2. INTRODUCCIÓN:
◦ Comunidad educativa se refiere al conjunto de personas que influyen y son afectadas por un
determinado entorno educativo. Se encarga de promover actividades que lleven al
mejoramiento de la calidad de la educación, y lograr además mejorar el bienestar psicosocial
de los estudiantes.
◦ Proyecto educativo.
3. OBJETIVOS Y FINES
Bienestar y
promoción de
actividades a
mejorar la
calidad
Lograr los
objetivos
implantados
por la LOE.
Cooperación
entre miembros
de la
comunidad
educativa.
Ejercer control
sobre los
servicios
educativos y los
aportes
Promover la
convivencia
social.
7. El profesorado:
◦ Uno de los principales participantes dentro de la Comunidad Educativa es el profesor. Las
principales funciones que deben hacer los profesores son las siguientes:
Preparar las clases
Motivar al alumnado
Docencia destinada a la diversidad del alumnado
Ofrecer tutorías
Investigar en el aula con los estudiantes
Colaboración en la gestión del centro
8. El profesorado.
◦ El Claustro de profesores estará presidido por el director e integrado por la totalidad de
profesores que integran el centro
◦ Se reunirá:
una vez al mes
una al principio y otra al final
totalidad de asistencia
9. El profesorado.
◦ Los Tutores
La tutoría y orientación de alumnos forma parte del docente
Cada grupo de alumnos se le asignara un tutor por parte del Director con la propuesta del jefe de
estudios que coordinará el trabajo de todos
◦ Equipos de ciclo
Comprende todos los maestros que imparten docencia en el centro
Deben elaborar programaciones didácticas
Organizan actividades extraescolares
◦ Comisión de coordinación pedagógica
Integrada por el director, jefe de estudios, los coordinadores de ciclo y el orientador del centro
Se reunirá una vez al mes y celebrará una reunión extraordinaria al comienzo y al final del curso
12. El equipo directivo.
El jefe de Estudios: se encarga de las competencias de carácter
pedagógico dentro del equipo directivo.
Sus principales funciones son:
13. El equipo directivo.
◦ El Jefe de Estudios:
◦ El J.E. será maestro funcionario definitivo en el centro, designado por el Director,
comunicado a la comisión de selección y nombrado por el/la Delegado/a Provincial.
◦ La duración de su mandato será la misma que la duración del Director.
◦ Podrá cesar por renuncia motivada, cese del director, traslado, excedencia, a propuesta
del Director o por incumplimiento grave de sus funciones.
◦ Podrá ser sustituido provisionalmente por el profesor que designe el Director.
14. El equipo directivo.
◦ El secretario:
◦ Persona que dentro del centro se
encarga de escribir la correspondencia,
extender actas, custodia de documentos,
etc. Requiere dedicación, orden,
sistematicidad y honradez personal.
◦ Los sectores en los que se desenvuelve
su gestión son:
15. El consejo escolar.
◦ DEFINICIÓN: El Consejo Escolar es el órgano de participación en el control y gestión del
centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa.
◦ COMPOSICIÓN:
◦ A) Director
◦ B) Jefe de estudios
◦ C) Un número de profesores elegidos por el Claustro.
◦ D) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos.
◦ E) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos.
◦ F) El secretario o secretaria del centro.
16. El consejo escolar.
◦ FUNCIONES:
◦ A) a) Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el
proyecto educativo.
◦ B) Elaborar informes sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos
relacionados con la actividad del mismo.
◦ C) Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo
establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
◦ D) Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
◦ E) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación.
◦ F) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.
◦ G) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los
resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.
17. El consejo escolar.
◦ RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR:
◦ El Consejo Escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque
el Director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva,
además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones
es obligatoria para todos sus miembros.
◦ ELECCIÓN Y RENOVACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR:
◦ El procedimiento de elección de los miembros del Consejo Escolar se desarrollará durante el
primer trimestre del curso académico. El Consejo Escolar se renovará por mitades cada dos
años de forma alternativa.
◦ Los miembros de la comunidad educativa sólo podrán ser elegidos por el sector
correspondiente y podrán ser candidatos para la representación de uno sólo de dichos
sectores, aunque pertenezcan a más de uno. A efectos de organización del procedimiento de
elección, se constituirá en cada centro una junta electoral.
18. El alumnado.
◦ El alumnado es el conjunto de alumnos que están en el centro de enseñanza para aprender de
otras personas, en este caso de los profesores.
◦ Cada centro, según sus características tiene un número de alumnos determinado, cuyo
objetivo es aprender y desarrollar todas las competencias para ir alcanzando un desarrollo
adecuado en cada curso que va pasando.
◦ Un buen desarrollo del alumnado es el principal objetivo de cada centro, para ello están los
distintos órganos del centro encargados de ese desarrollo a través de la enseñanza.