Este documento resume los principales aspectos de la nueva ley procesal laboral peruana. Explica las formas de determinar la competencia de los tribunales laborales, incluidos el territorio, la materia, la función y la cuantía. También describe los diferentes tipos de procesos laborales, como los procesos ordinarios, abreviados y de ejecución. Además, detalla la competencia de los juzgados de paz letrados laborales, los juzgados especializados de trabajo y las salas laborales superiores.
1. NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO
ÁMBITO DE LA JUSTICIA
LABORAL
Carlos Alberto Quispe Montesinos
2. DETERMINACIÓN DE LA
COMPETENCIA
Formas de determinación de la competencia en el
proceso laboral:
Territorio
Materia
Función
Cuantía
La competencia de un determinado órgano
jurisdiccional no se determina únicamente en función
de un criterio, sino que es el resultado de la
aplicación conjunta de varios de ellos.
3. ÁMBITOS DE LA
COMPETENCIA LABORAL
Competencia en los conflictos jurídicos que se
originan con ocasión de las prestaciones de servicios
de carácter personal
De naturaleza: Laboral, formativa, cooperativista o
administrativa. Están excluidas las prestaciones de
servicios de carácter civil, salvo que la demanda se
sustente en el encubrimiento de relaciones de
trabajo.
Sobre derechos: Individuales, plurales o colectivos
Sobre aspectos: Sustanciales o conexos a la
prestación efectiva de servicios
Sobre aspectos ocurridos: Antes, durante y después
de la prestación efectiva de servicios.
4. CONTROVERSIAS JURÍDICAS Y
ECONÓMICAS
Controversias Jurídicas
Afectación de un derecho preexistente
Se presentan en un ámbito individual, plural o
colectivo
Método procesal deductivo
Proceso Judicial
Controversias Económicas
Necesidad de modificar el status quo normativo
mediante normas convencionales
Se presentan sólo a nivel colectivo
Método procesal inductivo.
Negociación Colectiva, conciliación, arbitraje
5. JUZGADOS DE PAZ
LETRADOS LABORALES
Especialidad de la Justicia de Paz
Letrada
Competencia en proceso abreviado
laboral
Obligaciones de dar no superiores a 50
URP
¿Indemnización por despido arbitrario?
¿Puede ejercerse las facultades ultrapetita
hasta montos superiores a las 50 URP?
6. JUZGADOS DE PAZ
LETRADOS LABORALES
Procesos con título ejecutivo cuando la cuantía
no supere las 50 URP (Cobranza de aportes
previsionales sin límite de cuantía)
Ejecutoriedad de las conciliaciones
extrajudiciales y privadas sin necesidad de
homologación
Asuntos no contenciosos sin importar la
cuantía
¿Incluye la prueba anticipada referida a
obligaciones de dar por más de 50 URP?
Entrega de documentos como pretensión única
7. JUZGADOS ESPECIALIZADOS
DE TRABAJO
Criterio omnicomprensivo: Todas las
pretensiones relativas a la protección de
derechos individuales, plurales o colectivos.
Supuestos enunciativos
Favorabilidad por los Juzgados Especializados
de Trabajo: Aquellas materias que a criterio
del juez, en función a su especial naturaleza,
deban ser ventiladas en el proceso ordinario
laboral
8. JUZGADOS ESPECIALIZADOS
DE TRABAJO
Proceso Ordinario Laboral
Nacimiento, desarrollo y extinción de la
prestación personal de servicios
¿Exclusividad en materia de despido?
Responsabilidad por daño patrimonial o
extrapatrimonial
¿Comprende la responsabilidad vicaria por actos
del trabajador?
Actos de discriminación
9. JUZGADOS ESPECIALIZADOS
DE TRABAJO
Cese de actos de hostilidad
Enfermedades profesionales y accidentes de
trabajo
Impugnación de RIT
Conflictos sindicales
Obligaciones generadas con ocasión de la
prestación de servicios a institutos, fondos,
cajas
10. JUZGADOS ESPECIALIZADOS
DE TRABAJO
Cumplimiento de prestaciones de salud y
pensiones exigibles al empleador o a las
entidades prestadoras de salud o a las
aseguradoras
Sistema Privado de Pensiones
Excepto cobranza de aportes previsionales al SPP
Nulidad de cosa juzgada fraudulenta laboral
11. JUZGADOS ESPECIALIZADOS
DE TRABAJO
Proceso Abreviado Laboral
Reposición
Nulidad de Despido
¿”Reposición” sin prestaciones complementarias del
despido nulo?
¿Despido Incausado?
¿Despido Fraudulento?
Pretensiones relativas a la vulneración de la
libertad sindical
12. JUZGADOS ESPECIALIZADOS
DE TRABAJO
Proceso Contencioso Administrativo
Pretensiones originadas en las prestaciones
de servicios de naturaleza laboral,
administrativa o de seguridad social, de
derecho público
¿Impugnaciones de decisiones del CNM por no
ratificación de magistrados?
Impugnaciones contra actuaciones del
MINTRA
13. JUZGADOS ESPECIALIZADOS
DE TRABAJO
Proceso de Ejecución
Cuando la cuantía supere las 50 URP
¿Posibilidad de aplicar el test de
disponibilidad de derechos sobre actas de
conciliación?
¿Son títulos las resoluciones administrativas firmes
que reconocen obligaciones en materia laboral?
14. SALAS LABORALES
SUPERIORES
Acción popular
Anulación de laudo arbitral que resuelve un conflicto
jurídico de naturaleza laboral
Impugnación de laudos arbitrales derivados de una
negociación colectiva
¿Quién es el demandado?
¿Los dos sujetos colectivos pueden impugnar el laudo?
¿Participación del MINTRA?
¿Suspensión de la ejecución vía medida cautelar?
Contienda de competencia entre juzgados
Conflictos de autoridad entre juzgados de trabajo y
autoridades administrativas
15. COMPETENCIA POR FUNCIÓN
Recurso de Casación (Sala de Derecho Constitucional y
Social)
Recurso de Apelación (Sala de Derecho Constitucional y
Social, Salas Laborales y Juzgados Especializados de
Trabajo en función a decisiones emitidas por el inferior
inmediato)
Recurso de Queja (Sala de Derecho Constitucional y
Social, Salas Laborales y Juzgados Especializados de
Trabajo en función a decisiones emitidas por el inferior
inmediato
16. COMPETENCIA POR FUNCIÓN
Recurso de Casación
Causales: Infracción normativa que incida directamente
sobre la decisión contenida en la decisión impugnada
(Convenio colectivo como norma jurídica) y apartamiento
de precedentes vinculantes del TC y la CSJ
Contra las sentencias y autos
¿Requisito de admisibilidad o procedencia? En el caso de
las sentencias, el monto debe superar las 100 URP
reconocidos en ellas
Efectuado el informe oral, el recurso es resuelto luego de
60 minutos
No suspende la ejecución de la sentencia, salvo en el
caso de obligaciones de dar sumas de dinero previo
depósito o carta fianza
17. COMPETENCIA POR LA
CUANTÍA
Cuantía determinada por la suma de todos los
extremos contenidos en la demanda, tal como
hayan sido liquidados por el demandante
Permite:
Delimitación de competencia entre los juzgados
especializados de trabajo y juzgados de paz
letrado laborales
La materia como criterio determinante
Determinación de exoneración de costas y costos
Determina si la defensa cautiva es la necesaria
18. COMPETENCIA POR EL
TERRITORIO
Criterio establecido principalmente con la
finalidad de permitir a las partes un debido
ejercicio de su derecho de tutela procesal
efectiva.
En principio existirá más de un órgano
jurisdiccional, correspondiéndole al
demandante prestador de servicios elegir a a
cual acudir
Criterio de determinación de competencia
más flexible
19. COMPETENCIA POR EL
TERRITORIO
Juez del domicilio principal del demandado o
del último lugar donde se prestaron los
servicios: A elección del demandante
Si la demanda se dirige contra el prestador de
servicios: sólo será competente el juez del
domicilio de éste
Impugnación de laudos arbitrales derivados
de una negociación colectiva: La sala laboral
del lugar donde se expidió el laudo
Prórroga de la competencia solamente
cuando ello resulte favorable al prestador de
servicios
20. CUESTIONAMIENTO DE LA
COMPETENCIA
Posibilidad de cuestionarla vía excepción
De oficio: Nulidad de lo actuado y remisión al
órgano competente si el Juez determina su
incompetencia por razón de la materia,
cuantía, grado, función o territorio no
prorrogado
Cuestionamiento de la competencia territorial:
Excluyentemente vía excepción o contienda.
La de los JPLL solo vía excepción
Contienda de competencia de juzgados de
distintos distritos judiciales: Sala
Constitucional y Social de la Corte Suprema
21. NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO
ÁMBITO DE LA JUSTICIA
LABORAL
Carlos Alberto Quispe Montesinos