ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
Personas jurídicas de derecho público y privado en la legislación venezolana. katiuska
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PÚBLICO Y PRIVADO EN LA LEGISLACIÓN
VENEZOLANA.
Participante:
Salón C. Katiuska L.
C.I: 25,857,970
Saia: D
Barquisimeto; Julio 2017
2. PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO
PÚBLICO Y PRIVADOPUBLICO PRIVADO
Emanan directamente del Estado,
gozan de derecho de potestad
pública, establecen relaciones de
subordinación, tienen por fin la
prestación de los servicios
públicos y la realización, de
ciertas actividades de carácter
comercial.
ESTAS
Nación es la más
importante persona de
derecho público y
representa la
personificación del
ordenamiento jurídico
LA
Estado: Se entiende por
nación el conjunto de
personas unidas por lazos de
religión, lengua y de cultura,
con el objeto de procurar el
bien común.
EL
LASEntidades jurídicas que
componen el Estado: Gozan
de personalidad jurídica los
Estados federales (Art. 159
CRBV) y municipios (Art.
168 CRBV), estas son las
llamadas entidades públicas
territoriales.
Iglesias de cualquier
credo que sean: Debe
distinguirse entre la
Iglesia Católica, y
otros credos.
LA
Creación, se hace mediante
un acto estatal
(Constitución Política,
leyes, decretos, ordenanzas,
acuerdos, entre otras)
Universidades: Solo entran en esta
categoría las universidades públicas o
nacionales, creadas mediante decreto del
ejecutivo nacional.Los demás seres o cuerpos
morales de carácter público,
aquí se hace referencia a los
institutos públicos e
institutos autónomos
creados por el Estado, al
Banco Central de
Venezuela.
ES
Todo ente susceptible de
tener derechos y deberes
jurídicos. A manera de
sinónimo de personas son
las expresiones de sujeto
de derecho o sujeto de la
relación jurídica.
CLASES
No sólo se le reconoce personalidad al
hombre como individuo de la especie
humana, sino también a otros entes
distintos que persiguen fines humanos y
que se denominan personas jurídicas,
colectivas, complejas o abstractas.
Persona Físicas: que
corresponden a todos los
individuos de la especie
humana, al ser
humano.(Art.16 C.C.)
LAS
Personas Morales o Jurídicas:
son entes irreales, abstractos,
a los cuales la ley les
reconoce la condición de
sujeto de derecho; se reducen
a grupos o establecimientos
destinados a desempeñar un
papel social y provisto de los
atributos de la personalidad
física que sean compatibles
con su estructura y sus fines
propios.(Art.19 C.C.)
LAS
Personas de tipo Fundacional: se caracterizan por
ser un conjunto de bienes atribuido exclusiva y
permanentemente a la consecución de un fin, no
tienen miembros, los fundadores no forman parte
de la fundación, de allí que se las llame
"universitas bonorum" (universalidades de bienes).
Personas de tipo Asociativo:
se caracterizan por ser un
conjunto de personas que
persiguen un fin común para
cuya consecución destinan
determinados bienes manera
exclusiva y permanente; tiene
sustrato personal "universitas
personarum" (universalidad
de personas).
LAS
Corporaciones: se caracterizan porque
son mandadas a crear o reconocidas
por una ley especial que regula su
funcionamiento y porque en ellas
predominan intereses colectivos sobre
los intereses individuales
LAS
LAS
Asociaciones propiamente
dichas: son las demás
personas de Derecho
privado cuyos miembros no
persiguen un fin de lucro
para ellos mismos.
Sociedades: son
personas de Derecho
Privado cuyos
miembros persiguen un
fin de lucro para ellos
mismos.