1. MARÍA DEL CARMEN PÉREZ PÉREZ
Subdirectora de Políticas y Planes Ambientales
Bogotá D.C., Octubre 29 de 2010
2. La conformación de la hoy llamada región:
• 1973 Ecología y expansión urbana (Universidad Nacional de Colombia)
• 1994 (Ley 128, Áreas metropolitanas) y Plan estratégico Bogotá 2000
(Jaime Castro)
• 2000 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá
• 2001 Mesa de Planificación Regional Bogotá - Cundinamarca
• 2003 Documento CONPES 3256 Región Bogotá - Cundinamarca
• 2004 Revisión del POT de Bogotá (modelo Ciudad-Región)
• 2007 Convenio interadministrativo D.C- Departamento de Cundinamarca
(Región-Capital)
• 2009 Lineamientos de Política Ambiental para la Región Central (IAvH)
3. • Carencia de una cultura e identidad ambiental Regional.
• Ausencia de planes ambientales regionales eficaces, y carencia de
mecanismos o instrumentos de financiación que orienten recursos hacia
proyectos o iniciativas que impacten positivamente los ecosistemas de la
región.
• La carencia de acuerdo sobre una plataforma mínima de trabajo conjunto.
• Débil compromiso con la institucionalidad ambiental e inexistencia de
acciones de articulación institucional.
• Ausencia de mecanismos que faciliten la difusión de la información
ambiental Regional.
4. • Conservación uso y recuperación del recurso hídrico
• Armonización y coordinación de los determinantes ambientales,
especialmente en lo referido a la Estructura Ecológica Regional (EER)
• Comunicación, información e investigación en la construcción de la
identidad regional
• Promoción de la producción mas limpia
• Armonización, coordinación e integración institucional ambiental en la
Región Capital
5. 1. Fortalecimiento institucional de la Región
Capital, Bogotá -Cundinamarca :
• Crear e implementar instancia de
coordinación para planeación, gestión y
operación de proyectos
• Tramitar ante el Gobierno Nacional y el
Congreso de la República los proyectos
normativos requeridos para constituir la
Región Capital.
•Promocionar la participación directa de los municipios de la Región
Capital, en las acciones y proyectos que hacen parte de las agendas
regionales
6. 2. Agenda regional para la productividad y equidad:
Planear de forma coordinada los usos del suelo de los municipios que conforman
la Región Capital, atendiendo a su vocación productiva y su dotación actual.
7. • Homologar obligaciones
urbanísticas y tributarias inherentes
a la clasificación de suelos en el
ámbito regional.
• Formular y ejecutar estudios,
planes maestros y proyectos
regionales para la movilidad, el
abastecimiento alimentario, la
vivienda, la dotación de servicios
públicos y equipamientos sociales.
8. 3. Agenda Regional de
Sostenibilidad Ambiental:
• Definir, adoptar y conservar la EER
• Revisar y ajustar el POMCA del río
Bogotá (articulación con los de Salitre,
Fucha y Tunjuelo)
• Definir medidas de protección y
conservación de áreas sin categorías
de protección
• Impulsar el PMA de la RFP Bosque
Oriental de Bogotá
9. • Manejar la actividad minera con altos
estándares ambientales unificados y
concertados.
• Formular y desarrollar un plan integrado de
cambio climático para la Región Capital.
• Formular e implementar una línea estratégica
regional para la protección del recurso hídrico.
• Gestión integral de residuos en la Región
Capital.
11. • Contar con un mecanismo nacional para la captación, administración y
colocación de recursos para el financiamiento de proyectos
ambientales regionales.
• Observatorios Ambientales Regionales.
12. “El Gobierno Nacional asignará recursos, previo estudio
elaborado por el MAVDT y el DNP, con la administración
del FONADE, para la financiación de proyectos
ambientales de cobertura regional para la recuperación
o la conservación de la oferta ambiental de las eco-
regiones del país. Promoverá también la estructuración
de los Observatorios Ambientales Regionales.”
13. • El proyecto de LOOT no recoge la problemática ambiental de los
territorios, ni la incidencia del crecimiento sobre los ecosistemas
estratégicos de la región.
• El LOOT centra su atención en temas de desarrollo económico y
social, no incluye componente ambiental (ecosistemas
estratégicos, recurso hídrico, procesos de industrialización,
minería, entre otros)
PROBLEMATICA
14. • Conformar unidades regionales - responsabilidades y armonización
de políticas de desarrollo.
• Estandarizar normas tributarias- agenda conjunta de finanzas
públicas que orienten la toma de decisiones y fortalezcan el
desarrollo territorial regional.
• Aunar esfuerzos para superar la débil capacidad institucional.
• Facilitar la articulación y definición de prioridades, entre ellas las
ambientales (figuras de ciudad región y otras similares frente a
planes municipales de los entes territoriales que conforman la región
determinada).
SOLUCIÓN
15. “Facúltese al Gobierno Nacional para que, previa
consulta con el Consejo Nacional de Planeación y los
Consejos departamentales y municipales de planeación,
establezca los mecanismos y los diversos esquemas de
cooperación y de integración regional entre los entes
territoriales para la realización de acciones de interés
común.”
16. • Replantear la tasa retributiva, a fin de incidir en el
comportamiento de los contaminadores, y revisar la forma de
cálculo de factor regional.
• Revisar la reglamentación de tasas por uso orientada a la
equidad sobre el valor real del recurso y la reducción de los
costos de transacción.
• Generar la reglamentación de las tasas compensatorias, que
permita cuantificar el daño ambiental y garantizar la
renovabilidad del recurso.
17. “El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial, realizará, en un plazo no superior a un año,
previa consulta con las demás autoridades ambientales,
la modificación de las tasas retributivas y por uso y
reglamentará las compensatorias, para garantizar su
efectividad como instrumentos económicos y su
adecuado recaudo”.
18. Garantizar el cierre financiero y así la construcción de la PTAR
Canoas. Indispensable el compromiso claro y explícito del
Gobierno Nacional en aportar los recursos que le
corresponden.
19. “El Gobierno Nacional aportará los recursos que le
correspondan para realizar el cierre financiero del
proyecto de construcción de la PTAR Canoas del río
Bogotá, para lo cual efectuará la coordinación y
negociación respectivas con la CAR y el Distrito Capital.
Cualquier diferencia al respecto será dirimida por una
comisión de tres expertos independientes, contratada
por el MAVDT.”
20. “Previa reglamentación, el Gobierno Nacional
participará en la cofinanciación de la ejecución de los
POMCA para las cuencas priorizadas mediante Decreto
1480 de 2007, formulados y debidamente aprobados
por las autoridades ambientales”.
21. Definir y establecer criterios y determinantes para la
relación entre la EE a nivel nacional, regional y local,
identificando requerimientos de coordinación para
inversiones y acciones conjuntas (Gobierno Nacional,
CAR, AAU y municipios).
22. “El Gobierno Nacional, mediante una comisión técnica y
en consulta con las autoridades ambientales y los
municipios, definirá y establecerá la relación armónica
entre las estructuras ecológicas de escala nacional,
regional y local, identificando los requerimientos de
coordinación para inversiones y otras acciones de
conservación. Esas acciones e inversiones deben ser
complementarias a las previstas para los POMCA.”
23. • Generación de programas regionales de manejo de residuos,
especialmente en la búsqueda de alternativas de sitios de
disposición (relleno sanitario, áreas de reciclaje y
escombreras)
• Establecimiento de parámetros e incentivos a programas de
cooperación entre los entes territoriales.
• Adopción e implementación de programas efectivos de
reciclaje.
24. “El MAVDT, previa consulta con las autoridades municipales y los
entes territoriales, establecerá una estrategia de manejo regional
de residuos sólidos y las obligaciones mutuas que se generan
entre municipios productores y municipios receptores,
estableciendo para estos últimos ventajas que les hagan posible
aprovechar los potenciales terrenos para esta labor, con beneficios
económicos y sociales.
Asimismo, el MAVDT formulará, mediante talleres de trabajo con
las autoridades municipales y ambientales, las bases de
programas efectivos de reciclaje para todas las ciudades del país.”
25. • Se requiere un marco regulatorio ambiental en el que el desarrollo
de actividades mineras tenga como requisito previo la expedición
de permiso o licencia ambiental.
• Trabajar y reglamentar el apoyo de los organismos judiciales y de
policía, para el control y erradicación de la minería ilegal.
• Desarrollar normas que armonicen la reglamentación minera, con la
ambiental y territorial.
• Establecer mecanismos de compensación.
• Control y seguimiento ambiental más estricto- Dotación de recursos
a las autoridades ambientales.
26. “El Gobierno Nacional, en un plazo no superior a un año, presentará una reforma al
Código de Minas que establezca las siguientes condiciones:
1. Las entidades encargadas de otorgar los respectivos títulos mineros a través de
contratos de concesión minera, no podrán proceder a la celebración de los mismos sin
que previamente se verifique, con las AA de la respectiva jurisdicción, si el área en la
que se encuentran los minerales objeto de estos, no corresponde a una zona excluible
de la minería a que se refiere el art. 4 de la Ley 1382/10 o que corresponda a áreas no
compatibles con la minería en desarrollo del art. 61 de la Ley 99/93.
2. Establecer el licenciamiento ambiental para la fase de exploración.
3. La asignación de recursos para el apoyo de los organismos judiciales y de policía
orientados al control y erradicación de la minería ilegal.
4. Implementación de instrumentos de compensación ambiental para que las
explotaciones legales restauren (además de la unidad de trabajo) otras áreas
degradadas. Estos mecanismos se complementarán con el pago por servicios
ambientales.
5. Los títulos mineros que no tengan licencia ambiental en zonas excluidas serán
derogados y se realizará la delimitación de ecosistemas que generen áreas de exclusión
minera.”
27. • Las AAU, las CAR, las CADS y los Institutos de
investigación no cuentan con un espacio formal, a escala
nacional, de coordinación y de intercambio de
información y con el MAVDT.
• No existen estudios sistemáticos sobre los fenómenos
relacionados con el medio ambiente urbano.
28. I. “Créase la Comisión Nacional de Coordinación de la gestión ambiental, compuesta por sendos
delegados del MAVDT, las autoridades ambientales y los institutos de investigación ambiental,
cuyas funciones serán:
• Recomendar acciones para la armonización de las regulaciones y decisiones ambientales en el
país;
• Intercambiar experiencias y examinar soluciones conjuntas;
• Establecer mecanismos de cooperación y apoyo mutuo;
• Evaluar los impactos ambientales de las políticas públicas nacionales y su ejecución a nivel
regional y local.”
El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial presidirá esta Comisión y el Viceministro
de Ambiente desempeñará la Secretaría Técnica.
Esta comisión se reunirá por derecho propio cada tres meses y hará quórum con dos terceras
partes de sus integrantes. En forma extraordinaria lo hará cuando la convoque el MAVDT o la
tercera parte de las entidades integrantes.
La asistencia a esta Comisión tiene carácter obligatorio para el representante legal de las entidades
que la conforman y es indelegable.”
II. “Créase el Instituto de investigaciones ambientales urbanas que tendrá por funciones investigar
y formular recomendaciones sobre los problemas ambientales urbanos con miras a garantizar la
habitabilidad y sostenibilidad ambiental. El Gobierno Nacional realizará los estudios y asignará los
recursos para este propósito en un plazo máximo de dos años.”