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NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO
  ÁMBITO DE LA JUSTICIA
        LABORAL




        Carlos Alberto Quispe Montesinos
DETERMINACIÓN DE LA
             COMPETENCIA
   Formas de determinación de la competencia en el
    proceso laboral:
       Territorio
       Materia
       Función
       Cuantía


   La competencia de un determinado órgano
    jurisdiccional no se determina únicamente en función
    de un criterio, sino que es el resultado de la
    aplicación conjunta de varios de ellos.
ÁMBITOS DE LA
       COMPETENCIA LABORAL
   Competencia en los conflictos jurídicos que se
    originan con ocasión de las prestaciones de servicios
    de carácter personal
   De naturaleza: Laboral, formativa, cooperativista o
    administrativa. Están excluidas las prestaciones de
    servicios de carácter civil, salvo que la demanda se
    sustente en el encubrimiento de relaciones de
    trabajo.
   Sobre derechos: Individuales, plurales o colectivos
   Sobre aspectos: Sustanciales o conexos a la
    prestación efectiva de servicios
   Sobre aspectos ocurridos: Antes, durante y después
    de la prestación efectiva de servicios.
CONTROVERSIAS JURÍDICAS Y
          ECONÓMICAS
            Controversias Jurídicas
   Afectación de un derecho preexistente
   Se presentan en un ámbito individual, plural o
    colectivo
   Método procesal deductivo
   Proceso Judicial
          Controversias Económicas
   Necesidad de modificar el status quo normativo
    mediante normas convencionales
   Se presentan sólo a nivel colectivo
   Método procesal inductivo.
   Negociación Colectiva, conciliación, arbitraje
JUZGADOS DE PAZ
        LETRADOS LABORALES
   Especialidad de la Justicia de Paz
    Letrada
   Competencia en proceso abreviado
    laboral
   Obligaciones de dar no superiores a 50
    URP
     ¿Indemnización por despido arbitrario?
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      hasta montos superiores a las 50 URP?
JUZGADOS DE PAZ
         LETRADOS LABORALES
   Procesos con título ejecutivo cuando la cuantía
    no supere las 50 URP (Cobranza de aportes
    previsionales sin límite de cuantía)
        Ejecutoriedad     de      las  conciliaciones
         extrajudiciales y privadas sin necesidad de
         homologación
   Asuntos no contenciosos sin importar la
    cuantía
        ¿Incluye la prueba anticipada referida a
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        Entrega de documentos como pretensión única
JUZGADOS ESPECIALIZADOS
          DE TRABAJO
   Criterio   omnicomprensivo:      Todas     las
    pretensiones relativas a la protección de
    derechos individuales, plurales o colectivos.
    Supuestos enunciativos
   Favorabilidad por los Juzgados Especializados
    de Trabajo: Aquellas materias que a criterio
    del juez, en función a su especial naturaleza,
    deban ser ventiladas en el proceso ordinario
    laboral
JUZGADOS ESPECIALIZADOS
          DE TRABAJO
             Proceso Ordinario Laboral
   Nacimiento, desarrollo y extinción de la
    prestación personal de servicios
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          DE TRABAJO
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   Enfermedades profesionales y accidentes de
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          DE TRABAJO
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    pensiones exigibles al empleador o a las
    entidades prestadoras de salud o a las
    aseguradoras
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JUZGADOS ESPECIALIZADOS
          DE TRABAJO
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          DE TRABAJO
        Proceso Contencioso Administrativo
   Pretensiones originadas en las prestaciones
    de    servicios  de    naturaleza    laboral,
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       ¿Impugnaciones de decisiones del CNM   por no
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          DE TRABAJO
               Proceso de Ejecución
   Cuando la cuantía supere las 50 URP
       ¿Posibilidad de aplicar el       test de
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        que reconocen obligaciones en materia laboral?
SALAS LABORALES
                    SUPERIORES
   Acción popular
   Anulación de laudo arbitral que resuelve un conflicto
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   Impugnación de laudos arbitrales derivados de una
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       ¿Los dos sujetos colectivos pueden impugnar el laudo?
       ¿Participación del MINTRA?
       ¿Suspensión de la ejecución vía medida cautelar?

   Contienda de competencia entre juzgados
   Conflictos de autoridad entre juzgados de trabajo y
    autoridades administrativas
COMPETENCIA POR FUNCIÓN
   Recurso de Casación (Sala de Derecho Constitucional y
    Social)

   Recurso de Apelación (Sala de Derecho Constitucional y
    Social, Salas Laborales y Juzgados Especializados de
    Trabajo en función a decisiones emitidas por el inferior
    inmediato)

   Recurso de Queja (Sala de Derecho Constitucional y
    Social, Salas Laborales y Juzgados Especializados de
    Trabajo en función a decisiones emitidas por el inferior
    inmediato
COMPETENCIA POR FUNCIÓN
                      Recurso de Casación
   Causales: Infracción normativa que incida directamente
    sobre la decisión contenida en la decisión impugnada
    (Convenio colectivo como norma jurídica) y apartamiento
    de precedentes vinculantes del TC y la CSJ
   Contra las sentencias y autos
   ¿Requisito de admisibilidad o procedencia? En el caso de
    las sentencias, el monto debe superar las 100 URP
    reconocidos en ellas
   Efectuado el informe oral, el recurso es resuelto luego de
    60 minutos
     No suspende la ejecución de la sentencia, salvo en el
    caso de obligaciones de dar sumas de dinero previo
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COMPETENCIA POR LA
               CUANTÍA
   Cuantía determinada por la suma de todos los
    extremos contenidos en la demanda, tal como
    hayan sido liquidados por el demandante

Permite:
 Delimitación de competencia entre los juzgados

  especializados de trabajo y juzgados de paz
  letrado laborales
        La materia como criterio determinante
   Determinación de exoneración de costas y costos
   Determina si la defensa cautiva es la necesaria
COMPETENCIA POR EL
             TERRITORIO
   Criterio establecido principalmente con la
    finalidad de permitir a las partes un debido
    ejercicio de su derecho de tutela procesal
    efectiva.
   En principio existirá más de un órgano
    jurisdiccional,     correspondiéndole      al
    demandante prestador de servicios elegir a a
    cual acudir
   Criterio de determinación de competencia
    más flexible
COMPETENCIA POR EL
             TERRITORIO
   Juez del domicilio principal del demandado o
    del último lugar donde se prestaron los
    servicios: A elección del demandante
   Si la demanda se dirige contra el prestador de
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    domicilio de éste
   Impugnación de laudos arbitrales derivados
    de una negociación colectiva: La sala laboral
    del lugar donde se expidió el laudo
   Prórroga de la competencia solamente
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    servicios
CUESTIONAMIENTO DE LA
           COMPETENCIA
   Posibilidad de cuestionarla vía excepción
   De oficio: Nulidad de lo actuado y remisión al
    órgano competente si el Juez determina su
    incompetencia por razón de la materia,
    cuantía, grado, función o territorio no
    prorrogado
   Cuestionamiento de la competencia territorial:
    Excluyentemente vía excepción o contienda.
    La de los JPLL solo vía excepción
   Contienda de competencia de juzgados de
    distintos     distritos     judiciales:   Sala
    Constitucional y Social de la Corte Suprema
NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO

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      Carlos Alberto Quispe Montesinos

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Competencia y ámbitos de la justicia laboral

  • 1. NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO ÁMBITO DE LA JUSTICIA LABORAL Carlos Alberto Quispe Montesinos
  • 2. DETERMINACIÓN DE LA COMPETENCIA  Formas de determinación de la competencia en el proceso laboral:  Territorio  Materia  Función  Cuantía  La competencia de un determinado órgano jurisdiccional no se determina únicamente en función de un criterio, sino que es el resultado de la aplicación conjunta de varios de ellos.
  • 3. ÁMBITOS DE LA COMPETENCIA LABORAL  Competencia en los conflictos jurídicos que se originan con ocasión de las prestaciones de servicios de carácter personal  De naturaleza: Laboral, formativa, cooperativista o administrativa. Están excluidas las prestaciones de servicios de carácter civil, salvo que la demanda se sustente en el encubrimiento de relaciones de trabajo.  Sobre derechos: Individuales, plurales o colectivos  Sobre aspectos: Sustanciales o conexos a la prestación efectiva de servicios  Sobre aspectos ocurridos: Antes, durante y después de la prestación efectiva de servicios.
  • 4. CONTROVERSIAS JURÍDICAS Y ECONÓMICAS Controversias Jurídicas  Afectación de un derecho preexistente  Se presentan en un ámbito individual, plural o colectivo  Método procesal deductivo  Proceso Judicial Controversias Económicas  Necesidad de modificar el status quo normativo mediante normas convencionales  Se presentan sólo a nivel colectivo  Método procesal inductivo.  Negociación Colectiva, conciliación, arbitraje
  • 5. JUZGADOS DE PAZ LETRADOS LABORALES  Especialidad de la Justicia de Paz Letrada  Competencia en proceso abreviado laboral  Obligaciones de dar no superiores a 50 URP  ¿Indemnización por despido arbitrario?  ¿Puede ejercerse las facultades ultrapetita hasta montos superiores a las 50 URP?
  • 6. JUZGADOS DE PAZ LETRADOS LABORALES  Procesos con título ejecutivo cuando la cuantía no supere las 50 URP (Cobranza de aportes previsionales sin límite de cuantía)  Ejecutoriedad de las conciliaciones extrajudiciales y privadas sin necesidad de homologación  Asuntos no contenciosos sin importar la cuantía  ¿Incluye la prueba anticipada referida a obligaciones de dar por más de 50 URP?  Entrega de documentos como pretensión única
  • 7. JUZGADOS ESPECIALIZADOS DE TRABAJO  Criterio omnicomprensivo: Todas las pretensiones relativas a la protección de derechos individuales, plurales o colectivos. Supuestos enunciativos  Favorabilidad por los Juzgados Especializados de Trabajo: Aquellas materias que a criterio del juez, en función a su especial naturaleza, deban ser ventiladas en el proceso ordinario laboral
  • 8. JUZGADOS ESPECIALIZADOS DE TRABAJO Proceso Ordinario Laboral  Nacimiento, desarrollo y extinción de la prestación personal de servicios  ¿Exclusividad en materia de despido?  Responsabilidad por daño patrimonial o extrapatrimonial  ¿Comprende la responsabilidad vicaria por actos del trabajador?  Actos de discriminación
  • 9. JUZGADOS ESPECIALIZADOS DE TRABAJO  Cese de actos de hostilidad  Enfermedades profesionales y accidentes de trabajo  Impugnación de RIT  Conflictos sindicales  Obligaciones generadas con ocasión de la prestación de servicios a institutos, fondos, cajas
  • 10. JUZGADOS ESPECIALIZADOS DE TRABAJO  Cumplimiento de prestaciones de salud y pensiones exigibles al empleador o a las entidades prestadoras de salud o a las aseguradoras  Sistema Privado de Pensiones  Excepto cobranza de aportes previsionales al SPP  Nulidad de cosa juzgada fraudulenta laboral
  • 11. JUZGADOS ESPECIALIZADOS DE TRABAJO Proceso Abreviado Laboral  Reposición  Nulidad de Despido  ¿”Reposición” sin prestaciones complementarias del despido nulo?  ¿Despido Incausado?  ¿Despido Fraudulento?  Pretensiones relativas a la vulneración de la libertad sindical
  • 12. JUZGADOS ESPECIALIZADOS DE TRABAJO Proceso Contencioso Administrativo  Pretensiones originadas en las prestaciones de servicios de naturaleza laboral, administrativa o de seguridad social, de derecho público  ¿Impugnaciones de decisiones del CNM por no ratificación de magistrados?  Impugnaciones contra actuaciones del MINTRA
  • 13. JUZGADOS ESPECIALIZADOS DE TRABAJO Proceso de Ejecución  Cuando la cuantía supere las 50 URP  ¿Posibilidad de aplicar el test de disponibilidad de derechos sobre actas de conciliación?  ¿Son títulos las resoluciones administrativas firmes que reconocen obligaciones en materia laboral?
  • 14. SALAS LABORALES SUPERIORES  Acción popular  Anulación de laudo arbitral que resuelve un conflicto jurídico de naturaleza laboral  Impugnación de laudos arbitrales derivados de una negociación colectiva  ¿Quién es el demandado?  ¿Los dos sujetos colectivos pueden impugnar el laudo?  ¿Participación del MINTRA?  ¿Suspensión de la ejecución vía medida cautelar?  Contienda de competencia entre juzgados  Conflictos de autoridad entre juzgados de trabajo y autoridades administrativas
  • 15. COMPETENCIA POR FUNCIÓN  Recurso de Casación (Sala de Derecho Constitucional y Social)  Recurso de Apelación (Sala de Derecho Constitucional y Social, Salas Laborales y Juzgados Especializados de Trabajo en función a decisiones emitidas por el inferior inmediato)  Recurso de Queja (Sala de Derecho Constitucional y Social, Salas Laborales y Juzgados Especializados de Trabajo en función a decisiones emitidas por el inferior inmediato
  • 16. COMPETENCIA POR FUNCIÓN Recurso de Casación  Causales: Infracción normativa que incida directamente sobre la decisión contenida en la decisión impugnada (Convenio colectivo como norma jurídica) y apartamiento de precedentes vinculantes del TC y la CSJ  Contra las sentencias y autos  ¿Requisito de admisibilidad o procedencia? En el caso de las sentencias, el monto debe superar las 100 URP reconocidos en ellas  Efectuado el informe oral, el recurso es resuelto luego de 60 minutos  No suspende la ejecución de la sentencia, salvo en el caso de obligaciones de dar sumas de dinero previo depósito o carta fianza
  • 17. COMPETENCIA POR LA CUANTÍA  Cuantía determinada por la suma de todos los extremos contenidos en la demanda, tal como hayan sido liquidados por el demandante Permite:  Delimitación de competencia entre los juzgados especializados de trabajo y juzgados de paz letrado laborales  La materia como criterio determinante  Determinación de exoneración de costas y costos  Determina si la defensa cautiva es la necesaria
  • 18. COMPETENCIA POR EL TERRITORIO  Criterio establecido principalmente con la finalidad de permitir a las partes un debido ejercicio de su derecho de tutela procesal efectiva.  En principio existirá más de un órgano jurisdiccional, correspondiéndole al demandante prestador de servicios elegir a a cual acudir  Criterio de determinación de competencia más flexible
  • 19. COMPETENCIA POR EL TERRITORIO  Juez del domicilio principal del demandado o del último lugar donde se prestaron los servicios: A elección del demandante  Si la demanda se dirige contra el prestador de servicios: sólo será competente el juez del domicilio de éste  Impugnación de laudos arbitrales derivados de una negociación colectiva: La sala laboral del lugar donde se expidió el laudo  Prórroga de la competencia solamente cuando ello resulte favorable al prestador de servicios
  • 20. CUESTIONAMIENTO DE LA COMPETENCIA  Posibilidad de cuestionarla vía excepción  De oficio: Nulidad de lo actuado y remisión al órgano competente si el Juez determina su incompetencia por razón de la materia, cuantía, grado, función o territorio no prorrogado  Cuestionamiento de la competencia territorial: Excluyentemente vía excepción o contienda. La de los JPLL solo vía excepción  Contienda de competencia de juzgados de distintos distritos judiciales: Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema
  • 21. NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO ÁMBITO DE LA JUSTICIA LABORAL Carlos Alberto Quispe Montesinos