DECLARACIÓN OBLIGATORIA DEL ORIGEN DE LAS DIVISAS EN ADUANAS
1. DECLARACIÓN OBLIGATORIA
DEL ORIGEN DE LAS DIVISAS EN ADUANAS
Por medio del presente, se informa a todos los Importadores y Auxiliares de la
Administración Aduanera que con ocasión de la publicación en Gaceta Oficial N° 40.259 de
fecha 26/09/2013, de la Providencia Administrativa N° 119 de fecha 24/09/2013, emanada
de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), por la cual se reforma parcialmente
la Providencia mediante la cual se establecen los requisitos y el trámite para la Autorización
de Adquisición de Divisas destinadas a la importación, este Servicio ha efectuado
adecuaciones en el Sistema SIDUNEA, en sus dos ambientes (S++ y SW), a fin de
garantizar a los usuarios, el cumplimiento de lo establecido en la referida Providencia, en
virtud que se considera se ha renunciado tácitamente a la Autorización de la Adquisición de
Divisas (AAD), cuando no se señale expresamente en la Declaración Única de Aduanas o
en la Determinación de Tributos Nacionales, que la importación se realizará con divisas
obtenidas a través del Régimen para la Administración de Divisas.
En tal sentido, DEBERÁN DECLARAR EL ORIGEN DE LAS DIVISAS, conforme a lo siguiente:
1. Indicar expresamente en la Declaración Única de Aduanas (DUA), campo 39, el origen
de las divisas, mediante la opción denominada “DIVISA”.
2. Señalar, en la sección de los documentos adjuntos de la DUA, ya activada mediante la
opción “DIVISA, lo siguiente:
a. En el código 019 “AUTORIZACIÓN DE DIVISAS CADIVI”, identificar el número
del respectivo documento adjunto que soporta el origen de la divisa;
b. En el código 048 “Origen Divisas”, indicar que se trata de divisas CADIVI;
c. Cuando proceda, en el código 058 “Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos
ALADI” o en el código 057 “Sistema Unitario de Compensación Regional de
Pagos SUCRE”, señalar el número de referencia que corresponda, si se trata
de una transacción comercial vinculada a estos mecanismos de pago.
d.
En caso de no señalar en el campo 39, la cuota definida como “DIVISA”,
dejándolo en blanco, para expresar que la divisa utilizada en la transacción
comercial se trata de recursos propios, deberá identificar en el código 046 el
respectivo documento adjunto que justifica el origen de las divisas.
En lo concerniente a los registros de la solicitud de determinación de tributos nacionales,
efectuados de manera excepcional, haciendo uso de la herramienta I-Aduanas, se deberá
señalar el origen de las divisas, en el paso 8 del instructivo de dicha aplicación,
específicamente en el campo OBSERVACIONES.