1. ESCUELA : NOMBRES: CODIGO CIVIL III SUCESIÓN INTESTADA FECHA : Dra. Marianela Armijos Campoverde OCTUBRE 2010 – FEBRERO 2011 CIENCIAS JURÍDICAS MATERIA: CÓDIGO CIVIL III
5. SE PUEDE SUCEDER ABINTESTATO: DERECHO PERSONAL: S ignifica hacerlo a nombre propio, directamente, como consecuencia de la situación que realmente se ocupa dentro de la familia del difunto. DERECHO DE REPRESENTACIÓN: Significa acceder en lugar de otra persona, ocupando su sitio, sustituyéndola en virtud de la autorización de la ley.