La inercia de la administración pública es una de las figuras administrativas de la omisión de la administración pública, aquí les ofrecemos una aplicación práctica de esta figura. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
Modelo de demanda laboral contencioso administrativa sobre inercia de la administración pública
1. MODELO DE DEMANDA LABORAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
SOBRE INERCIA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
El incumplimiento de normas de contenido laboral por parte de la Administración
Pública hace necesario la utilización de mecanismos que garantizan la tutela de derechos
en casos de inercia. Uno de esos mecanismos es el proceso contencioso administrativo
que tutela los derechos de los administrados en caso de inercia de la administración
pública (en el Perú también se puede hacer uso de la acción de cumplimiento pero
tomando en cuenta determinados requisitos). En este tipo de demanda es importante
precisar que no se requiere agotar la vía administrativa salvo el caso presentación de un
escrito de reclamación previo. Asimismo, en esta demanda hemos querido hacer uso de
presunciones legales de contenido laboral, por ejemplo, indicamos sólo que no se nos
pago, ello porque será el empleador – administración pública quien acredite si pagó o no.
En la vía procedimental, tal vez se nos indique que debe de indicarse la vía del proceso
urgente, sin embargo, debido a que existe una controversia a dilucidar, le pedimos al Juez
que la admita en la vía del proceso especial. En los fundamentos de hecho hemos querido
ser esquemáticos indicando los datos del trabajador, esto no es un requisito pero
facilitará algunos datos al Juzgador (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo de demanda laboral contenciosa administrativa de cumplimiento
SECRETARIO :
EXPEDIENTE :
ESCRITO : 01-2014
SUMILLA : Demanda contencioso administrativa:
inercia de la administración pública
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO DE TRABAJO – CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
JULIO COAQUIRA MAMANI, con DNI 29472128, con domicilio real en
Alto de la Luna A-8 Tercera Etapa Magisterial, José Luis Bustamante y
Rivero, con domicilio procesal en (…), con domicilio procesal electrónico
Nro. (…); a Ud., respetuosamente, digo:
I.- DEL DEMANDADO Y SU DIRECCIÓN
El HOSPITAL HONORIO DELGADO debidamente representado por su Director Dr. (…)
a quien se le notificará en (…).
II.- PETITORIO.
Como pretensión principal, solicito se cumpla con lo dispuesto en la Resolución
Ejecutiva 303-91-RA/CR, complementada por la Resolución Ejecutiva Regional 320-91-
RA/CR, disponiendo se me otorgue a partir del 01 de enero de 1991 una bonificación
diferencial mensual equivalente al 30% de la remuneración total.
Como pretensión accesoria, solicito se disponga el pago de los devengados e
intereses legales desde el 01-01-1991 hasta la fecha de pago efectivo de la deuda.
2. III.- ACTUACIÓN IMPUGNABLE.
La actuación impugnable es la inercia de la administración pública
IV.- PRETENSIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
La pretensión es el reconocimiento de derechos no cumplidos.
V.- EXCEPCIÓN AL AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA.
Siendo mi pretensión de inercia, no me es exigible el agotamiento de la vía
administrativa, salvo el escrito de reclamación que se adjunta a la presente.
VI.- FUNDAMENTOS DE HECHO
A.- DATOS DEL TRABAJADOR
Fecha de inicio 01-06-1961
Fecha de Cese 01-02-2013
Cargo Desempeñado Artesano I
Motivo del Cese Límite de edad (70 años)
Última remuneración S/. 750.00
Tipo de remuneración actual Pensión
Tiempo de Servicios (…) años
Régimen Previsional Decreto Ley 20530
B.- JUSTIFICACIÓN DEL PETITORIO
1.- La demandante fue trabajadora del Hospital Honorio Delgado, actualmente
pensionista cesante del régimen previsional del Decreto Ley 20530.
2.- Mi prestación de servicios se remonta desde 1961, siendo que en el año de 1991 me
encontraba trabajando en el Hospital Honorio Delgado.
3.- Con fecha 1811-1991 se emite la Resolución Ejecutiva Regional 303-91/RA-CR que en
su artículo 1 establece lo siguiente:
“OTORGAR, en vía de regularización, a partir del 01 de enero de 1991,
una bonificación diferencial mensual a los funcionarios y servidores
nombrados y contratados de la Dirección Regional de Salud,
equivalente al 30% de la remuenración total, al personal que labora en
zonas rurales y zonas urbano marginales (…)”
4.- Posteriormente, con fecha 10 de diciembre de 1991 se emite la Resolución Ejecutiva
Regional 320-91-RA/CR que en su artículo único establece:
“Inclúyase dentro de los alcances de la Resolución Ejecutiva Regional
303-91-RA/P al Centro de Salud Hospital “Honorio Delgado” de
Arequipa (…)”
5.- En merito a esto se debió de otorgar una bonificación del 30% de la remuneración
total a la demandante situación que no se ha hecho, situación que motiva la presente
demanda.
VII.- FUNDAMENTOS DE DERECHO
3. El Artículo 26, inciso 2 de la Constitución que indica que “En la relación laboral se
respetan los siguientes principios: (…) 2. Carácter irrenunciable de los derechos
reconocidos por la Constitución y la ley.”
VIII.- MONTO DEL PETITORIO.
No es cuantificable en dinero
IX.- VÍA PROCEDIMENTAL.
La vía del proceso especial.
X.- MEDIOS PROBATORIOS.
1.- Resolución Ejecutiva 303-91-RA/CR y Resolución Ejecutiva Regional 320-91-RA/CR,
con la finalidad de acreditar los actos administrativos cuyo cumplimiento se solicita.
2.- Escrito de Reclamación de 13-06-2014 con la finalidad de acreditar la reclamación de
cumplimiento previamente realizada.
3.- Mis boletas de pago de 1991 a 1992 para acreditar el no pago de la bonificación
solicitada.
XI.- ANEXOS
1-A Copia de nuestros Documento Nacional de Identidad.
1-B Copia de la Resolución Ejecutiva 303-91-RA/CR y Resolución Ejecutiva Regional
320-91-RA/CR.
1-C Copia del Escrito de Reclamación de 13-06-2014.
1-D Copia de mis boletas de pago de 1991 a 1992.
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido admitir a trámite la presente demanda.
Arequipa, 25 de julio de 2014.
(Firma del demandante y de su abogado)