SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 14
Elementos jurídicos que regulan el
ejercicio de la profesión odontológica
Marcela Rubio G
Dra. Milena Moya
Universidad de Chile
Facultad de Odontología
Clínica Odontológica del Adulto 2014
Para el ejercicio de la profesión odontológica, de no cumplirse ciertos
aspectos legales, se arriesgan sanciones judiciales para el profesional. Estas
disposiciones están contenidas en:
a. Constitución Política de La República
b. Códigos: Civil, Procesal Penal y de Procedimiento Civil
c. Código Sanitario
d. Leyes
e. Decretos
f. Reglamentos y normas específicas
En cuanto al principio de la responsabilidad con causalidad el Artículo
2314 menciona que “El que ha cometido un delito o cuasidelito que ha
inferido daño a otro, es obligado a la indemnización”
Entendiéndose estos dos términos como:
Delito: En el cual se actúa con Dolo, es decir, con intención, otorgando
además al profesional la característica de delincuente. Se considera delito:
- Certificación falsa.
- Receta abusiva de estupefacientes.
- Violación del secreto profesional.
- No prestación de servicio durante el turno que señala la autoridad
administrativa.
- Negarse a ser perito o testigo a petición de la autoridad competente.
- La omisión de denuncias de lesiones sospechosas. En el caso del Síndrome
del Niño Agredido, tenemos la obligación legal de proteger a ese niño.
Cuasi-delito: Corresponde a la acción con Culpa, siendo esta
“la falta de diligencia o cuidado que los hombres prudentes
emplean ordinariamente en sus actos y negocios propios”.
Es así como el CÓDIGO PENAL hace la diferencia entre la actuación
culposa y la dolosa, de la siguiente forma: “Las acciones u omisiones que
son cometidas con dolo o malicia importarían un delito, constituyen un
cuasi delito si sólo hay culpa en quien las comete”.
El cual regula la Salud de todos los habitantes de la República de Chile en su
aspecto jurídico, respecto al fomento, protección y recuperación de ésta.
En el Libro Quinto de la medicina y profesiones afines -actualizado en 2011-
se mencionan algunos artículos relacionados con el ejercicio de la profesión
odontológica, los cuales se mencionan a continuación:
Artículo 112: “Sólo podrán desempeñar actividades propias de la medicina,
odontología, química y farmacia u otras relacionadas con la conservación y
restablecimiento de la salud quienes poseen el título respectivo otorgado por la
Universidad de Chile u otra Universidad reconocida por el Estado y estén
habilitados legalmente para el ejercicio de sus profesiones”
Artículo 115: “Los cirujano-dentistas sólo podrán prestar atenciones
odonto-estomatológicas. Podrán, asimismo, adquirir o prescribir los
medicamentos necesarios para dichos fines, de acuerdo al reglamento que
dicte el Director General de Salud.”
Artículo 120: “Los profesionales señalados en el artículo 112 de este
Código no podrán ejercer su profesión y tener intereses comerciales que
digan relación directa con su actividad, en establecimientos destinados a la
importación, producción, distribución y venta de productos farmacéuticos,
aparatos ortopédicos, prótesis y artículos ópticos, a menos que el Colegio
respectivo emita en cada caso un informe estableciendo que no se vulnera
la ética profesional. Exceptuándose de esta prohibición los químico-
farmacéuticos y farmacéuticos.”
Además se tienen decretos, reglamentos y normas, un ejemplo de
esto es el "Reglamento sobre las salas de procedimientos y
pabellones de cirugía menor", Dto N° 283, DE 1997 Publicado en
el Diario Oficial de 12.07.97, el cual regula los procedimientos que se
deben llevar a cabo en las salas de procedimiento y las características
que deban tener estas.
Por último, existen algunas reglas de conducta, dictadas por la
autoridad y regularizadas por el Estado a través de algún órgano
legislativo, en este caso el Ministerio de Salud para los diferentes
procedimientos legalmente previstos. De no cumplirse estas reglas,
existen sanciones. Este concepto se refiere a las NORMAS, las cuales
se aplican aún cuando el sujeto las desconozca, puesto que se suponen
conocidas a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
a. Normas de control de la ansiedad en la atención odontológica
b. Normas de usos de fluoruros en la prevención odontológica
c. Normas de prevención e intercepción de anomalíasdento-
maxilares
d. Normas de prevención de enfermedades gingivales y
periodontales.
e. Norma técnica de urgencia odontológica
f. Normas de actividades promocionales y preventivas específicas
en la atención odontológica infantil
Además, es necesario conocer para garantizar por ley su cumplimiento las
Garantías Explícitas en Salud (GES), vigentes a partir de Julio del año 2005
En primer lugar el profesional se debe dirigir al Servicio de
Impuestos internos (SII) y realizar la declaración de inicio de
Actividades (en el formulario 4415).
Puesto que los contribuyentes con inicio de actividades van a
desarrollar acciones lucrativas, deben otorgar boletas de
honorarios por los servicios que por su actividades generen,
deben también rellenar el Formulario 3230 y hacer éste trámite
en el SII.
En el caso de que se quiera establecer una consulta dental, se
debe pagar la patente en la comuna en la cual ésta se establecerá.
La vigilancia sanitaria respecto al inicio de actividades
corresponderá al Servicio de Salud. Y respecto al marco legal, no
se debe tener alguna condena, en la cual se suspenda el ejercicio
de la profesión. (1)
La ficha clínica desde un punto de vista ético se puede definir como
“un documento fundamental en el que se recoge la descripción
ordenada, completa y precisa de la experiencia que el odontólogo
obtiene de la relación directa y técnica con los pacientes”.
Es un documento de importancia legal puesto constituye una
valoración de la responsabilidad médica, dicho de otro modo “es el
reflejo de todas las actuaciones médico-sanitarias con el paciente, de
toda la relación profesional sanitario-paciente y de todos los
conocimientos, medios y actuaciones médicas que se ponen a su
disposición”.
Hablar de propiedad o dominio exclusivo de la Ficha Clínica resulta
inadecuado, ya que si bien contiene datos sensibles sobre la vida y
enfermedad de una persona, también da cuenta de los planes elaborados
y de las acciones realizadas por el médico o el equipo de salud, que han
permitido llegar a un diagnóstico, desarrollar una estrategia de estudio y
tratamiento y postular un pronóstico.
La inclusión en la Ficha Clínica de datos sensibles y reservados del
paciente exige que ésta sea tratada con la debida reserva. En
consecuencia, lo que debe garantizarse por ley es la
confidencialidad de la Ficha Clínica y la responsabilidad que
en esta cautela le cabe al médico o a la institución donde se
ha llevado a cabo el cuidado del paciente
Hacer referencia a la propiedad implicaría, para ser consecuentes, la aplicación
de todas las reglas que este derecho confiere a su titular, pudiendo conducir a
conflictos jurídicos ajenos a esta materia.
El derecho a la información que le cabe al paciente se materializa en aquella
comunicación verbal o escrita que el médico le entrega en forma veraz y
prudente, utilizando un lenguaje apropiado . Asimismo, toda anotación que el
médico realice debe ser efectuada con la suficiente claridad como para que
cualquier tercero pueda entenderla.
La legislación debiera garantizar el derecho del paciente a acceder a
la información contenida en la Ficha Clínica, preferentemente a
través del médico tratante, porque es éste quien conoce mejor la situación
del paciente a su cargo. El médico y la institución prestadora tienen la
obligación de custodia y reserva de la Ficha Clínica.
Sólo se podrá entregar esta información a terceros con el consentimiento expreso del
paciente o de quien asuma su representación, si éste no está en condiciones de otorgarla.
En ningún caso esta autorización puede otorgarse de manera general y anticipada.
El derecho a la intimidad del paciente se prolonga aun después de su muerte. En
consecuencia, los herederos de la persona fallecida no tienen derecho a acceder a la
información contenida en la Ficha Clínica, a menos que hayan sido expresamente
autorizados en vida por el paciente competente.
Cualquier conflicto que se suscite en relación con esta materia
debe ser previamente sometido al conocimiento del Comité de
Ética que corresponda, para que éste emita un pronunciamiento
al respecto.
Bibliografía
Ciocca Gomez, Luis. "Odontología médico-legal". Ediciones Jurídicas
de Santiago. 2010. Capítulo 42,46 y 48.
Carrasco Tapia, Patricio. "Responsabilidad Legal Profesional". Facultad
de Odontología Univ. de los Andes, Chile. 2005
Odontología legal y forense; Vicente Moya P., Bernabé Roldan G., José
Antonio Sánchez S.; Ed. Masson; 1994.
Criado Del Río MT. Aspectos médico-legales de la historia clínica.
Madrid: Colex, 1999.
Los aspectos críticos de la responsabilidad médica y su prevención; Dr.
Hugo Rodríguez Almada; Rev. Med Uruguay 2001.
Colegio Médico de Chile; “Ficha Clínica: Derecho a la Información y
Reserva de la Información contenida”. Disponible en:
http://www.colegiomedico.cl/Default.aspx?tabid=255

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Gestión Legal y Normativa de la Práctica Odontológica
Gestión Legal y Normativa de la Práctica OdontológicaGestión Legal y Normativa de la Práctica Odontológica
Gestión Legal y Normativa de la Práctica OdontológicaJorge Enrique Manrique-Chávez
 
(Ii clase)princ.bas.cirugía
(Ii clase)princ.bas.cirugía(Ii clase)princ.bas.cirugía
(Ii clase)princ.bas.cirugíapolitocasi
 
Responsabilidad en el Ejercicio de la Odontología
Responsabilidad en el Ejercicio de la OdontologíaResponsabilidad en el Ejercicio de la Odontología
Responsabilidad en el Ejercicio de la OdontologíaDesirée Rodríguez
 
Accidentes y Complicaciones en la Exodoncia
Accidentes y Complicaciones en la ExodonciaAccidentes y Complicaciones en la Exodoncia
Accidentes y Complicaciones en la ExodonciaDesirée Rodríguez
 
3 Odontología Legal Profesional b
3 Odontología Legal Profesional b3 Odontología Legal Profesional b
3 Odontología Legal Profesional bedomarino
 
1.1 antecedentes históricos de la prótesis bucal 2009
1.1 antecedentes históricos de la prótesis bucal 20091.1 antecedentes históricos de la prótesis bucal 2009
1.1 antecedentes históricos de la prótesis bucal 2009Yelitza Palma
 
Instrumental en operatoria dental
Instrumental  en operatoria dentalInstrumental  en operatoria dental
Instrumental en operatoria dentalEliäNä MäRcelä
 
Códigos de ética - Odontología
Códigos de ética - OdontologíaCódigos de ética - Odontología
Códigos de ética - OdontologíaPaulina Espinoza L
 
I N D I C A C I O N E S Y C O N T R A I N D I C A C I O N E S D E E X O D...
I N D I C A C I O N E S  Y  C O N T R A I N D I C A C I O N E S  D E  E X O D...I N D I C A C I O N E S  Y  C O N T R A I N D I C A C I O N E S  D E  E X O D...
I N D I C A C I O N E S Y C O N T R A I N D I C A C I O N E S D E E X O D...Andrea Berrios jara
 
Biologia pulpar,histologia pulpar normal
Biologia pulpar,histologia pulpar normalBiologia pulpar,histologia pulpar normal
Biologia pulpar,histologia pulpar normalcarlos almedarez
 
Resinas y Amalgamas
Resinas y AmalgamasResinas y Amalgamas
Resinas y AmalgamasHugo Reyes
 
Diagnostico pulpar y_periapical
Diagnostico pulpar y_periapicalDiagnostico pulpar y_periapical
Diagnostico pulpar y_periapicalFelix Rivera
 

La actualidad más candente (20)

Gestión Legal y Normativa de la Práctica Odontológica
Gestión Legal y Normativa de la Práctica OdontológicaGestión Legal y Normativa de la Práctica Odontológica
Gestión Legal y Normativa de la Práctica Odontológica
 
Historia clínica
Historia clínica Historia clínica
Historia clínica
 
Caso clinico 2 enfermedad caries dental
Caso clinico 2 enfermedad caries dentalCaso clinico 2 enfermedad caries dental
Caso clinico 2 enfermedad caries dental
 
(Ii clase)princ.bas.cirugía
(Ii clase)princ.bas.cirugía(Ii clase)princ.bas.cirugía
(Ii clase)princ.bas.cirugía
 
Provisionales
ProvisionalesProvisionales
Provisionales
 
Responsabilidad en el Ejercicio de la Odontología
Responsabilidad en el Ejercicio de la OdontologíaResponsabilidad en el Ejercicio de la Odontología
Responsabilidad en el Ejercicio de la Odontología
 
Accidentes y Complicaciones en la Exodoncia
Accidentes y Complicaciones en la ExodonciaAccidentes y Complicaciones en la Exodoncia
Accidentes y Complicaciones en la Exodoncia
 
Deontología Odontológica
Deontología OdontológicaDeontología Odontológica
Deontología Odontológica
 
3 Odontología Legal Profesional b
3 Odontología Legal Profesional b3 Odontología Legal Profesional b
3 Odontología Legal Profesional b
 
1.1 antecedentes históricos de la prótesis bucal 2009
1.1 antecedentes históricos de la prótesis bucal 20091.1 antecedentes históricos de la prótesis bucal 2009
1.1 antecedentes históricos de la prótesis bucal 2009
 
Instrumental en operatoria dental
Instrumental  en operatoria dentalInstrumental  en operatoria dental
Instrumental en operatoria dental
 
Códigos de ética - Odontología
Códigos de ética - OdontologíaCódigos de ética - Odontología
Códigos de ética - Odontología
 
Pilares y ponticos
Pilares y ponticosPilares y ponticos
Pilares y ponticos
 
Radiología Panoramica
Radiología PanoramicaRadiología Panoramica
Radiología Panoramica
 
I N D I C A C I O N E S Y C O N T R A I N D I C A C I O N E S D E E X O D...
I N D I C A C I O N E S  Y  C O N T R A I N D I C A C I O N E S  D E  E X O D...I N D I C A C I O N E S  Y  C O N T R A I N D I C A C I O N E S  D E  E X O D...
I N D I C A C I O N E S Y C O N T R A I N D I C A C I O N E S D E E X O D...
 
Biologia pulpar,histologia pulpar normal
Biologia pulpar,histologia pulpar normalBiologia pulpar,histologia pulpar normal
Biologia pulpar,histologia pulpar normal
 
Pulpotomías en dientes deciduos materiales y técnicas
Pulpotomías en dientes deciduos materiales y técnicasPulpotomías en dientes deciduos materiales y técnicas
Pulpotomías en dientes deciduos materiales y técnicas
 
Resinas y Amalgamas
Resinas y AmalgamasResinas y Amalgamas
Resinas y Amalgamas
 
Diagnostico pulpar y_periapical
Diagnostico pulpar y_periapicalDiagnostico pulpar y_periapical
Diagnostico pulpar y_periapical
 
Control de la Infeccion en la Practica Qururgica UAG
Control de la Infeccion en la Practica Qururgica UAGControl de la Infeccion en la Practica Qururgica UAG
Control de la Infeccion en la Practica Qururgica UAG
 

Destacado

Bioética
BioéticaBioética
BioéticaFami
 
Bioetica y sus principios
Bioetica y sus principios Bioetica y sus principios
Bioetica y sus principios Enfermeriaunimar
 
Principios y valores en la atencion medica
Principios y valores en la atencion medicaPrincipios y valores en la atencion medica
Principios y valores en la atencion medicaRicardo Alan Ramírez
 
Trabajo cmc de bioética
Trabajo cmc de bioéticaTrabajo cmc de bioética
Trabajo cmc de bioéticakekedcmi
 
Escalas de valoracion
Escalas de valoracionEscalas de valoracion
Escalas de valoracionromaar
 
Principios de Bioética
Principios de BioéticaPrincipios de Bioética
Principios de Bioéticafaropaideia
 
Principios fundamentales de la bioética
Principios fundamentales de la bioéticaPrincipios fundamentales de la bioética
Principios fundamentales de la bioéticacerokian
 
Power point de bioética
Power point de bioéticaPower point de bioética
Power point de bioéticaBejaranoP
 
Curso básico de Bioética
Curso básico de BioéticaCurso básico de Bioética
Curso básico de BioéticaBioeticared
 
ESCALAS Y SCORES EN CUIDADOS INTENSIVOS
ESCALAS Y SCORES EN CUIDADOS INTENSIVOSESCALAS Y SCORES EN CUIDADOS INTENSIVOS
ESCALAS Y SCORES EN CUIDADOS INTENSIVOSVirginia Merino
 
8 caracteristicas fisicas de la sala de operaciones
8 caracteristicas fisicas de la sala de operaciones8 caracteristicas fisicas de la sala de operaciones
8 caracteristicas fisicas de la sala de operacionesCarolina Ochoa
 
La bioética y sus principios
La bioética y sus principiosLa bioética y sus principios
La bioética y sus principiosERIKAFLACA
 
Tema 7 Ética y Tecnología
Tema 7 Ética y TecnologíaTema 7 Ética y Tecnología
Tema 7 Ética y Tecnologíafilosofboig
 
Manejo en quirofano y bioseguridad
Manejo en quirofano y bioseguridadManejo en quirofano y bioseguridad
Manejo en quirofano y bioseguridadFri cho
 

Destacado (20)

Bioética
BioéticaBioética
Bioética
 
Bioetica y sus principios
Bioetica y sus principios Bioetica y sus principios
Bioetica y sus principios
 
Principios y valores en la atencion medica
Principios y valores en la atencion medicaPrincipios y valores en la atencion medica
Principios y valores en la atencion medica
 
Bioética
BioéticaBioética
Bioética
 
Bioética
BioéticaBioética
Bioética
 
Trabajo cmc de bioética
Trabajo cmc de bioéticaTrabajo cmc de bioética
Trabajo cmc de bioética
 
Escalas de valoracion
Escalas de valoracionEscalas de valoracion
Escalas de valoracion
 
Principios de Bioética
Principios de BioéticaPrincipios de Bioética
Principios de Bioética
 
Principios fundamentales de la bioética
Principios fundamentales de la bioéticaPrincipios fundamentales de la bioética
Principios fundamentales de la bioética
 
1.dilemas bioeticos
1.dilemas bioeticos1.dilemas bioeticos
1.dilemas bioeticos
 
Power point de bioética
Power point de bioéticaPower point de bioética
Power point de bioética
 
Curso básico de Bioética
Curso básico de BioéticaCurso básico de Bioética
Curso básico de Bioética
 
Escalas Geriátricas
Escalas GeriátricasEscalas Geriátricas
Escalas Geriátricas
 
BIOETICA
BIOETICABIOETICA
BIOETICA
 
ESCALAS Y SCORES EN CUIDADOS INTENSIVOS
ESCALAS Y SCORES EN CUIDADOS INTENSIVOSESCALAS Y SCORES EN CUIDADOS INTENSIVOS
ESCALAS Y SCORES EN CUIDADOS INTENSIVOS
 
8 caracteristicas fisicas de la sala de operaciones
8 caracteristicas fisicas de la sala de operaciones8 caracteristicas fisicas de la sala de operaciones
8 caracteristicas fisicas de la sala de operaciones
 
La bioética y sus principios
La bioética y sus principiosLa bioética y sus principios
La bioética y sus principios
 
Tema 7 Ética y Tecnología
Tema 7 Ética y TecnologíaTema 7 Ética y Tecnología
Tema 7 Ética y Tecnología
 
1.2.3 fases quirugicas
1.2.3 fases quirugicas1.2.3 fases quirugicas
1.2.3 fases quirugicas
 
Manejo en quirofano y bioseguridad
Manejo en quirofano y bioseguridadManejo en quirofano y bioseguridad
Manejo en quirofano y bioseguridad
 

Similar a Elementos jurídicos que regulan la odontología

Etica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legalEtica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legalPablo Quezada
 
Etica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legalEtica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legalGonzalo Leiva
 
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legal
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legalSeminario n°3 etica profesional y responsabilidad legal
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legalJimmy Bustos
 
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013Ely Carvajal
 
Seminario 3
Seminario 3Seminario 3
Seminario 3Deiv7
 
Seminario5 140514163742-phpapp02
Seminario5 140514163742-phpapp02Seminario5 140514163742-phpapp02
Seminario5 140514163742-phpapp02Javiera Ramirez
 
Seminario etica profesional y responsabilidad legal
Seminario etica profesional y responsabilidad legalSeminario etica profesional y responsabilidad legal
Seminario etica profesional y responsabilidad legalNatalia Valentina
 
Seminario ética profesional y responsabilidad legal final
Seminario ética profesional y responsabilidad legal finalSeminario ética profesional y responsabilidad legal final
Seminario ética profesional y responsabilidad legal finalCamilo Ignacio Barrientos
 
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legal
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legalSeminario 3. ética profesional y responsabilidad legal
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legalJorge Faune
 
Sem.05 Ética profesional y Responsabilidad legal
Sem.05 Ética profesional y Responsabilidad legalSem.05 Ética profesional y Responsabilidad legal
Sem.05 Ética profesional y Responsabilidad legalDaniel Luna
 
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legal
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legalSeminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legal
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legalFernán Valenzuela
 
Seminario n°5
Seminario n°5Seminario n°5
Seminario n°5cmdelrio7
 
éTica profesional y responsabilidad legal
éTica profesional y responsabilidad legaléTica profesional y responsabilidad legal
éTica profesional y responsabilidad legalcafernandezgo
 
Seminario 5 etica y responsabilidad legal
Seminario 5 etica y responsabilidad legalSeminario 5 etica y responsabilidad legal
Seminario 5 etica y responsabilidad legalnico27guererro
 

Similar a Elementos jurídicos que regulan la odontología (20)

Etica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legalEtica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legal
 
Etica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legalEtica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legal
 
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legal
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legalSeminario n°3 etica profesional y responsabilidad legal
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legal
 
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013
 
Seminario 3
Seminario 3Seminario 3
Seminario 3
 
éTica profesional y responsabilidad legal
éTica profesional y  responsabilidad legaléTica profesional y  responsabilidad legal
éTica profesional y responsabilidad legal
 
Seminario 3 clinica integral
Seminario 3 clinica integralSeminario 3 clinica integral
Seminario 3 clinica integral
 
Seminario5 140514163742-phpapp02
Seminario5 140514163742-phpapp02Seminario5 140514163742-phpapp02
Seminario5 140514163742-phpapp02
 
Seminario 5
Seminario 5Seminario 5
Seminario 5
 
Seminario etica profesional y responsabilidad legal
Seminario etica profesional y responsabilidad legalSeminario etica profesional y responsabilidad legal
Seminario etica profesional y responsabilidad legal
 
Seminario ética profesional y responsabilidad legal final
Seminario ética profesional y responsabilidad legal finalSeminario ética profesional y responsabilidad legal final
Seminario ética profesional y responsabilidad legal final
 
Seminario nº5
Seminario nº5Seminario nº5
Seminario nº5
 
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legal
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legalSeminario 3. ética profesional y responsabilidad legal
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legal
 
Sem.05 Ética profesional y Responsabilidad legal
Sem.05 Ética profesional y Responsabilidad legalSem.05 Ética profesional y Responsabilidad legal
Sem.05 Ética profesional y Responsabilidad legal
 
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legal
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legalSeminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legal
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legal
 
Seminario 2
Seminario 2Seminario 2
Seminario 2
 
Seminario n°5
Seminario n°5Seminario n°5
Seminario n°5
 
éTica profesional y responsabilidad legal
éTica profesional y responsabilidad legaléTica profesional y responsabilidad legal
éTica profesional y responsabilidad legal
 
Att1350517562 2
Att1350517562 2Att1350517562 2
Att1350517562 2
 
Seminario 5 etica y responsabilidad legal
Seminario 5 etica y responsabilidad legalSeminario 5 etica y responsabilidad legal
Seminario 5 etica y responsabilidad legal
 

Más de marceerg

Seminario 16 integral
Seminario 16 integralSeminario 16 integral
Seminario 16 integralmarceerg
 
Seminario 16 integral
Seminario 16 integralSeminario 16 integral
Seminario 16 integralmarceerg
 
Seminario 14, Prótesis Fija
Seminario 14, Prótesis FijaSeminario 14, Prótesis Fija
Seminario 14, Prótesis Fijamarceerg
 
Seminario 13, Pilar con periodonto reducido
Seminario 13, Pilar con periodonto reducidoSeminario 13, Pilar con periodonto reducido
Seminario 13, Pilar con periodonto reducidomarceerg
 
Seminario 8
Seminario 8 Seminario 8
Seminario 8 marceerg
 
Seminario 6
Seminario 6Seminario 6
Seminario 6marceerg
 

Más de marceerg (6)

Seminario 16 integral
Seminario 16 integralSeminario 16 integral
Seminario 16 integral
 
Seminario 16 integral
Seminario 16 integralSeminario 16 integral
Seminario 16 integral
 
Seminario 14, Prótesis Fija
Seminario 14, Prótesis FijaSeminario 14, Prótesis Fija
Seminario 14, Prótesis Fija
 
Seminario 13, Pilar con periodonto reducido
Seminario 13, Pilar con periodonto reducidoSeminario 13, Pilar con periodonto reducido
Seminario 13, Pilar con periodonto reducido
 
Seminario 8
Seminario 8 Seminario 8
Seminario 8
 
Seminario 6
Seminario 6Seminario 6
Seminario 6
 

Elementos jurídicos que regulan la odontología

  • 1. Elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica Marcela Rubio G Dra. Milena Moya Universidad de Chile Facultad de Odontología Clínica Odontológica del Adulto 2014
  • 2. Para el ejercicio de la profesión odontológica, de no cumplirse ciertos aspectos legales, se arriesgan sanciones judiciales para el profesional. Estas disposiciones están contenidas en: a. Constitución Política de La República b. Códigos: Civil, Procesal Penal y de Procedimiento Civil c. Código Sanitario d. Leyes e. Decretos f. Reglamentos y normas específicas
  • 3. En cuanto al principio de la responsabilidad con causalidad el Artículo 2314 menciona que “El que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro, es obligado a la indemnización” Entendiéndose estos dos términos como: Delito: En el cual se actúa con Dolo, es decir, con intención, otorgando además al profesional la característica de delincuente. Se considera delito: - Certificación falsa. - Receta abusiva de estupefacientes. - Violación del secreto profesional. - No prestación de servicio durante el turno que señala la autoridad administrativa. - Negarse a ser perito o testigo a petición de la autoridad competente. - La omisión de denuncias de lesiones sospechosas. En el caso del Síndrome del Niño Agredido, tenemos la obligación legal de proteger a ese niño.
  • 4. Cuasi-delito: Corresponde a la acción con Culpa, siendo esta “la falta de diligencia o cuidado que los hombres prudentes emplean ordinariamente en sus actos y negocios propios”. Es así como el CÓDIGO PENAL hace la diferencia entre la actuación culposa y la dolosa, de la siguiente forma: “Las acciones u omisiones que son cometidas con dolo o malicia importarían un delito, constituyen un cuasi delito si sólo hay culpa en quien las comete”.
  • 5. El cual regula la Salud de todos los habitantes de la República de Chile en su aspecto jurídico, respecto al fomento, protección y recuperación de ésta. En el Libro Quinto de la medicina y profesiones afines -actualizado en 2011- se mencionan algunos artículos relacionados con el ejercicio de la profesión odontológica, los cuales se mencionan a continuación: Artículo 112: “Sólo podrán desempeñar actividades propias de la medicina, odontología, química y farmacia u otras relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud quienes poseen el título respectivo otorgado por la Universidad de Chile u otra Universidad reconocida por el Estado y estén habilitados legalmente para el ejercicio de sus profesiones”
  • 6. Artículo 115: “Los cirujano-dentistas sólo podrán prestar atenciones odonto-estomatológicas. Podrán, asimismo, adquirir o prescribir los medicamentos necesarios para dichos fines, de acuerdo al reglamento que dicte el Director General de Salud.” Artículo 120: “Los profesionales señalados en el artículo 112 de este Código no podrán ejercer su profesión y tener intereses comerciales que digan relación directa con su actividad, en establecimientos destinados a la importación, producción, distribución y venta de productos farmacéuticos, aparatos ortopédicos, prótesis y artículos ópticos, a menos que el Colegio respectivo emita en cada caso un informe estableciendo que no se vulnera la ética profesional. Exceptuándose de esta prohibición los químico- farmacéuticos y farmacéuticos.”
  • 7. Además se tienen decretos, reglamentos y normas, un ejemplo de esto es el "Reglamento sobre las salas de procedimientos y pabellones de cirugía menor", Dto N° 283, DE 1997 Publicado en el Diario Oficial de 12.07.97, el cual regula los procedimientos que se deben llevar a cabo en las salas de procedimiento y las características que deban tener estas. Por último, existen algunas reglas de conducta, dictadas por la autoridad y regularizadas por el Estado a través de algún órgano legislativo, en este caso el Ministerio de Salud para los diferentes procedimientos legalmente previstos. De no cumplirse estas reglas, existen sanciones. Este concepto se refiere a las NORMAS, las cuales se aplican aún cuando el sujeto las desconozca, puesto que se suponen conocidas a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
  • 8. a. Normas de control de la ansiedad en la atención odontológica b. Normas de usos de fluoruros en la prevención odontológica c. Normas de prevención e intercepción de anomalíasdento- maxilares d. Normas de prevención de enfermedades gingivales y periodontales. e. Norma técnica de urgencia odontológica f. Normas de actividades promocionales y preventivas específicas en la atención odontológica infantil Además, es necesario conocer para garantizar por ley su cumplimiento las Garantías Explícitas en Salud (GES), vigentes a partir de Julio del año 2005
  • 9. En primer lugar el profesional se debe dirigir al Servicio de Impuestos internos (SII) y realizar la declaración de inicio de Actividades (en el formulario 4415). Puesto que los contribuyentes con inicio de actividades van a desarrollar acciones lucrativas, deben otorgar boletas de honorarios por los servicios que por su actividades generen, deben también rellenar el Formulario 3230 y hacer éste trámite en el SII. En el caso de que se quiera establecer una consulta dental, se debe pagar la patente en la comuna en la cual ésta se establecerá. La vigilancia sanitaria respecto al inicio de actividades corresponderá al Servicio de Salud. Y respecto al marco legal, no se debe tener alguna condena, en la cual se suspenda el ejercicio de la profesión. (1)
  • 10. La ficha clínica desde un punto de vista ético se puede definir como “un documento fundamental en el que se recoge la descripción ordenada, completa y precisa de la experiencia que el odontólogo obtiene de la relación directa y técnica con los pacientes”. Es un documento de importancia legal puesto constituye una valoración de la responsabilidad médica, dicho de otro modo “es el reflejo de todas las actuaciones médico-sanitarias con el paciente, de toda la relación profesional sanitario-paciente y de todos los conocimientos, medios y actuaciones médicas que se ponen a su disposición”.
  • 11. Hablar de propiedad o dominio exclusivo de la Ficha Clínica resulta inadecuado, ya que si bien contiene datos sensibles sobre la vida y enfermedad de una persona, también da cuenta de los planes elaborados y de las acciones realizadas por el médico o el equipo de salud, que han permitido llegar a un diagnóstico, desarrollar una estrategia de estudio y tratamiento y postular un pronóstico. La inclusión en la Ficha Clínica de datos sensibles y reservados del paciente exige que ésta sea tratada con la debida reserva. En consecuencia, lo que debe garantizarse por ley es la confidencialidad de la Ficha Clínica y la responsabilidad que en esta cautela le cabe al médico o a la institución donde se ha llevado a cabo el cuidado del paciente
  • 12. Hacer referencia a la propiedad implicaría, para ser consecuentes, la aplicación de todas las reglas que este derecho confiere a su titular, pudiendo conducir a conflictos jurídicos ajenos a esta materia. El derecho a la información que le cabe al paciente se materializa en aquella comunicación verbal o escrita que el médico le entrega en forma veraz y prudente, utilizando un lenguaje apropiado . Asimismo, toda anotación que el médico realice debe ser efectuada con la suficiente claridad como para que cualquier tercero pueda entenderla. La legislación debiera garantizar el derecho del paciente a acceder a la información contenida en la Ficha Clínica, preferentemente a través del médico tratante, porque es éste quien conoce mejor la situación del paciente a su cargo. El médico y la institución prestadora tienen la obligación de custodia y reserva de la Ficha Clínica.
  • 13. Sólo se podrá entregar esta información a terceros con el consentimiento expreso del paciente o de quien asuma su representación, si éste no está en condiciones de otorgarla. En ningún caso esta autorización puede otorgarse de manera general y anticipada. El derecho a la intimidad del paciente se prolonga aun después de su muerte. En consecuencia, los herederos de la persona fallecida no tienen derecho a acceder a la información contenida en la Ficha Clínica, a menos que hayan sido expresamente autorizados en vida por el paciente competente. Cualquier conflicto que se suscite en relación con esta materia debe ser previamente sometido al conocimiento del Comité de Ética que corresponda, para que éste emita un pronunciamiento al respecto.
  • 14. Bibliografía Ciocca Gomez, Luis. "Odontología médico-legal". Ediciones Jurídicas de Santiago. 2010. Capítulo 42,46 y 48. Carrasco Tapia, Patricio. "Responsabilidad Legal Profesional". Facultad de Odontología Univ. de los Andes, Chile. 2005 Odontología legal y forense; Vicente Moya P., Bernabé Roldan G., José Antonio Sánchez S.; Ed. Masson; 1994. Criado Del Río MT. Aspectos médico-legales de la historia clínica. Madrid: Colex, 1999. Los aspectos críticos de la responsabilidad médica y su prevención; Dr. Hugo Rodríguez Almada; Rev. Med Uruguay 2001. Colegio Médico de Chile; “Ficha Clínica: Derecho a la Información y Reserva de la Información contenida”. Disponible en: http://www.colegiomedico.cl/Default.aspx?tabid=255