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Benemérita Universidad Autónoma de Puebl





Autores:
Ledesma Martínez Erika Leslie
Pérez Martínez César Antonio


Entro en vigor el 1° de enero de 2014.



Principales cambios, derogaciones y abrogaciones:
o Nueva Ley de Impuestos sobre la renta.
o Reducción de deducciones personales.

o Modificación de regímenes fiscales.
o Abrogación de la LIETU y LIDE.
o Introducción de principio de simetría fiscal.

o Reformas en la expedición de CFDI.
o Reformas en las facultades de las autoridades.


Se busca fortalecer el federalismo, por medio de:
o Incremento de medidas recaudatorias.
o Mejora en la ejecución del gasto
o Incentivos para que gobiernos estatales y

municipales colaboren con la recaudación.
Recaudación Fiscal
México

Otros países de la OCDE

10% del PIB

19% - 25% PIB

Se pretende justificar, con la comparación de estos datos,
la búsqueda de tener una mayor recaudación apoyándose
en el uso de las tecnologías de información.


Esta justificación es un motivo superficial y no hay una
base donde se tome en cuenta:
o Un análisis de ventajas y desventajas.
o Consecuencias económicas en los pequeños

contribuyentes.
o Barreras en su implementación, entre ellas:

• Territorio sin acceso a internet,

• Analfabetismo digital,
• Rechazo de uso de tecnologías.
El sistema tributario mexicano no puede
permanecer ajeno a los avances tecnológicos.
Los avances tecnológicos hacen más eficiente la
interrelación
Estado

Empresa

Persona

Logrando que los procesos administrativos se lleven a
cabo con celeridad, economía y seguridad.


Se debe tomar en cuenta mecanismos de bajo costo
que permitan:
o Simplificar el pago de impuestos.
o Captar nuevos contribuyente.


Sin embargo de ello, esta reforma:
o No tiene los suficientes cimientos para mitigar los riesgos

ni consecuencias, que se han generado.



Pero, se expone que se han introducido nuevos
procedimientos simplificados disminuyendo la

complejidad y tecnicismos.


Desde el 2011 se han puesto en práctica herramientas
tecnológicas que permiten que el sistema tributario sea
sencillo, integral, confiable y seguro, entre ellos se
encuentran:
Certificado o Certificado Digital
b) Firma Electrónica Avanzada o Firma Digital
c) Sello Digital
d) Comprobante Fiscal Digital por Internet
a)



Aunque para esta reforma, tuvieron algunas
modificaciones.
a)

Certificado o Certificado Digital.

Definición:
Artículo 17 D, párrafo II del CFF:
“…Confirma el vínculo entre un firmante y los datos de creación
de una firma electrónica avanzada, expedido por el Servicio de
Administración Tributaria...”
a)

Certificado o Certificado Digital (Continuación…).

Definición:
“Es información, avalada por una Autoridad de
Confianza, acerca de una organización que se presenta como
digna de confianza...
…Es un mecanismo de seguridad que combina alta tecnología y
procedimientos para garantizar el origen de la información y que
se emitió un mensaje, su privacidad y que no sufrió
modificaciones o robo durante su desplazamiento en las
redes…”
Symantec, 2014
a)

Certificado o Certificado Digital (Continuación…).

De acuerdo a las definiciones concluimos que:
Una persona física o moral se presenta ante el SAT, para
que sea acreditada su personalidad y le emitan un
certificado digital, que posteriormente se utilizará para
verificar el origen de la información y que esta no haya sido
modificada o robada durante su paso por internet.
b) Firma Electrónica Avanzada o Firma Digital.
Definición:
Artículo 17 D, párrafo III del CFF:
“…amparada por un certificado vigente sustituirá a la firma
autógrafa del firmante, garantizará la integridad del documento y
producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los
documentos con firma autógrafa, teniendo el mismo valor
probatorio…”
b) Firma Electrónica Avanzada o Firma Digital
(Continuación…)
Definición:
“…es un método criptográfico que asocia una identidad ya sea
de una persona en particular o de un grupo a un mensaje
enviado a través de transmisión por la red…”
Symantec, 2014
b) Firma Electrónica Avanzada o Firma Digital
(Continuación…)
Características:
1. Se genera a partir de un proceso matemático, con
información biométrica y firma autógrafa, del
contribuyente.
2. Es susceptible de verificación por el SAT, permitiendo
identificar quien ha firmado.
3. Es cifrada por una clave privada del contribuyente.
Mientras el SAT utiliza una clave pública para descifrar
la firma.
c) Sello Digital
Definición:
Artículo 17 E del CFF:
“…El sello digital es el mensaje electrónico que acredita que un
documento digital fue recibido por la autoridad correspondiente y
estará sujeto a la misma regulación aplicable al uso de una firma
electrónica avanzada… “
c) Sello Digital

Por tanto es un recurso tecnológico que permite certificar
que algo pasó en una fecha y hora determinada y que con
el uso de la Firma Electrónica Avanzada, difícilmente se
puede negar lo sucedido.
c) Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)
Es un archivo con extensión “.xml”, que funcione como
comprobante autorizado para efectos fiscales.

Dicho archivo debe ser enviado a un proveedor autorizado
(PAC) o al SAT, quien se encargará de recibir, validar y
timbrar con un sello digital.
El contribuyente tiene la obligación de resguardarlo en
versión digital y tenerlo a disposición de la autoridad
cuando ésta lo solicite.


A partir del 2014 se implementa la figura del Buzón
tributario, que permite:

Comunicación entre contribuyentes
y autoridades fiscales
Notificación al
contribuyente de
diversos documentos

Presentación de
promociones, solicitudes
o avisos

Dar cumplimiento a
requerimientos de la
autoridad

Realizar consultas sobre
situación fiscal.


El buzón tributario es similar a un correo
electrónico, que forma parte del sistema del SAT, pero
ligado a una cuenta de correo personal, para dar aviso
de que se tiene un nuevo mensaje, en el buzón
tributario.


Incremento de la recaudación de aproximadamente 240
mil millones de pesos que equivale al 1.4% del PIB, pero
con una disminución hacia solo el 1%, por
modificaciones del congreso.


Ahorro en tiempo.
o Se puede realizar ciertos trámites a través del buzón

tributario.
o Las notificaciones se realizan de manera electrónica.
o Los trámites, contestaciones y otros requerimientos se

realizarán en tiempo.


Menores costos.
o No hay costos de transporte.
o Menores gastos en papelería.


Contabilidad.
o Facilidad de integrar los CFDI’s a la contabilidad.
o Información más confiable.
o Obtención más rápida de información Financiera.


La expedición de CFDI, pone en riesgo la garantía de
intimidad de los contribuyentes, ya que terceros (PAC)
tienen acceso a la información.



Se debe contar con equipo de cómputo , contratar el
servicio de internet y, en su caso, los servicios de
asesoría informática.


El buzón tributario, pone en riesgo al Estado de Derecho

y a la seguridad jurídica, ya que durante el transcurso
del intercambio de información se puede dar el supuesto
de que se llegue a perder o el contribuyente no tenga
conocimiento de esta.


El sello digital, se tramita en el portal del SAT, lo que
genera el riesgo de que una tercera persona pueda

obtener información, dejando sin defensa e inseguridad
jurídica a los contribuyentes.


En México solo el 40% de la población tiene acceso a
internet (INEGI 2012), por lo que resulta una gran
barrera para la implementación de los CFDI.


La Reforma Fiscal 2014, no es una reforma estructural



Es evidente que va encaminada
fiscalizadora a través de la represión.



Se necesita que todos los actos sean transparentes e
igualitarios.



Se debe avanzar a una simplificación administrativa, con
enfoque de servicio, fomentando el cumplimento de las
obligaciones fiscales de manera voluntaria,

a

un

Estado


Se necesitan bases sólidas conformadas por
dinamismo, capacidad, observancia, inteligencia y de
acuerdo a las necesidades del país.



Se deben utilizar los medios tecnológicos, de una
manera objetiva y en beneficio de los contribuyentes que
cumplen con sus obligaciones fiscales.


CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA
UNIÓN. (09 de diciembre de 2013). CÓDIGO FISCAL
DE LA FEDERACIÓN. Ciudad de México.



Dirección General de Estudios Jurídicos e Interpretación
Normativa. (2013 de Diciembre de 10). Recuperado el
09 de Febrero de 2014, de PRODECON:
http://prodecon.gob.mx/estudios_tecnicos/index.html



Dirección General de Estudios Jurídicos e Interpretación
Normativa. (2014 de Enero de 15). PRODECON.
Recuperado el 09 de Febrero de 2014, de
http://prodecon.gob.mx/estudios_tecnicos/index.html


Symantec. (18 de Febrero de 2014). Certsuperior.
Obtenido de
http://www.certsuperior.com/FirmasElectronicas.aspx

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Symantec. (18 de Febrero de 2014). Certsuperior.
Obtenido de
http://www.certsuperior.com/QueesunCertificadoDigital.
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Innovaciones tecnológicas implementadas en la reforma hacendaria del 2014

  • 1. Benemérita Universidad Autónoma de Puebl   Autores: Ledesma Martínez Erika Leslie Pérez Martínez César Antonio
  • 2.  Entro en vigor el 1° de enero de 2014.  Principales cambios, derogaciones y abrogaciones: o Nueva Ley de Impuestos sobre la renta. o Reducción de deducciones personales. o Modificación de regímenes fiscales. o Abrogación de la LIETU y LIDE. o Introducción de principio de simetría fiscal. o Reformas en la expedición de CFDI. o Reformas en las facultades de las autoridades.
  • 3.  Se busca fortalecer el federalismo, por medio de: o Incremento de medidas recaudatorias. o Mejora en la ejecución del gasto o Incentivos para que gobiernos estatales y municipales colaboren con la recaudación.
  • 4. Recaudación Fiscal México Otros países de la OCDE 10% del PIB 19% - 25% PIB Se pretende justificar, con la comparación de estos datos, la búsqueda de tener una mayor recaudación apoyándose en el uso de las tecnologías de información.
  • 5.  Esta justificación es un motivo superficial y no hay una base donde se tome en cuenta: o Un análisis de ventajas y desventajas. o Consecuencias económicas en los pequeños contribuyentes. o Barreras en su implementación, entre ellas: • Territorio sin acceso a internet, • Analfabetismo digital, • Rechazo de uso de tecnologías.
  • 6. El sistema tributario mexicano no puede permanecer ajeno a los avances tecnológicos.
  • 7. Los avances tecnológicos hacen más eficiente la interrelación Estado Empresa Persona Logrando que los procesos administrativos se lleven a cabo con celeridad, economía y seguridad.
  • 8.  Se debe tomar en cuenta mecanismos de bajo costo que permitan: o Simplificar el pago de impuestos. o Captar nuevos contribuyente.
  • 9.  Sin embargo de ello, esta reforma: o No tiene los suficientes cimientos para mitigar los riesgos ni consecuencias, que se han generado.  Pero, se expone que se han introducido nuevos procedimientos simplificados disminuyendo la complejidad y tecnicismos.
  • 10.  Desde el 2011 se han puesto en práctica herramientas tecnológicas que permiten que el sistema tributario sea sencillo, integral, confiable y seguro, entre ellos se encuentran: Certificado o Certificado Digital b) Firma Electrónica Avanzada o Firma Digital c) Sello Digital d) Comprobante Fiscal Digital por Internet a)  Aunque para esta reforma, tuvieron algunas modificaciones.
  • 11. a) Certificado o Certificado Digital. Definición: Artículo 17 D, párrafo II del CFF: “…Confirma el vínculo entre un firmante y los datos de creación de una firma electrónica avanzada, expedido por el Servicio de Administración Tributaria...”
  • 12. a) Certificado o Certificado Digital (Continuación…). Definición: “Es información, avalada por una Autoridad de Confianza, acerca de una organización que se presenta como digna de confianza... …Es un mecanismo de seguridad que combina alta tecnología y procedimientos para garantizar el origen de la información y que se emitió un mensaje, su privacidad y que no sufrió modificaciones o robo durante su desplazamiento en las redes…” Symantec, 2014
  • 13. a) Certificado o Certificado Digital (Continuación…). De acuerdo a las definiciones concluimos que: Una persona física o moral se presenta ante el SAT, para que sea acreditada su personalidad y le emitan un certificado digital, que posteriormente se utilizará para verificar el origen de la información y que esta no haya sido modificada o robada durante su paso por internet.
  • 14. b) Firma Electrónica Avanzada o Firma Digital. Definición: Artículo 17 D, párrafo III del CFF: “…amparada por un certificado vigente sustituirá a la firma autógrafa del firmante, garantizará la integridad del documento y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, teniendo el mismo valor probatorio…”
  • 15. b) Firma Electrónica Avanzada o Firma Digital (Continuación…) Definición: “…es un método criptográfico que asocia una identidad ya sea de una persona en particular o de un grupo a un mensaje enviado a través de transmisión por la red…” Symantec, 2014
  • 16. b) Firma Electrónica Avanzada o Firma Digital (Continuación…) Características: 1. Se genera a partir de un proceso matemático, con información biométrica y firma autógrafa, del contribuyente. 2. Es susceptible de verificación por el SAT, permitiendo identificar quien ha firmado. 3. Es cifrada por una clave privada del contribuyente. Mientras el SAT utiliza una clave pública para descifrar la firma.
  • 17. c) Sello Digital Definición: Artículo 17 E del CFF: “…El sello digital es el mensaje electrónico que acredita que un documento digital fue recibido por la autoridad correspondiente y estará sujeto a la misma regulación aplicable al uso de una firma electrónica avanzada… “
  • 18. c) Sello Digital Por tanto es un recurso tecnológico que permite certificar que algo pasó en una fecha y hora determinada y que con el uso de la Firma Electrónica Avanzada, difícilmente se puede negar lo sucedido.
  • 19. c) Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) Es un archivo con extensión “.xml”, que funcione como comprobante autorizado para efectos fiscales. Dicho archivo debe ser enviado a un proveedor autorizado (PAC) o al SAT, quien se encargará de recibir, validar y timbrar con un sello digital. El contribuyente tiene la obligación de resguardarlo en versión digital y tenerlo a disposición de la autoridad cuando ésta lo solicite.
  • 20.  A partir del 2014 se implementa la figura del Buzón tributario, que permite: Comunicación entre contribuyentes y autoridades fiscales Notificación al contribuyente de diversos documentos Presentación de promociones, solicitudes o avisos Dar cumplimiento a requerimientos de la autoridad Realizar consultas sobre situación fiscal.
  • 21.  El buzón tributario es similar a un correo electrónico, que forma parte del sistema del SAT, pero ligado a una cuenta de correo personal, para dar aviso de que se tiene un nuevo mensaje, en el buzón tributario.
  • 22.  Incremento de la recaudación de aproximadamente 240 mil millones de pesos que equivale al 1.4% del PIB, pero con una disminución hacia solo el 1%, por modificaciones del congreso.
  • 23.  Ahorro en tiempo. o Se puede realizar ciertos trámites a través del buzón tributario. o Las notificaciones se realizan de manera electrónica. o Los trámites, contestaciones y otros requerimientos se realizarán en tiempo.
  • 24.  Menores costos. o No hay costos de transporte. o Menores gastos en papelería.
  • 25.  Contabilidad. o Facilidad de integrar los CFDI’s a la contabilidad. o Información más confiable. o Obtención más rápida de información Financiera.
  • 26.  La expedición de CFDI, pone en riesgo la garantía de intimidad de los contribuyentes, ya que terceros (PAC) tienen acceso a la información.  Se debe contar con equipo de cómputo , contratar el servicio de internet y, en su caso, los servicios de asesoría informática.
  • 27.  El buzón tributario, pone en riesgo al Estado de Derecho y a la seguridad jurídica, ya que durante el transcurso del intercambio de información se puede dar el supuesto de que se llegue a perder o el contribuyente no tenga conocimiento de esta.
  • 28.  El sello digital, se tramita en el portal del SAT, lo que genera el riesgo de que una tercera persona pueda obtener información, dejando sin defensa e inseguridad jurídica a los contribuyentes.
  • 29.  En México solo el 40% de la población tiene acceso a internet (INEGI 2012), por lo que resulta una gran barrera para la implementación de los CFDI.
  • 30.  La Reforma Fiscal 2014, no es una reforma estructural  Es evidente que va encaminada fiscalizadora a través de la represión.  Se necesita que todos los actos sean transparentes e igualitarios.  Se debe avanzar a una simplificación administrativa, con enfoque de servicio, fomentando el cumplimento de las obligaciones fiscales de manera voluntaria, a un Estado
  • 31.  Se necesitan bases sólidas conformadas por dinamismo, capacidad, observancia, inteligencia y de acuerdo a las necesidades del país.  Se deben utilizar los medios tecnológicos, de una manera objetiva y en beneficio de los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones fiscales.
  • 32.  CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. (09 de diciembre de 2013). CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. Ciudad de México.  Dirección General de Estudios Jurídicos e Interpretación Normativa. (2013 de Diciembre de 10). Recuperado el 09 de Febrero de 2014, de PRODECON: http://prodecon.gob.mx/estudios_tecnicos/index.html  Dirección General de Estudios Jurídicos e Interpretación Normativa. (2014 de Enero de 15). PRODECON. Recuperado el 09 de Febrero de 2014, de http://prodecon.gob.mx/estudios_tecnicos/index.html
  • 33.  Symantec. (18 de Febrero de 2014). Certsuperior. Obtenido de http://www.certsuperior.com/FirmasElectronicas.aspx  Symantec. (18 de Febrero de 2014). Certsuperior. Obtenido de http://www.certsuperior.com/QueesunCertificadoDigital. aspx