA, O NORMAS PARA ATESTIGUAR
  • 3. 1962 SE OTORGAN 1967 PRERROGATIVAS SE DEROGA 1980 A LOS LAOBLIGATORIEDAD PUBLICAN REGLAMENTO DICTÁMENENES ART. 85 CFF Y SE EMITEN REGLAS PARA ELABORAR D.F. 1959 SE CREA LA AGAFF Y NACE EL DICTAMEN FISCAL OBLIGATORIO 1990 DICTAMEN FISCAL REGRESA LA OBLIGATORIEDAD ANTECEDENTES 2008 CAMBIO SUSTANCIAL 1992 EN CONTENIDO SE PRESENTA EN MEDIOS MAGNÉTICOS 2010 OBLIGATORIO, 2006 INTERNET OPTATIVO CERTIFICACIÓN 2000 DEL C.P.
  • 4. Artículo 42.- Las Revisar los dictámenes Las personas físicas con Art. 42 Art. 32-A IV. autoridades fiscales a fin de formulados por contadores actividades empresariales y comprobar que los públicos las personas morales que se contribuyentes, los encuentran en alguno de los responsables solidarios o los supuestos de las siguientes terceros con ellos fracciones, están obligadas relacionados a dictaminar, en los como la declaratoria por términos del Artículo 52 del solicitudes de devolución de Código Fiscal de la saldos a favor de impuesto Federación, sus estados al valor agregado y financieros por contador como para comprobar la cualquier otro dictamen que público autorizado. comisión de delitos fiscales tenga repercusión para y para proporcionar efectos fiscales formulado información a otras por contador público y su autoridades fiscales, estarán relación con el cumplimiento facultadas para: de disposiciones fiscales.
  • 5. I. Las que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $34,803,950.00, que el valor de su activo determinado en los términos del artículo 9o-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta sea superior a $69,607,920.00 o que por lo menos trescientos de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior. Para efectos de determinar si se está en lo dispuesto por esta fracción se considera como una sola persona moral el conjunto de aquéllas que reúna alguna de las características que se señalan a cumplir con la obligación establecida por este Artículo: $ 34,803,950.00 $ 69,607,920.00
  • 6. a) Que sean poseídas por una misma persona física o moral en más del 50% de las acciones o partes sociales con derecho a voto de las mismas. b) Cuando una misma persona física o moral ejerza control efectivo de ellas, aun cuando no determinen resultado fiscal consolidado. Se entiende que existe control efectivo, cuando se dé alguno de los siguientes supuestos: + B8 B8
  • 7. 1. Cuando las actividades mercantiles de la sociedad de que se trate se realizan preponderantemente con la sociedad controladora o las controladas. 2. Cuando la controladora o las controladas tengan junto con otras personas físicas o morales vinculadas con ellas, una participación superior al 50% en las acciones con derecho a voto de la sociedad de que se trate. En el caso de residentes en el extranjero, sólo se considerarán cuando residan en algún país con el que se tenga acuerdo amplio de intercambio de información. 3. Cuando la controladora o las controladas tengan una inversión en la sociedad de que se trate, de tal magnitud que de hecho les permita ejercer una influencia preponderante en las operaciones de la empresa. Para los efectos de este inciso, se consideran sociedades controladoras o controladas las que en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta se consideren como tales. + C7
  • 8. II. Las que estén autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. En este caso, el dictamen se realizará en forma simplificada de acuerdo con las reglas generales que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Así como las que lleven al cabo programas de redondeo en ventas al público en general con la finalidad de utilizar u otorgar fondos, para sí o con terceros. III.- Las que se fusionen, por el ejercicio en que ocurra dicho acto. La persona moral que subsista o que surja con motivo de la fusión, se deberá dictaminar además por el ejercicio siguiente. La escindente y las escindidas, por el ejercicio fiscal en que ocurra la escisión y por el siguiente. Lo anterior no será aplicable a la escindente cuando ésta desaparezca con motivo de la escisión, salvo por el ejercicio en que ocurrió la escisión. En los casos de liquidación, tendrán la obligación de hacer dictaminar sus estados financieros del periodo de liquidación los contribuyentes que en el ejercicio regular inmediato anterior al periodo de liquidación hubieran estado obligados a hacer dictaminar sus estados financieros. IV.- Las entidades de la administración pública federal a que se refiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así como las que formen parte de la administración pública estatal o municipal.
  • 9. Los residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, deberán presentar un dictamen sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, únicamente por las actividades que desarrollen en dichos establecimientos, cuando se ubiquen en alguno de los supuestos de la fracción I de este artículo. En este caso, el dictamen se realizará de acuerdo con las reglas generales que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. A partir del segundo ejercicio en que se encuentren en suspensión de actividades, los contribuyentes a que se refiere la fracción I de este artículo, no estarán obligados a hacer dictaminar sus estados financieros, a excepción de los casos en que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Impuesto al Activo y su Reglamento, dichos contribuyentes continúen estando obligados al pago del impuesto a que se refiere esa Ley. Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales, que no estén obligadas a hacer dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, podrán optar por hacerlo, en los términos del artículo 52 de este Código. Asimismo, los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, que no estén obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, podrán optar por hacerlo de conformidad con las reglas generales que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Los contribuyentes que opten por hacer dictaminar sus estados financieros a que se refiere el párrafo anterior, lo manifestaran al presentar la declaración ejercerse dentro del plazo que las efecto legal alguno al ejercicio de la opción fuera del plazo mencionado.
  • 10. Los contribuyentes a que se refiere este artículo deberán presentar dentro de los plazos autorizados el dictamen formulado por contador público registrado, incluyendo la información y documentación, de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de este Código, a más tardar el 30 de junio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate. El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, podrá señalar periodos para la presentación del dictamen por grupos de contribuyentes, tomando en consideración el registro federal de contribuyentes que corresponda a los contribuyentes que presenten dictamen. En el caso de que en el dictamen se determinen diferencias de impuestos a pagar, éstas deberán enterarse mediante declaración complementaria en las oficinas autorizadas dentro de los diez días posteriores a la presentación del dictamen. Los contribuyentes personas morales que dictaminen sus estados financieros por contador público registrado, podrán optar por efectuar sus pagos mensuales definitivos y aquellos que tengan el carácter de provisionales, considerando para ello el período comprendido del día 28 de un mes al día 27 del inmediato siguiente, salvo tratándose de los meses de diciembre y enero, en cuyo caso, el pago abarcará del 26 de noviembre al 31 de diciembre del mismo año, y del 1o. de enero al 27 del mismo mes y año, respectivamente. Quienes ejerzan esta opción la deberán aplicar por años de calendario completos y por un período no menor de 5 años.
  • 11. SE PRESUMIRAN SOBRE LOS ESTADOS CIERTOS, SALVO PRUEBA EN FINANCIEROS DE LOS CONTRARIO, LOS HECHOS CONTRIBUYENTES O LAS AFIRMADOS: EN LOS OPERACIONES DE DICTAMENES FORMULADOS ENAJENACION DE ACCIONES POR CONTADORES PUBLICOS QUE REALICE EN CUALQUIER OTRO O BIEN EN LAS ACLARACIONES DICTAMEN QUE TENGA QUE DICHOS CONTADORES REPERCUSION FISCAL FORMULEN RESPECTO DE SUS FORMULADO POR CONTADOR DICTAMENES PUBLICO O RELACION CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES FISCALES
  • 12. I. QUE EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINE ESTE REGISTRADO ANTE LAS AUTORIDADES FISCALES PARA ESTOS EFECTOS: A) LAS PERSONAS DE NACIONALIDAD MEXICANA QUE TENGAN TITULO DE CONTADOR PUBLICO  REGISTRADO ANTE LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA Y QUE SEAN MIEMBROS DE UN COLEGIO PROFESIONAL (CUANDO MENOS EN LOS TRES AÑOS PREVIOS A LA PRESENTACION DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CORRESPONDIENTE)  CONTAR CON CERTIFICACION EXPEDIDA POR LOS COLEGIOS PROFESIONALES O ASOCIACIONES DE CONTADORES PUBLICOS  DEBERAN CONTAR CON EXPERIENCIA MINIMA DE TRES AÑOS PARTICIPANDO EN LA ELABORACION DE DICTAMENES FISCALES.
  • 13. EL REGISTRO OTORGADO A LOS CONTADORES PUBLICOS QUE FORMULEN DICTAMENES PARA EFECTOS FISCALES SERA DADO DE BAJA DEL PADRON DE CONTADORES PUBLICOS REGISTRADOS, EN AQUELLOS CASOS EN LOS QUE DICHOS CONTADORES NO FORMULEN DICTAMEN QUE TENGA REPERCUSION FISCAL, EN UN PERIODO DE CINCO AÑOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE PRESENTO EL ULTIMO DICTAMEN. B) LAS PERSONAS EXTRANJERAS CON DERECHO A DICTAMINAR CONFORME A LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE QUE MEXICO SEA PARTE.
  • 14. FRACCION II II. QUE EL DICTAMEN O LA DECLARATORIA FORMULADA CON MOTIVO DE LA DEVOLUCION DE SALDOS A FAVOR DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, SE FORMULEN DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE ESTE CODIGO Y LAS NORMAS DE AUDITORIA QUE REGULAN LA CAPACIDAD, INDEPENDENCIA E IMPARCIALIDAD PROFESIONALES DEL CONTADOR PUBLICO, EL TRABAJO QUE DESEMPEÑA Y LA INFORMACION QUE RINDA COMO RESULTADO DE LOS MISMOS.
  • 15. FRACCION III QUE EL CONTADOR PUBLICO EMITA, CONJUNTAMENTE CON SU DICTAM IEN UN INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE EL CONTADOR PUBLICO DEBERA SEÑALAR SI EL CONTRIBUYENTE INCORPORO EN EL DICTAMEN LA INFORMACION RELACIONADA CON LA APLICACION DE ALGUNOS DE LOS CRITERIOS DIVERSOS A LOS QUE EN SU CASO HUBIERA DADO A CONOCER LA AUTORIDAD FISCAL
  • 16. • QUE EL DICTAMEN SE PRESENTE A TRAVES DE LOS MEDIOS ELECTRONICOS DE CONFORMIDAD CON LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL • LAS OPINIONES O INTERPRETACIONES CONTENIDAS EN LOS DICTAMENES, NO OBLIGAN A LAS AUTORIDADES FISCALES • LA REVISION DE LOS DICTAMENES Y DEMAS DOCUMENTOS RELATIVOS A LOS MISMOS SE PODRA EFECTUAR EN FORMA PREVIA O SIMULTANEA AL EJERCICIO DE LAS OTRAS FACULTADES DE COMPROBACION
  • 17. CUANDO EL CONTADOR PUBLICO CUANDO LA FORMULACION DE UN NO DE CUMPLIMIENTO A LAS DICTAMEN O DECLARATORIA SE DISPOSICIONES REFERIDAS EN EFECTUE SIN QUE SE CUMPLAN ESTE ARTICULO, O NO APLIQUE LOS REQUISITOS DE LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS INDEPENDENCIA POR PARTE DEL DE AUDITORIA, LA AUTORIDAD CONTADOR PUBLICO O POR LA FISCAL, PREVIA PERSONA MORAL DE LA QUE SEA AUDIENCIA, EXHORTARA O SOCIO O INTEGRANTE, SE AMONESTARA AL CONTADOR PROCEDERA A LA CANCELACION PUBLICO REGISTRADO. DEL REGISTRO DEL CONTADOR PUBLICO
  • 18. CONTENIDO DEL DICTAMEN FISCAL. Art 68 RCFF FRACIÓN ó PÁRRAFO 1. DATOS GENERALES (PARTICULARIDADES, ART; 69 FRACS. I a IV). I 2. DICTAMEN SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS (TEXTO, CONFORME A N/A, ART; 70). II 3. INFORME SOBRE LA REVISIÓN DE LA SITUACIÓN FISCAL, INCLUYENDO COMO PARTE DE ÉL LOS CUESTIONARIOS FISCALES (CONTENIDO, ART; 71 III FRACS. I a XV).
  • 19. Contenido dictamen fiscal FRACIÓN ó PÁRRAFO 4. INFORMACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS IV BÁSICOS Y NOTAS RELATIVAS (CONTENIDO, ART; 72, FRACS. I a IV). 5. INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A LA V SITUACIÓN FISCAL (CONTENIDO, ART; 73, FRACS. I a XXXVII). 3º 6. PARTICULARIDADES CUANDO SE TRATA DE PFO. DICTAMEN DE LIQUIDACIÓN 7. LA INFORMACIÓN ANTES CITADA SE 4º ACOMPAÑA DE DECLARACIONES, EMITIDAS PFO. BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DEL CONTADOR PÚBLICO Y DEL CONTRIBUYENTE
  • 20. DECRETO DE SIMPLIFICACIÓN, DICTAMEN FISCAL, 30-VI-2010 LA OPCIÓN DE LA NO PRESENTACIÓN SÓLO COMPRENDE FRACC. I DEL 32-A. SIGUEN OBLIGADOS: DONATARIAS, FUSIONADAS O ESCINDIDAS, POR LIQUIDACIÓN, GUBERNAMENTALES. 20
  • 21. INFORMACIÓN ALTERNATIVA 2010 (DOF 17-XII-2010)  APLICA PARA LOS OBLIGADOS QUE OPTEN POR NO PRESENTAR DICTAMEN FISCAL.  SE PRESENTA EN JUNIO DE 2011.  LA OPCIÓN SE MANIFIESTA EN LA DECLARACIÓN ANUAL NORMAL DE ISR.  NO HAY DESISTIMIENTO DE OPCIÓN 21
  • 22. INFORMACIÓN ALTERNATIVA 2010 (DOF 17-XII-2010)  COMPRENDE INSTRUCTIVO DE INTEGRACIÓN PARA EL LLENADO, E INSTRUCTIVO DE CARACTERÍSTICAS PARA EL LLENADO.  SE ENTREGAN 19 ANEXOS.  SE PROPORCIONA INFORMACIÓN SOBRE OPERACIONES, SOCIOS O ACCIONISTAS, PTU, ENTRE OTRA.  SE DEBEN CONTESTAR CUESTIONARIOS FISCALES (GENERAL Y DE OPERACIONES). 22
  • 23. • Es un programa diseñado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la ¿Qué es presentación de los dictámenes SIPRED? fiscales a través de Internet. • Para apoyar al contribuyente en la presentación de los ¿Para qué dictámenes fiscales a través de Internet facilitando el sirve? cumplimiento oportuno de sus obligaciones fiscales
  • 24. • Facilidad en el llenado del dictamen fiscal a través del programa SIPRED. ¿Cuáles son sus • Seguridad, rapidez y oportunidad en la presentación beneficios? del dictamen fiscal • Cómodo y confiable para la presentación del dictamen fiscal. • Tener una cuenta de acceso a este servicio a través de un Requisitos para Proveedor de Servicios de presentar el Internet (PSI) • Contar con su certificado de dictamen por firma electrónica avanzada (Fiel). Internet
  • 25. DICTAMEN FISCAL 2010 CONTENIDO FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL Nº de Nombre del anexo Artículo y anexo fracción RCFF Datos generales  69 fracción I Datos del contribuyente 69 fracción II Datos del representante legal 69 fracción III Del contador público 69 fracción IV Texto de dictamen 70 Informe sobre revisión de la situación 71 fiscal (incluye mención a los cuestionarios fiscales) Estados financieros básicos y notas 72 correlativas (son comparativos) 1 Estado de posición financiera I 2 Estado de resultados II 3 Variaciones en el capital contable o III patrimonio 4 Estado de flujos de efectivo IV 4.1 Notas a los estados financieros Primer párrafo y 68-IV 25
  • 26. DICTAMEN FISCAL 2010 CONTENIDO FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL Información sobre la situación 73 fiscal (en términos del boletín 4060 de normas de auditoría, técnicamente es información adicional a los estados financieros básicos) 5 Integración analítica de ventas o II ingresos 6 Costo de lo vendido para efectos III contables y de ISR 7 Análisis comparativo de las IV subcuentas de gastos 8 Análisis comparativo de las V subcuentas de otros gastos 9 Análisis comparativo de las VI subcuentas del resultado integral de financiamiento 26
  • 27. DICTAMEN FISCAL 2010 CONTENIDO FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL 10 Relación de contribuciones a cargo del XXXVII, contribuyente como sujeto directo y en y su carácter de retenedor o recaudador Art. 74 10.1 Declaratoria del contribuyente 68, último pfo. y 81 primer pfo. 11 Relación de pagos provisionales y pagos XXVIII mensuales definitivos 12 Determinación de los pagos XXIX provisionales y pagos mensuales definitivos 13 Base para la determinación de XXX impuestos retenidos (honorarios, arrendamientos, intereses) 14 Operaciones con residentes en el XII extranjero 15 Determinación de la responsabilidad XIII solidaria por operaciones de residentes en el extranjero (exclusivamente por enajenación de acciones) 27
  • 28. DICTAMEN FISCAL 2010 CONTENIDO FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL 16 Determinación mensual del IDE XXXIII 17 Relación del IDE recaudado y por XXXIV recaudar (aplicable para sistema financiero) 18 Relación de contribuciones por pagar XXXV al cierre del ejercicio 19 Conciliación entre el resultado VII contable y el fiscal para ISR 20 Integración del inventario acumulable VIII 2004 21 Integración de pérdidas fiscales IX 22 Cuenta de utilidad fiscal neta X 23 Cuenta de utilidad fiscal neta XI reinvertida 28
  • 29. DICTAMEN FISCAL 2010 CONTENIDO FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL 24 Operaciones financieras derivadas XIV contratadas con residentes en el extranjero 25 Cuentas y documentos por cobrar y XV por pagar en moneda extranjera 26 Préstamos provenientes del XVI extranjero 27 Inversiones permanentes en XVII subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero 28 Relación de socios o accionistas XVIII que tuvieron acciones o partes sociales 29 Ingresos sujetos a regímenes XIX fiscales preferentes 29 lopezcruz@blc.com.mx
  • 30. DICTAMEN FISCAL 2010 CONTENIDO FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL 30 Acreditamiento de créditos fiscales XXXII para IETU 31 Conciliación entre los ingresos XXI dictaminados según estados de resultados, los acumulables para efectos de ISR , (nota: ya no se ponen los percibidos para efectos del IETU y el valor total de actos o actividades para efectos del IVA). 32 Operaciones con partes relacionadas XXII 33 Información sobre operaciones con XXIII partes relacionadas 30
  • 31. DICTAMEN FISCAL 2010 CONTENIDO FORMATO GUÍA EMPRESAS EN GENERAL 34 Inversiones en activo fijo y en XXIV terrenos 35 Determinación de renta XXXI gravable base para PTU 36 Datos informativos sobre XXXVI aspectos fiscales 37 Operaciones de comercio XXV exterior 38 Integración de cifras XXVI reexpresadas conforme NIF 39 Operaciones realizadas a través XXVII de fideicomisos Cuestionarios fiscales 68-III, y 71-II y XIII  En el formato guía, este apartado está colocado después de los datos del Contador Público. 31
  • 32. DECLARATORIAS DECLARATORIA FISCAL EN EL FORMATO GUÍA APLICABLE A EMPRESAS EN GENERAL (E INCLUSIVE EN TODOS LOS FORMATOS PUBLICADOS PARA DISTINTOS TIPOS DE ENTIDADES), SE INCLUYÓ MODELO DE DECLARATORIA QUE SUSCRIBE EL CONTADOR PÚBLICO, ES DECIR, TÉCNICAMENTE SE TRATA DE UNA OPINIÓN FISCAL, CUYO TEXTO ES EL SIGUIENTE: 32
  • 33. DECLARATORIAS “DECLARATORIA DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINÓ: DECLARO QUE LA INFORMACIÓN QUE PROPORCIONO EN EL DICTAMEN A NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE CITADO, CONTIENE INFORMACIÓN QUE CONSTA EN LIBROS, REGISTROS, DOCUMENTOS Y DECLARACIONES EN PODER DEL PROPIO CONTRIBUYENTE, MISMOS QUE EXAMINÉ, COMO LO MANIFIESTO EN EL DICTAMEN E INFORME SOBRE LA REVISIÓN DE LA SITUACIÓN FISCAL QUE ADJUNTO.” ACERCA DEL CONTENIDO DE LA DECLARATORIA ARRIBA CITADA, QUE SUSCRIBE POR MEDIO INFORMÁTICO EL CONTADOR PÚBLICO, POR ESTAR ESTRECHAMENTE CORRELACIONADA CON EL INFORME SOBRE LA REVISIÓN FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, DEBE CUIDARSE QUE SI EN DICHO INFORME SE INCLUYE ALGÚN TIPO DE SALVEDAD, ES FACTIBLE QUE ÉSTA TAMBIÉN SE DEBA CITAR EN LA DECLARATORIA YA ALUDIDA; SITUACIÓN QUE TÉCNICAMENTE DEBE DEFINIRLA EL CONTADOR PÚBLICO QUE DICTAMINA. 33
  • 34. DECLARATORIAS DECLARATORIA DEL CONTRIBUYENTE EL ARTÍCULO 81, PRIMER PÁRRAFO, DEL RCFF, QUE DEBE LEERSE EN SIMETRÍA CON EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 68 DE ESE REGLAMENTO, MENCIONA QUE EL CONTRIBUYENTE O SU REPRESENTANTE LEGAL DEBE HACER UNA DECLARACIÓN SOBRE LA VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL DICTAMEN FISCAL QUE SE REMITE; EN ESE SENTIDO, CONSIDERO QUE TAL REQUISITO SE CUMPLEN CON LAS ASEVERACIONES INSERTAS EN EL TEXTO DE DECLARATORIA QUE ESTÁ CONTENIDO EN EL FORMATO GUÍA PARA 2010, Y EN EL ANEXO 10.1 QUE ES EL SIGUIENTE: 34
  • 35. DECLARATORIAS "DECLARATORIA DEL CONTRIBUYENTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL: DECLARO QUE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA EN EL DICTAMEN A NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE QUE REPRESENTO, REFLEJA SUS OPERACIONES REALES, MISMAS QUE ESTÁN CONTABILIZADOS EN SUS REGISTROS Y SE ENCUENTRAN AMPARADAS CON DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA EN PODER DE MI REPRESENTADA" 35
  • 36. DICTAMEN FISCAL Papel membretado del Contador Público A los señores Accionistas de LA TRANSFORMADORA, S.A. de C.V. PÁRRAFO He examinado los estados de situación financiera de LA TRANSFORMADORA, S.A. DE C.V., al 31 de diciembre de 2010 y 2009, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de flujos de efectivo, que les son relativos, por los ejercicios terminados en esas fechas, que IDENTIFICACIÓN se encuentran incorporados en el programa denominado SIPRED 2010 entregado vía internet a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi 36 responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los referidos estados con
  • 37. DICTAMEN FISCAL Mis exámenes fueron realizados de acuerdo PÁRRAFO con las normas de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoría sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las Normas de Información Financiera ALCANCE Mexicanas. La auditoría consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las Normas de Información Financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros 37 tomados en su conjunto. Considero que mis
  • 38. DICTAMEN FISCAL LOS ESTADOS FINANCIEROS ANTES MENCIONADOS, PÁRRAFO HAN SIDO PREPARADOS PARA SER UTILIZADOS POR LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AUDITORÍA FISCAL FEDERAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EN CONSECUENCIA, APLIQUÉ LAS PRUEBAS DE AUDITORÍA NECESARIAS PARA CERCIORARME DE QUE ESA INFORMACIÓN, ÉNFASIS INCORPORADA EN EL PROGRAMA SIPRED 2010, CONTENIDA EN LOS ANEXOS 1 A 4.1, FUE CAPTURADA, CLASIFICADA Y PRESENTADA CONFORME A LOS FORMATOS QUE PARA TAL EFECTO HA EMITIDO EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. 38
  • 39. DICTAMEN FISCAL En mi opinión, los estados financieros antes PÁRRAFO mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de LA TRANSFORMADORA, S.A. DE C.V., al 31 de diciembre de 2010 y 2009, y los OPINI resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo, por los ÓN ejercicios terminados en esas fechas, de conformidad con las Normas de Información Financiera Mexicanas. C.P. C. Alejandra Cruz Bermúdez Registro en la AGAFF No. 34334 México, D.F. Abril 17 de 2011; junio 17, 2010 únicamente 39 para tercer párrafo.