Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
El contencioso administrativo laboral
1. Universidad de Los Andes
Facultad de Ciencias Económicas y Sociales
Grupo de Legislación Organizacional y Gerencia (GILOG)
Especialización en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social
EL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL
Abg. Geomar Salcedo
Abg. Julio Chuecos
2. CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO
Controlar la correcta actuación de la
Administración, con pleno sometimiento a la ley y al
derecho; así como de la resolución de los posibles
conflictos entre la Administración y los
ciudadanos, por medio de recursos contenciosos-
administrativos por cualquier persona en defensa
de su derechos e intereses, cuando estos se
hayan visto lesionados por la actuación (o la falta de
ella) de la Administración.
3. EL CONTENCIOSOADMINISTRATIVO LABORAL
Recursos jurisdiccionales establecidos en la
Constitución y en las leyes, para que los
interesados puedan solicitar de los órganos
jurisdiccionales con competencia laboral, el
control de la legalidad de los actos
generales o particulares emanados de los
órganos administrativos del trabajo.
4. EVOLUCIÓN HISTÓRICA
1992
• Comienzan los tribunales del
trabajo aconocer del recurso
• Antes de esteaño este
recurso seejercía ante la
corte primera de lo
contencioso administrativo
2002
• No se estipula la
competencia aalgún tribunal
• La sala constitucional a
través de jurisprudencia le
atribuye competencia a la
jurisdicción contenciosa-
administrativa
2010
• Jurisprudencia de la sala
constitucional, establece que la
jurisdicción para conocer de las
pretensiones de actos dictados
por losinspectoresesla
jurisdicción laboral
5. EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Según Brewer Carias el proceso
contencioso administrativo es un conjunto
de acciones y recursos cuya pretensión es
la anulación de un acto administrativo
6. RECURSO DE NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS EN
MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA LABORAL
•…criterio, con carácter vinculante para las otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia y demás
tribunales de la República:
1)La jurisdicción competente para el conocimiento de las distintas pretensiones que se planteen en relación
con los actos administrativos dictados por los Inspectores del Trabajo, es la jurisdicción laboral.
2)De los tribunales que conforman esta jurisdicción, el conocimiento de las pretensiones antes especificadas
corresponde, en primera instancia, a los Tribunales de Primera Instancia del Trabajo y en
segunda instancia, a los Tribunales Superiores del Trabajo. Así sedeclara”.
SENTENCIA Nº 955 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2010
Magistrado Francisco Carrasquero
7. RECURSO DE NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS EN
MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA LABORAL
SENTENCIA Nº 955 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2010
Magistrado Francisco Carrasquero
Este criterio fue reiterado en la Sentencia Nº 108, de fecha 25/02/2011, (Publicada en la
Gaceta Judicial Nº 2, de fecha 02/03/2011 y G.O. Nº 39.642, de fecha 25/03/2011), donde la
Sala conociendo del conflicto de competencia suscitado entre un juzgado laboral y otro
contencioso administrativo, dejó sentado el criterio vinculante de la Sala lo explanado en
la Sentencia Nº 955.
8. RECURSO DE NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS EN
MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA LABORAL
¿Cuáles fueron los motivos para el cambio de criterio?
Artículos 87 al 97 (Título III: Derechos Sociales) de la CRBV: considera el trabajo como un derecho y un hecho
social. La Disposición Transitoria Cuarta, en su numeral 4, estableció el deber para la AN de aprobar una Ley
Orgánica Procesal del Trabajo.
Esta posición se ve reforzada por la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa (Gaceta Oficial Nº 39.451 del 22 de Junio de 2010). Aquí destacan los artículos: 23 numeral 5, 24 numeral
5 y 25 numeral 3.
“Artículo 25. Los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa son competentes para conocer de:
3. Las demandas de nulidad contra los actos administrativos de efectos generales o particulares, dictados por
las autoridades estadales o municipales de su jurisdicción, con excepción de las acciones de nulidad ejercidas
contra las decisiones administrativas dictadas por la Administración del trabajo en materia de inamovilidad,
con ocasión de una relación laboral regulada por la Ley Orgánica del Trabajo.
9. RECURSO DE NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS EN
MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA LABORAL
Los efectos
fueron imprecisos,
por lo que la SC
Sentencia Nº 311 (18-03-2011), reiteró el criterio explicado en la 955 e indicó cuáles eran los efectos en el
tiempo.
Criterio reiterado en la Sentencia Nº 579, de la Sala Político Administrativa (04-05-2011), en donde se señaló
que:
a) Las causas en las cuales la competencia "ya haya sido asumida o regulada de conformidad con el
principio perpetuatio fori", en cuyo caso seguirán conociendo los Juzgados de lo Contencioso
Administrativo, de acuerdo al criterio anterior a la Sentencia del 23 de septiembre de 2010.
a) Las demás causas (aquellas en las que no se haya asumido la competencia, ni efectuado previamente
una regulación de competencia), es decir, donde la competencia aun no se ha determinado,
independientemente del momento de su interposición, supuestos en los cuales se debe aplicar el
criterio establecido en la Sentencia Nº 955 del 23 de septiembre de 2010 y, por ende, declarar la
competencia de los juzgados laborales.“
Sentencia Nº 168 (28-02-2012): los conflictos negativos de competencia entre los jueces de la jurisdicción
laboral y contencioso administrativo en la ejecución de las providencias administrativas dictadas por las
Inspectorías del Trabajo serán considerados como desacato a la doctrina vinculante de esta Sala.
Efectos en el tiempo
de la Sentencia Nº 955
10. RECURSO DE NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS EN
MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA LABORAL
Determinada la competencia de la jurisdicción laboral para conocer de las demandas de nulidad contra los actos
administrativos emanados de las Inspectorías del Trabajo, queda pendiente determinar a quién le corresponde
conocer:
¿a los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo o a los Tribunales
de Juicio de Primera Instancia del Trabajo?
Guardando la lógica inherente a las fases que estructuran el procedimiento
laboral, lo conducente es que el Juez de Juicio del Trabajo conozca y decida
todo lo relacionado con las pretensiones que por su objeto y naturaleza implican
un proceso de juzgamiento.
Base legal: Arts. 17 y 18 de la LOPT
(Sentencia Nº 57 del 03-08-2011)
11. OBJETO DE IMPUGNACIÓN
La inadmisión de la calificación de despido será considerado como
tramite calificado y se equipara a los actos definitivos.Ya que no
resuelven el fondo, sino que impiden llegar al mismo y lo cierran. Y se
puede recurrir de forma inmediata ante el juez y solicitar el recurso
contencioso administrativode nulidadcontra elinspector
Para los actos administrativos definitivos en los que haya cesado la
infracción a la inamovilidad, y se haya agotado la vía administrativa se
recurre directamente ante el tribunal laboral de la circunscripción, con
pretensión contenciosode nulidad
12. COMPETENCIA PARA CONOCER LOS JUECES LABORALES
DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DEL INSPECTOR DE
TRABAJO Y DEL INPSASEL
TRIBUNAL LABORAL
JUEZ NATURAL (NATURALEZA
JURÍDICA)
INPSASEL art. 129 LOPCYMAT
Competencia relativa al
conocimiento de las
acciones de nulidad
Consideración jurisprudencial
del art 129 ejusdem en
sentencia N° 995
INSPECTORÍA DEL TRABAJO
Sentencia N° 955 competencia
para que los jueces laborales
conozcan decisiones o
providencias de los inspectores
de trabajo LOTT art. 422 y 425
13. PROCEDIMIENTO A SEGUIR CONTRA LAS NULIDADES
DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
Control de los órganos jurisdiccionales por
vicios de nulidad Absoluta o Relativa
Art. 19 y 20 LOPA
De existir vicios la consecuencia
es la nulidad del acto y la
reposición en vía administrativa al
estado para hacer cesar la
violación legal
Determinar que normas se aplicaron
mal o no se aplicaron de acuerdo a los
hechos objetos de la controversia
Principio de legalidad
14. ELEMENTOS ESENCIALES PARA LA VALIDEZ DE
LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
SUBJETIVO (¿quién?)
competencia (expresa)
base legal
OBJETIVO O MATERIAL (¿qué?)
lícito
cierto
posible
determinado o determinable
CAUSAL (¿por qué?)
las circunstancias o razones de hecho y de
derecho
que determinan la expedición del acto
administrativo
TELEOLÓGICO (¿para qué?)
es el propósito o el resultado que se busca con la
expedición del acto administrativo
FORMAL (¿cómo?)
se refiere a los requisitos y a la manera de
plasmar y exteriorizar el acto administrativo
15. VICIOS DE ANULABILIDAD DE LOS ACTOS
VICIOS EN EL ELEMENTO SUBJETIVO
(COMPETENCIA)
Sentencia N° 1094/2012 del 26/09
caso Josué Orlando
Esparragoza Sojo
INCOMPETENCIA CONSTITUCIONAL
USURPACIÓN DE AUTORIDAD
USURPACIONES DE FUNCIONES
a. horizontalmente
b. verticalmente
INCOMPETENCIA LEGAL EXTRALIMITACIÓN DE FUNCIONES
16. VICIOS DE ANULABILIDAD DE LOS ACTOS
1. Incompetencia por la materia
2. Incompetencia por el grado
a. Del inferior al superior
a.1. por ausencia total de competencia
a.2. por delegación insuficiente o prohibida
b. Del superior al inferior
3. Incompetencia por el territorio
4. Incompetencia por el tiempo
EXTRALIMITACIÓN DE
FUNCIONES
17. VICIOS DE ANULABILIDAD DE LOS ACTOS
USURPACIÓN DE FUNCIONES
EXTRALIMITACIÓN DE FUNCIONES
Sentencia N° 385/2011 del 30/03
caso Gobernador del Estado Nueva
Esparta contra Ministro del Poder
Popular para la Cultura
18. VICIOS DE ANULABILIDAD DE LOS ACTOS
VICIOS EN EL
ELEMENTO OBJETIVO
ILEGALIDAD
INDETERMINACIÓN EN EL CONTENIDO DEL ACTO
ACTO DE IMPOSIBLE EJECUCIÓN Imposibilidad fáctica
Imposibilidad jurídica
19. VICIOS DE ANULABILIDAD DE LOS ACTOS
VICIOS EN EL ELEMENTO CAUSAL
FALSO SUPUESTO
DE HECHO
DE DERECHO
20. VICIOS DE ANULABILIDAD DE LOS ACTOS
FALSO SUPUESTO DE HECHO
Hechos inexistentes
Hechos falsos
Hechos no relacionados
21. VICIOS DE ANULABILIDAD DE LOS ACTOS
“Los hechos que dan origen a la decisión administrativa existen, se corresponden con lo
acontecido y son verdaderos, pero la Administración, al dictar el acto, los subsume en
una norma errónea o inexistente en el universo normativo para fundamentarlo, lo cual
incide decisivamente en la esfera de los derechos subjetivos del administrado”
(Sentencia N° 19/2011 del 12/01, caso: Javier Villarroel Rodríguez, ratificada en
Sentencia N° 952/2011 del 14/07, caso: Helmerich & Payne de Venezuela, C.A. contra
Ministro del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social).
“tiene lugar cuando la Administración se fundamenta en una norma que no es aplicable
al caso concreto o cuando le da un sentido que ésta no tiene…” (Sentencia N° 300/2011
del 03/03, caso: Inspectoría General de Tribunales contra Comisión de Funcionamiento y
Reestructuración del Sistema Judicial)
FALSO SUPUESTO DE DERECHO:
22. VICIOS DE ANULABILIDAD DE LOS ACTOS
VICIOS EN EL ELEMENTO TELEOLÓGICO Desviación de poder
DESVIACIÓN DE PODER
Deben darse dos supuestos para que se configure este vicio:
1. Que el funcionario que dicta el acto tenga atribución legal de competencia
2. Que el acto haya sido dictado con un fin distinto al previsto por el legislador
(Sentencia N° 1210/2010 del 25/11, caso Gloria Torrellas contra Comisión Judicial
del Tribunal Supremo de Justicia)
USURPACIÓN DE AUTORIDAD/
USURPACIÓN DE FUNCIONES
DESVIACIÓN DE PODER
Sentencia N° 623/2007 del 25/04, caso
Tanya Mauri Iturbe contra Comisión
de Funcionamiento y Reestructuración
23. VICIOS DE ANULABILIDAD DE LOS ACTOS
ELEMENTO FORMAL
DELACTO ADMINISTRATIVO MOTIVACIÓN
DIRECTA
INDIRECTA
REQUISITOS PARA LA EXTERIORIZACIÓN
DELACTO (ARTÍCULO 18 LOPA)
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
PARA LA FORMACIÓN DE LA VOLUNTAD
ADMINISTRATIVA
24. VICIOS DE ANULABILIDAD DE LOS ACTOS
VICIOS EN EL
ELEMENTO FORMAL INMOTIVACIÓN
ABSOLUTA
MOTIVACIÓN ESCUETA
O INSUFICIENTE
MOTIVACIÓN CONFUSA
O CONTRADICTORIA
INOBSERVANCIA DE LOS REQUISITOS
PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 18 LOPA
VICIOS EN EL PROCEDIMIENTO
1. AUSENCIA TOTAL Y ABSOLUTA DE PROCEDIMIENTO (ART. 19.4 LOPA)
2. VICIO DE PROCEDIMIENTO (irregularidades que alteran la voluntad de la
Administración o creen algún tipo de indefensión al administrado)
3. IRREGULARIDADES IRRELEVANTES / NO INVALIDANTES
(desviaciones del procedimiento que no alcanzan a constituirse en un vicio,
porque no generan indefensión al particular ni alteran la
voluntad de la Administración)
25. VICIOS DE ANULABILIDAD DE LOS ACTOS
MOTIVACIÓN MOTIVO/CAUSA
INMOTIVACIÓN (MOTIVACIÓN CONTRADICTORIA)
FALSO SUPUESTO
Sentencia N° 960/2011 del
14/07, caso Dionny Alexander
Zambrano Méndez contra
Ministro del Poder Popular
para la Defensa