Durante los últimos años, muchos cuerpos policiales se han equipado con perros detectores de droga con el objetivo de controlar el
consumo de drogas en espacios públicos, el tráfico, la delincuencia relacionada y mejorar la sensación de seguridad. Las instituciones que se han sumado a esta iniciativa, lo han hecho en su gran mayoría
a partir de un modelo prohibicionista basado en la estricta aplicación
de la Ley Orgánica 1/1992 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
Lo cierto es que las políticas prohibicionista en materia de drogas,
se han demostrado ineficaces, tanto por no ser capaces de reducir
el consumo de sustancias ni los daños asociados, como por los posibles efectos indirectos e indeseados que conllevan
219 uso de perros detectores en el control de drogas
1. 52 Revista TEMA’S Año IV - Número 32 — Agosto de 2015
R E V I S T A D I G I T A L D E
EL USO DE PERROS
DETECTORES EN EL CONTROL
DE DROGAS
Eficacia e Impacto
Daniel Bruns Ledesma
(España)
Agente de policía local activo desde el año
2007., actualmente agente de policía local
en Salt (Girona). Servicio en unidades de
seguridad ciudadana, años 2007-2013.
Servicio en la unidad de Oficina de Aten-
ción al Ciudadano. Instrucción de atestados
penales, investigación de delitos y asesora-
miento . Años 2013 - actualidad.
Cursa el Grado de Criminología. Facultad
de Derecho Universidad de Girona.
Se ha formado en el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña y se ha ca-
pacitado en Investigación Básica de Delitos ( Diputación de Girona), Curso
de especialización en técnicas de comunicación aplicadas a la declaración
policial, interrogatorio - Esc. de Prevención y Seguridad Integral Adscrita a
la UAB (Universidad Autónoma de Barcelona). Curso de especialización so-
bre delitos contra la propiedad intelectual e industrial: actuación y peritaje.
2. 53
C R I M I N O L O G Í A Y S E G U R I D A D
https://www.facebook.com/revista.temas
Resumen
Durante los últimos años, muchos cuerpos policiales se han equipa-
do con perros detectores de droga con el objetivo de controlar el
consumo de drogas en espacios públicos, el tráfico, la delincuencia
relacionada y mejorar la sensación de seguridad. Las instituciones
que se han sumado a esta iniciativa, lo han hecho en su gran mayoría
a partir de un modelo prohibicionista basado en la estricta aplicación
de la Ley Orgánica 1/1992 sobre Protección de la Seguridad Ciuda-
dana. Lo cierto es que las políticas prohibicionista en materia de dro-
gas, se han demostrado ineficaces, tanto por no ser capaces de redu-
cir el consumo de sustancias ni los daños asociados, como por los po-
sibles efectos indirectos e indeseados que conllevan. (GAMELLA-
RODRIGUEZ, 2005: 17)
Palabras Clave: Prevención, perros policía, Seguridad, drogas.
Abstract
In recent years, many police forces are equipped with drug snif-
fing dogs in order to control the consumption of drugs in public, traf-
fic spaces, related crime and improve the sense of security. The insti-
tutions that have joined this initiative, they have done mostly from a
prohibitionist model based on the strict application of the Organic
Law 1/1992 on Protection of Public Safety. The truth is that the prohi-
bitionist drug policies, have proven ineffective, thus not being able to
reduce substance use and associated harms, for any indirect and un-
wanted effects involved. (GAMELLA-RODRIGUEZ, 2005: 17)
Keywords: Prevention, K-9, security, drugs.
RECIBIDO EL: 05-06-2015 PUBLICADO EL: 01-08-2015
3. 54 Revista TEMA’S Año IV - Número 32 — Agosto de 2015
que se consideran infracciones graves
tres conductas:
1. El consumo de sustancias estupefa-
cientes en lugares públicos,
2. La tenencia para consumo propio
en espacios públicos.
3. El abandono de los instrumentos
utilizados para su consumo en luga-
res públicos.
El fundamento de la LOPSC como su
nombre indica, es la protección frente
aquellas conductas que supongan un
riesgo para la seguridad ciudadana.
Surgió en 1992 para hacer frente a la
creciente preocupación de la sociedad
española, ante el alarmante aumento
Regulación de las drogas en
España
En España, los comportamientos
relacionados con las drogas se encuen-
tran regulados desde el Derecho admi-
nistrativo sancionador y el Derecho
penal. Algunos de estos comporta-
mientos, como el consumo personal y
la tenencia de sustancias, aunque no
se castigan penalmente, sí se sancio-
nan administrativamente. La Ley
Orgánica 1/1992 sobre Protección de
la Seguridad Ciudadana (LOPSC en
adelante), establece en el artículo 25.1
TEMA’S
4. 55
Cuando estas intervenciones se
hacen con los perros detectores de
droga, el procedimiento generalmente
siempre es el mismo si de lo que se
trata es de controlar el consumo o la
tenencia de drogas en espacios públi-
cos. Se hacen patrullajes a pie por las
calles, plazas, entornos escolares, zo-
nas comerciales, etc., con uno o dos
agentes y el perro. Durante estos pa-
trullajes el animal indica al guía cani-
no la posible presencia de drogas, que
pueden estar ocultas en las ropas u
objetos del sujeto interesado, o bien
en escondites si previamente ha sido
ocultada para evitar su detección ante
la presencia policial. Cuando el perro
efectúa un marcaje u indicación sobre
alguna persona, esta es sometida a
identificación y cacheo con el fin de
localizar la sustancia. Algunas veces si
no es posible la identificación a pie de
calle de la persona, esta puede ser
conducida a comisaría a efectos de
identificación. Si finalmente los fun-
cionarios encuentran algún tipo de
sustancia, extienden el acta adminis-
trativa correspondiente en la que de-
berá constar como mínimo: los datos
del infractor, la descripción de la con-
ducta infringida y la descripción de la
sustancia intervenida. Las sanciones
previstas por las cualquiera de las tres
conductas van de los 300,52 a los
30.050,6 1€. La mayoría de denuncias
se producen por la posesión o consu-
mo de cannábicos1.
del consumo de drogas, sobretodo
heroína, y la extensión de la epidemia
del SIDA. La popularmente conocida
como “Ley Corcuera”, supuso un en-
durecimiento del control sobre drogas
y las conductas relacionada con ellas.
Aunque la situación no es la misma
que en los noventa, esta ley se ha se-
guido aplicando hasta nuestros días
con menor o mayor frecuencia, más
sobre consumidores ocasionales de
drogas, que en los “yonkis” o droga-
dictos que tanta preocupación causa-
ban, afectando principalmente a los
consumidores de cannabis que es la
droga ilegal de uso mas extendido en
España y en el mundo (GAMELLA-
RODRIGUEZ, 2005: 20-32).
La aplicación de la LOPSC
¿De que forma la policía realiza
el control de las conductas relacio-
nadas con las drogas descritas en la
LOPSC?
Las intervenciones policiales nor-
malmente se llevan a cabo a partir a
de la petición de vecinos, escuelas y
otros actores interesados, que recla-
man mayor control y presencia poli-
cial cuando observan conductas que
pueden ser prohibidas o antisociales.
También se realizan operaciones por
propia iniciativa de las instituciones,
consistentes por ejemplo en patrulla-
jes preventivos.
SEGURIDAD
http://revista-temas.blogspot.com.ar
1.- Segun datos del Ministerio del Interior (2013), el 87 por ciento del total de denuncias se produ-
jeron por posesión o consumo de cannábicos; el 9 por ciento de cocaínicos; el 2 por ciento de opiá-
ceos y el 1 por ciento de estimulantes (incluido el MDMA). El perfil típico del denunciado en Es-
paña por aplicación de la Ley Orgánica 1/1992, de Protección de la Seguridad Ciudadana, es el
siguiente: – Hombre, en un 94,84 por ciento de las ocasiones. – Español, en un 87 por ciento de las
ocasiones. – De entre 19 y 25 años, en un 45 por ciento de las ocasiones.
5. 56 Revista TEMA’S Año IV - Número 32 — Agosto de 2015
para evitar ser sancionados por la posesión
de pequeñas cantidades de droga destina-
das al autoconsumo. Actualmente existen
multitud de comercios especializados en el
cultivo de cáñamo, los famosos “Grow
Shops”, y otros sitios de Internet donde es
posible la adquisición de semillas y material
para el cultivo. La legislación española no
sanciona por el momento, el cultivo para
¿Es efectivo este modelo de con-
trol?
Estos modelos de control basados en la
exclusiva persecución y denuncia de la con-
ductas relacionadas con las drogas, se han
demostrado inefectivos, y pueden tener un
efecto de “fruto prohibido”, promoviendo
aún más el consumo especialmente entre
aquellos sectores que valoran el riesgo, la
vulneración de la norma y la rebeldía contra
la autoridad establecida como elemento de
reivindicación identitaria (GAMELLA-
RODRIGUEZ, 2005). Además, estos mismos
autores han señalado otro efecto inesperado
e indeseado: el aumento del cultivo casero.
El cultivo casero como respuesta a
la acción policial
Algunos consumidores encuentran en el
auto-cultivo casero, una solución razonable
TEMA’S
6. 57
identificaciones, cacheos y denuncias. Los
animales tienen la mera consideración jurí-
dica de medios o herramientas policiales
(SAP BU 773/2012).
Un país que si ha regulado el uso de pe-
rros para estas intervenciones es Nueva Ga-
les del Sud (Australia). En 2006, el Ombuds-
man (defensor del pueblo) de este país emi-
tió un novedoso informe sobre la Drug De-
tection Dogs Act, ley que autoriza y regula el
uso de perros detectores de droga por la po-
licía, en el que se analizó la eficacia y el im-
pacto de las operaciones policiales hechas
con perros detectores de droga. De él se
desprenden unas interesantes conclusiones.
De forma general este estudio concluyó
que las operaciones policiales llevadas a ca-
bo con perros detectores de droga, no sola-
mente no conseguían cumplir sus objetivos,
sino que producían efectos contrarios. Para
la elaboración del informe se estudiaron los
datos procedentes de: registros policiales;
observaciones directas de actuaciones poli-
ciales; revisión de sentencias sobre opera-
ciones antidroga con el uso de perros; en-
trevistas con agentes implicados; y quejas
de ciudadanos sobre la policía utilizando
perros detectores.
En un primer momento, la ley fue conce-
bida para permitir a la policía utilizar pe-
rros para la vigilancia pública con la inten-
ción de coger más narcotraficantes. En
2006, el informe concluyó que tan solo se
logró el enjuiciamiento exitoso por trafico
en 19 de 10.211 búsquedas (COWDERY-
WODAK, 2014) .
Frente la falta de efectividad del progra-
ma, la retórica cambió. El objetivo de la ley
autoconsumo2. El cultivo casero, además,
puede provocar un efecto derivado: el tráfi-
co. Los cultivadores pueden encontrar en
los excedentes de producción, una fuente de
ingresos fácil, que teniendo en cuenta el pa-
norama de crisis actual, puede resultar un
modo eficaz de subsistencia.
Otro posible efecto podría ser el desplaza-
miento del consumo. La ciencia criminológi-
ca nos indica que la persecución continua
de ciertos delitos no los erradica, sino que
los desplaza. Esta teoría puede resultar de
aplicación en las conductas relacionadas
con las drogas, en el sentido que la persecu-
ción sistemática de los consumidores, no
conseguirá que estos dejen de consumir, si-
no que estos lo harán fuera del alcance de
los ojos de la policía. El problema de este
desplazamiento surge cuando estos se refu-
gian en comunidades de vecinos y otros es-
pacios privados fuera del ámbito de actua-
ción de la policía, o cuando de forma ilegal
ocupan inmuebles donde poder llevar a ca-
bo con discreción sus actividades. Natural-
mente esto genera entre los residentes una
gran preocupación y sensación de inseguri-
dad, además de un deterioro del espacio
físico asociado a estas conductas.
La regulación legal y eficacia de
los perros detectores de drogas
El uso de perros detectores de droga por
la policía, no esta regulado de forma especi-
fica en España, más allá de algunas disposi-
ciones de la propia LOPSC, o de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que re-
gula de forma genérica la practica de las
SEGURIDAD
www.watsonconsultores.com
2.- Sobre este punto, hay que tener en cuenta la reciente reforma de la LOPSC 4/2015 que entrará en vigor el 01-
07-2015, en la que se contempla la sanción por autocultivo. Art.18. La ejecución de actos de plantación y cultivo
ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público, cuando no
sean constitutivos de infracción penal.
7. 58 Revista TEMA’S Año IV - Número 32 — Agosto de 2015
las tenia que efectuar en público, por lo que
el derecho a la intimidad se podía ver lesio-
nado.
Otro impacto negativo fue el miedo o an-
siedad que algunas personas experimenta-
ban ante la presencia de los perros. En un
primer momento se podría pensar que esta
reacción guardaba relación con la tenencia
de algún tipo de sustancia, sin embargo se
averiguó que la razón del miedo al animal
estaba estrechamente relacionada con las
creencias religiosas de estas personas. Algu-
nos musulmanes evitaban encontrarse con
el perro, ya que el contacto directo con el
animal suponía que estos se tuvieran que
lavar antes de la oración o asistencia a la
mezquita. Muchos musulmanes creen que el
perro es un animal inmundo (NSW Om-
budsman, 2006: 131). Este un punto impor-
tantísimo a tener en cuenta en núcleos de
población con alta concentración de musul-
manes.
Conclusión
Las perros detectores de droga pueden
resultar herramientas muy útiles para la
policía y beneficiosas para la seguridad ciu-
dadana, pero su uso debe ser responsable y
proporcional para evitar que los costes su-
peren los beneficios, y es que la falta de re-
ahora era disuadir el consumo de drogas,
pero nuevamente tampoco se encontraron
evidencias que la vigilancia policial fuese
efectiva, incluso algunos informes sugirie-
ron que los consumidores cambiaron sus
hábitos de consumo hacia prácticas más pe-
ligrosas para la salud, con el objetivo de evi-
tar la detección. Estas estrategias incluye-
ron: consumo de grandes cantidades de dro-
ga a la vez, en lugar de hacerlo de forma más
espaciada; consumir las drogas en el domici-
lio y luego conducir hasta el lugar de ocio; o
el cambio a drogas potencialmente más peli-
grosas como el GHB (Éxtasis), con la creen-
cia que estas son menos detectables por los
animales.
El impacto de estas búsquedas intrusivas
en la vida de las personas, fue una de las
principales conclusiones negativas del infor-
me. Las principales quejas presentadas por
los ciudadanos se relacionaron con falsas
indicaciones de los perros; infracciones de
las libertades civiles; perdida de confianza
de la comunidad en la policía; y sentimien-
tos de vergüenza, rabia e humillación. La
mayoría de gente mostró su indignación por
la manera como los agentes efectuaban sus
identificaciones y cacheos a la vista de to-
dos. La policía no siempre podía garantizar
la privacidad durante estas intervenciones y
TEMA’S
8. 59
Bibliografía
Anuario Estadístico del Ministerio del Interior,
2013. http://www.interior.gob.es/web/
archivos-y-documentacion/anuario-
estadistico-2013
CID,J – LARRAURI,E Teorías criminológicas.
2001
COWDERY,N – WODAK, A. Drug surveillance
operations an abject failure. The Sydney Mor-
ning Herald, 2014. http://www.smh.com.au/
comment/drug-surveillance-operations-an-
abject-failure-20141130-11ucdp.html
GAMELLA –JIMENEZ RODRIGUEZ. Comerciali-
zación sin legalización: Politicas públicas y
consumo/comercio de cánnabis en España
(1968-2003). Revista Española de Drogode-
pendencias. 2005.
(KAZYRYTSKI, L Revueltas urbanas de jóvenes
inmigrantes: Francia y España. Un análisis
comparativo. InDret.2013.)
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de pro-
tección de la seguridad ciudadana.
MARIN GUTIERREZ, I. La cultura”cannábica” en
España (1991-2007). Universidad de Grana-
da, Departamento de Antropología Social.
2008
NSW Ombudsman. Review of the Police Po-
wers .Drug Detection Dogs. Act 2001 . 2006 ).
España. Audiencia Provincial de Burgos. Sen-
tencia núm. 773/2012 de 09 de julio. http://
www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp
gulación legal de estos medios, puede con-
ducir a la proliferación de ciertas conductas
arbitrarias, abusivas y contraproducentes
en la aplicación de la LOPSC y en los dere-
chos fundamentales.
El tratamiento del fenómeno de las dro-
gas es una tarea compleja y difícil, que im-
plica un equilibrio entre la aplicación de la
ley, los derechos individuales, las expectati-
vas de la comunidad, los problemas de salud
y los costes asociados. Algunas políticas so-
bre drogas tienen serias limitaciones para
cambiar las tendencias de consumo, si no se
modifican las percepciones sociales domi-
nantes sobre las drogas. La sanción en estos
casos deja de cumplir su función de preven-
ción general negativa sobre los consumido-
res, al percibir éstos la ley como discrimina-
toria y arbitraria (CID-LARRAURI, 2001:181
-187).
Como reflexión final, apuntar que la ten-
dencia mundial es la de abordar el proble-
ma desde un punto de vista de reducción de
daños, apostando incluso por la legalización
del cannabis (es el caso por ejemplo de Uru-
guay o Suiza, que han despenalizado el con-
sumo personal como solución a la violencia
que genera el trafico de estupefacientes).
Lejos de esta corriente, el estado español ha
aprobado con toda la oposición en contra, la
nueva LOPSC 4/2015, que entrará en vigor
el próximo mes de julio, y que supondrá un
grave endurecimiento de las sanciones por
conductas relacionadas con las drogas.
SEGURIDAD
http://revista-temas.blogspot.com.ar
10. TEMA’SRevista Digital de Criminología y Seguridad
Watson ConsultoresWatson ConsultoresWatson ConsultoresWatson Consultores
Agosto de 2015 .
DESTACADOS
Distribución Gratuita
Pericias Psicológicas: Inclusión de los
protocolos en la pericia
Hacia el sistema Acusatorio, Adversa-
rial y Oral en México
Factores de Riesgo Psicosocial en la Po-
licía
Uso de Perros en el control de drogas
Diagnóstico diferencial de las heridas
por arma blanca
Dime cómo matas y te diré quién eres
ADEMÁS
TEMA’S DE ACTUALIDAD
EVENTOS Y NOVEDADES
NOTICIAS UNIVERSITARIAS
REVISTADIGITALDE
CRIMINOLOGÍAYSEGURIDAD
Año IV
Nro. 32
ISSN 2314-1166
SEGURIDAD
SERVICIO DE
SERENAZGO EN EL
PERÚ