SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 18
DERECHO DE ALIMENTOS
PROFESOR DANIEL HERRERA
DERECHO DE ALIMENTOS.
• Sobre la base del Art. 323 Código Civil se puede elaborar un
concepto “los alimentos deben habilitar al alimentado para
subsistir modestamente de un modo correspondiente a su
posición social”.
• Por lo tanto, no sólo debe entenderse la comida, sino también
todo lo que necesite para subsistir modestamente, esta subsistir
debe considerarse en atención a la posición social.
Alimentos
Concepto
Clasificación
Características
Es una obligación legal impuesta a ciertas personas para que efectúen,
respecto de otras, las prestaciones necesarias con el fin de satisfacer las
necesidades de existencia de éstas.
• es irrenunciable
• es intransferible
• no es susceptible de ser compensado
• es inembargable
• es imprescriptible
• no puede ser objeto de compromiso.
Derecho de alimentos
Alimentos legales y voluntarios
Alimentos provisorios y definitivos
Pensiones alimenticias devengadas
(atrasadas) y pensiones alimenticias futuras.
Regulación legal CC, Ley 14.908, leyes especiales, tratados internacionales
Todo consecuencia de
ser un DERECHO
PERSONALÍSIMO
1.- Atendiendo a su origen:
 Voluntarios, emanan de un acuerdo de voluntad entre el alimentante y el
alimentario o de la declaración unilateral de voluntad del alimentante, por
ejemplo, se puede conceder en un testamento una pensión alimenticia. Aquí
no existe obligación de proporcionar alimentos, pero la voluntad se somete a
esta obligación.
 Legales o forzados, Art. 321 y siguientes, solamente regula los legales “que se
deben por ley”.
Calificación de los Alimentos
2.- Atendiendo a su permanencia en el tiempo:
 Provisorios, el que el tribunal ordena otorgar mientras se tramita el juicio de
alimentos, Art. 327. A partir de la Ley 19.741 de 24 de Julio de 2001, pasó de
ser una facultad del tribunal a ser una obligación, en la medida que la demanda
respectiva esté dotada de fundamentos plausibles.
 Tratándose de hijos menores debe otorgarlo dentro del plazo de 10 días
contados desde la notificación de la demanda. Dentro de este plazo el
demandado, si tiene fundamento, deberá oponerse, si no lo hace deberá
pagarlos. Además en el Art. 5 de la Ley 14.908, sobre abandono de familia y
pago de pensiones alimenticias, se entiende que el fundamento plausible existe
cuando se acredita el título para pedir alimentos y además que no existe una
manifiesta incapacidad del demandado para proveer tales alimentos.
 Fuera de otorgar alimentos provisorios, el juez también tiene la facultad de
acceder provisoriamente a la petición de rebaja, cese o aumento de pensión en
la medida que existan antecedentes que lo justifiquen, Art. 5 inciso 6.
 Definitivos, los que se conceden en la correspondiente sentencia que pone
término al juicio de alimentos o bien los que se acuerdan en la transacción
judicialmente aprobada que pone término a dicho juicio.
3.- Atendiendo a su exigibilidad:
 Futuros, los aún no exigibles.
 Devengados, los que pueden exigirse.
 Distinción importante en razón de las características del derecho de
alimentos, se aplica respecto de los futuros, no de los devengados.
Alimentos
Requisitos
Titulares
REQUISITOS
1. Necesidad del alimentario
2. Capacidad del alimentante
3. Texto legal que imponga la
prestación.
4. Ausencia de prohibición
1° al cónyuge;
2° a los descendientes;
3° a los ascendientes;
4° a los hermanos, y
5° al que hizo una donación cuantiosa, sino
hubiere sido rescindida o revocada.
 Significa que debe carecer de los medios que le permitirían subsistir modestamente de un modo que
corresponde a su posición social, en la medida que carezca de tales medios, podrá demandar
alimentos.
 Art. 330. No se puede liberar al alimentario de esta exigencia por el hecho que el alimentante tenga
los medios para subsistir, no se puede contrastar ambas situaciones económicas, si tiene los medios
no puede demandar alimentos por mucho que al alimentario le sobren los alimentos.
 Si aplicamos la regla del Art. 1698 (quien alega debe probar) sería el demandante quien debería
probar que se encuentra en esta situación, es decir, que carece de los medios, no obstante existe
jurisprudencia que sostiene lo contrario, es decir, sería el demandado quien debe probar un hecho
negativo (que no tiene los medios) porque el hecho es una condición, el no tener los medios se
manifiesta a través de actos positivos.
REQUISITOS
1. Necesidad del alimentario
 El alimentante debe tener los medios necesarios para proporcionar los
alimentos, Art. 329. El Art. 3 de la Ley 14.908 presume la concurrencia
de este requisito cuando un menor demanda alimentos a su padre o
madre, por lo tanto, no es necesario acreditar la concurrencia de este
requisito.
 La presunción es simplemente legal, por lo tanto, el demandado puede
probar que carece de estos medios.
 Concurriendo el requisito, la pensión alimenticia no puede exceder del
50% del total de las rentas que percibe el alimentante.
2. Capacidad del alimentante
3. Texto legal que imponga la prestación. (TITULO)
Tienen derecho a alimentos:
a.- El cónyuge, es decir la mujer o el marido según sea el caso. Y el obligado es obviamente
el otro de los cónyuges. Este derecho, al igual que otros, debe reclamarse mediante una
demanda a interponerse en el Juzgado de Familia correspondiente al domicilio del
alimentante o del alimentario, a elección de este último, con patrocinio de abogado.
b.- Los descendientes, esto decir los hijos, los nietos y en general todos los descendientes en
la línea directa.
c.- Los ascendientes, es decir los padres, abuelos, bisabuelos etc.
d.- Los hermanos.
f.- Quien hubiera hecho al eventual alimentante una donación cuantiosa.
4. Ausencia de prohibición
 Según el inciso final del artículo 324, “quedarán privados del derecho a pedir alimentos al
hijo el padre o la madre que le haya abandonado en su infancia, cuando la filiación haya
debido ser establecida por medio de sentencia judicial contra su oposición”.
 Respecto del divorcio, el artículo 174 del Código Civil dispone que el cónyuge que no
haya dado causa al divorcio tendrá derecho a que el otro cónyuge lo provea de alimentos
según las reglas generales, lo cual constituye una manifestación de la protección de la
buena fe que detenta.
 Con el fin de ordenar y regular la pensión de alimentos, la Ley
establece qué temas debe cubrir el dinero que le entrega el
padre o madre a la otra parte. Estos puntos son:
 Vivienda del hijo.
 Alimentación del hijo.
 Vestuario del hijo.
 Educación del hijo.
 Recreación del hijo.
 Salud del hijo.
¿Qué temas regula la pensión de alimentos?
 Acuerdo verbal
• Este sería el punto de inicio y lo que hacen muchos padres, pero también lo menos
recomendado.
• Un acuerdo verbal es eso, un compromiso al que llegan dos personas sin firmar ningún
documento de por medio.
• Es un medio pacífico, que evita problemas, trámites y controversias entre ambas partes, pero
lamentablemente, al no existir ningún documento que acredite el acuerdo al que se llegó, si el
comprometido deja de pagar no pasará nada.
• Mi única solución será demandarlo, pero no recuperaré el dinero para mis hijos que ya no fue
entregado.
 Acuerdo firmado ante notario
• Esta opción es simple y evita todo el proceso de demanda y juicio.
• Para este caso ambas partes (padre y madre), deberán establecer en conjunto y de común
acuerdo lo que creen que es justo para su hijo.
• Una vez establecido deberán redactar y firmar con un abogado y ante notario un documento
que acredite que ambos están de acuerdo, y que por ejemplo todos los meses el padre
depositará una cierta cantidad de dinero para el cuidado, educación, vivienda, comida, y
recreación del hijo.
¿Cómo se regula la pensión de alimentos?
 Acuerdo Completo y Suficiente
 Es un documento legal que regula todos los aspectos económicos que podrían afectar a una pareja luego de
divorciarse.
 Dentro de los puntos que regula, también establece los detalles de la tuición de los hijos (quién se quedará
con ellos), cómo será el régimen de visitas y también el detalle de pensión de alimentos.
 Este documento debe acreditarse y aprobarse ante un juez.
 La principal diferencia entre el Acuerdo Completo y Suficiente y el Acuerdo firmado ante notario, es que
el segundo regula la pensión de alimentos, y el primero toca varios temas más.
 Acta de Mediación
 Si las partes (padre y madre) no llegan a un acuerdo, entonces pueden someterse de forma gratuita y
voluntaria a un proceso de mediación.
 En este proceso actuará un tercero (un mediador), que buscará que ambos lleguen a un acuerdo de forma
pacífica.
 Propondrá soluciones justas para ambos y tratará de cerrar el tema ahí mismo.
 Si se logra llegar a un acuerdo, lo acordado será escrito en un documento que se llama Acta de Mediación,
que se presentará en tribunales y que será el compromiso acordado por ambas partes sobre la pensión
alimenticia.
 Resolución de un juez
 Si no se llegó a acuerdo en ninguno de los otros puntos mencionados y el padre o madre no está respondiendo
(pagando), existe una última alternativa: La demanda por pensión de alimentos.
 Como su nombre lo indica es un proceso más largo, que implica un juicio, y abogados, pero que finalmente
entrega una solución legal al problema.
 Este proceso es un poco más largo así que lo explicaremos en detalle a continuación.
 Presentar la demanda
 Sea cual sea el caso (con divorcio o sin divorcio), el primer paso será presentar una demanda formal en el Juzgado
de Familia correspondiente al lugar donde vive la persona que está demandando.
 Si es el padre quien vive con los hijos, entonces el padre deberá presentar la demanda en el juzgado de familia.
 Si es la madre la que vive y cuida a los hijos, entonces ella tendrá que presentar la demanda.
 Mediación familiar
 Para que exista demanda por pensión de alimentos, debe existir previamente un proceso de mediación. La Ley así
lo exige.
 ¿Qué es una mediación?
 Es un proceso en el que la madre y padre del menor tratarán de llegar a un acuerdo sin tener que ir a juicio.
 En el proceso irán a una o más reuniones con un mediador quien tratará de que lleguen a un acuerdo.
 El mediador propondrá soluciones, enfrentará los conflictos y tratará de que se resuelva todo ahí.
 Si la mediación llega a un acuerdo se firmará un documento que se presentará en tribunales y ¡listo! tema resuelto.
 Si la mediación no llega a un acuerdo, se pasará al siguiente paso: una audiencia con el juez para definir la pensión
de alimentos.
 Sobre la mediación es importante destacar que a pesar de que es un proceso obligatorio, ambas partes pueden
faltar (no acudir a la cita). De ser así no hay multas ni sanciones, solo se dará la mediación como frustrada y
tendrán que pasar al siguiente paso.
Demanda por pensión de alimentos
 Audiencia con el juez
 Si en la mediación no se llegó a acuerdo, entonces la persona que esté demandando tendrá que
acudir nuevamente al juzgado de familia y presentar la demanda. Aquí el juez citará a dos
audiencias:
 Audiencia preparatoria:
 En esta primera audiencia se presentarán todas las pruebas correspondientes al caso (la edad
del menor, los gastos que tiene mensualmente, cuánto a aportado el padre o madre, etcétera).
 Con las pruebas presentadas el juez tratará de que se llegue a un acuerdo.
 Si no se llega a un acuerdo o una de las partes falta a la audiencia se dictará una nueva fecha.
 Audiencia de juicio:
 Ya que no se llegó a un acuerdo en primera instancia, en esta segunda audiencia el juez será
quien decida cuánto y cómo se pagará la pensión alimenticia.
 Tomará todas las pruebas presentadas en el juicio, sacará algunos cálculos y establecerá el
monto definitivo a pagar.
¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con lo que dicta el juez?
 Como en toda demanda puedes apelar y buscar una nueva solución. Es un proceso largo y
muchas veces no muy conveniente, ya que aquí las pruebas de gastos y cuidados para los hijos
son contundentes y poco rebatibles.
Alimentos
Cuánto dura
Formas de
cumplir la
obligación
alimenticia
Regla. Art. 332.1 “los alimentos que se deben por ley se entienden concedidos
para toda la vida del alimentario, continuando las circunstancias que legitimaron
la demanda”. Incluye el proporcionar la enseñanza básica y media, y la de alguna
profesión u oficio, cuando el alimentante tenga respecto del alimentario el deber
de educación y el de establecimiento.
Excepción. art. 332.2: “Con todo, los alimentos concedidos a los descendientes y
a los hermanos se devengarán hasta que cumplan veintiún años (…)”.
Contraexcepción.
a) estén estudiando una profesión u oficio, caso en el cual cesarán a los 28 años;
b) les afecte una incapacidad física o mental que les impida subsistir por sí mismos;
c) por circunstancias calificadas, el juez lo considere indispensables para su
subsistencia.
• Prestaciones
• Suma o porcentaje de las rentas
• Dación en pago
• Derecho de usufructo, uso o habitación
Garantías de
cumplimiento
• El arresto nocturno
• Multa
• Retención
• Caución
• Separación de bienes
• Arraigo
• Solidaridad
SANCIONES
 Imaginemos que ya demandé por pensión de alimentos al padre de mi hijo y el juez dictó el monto y la
sentencia. ¿El problema? El padre no está pagando, no está cumpliendo con la demanda. ¿Qué hacer
entonces? Puedo demandar para que cumpla con lo acordado y si no lo hace, existen sanciones. ¿Cuáles?
Revisamos cada una a continuación:
 En primer lugar puedo pedir que le suspendan la licencia de conducir hasta por seis meses o más tiempo.
 Puedo también pedir que se le retenga su devolución de impuestos para pagar con ese dinero la pensión de
alimentos.
 Puedo pedir orden de arresto nocturno hasta por 15 días. Esto significa que vaya a dormir a la cárcel desde las 10 de
la noche hasta las 6 de la mañana.
 Si la medida anterior no fue suficiente y sigue sin pagar, entonces puedo pedir arresto completo por 15 días. Esto
significa sin salir de la cárcel por el tiempo recién mencionado.
 El juez puede decretar también que se le embargue el sueldo (hasta el 50%) y éste sea depositado en una cuenta
corriente para pagar la pensión.
 Se le puede prohibir también salir del país (arraigo nacional).
 Por último puedo pedir que se le embarguen y rematen los bienes que tiene con el fin de que pague lo que debe.
Sanciones por no pago de la pensión de alimentos
DERECHO DE ALIMENTOS
PROFESOR DANIEL HERRERA

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Actos de impugnación/ Medios de impugnación
Actos de impugnación/ Medios de impugnaciónActos de impugnación/ Medios de impugnación
Actos de impugnación/ Medios de impugnaciónDanielaCorreaAgudelo
 
Resumen indignidad
Resumen indignidadResumen indignidad
Resumen indignidadAna Belloso
 
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada. Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada. Clases Licenciatura
 
Juicio Ejecutivo
Juicio EjecutivoJuicio Ejecutivo
Juicio EjecutivoVictor Rios
 
Las excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civilLas excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civilOscar Vielich Saavedra
 
Clase sesion n° 12 ppt(1)
Clase sesion  n° 12   ppt(1)Clase sesion  n° 12   ppt(1)
Clase sesion n° 12 ppt(1)RogerMestanza1
 
Derecho de obligaciones diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 2
Derecho de obligaciones diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 2Derecho de obligaciones diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 2
Derecho de obligaciones diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 2edgardoquispe
 
Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...
Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...
Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...Ronald Lobaton
 
Derecho de obligaciones
Derecho de obligacionesDerecho de obligaciones
Derecho de obligacionesosinariss
 
01 presentacion proceso civil
01 presentacion proceso civil01 presentacion proceso civil
01 presentacion proceso civilYuhry Gándara
 
El patrimonio de familia. sesión 10
El patrimonio de familia. sesión 10El patrimonio de familia. sesión 10
El patrimonio de familia. sesión 10aalcalar
 
Diferencias entre la Nulidad y la Inexistencia
Diferencias entre la Nulidad y la InexistenciaDiferencias entre la Nulidad y la Inexistencia
Diferencias entre la Nulidad y la InexistenciaHernan Osorio
 

La actualidad más candente (20)

La Prenda
La PrendaLa Prenda
La Prenda
 
Actos de impugnación/ Medios de impugnación
Actos de impugnación/ Medios de impugnaciónActos de impugnación/ Medios de impugnación
Actos de impugnación/ Medios de impugnación
 
Resumen indignidad
Resumen indignidadResumen indignidad
Resumen indignidad
 
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada. Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
 
Juicio Ejecutivo
Juicio EjecutivoJuicio Ejecutivo
Juicio Ejecutivo
 
Las excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civilLas excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civil
 
Derecho romano
Derecho romanoDerecho romano
Derecho romano
 
Clase sesion n° 12 ppt(1)
Clase sesion  n° 12   ppt(1)Clase sesion  n° 12   ppt(1)
Clase sesion n° 12 ppt(1)
 
Derecho de obligaciones diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 2
Derecho de obligaciones diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 2Derecho de obligaciones diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 2
Derecho de obligaciones diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 2
 
Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...
Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...
Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...
 
Derecho de obligaciones
Derecho de obligacionesDerecho de obligaciones
Derecho de obligaciones
 
Cuadro comparativo
Cuadro comparativoCuadro comparativo
Cuadro comparativo
 
Contratos y cuasicontratos
Contratos y cuasicontratosContratos y cuasicontratos
Contratos y cuasicontratos
 
DERECHO CIVIL OBLIGACIONES VI
DERECHO CIVIL OBLIGACIONES VIDERECHO CIVIL OBLIGACIONES VI
DERECHO CIVIL OBLIGACIONES VI
 
Auto admisorio
Auto admisorioAuto admisorio
Auto admisorio
 
5 la sucesión intestada
5  la sucesión intestada5  la sucesión intestada
5 la sucesión intestada
 
01 presentacion proceso civil
01 presentacion proceso civil01 presentacion proceso civil
01 presentacion proceso civil
 
El patrimonio de familia. sesión 10
El patrimonio de familia. sesión 10El patrimonio de familia. sesión 10
El patrimonio de familia. sesión 10
 
Diferencias entre la Nulidad y la Inexistencia
Diferencias entre la Nulidad y la InexistenciaDiferencias entre la Nulidad y la Inexistencia
Diferencias entre la Nulidad y la Inexistencia
 
Patria Potestad
Patria PotestadPatria Potestad
Patria Potestad
 

Similar a Derecho alimentos

derecho-de-alimentos-1210728224690738-8.pdf
derecho-de-alimentos-1210728224690738-8.pdfderecho-de-alimentos-1210728224690738-8.pdf
derecho-de-alimentos-1210728224690738-8.pdfAlexMarquinaGaray
 
Pensiones alimenticias
Pensiones alimenticiasPensiones alimenticias
Pensiones alimenticiasfany_0106
 
Pensiones alimenticias
Pensiones alimenticiasPensiones alimenticias
Pensiones alimenticiasfany_0106
 
La obligación alimentaria
La obligación alimentaria La obligación alimentaria
La obligación alimentaria Gabriela Abreu
 
Instituciones Familiares Dra. Rueda
Instituciones Familiares Dra. RuedaInstituciones Familiares Dra. Rueda
Instituciones Familiares Dra. Ruedamodulosai
 
ENJ 400- Pension alimentaria.
ENJ 400- Pension alimentaria. ENJ 400- Pension alimentaria.
ENJ 400- Pension alimentaria. ENJ
 
Proceso judicial de alimentos en perú heiner rivera
Proceso judicial de alimentos en perú  heiner riveraProceso judicial de alimentos en perú  heiner rivera
Proceso judicial de alimentos en perú heiner riveraHeiner Rivera
 
Obligacion de Manutencion
Obligacion de ManutencionObligacion de Manutencion
Obligacion de Manutencionluismar lopez
 
Derecho Procesal Civil I Unidad 3, Semana 5.pptx
Derecho Procesal Civil I Unidad 3, Semana 5.pptxDerecho Procesal Civil I Unidad 3, Semana 5.pptx
Derecho Procesal Civil I Unidad 3, Semana 5.pptxFRANEDWAALEXALVAREZM
 
GUÍA INFORMATIVA N° 4. ACCIONES QUE PUEDES SEGUIR EN LA VÍA FAMILIAR.
GUÍA INFORMATIVA N° 4.  ACCIONES QUE PUEDES SEGUIR EN LA VÍA FAMILIAR.GUÍA INFORMATIVA N° 4.  ACCIONES QUE PUEDES SEGUIR EN LA VÍA FAMILIAR.
GUÍA INFORMATIVA N° 4. ACCIONES QUE PUEDES SEGUIR EN LA VÍA FAMILIAR.UNFPA Boliva
 
MODELO DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI...
MODELO DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI...MODELO DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI...
MODELO DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI...Corporación Hiram Servicios Legales
 
Obligacion de manuntension_IAFJSR
Obligacion de manuntension_IAFJSRObligacion de manuntension_IAFJSR
Obligacion de manuntension_IAFJSRMauri Rojas
 

Similar a Derecho alimentos (20)

Clase sobre Derecho de Alimentos
Clase sobre Derecho de AlimentosClase sobre Derecho de Alimentos
Clase sobre Derecho de Alimentos
 
derecho-de-alimentos-1210728224690738-8.pdf
derecho-de-alimentos-1210728224690738-8.pdfderecho-de-alimentos-1210728224690738-8.pdf
derecho-de-alimentos-1210728224690738-8.pdf
 
Pensiones alimenticias
Pensiones alimenticiasPensiones alimenticias
Pensiones alimenticias
 
Pensiones alimenticias
Pensiones alimenticiasPensiones alimenticias
Pensiones alimenticias
 
La obligación alimentaria
La obligación alimentaria La obligación alimentaria
La obligación alimentaria
 
Instituciones Familiares Dra. Rueda
Instituciones Familiares Dra. RuedaInstituciones Familiares Dra. Rueda
Instituciones Familiares Dra. Rueda
 
ENJ 400- Pension alimentaria.
ENJ 400- Pension alimentaria. ENJ 400- Pension alimentaria.
ENJ 400- Pension alimentaria.
 
PROCESO JUDICIAL DE ALIMENTOS EN EL PERÚ
PROCESO JUDICIAL DE ALIMENTOS EN EL PERÚPROCESO JUDICIAL DE ALIMENTOS EN EL PERÚ
PROCESO JUDICIAL DE ALIMENTOS EN EL PERÚ
 
Proceso judicial de alimentos en perú heiner rivera
Proceso judicial de alimentos en perú  heiner riveraProceso judicial de alimentos en perú  heiner rivera
Proceso judicial de alimentos en perú heiner rivera
 
Expediente no 666
Expediente no 666Expediente no 666
Expediente no 666
 
Obligacion de Manutencion
Obligacion de ManutencionObligacion de Manutencion
Obligacion de Manutencion
 
Estudio jurídico doctrinario pension alimenticia
Estudio jurídico doctrinario pension alimenticiaEstudio jurídico doctrinario pension alimenticia
Estudio jurídico doctrinario pension alimenticia
 
Derecho Procesal Civil I Unidad 3, Semana 5.pptx
Derecho Procesal Civil I Unidad 3, Semana 5.pptxDerecho Procesal Civil I Unidad 3, Semana 5.pptx
Derecho Procesal Civil I Unidad 3, Semana 5.pptx
 
Copia de ley 14.908
Copia de ley 14.908Copia de ley 14.908
Copia de ley 14.908
 
Alimentos mayores
Alimentos mayoresAlimentos mayores
Alimentos mayores
 
GUÍA INFORMATIVA N° 4. ACCIONES QUE PUEDES SEGUIR EN LA VÍA FAMILIAR.
GUÍA INFORMATIVA N° 4.  ACCIONES QUE PUEDES SEGUIR EN LA VÍA FAMILIAR.GUÍA INFORMATIVA N° 4.  ACCIONES QUE PUEDES SEGUIR EN LA VÍA FAMILIAR.
GUÍA INFORMATIVA N° 4. ACCIONES QUE PUEDES SEGUIR EN LA VÍA FAMILIAR.
 
MODELO DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI...
MODELO DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI...MODELO DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI...
MODELO DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI...
 
Obligacion de manuntension_IAFJSR
Obligacion de manuntension_IAFJSRObligacion de manuntension_IAFJSR
Obligacion de manuntension_IAFJSR
 
MODELO DEMANDA DE EXONERACIÓN DE ALIMENTOS
MODELO DEMANDA DE EXONERACIÓN DE ALIMENTOSMODELO DEMANDA DE EXONERACIÓN DE ALIMENTOS
MODELO DEMANDA DE EXONERACIÓN DE ALIMENTOS
 
Presentación civil
Presentación civilPresentación civil
Presentación civil
 

Último

CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxjbernardomaidana
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoMarioCasimiroAraniba1
 
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasCorte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasMarianaArredondo14
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024AngelGabrielBecerra
 
elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxelementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxJesusGonzalez579173
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .pptARACELYMUOZ14
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...GiancarloGayosoG
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguerofreddymendoza64
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfssuser20c91d1
 
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacionalUNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacionalJesusGonzalez579173
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasGvHaideni
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxAgrandeLucario
 

Último (20)

CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
 
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasCorte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
 
elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxelementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
 
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacionalUNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
 

Derecho alimentos

  • 2. DERECHO DE ALIMENTOS. • Sobre la base del Art. 323 Código Civil se puede elaborar un concepto “los alimentos deben habilitar al alimentado para subsistir modestamente de un modo correspondiente a su posición social”. • Por lo tanto, no sólo debe entenderse la comida, sino también todo lo que necesite para subsistir modestamente, esta subsistir debe considerarse en atención a la posición social.
  • 3. Alimentos Concepto Clasificación Características Es una obligación legal impuesta a ciertas personas para que efectúen, respecto de otras, las prestaciones necesarias con el fin de satisfacer las necesidades de existencia de éstas. • es irrenunciable • es intransferible • no es susceptible de ser compensado • es inembargable • es imprescriptible • no puede ser objeto de compromiso. Derecho de alimentos Alimentos legales y voluntarios Alimentos provisorios y definitivos Pensiones alimenticias devengadas (atrasadas) y pensiones alimenticias futuras. Regulación legal CC, Ley 14.908, leyes especiales, tratados internacionales Todo consecuencia de ser un DERECHO PERSONALÍSIMO
  • 4. 1.- Atendiendo a su origen:  Voluntarios, emanan de un acuerdo de voluntad entre el alimentante y el alimentario o de la declaración unilateral de voluntad del alimentante, por ejemplo, se puede conceder en un testamento una pensión alimenticia. Aquí no existe obligación de proporcionar alimentos, pero la voluntad se somete a esta obligación.  Legales o forzados, Art. 321 y siguientes, solamente regula los legales “que se deben por ley”. Calificación de los Alimentos
  • 5. 2.- Atendiendo a su permanencia en el tiempo:  Provisorios, el que el tribunal ordena otorgar mientras se tramita el juicio de alimentos, Art. 327. A partir de la Ley 19.741 de 24 de Julio de 2001, pasó de ser una facultad del tribunal a ser una obligación, en la medida que la demanda respectiva esté dotada de fundamentos plausibles.  Tratándose de hijos menores debe otorgarlo dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la demanda. Dentro de este plazo el demandado, si tiene fundamento, deberá oponerse, si no lo hace deberá pagarlos. Además en el Art. 5 de la Ley 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, se entiende que el fundamento plausible existe cuando se acredita el título para pedir alimentos y además que no existe una manifiesta incapacidad del demandado para proveer tales alimentos.  Fuera de otorgar alimentos provisorios, el juez también tiene la facultad de acceder provisoriamente a la petición de rebaja, cese o aumento de pensión en la medida que existan antecedentes que lo justifiquen, Art. 5 inciso 6.  Definitivos, los que se conceden en la correspondiente sentencia que pone término al juicio de alimentos o bien los que se acuerdan en la transacción judicialmente aprobada que pone término a dicho juicio.
  • 6. 3.- Atendiendo a su exigibilidad:  Futuros, los aún no exigibles.  Devengados, los que pueden exigirse.  Distinción importante en razón de las características del derecho de alimentos, se aplica respecto de los futuros, no de los devengados.
  • 7. Alimentos Requisitos Titulares REQUISITOS 1. Necesidad del alimentario 2. Capacidad del alimentante 3. Texto legal que imponga la prestación. 4. Ausencia de prohibición 1° al cónyuge; 2° a los descendientes; 3° a los ascendientes; 4° a los hermanos, y 5° al que hizo una donación cuantiosa, sino hubiere sido rescindida o revocada.
  • 8.  Significa que debe carecer de los medios que le permitirían subsistir modestamente de un modo que corresponde a su posición social, en la medida que carezca de tales medios, podrá demandar alimentos.  Art. 330. No se puede liberar al alimentario de esta exigencia por el hecho que el alimentante tenga los medios para subsistir, no se puede contrastar ambas situaciones económicas, si tiene los medios no puede demandar alimentos por mucho que al alimentario le sobren los alimentos.  Si aplicamos la regla del Art. 1698 (quien alega debe probar) sería el demandante quien debería probar que se encuentra en esta situación, es decir, que carece de los medios, no obstante existe jurisprudencia que sostiene lo contrario, es decir, sería el demandado quien debe probar un hecho negativo (que no tiene los medios) porque el hecho es una condición, el no tener los medios se manifiesta a través de actos positivos. REQUISITOS 1. Necesidad del alimentario
  • 9.  El alimentante debe tener los medios necesarios para proporcionar los alimentos, Art. 329. El Art. 3 de la Ley 14.908 presume la concurrencia de este requisito cuando un menor demanda alimentos a su padre o madre, por lo tanto, no es necesario acreditar la concurrencia de este requisito.  La presunción es simplemente legal, por lo tanto, el demandado puede probar que carece de estos medios.  Concurriendo el requisito, la pensión alimenticia no puede exceder del 50% del total de las rentas que percibe el alimentante. 2. Capacidad del alimentante
  • 10. 3. Texto legal que imponga la prestación. (TITULO) Tienen derecho a alimentos: a.- El cónyuge, es decir la mujer o el marido según sea el caso. Y el obligado es obviamente el otro de los cónyuges. Este derecho, al igual que otros, debe reclamarse mediante una demanda a interponerse en el Juzgado de Familia correspondiente al domicilio del alimentante o del alimentario, a elección de este último, con patrocinio de abogado. b.- Los descendientes, esto decir los hijos, los nietos y en general todos los descendientes en la línea directa. c.- Los ascendientes, es decir los padres, abuelos, bisabuelos etc. d.- Los hermanos. f.- Quien hubiera hecho al eventual alimentante una donación cuantiosa. 4. Ausencia de prohibición  Según el inciso final del artículo 324, “quedarán privados del derecho a pedir alimentos al hijo el padre o la madre que le haya abandonado en su infancia, cuando la filiación haya debido ser establecida por medio de sentencia judicial contra su oposición”.  Respecto del divorcio, el artículo 174 del Código Civil dispone que el cónyuge que no haya dado causa al divorcio tendrá derecho a que el otro cónyuge lo provea de alimentos según las reglas generales, lo cual constituye una manifestación de la protección de la buena fe que detenta.
  • 11.  Con el fin de ordenar y regular la pensión de alimentos, la Ley establece qué temas debe cubrir el dinero que le entrega el padre o madre a la otra parte. Estos puntos son:  Vivienda del hijo.  Alimentación del hijo.  Vestuario del hijo.  Educación del hijo.  Recreación del hijo.  Salud del hijo. ¿Qué temas regula la pensión de alimentos?
  • 12.  Acuerdo verbal • Este sería el punto de inicio y lo que hacen muchos padres, pero también lo menos recomendado. • Un acuerdo verbal es eso, un compromiso al que llegan dos personas sin firmar ningún documento de por medio. • Es un medio pacífico, que evita problemas, trámites y controversias entre ambas partes, pero lamentablemente, al no existir ningún documento que acredite el acuerdo al que se llegó, si el comprometido deja de pagar no pasará nada. • Mi única solución será demandarlo, pero no recuperaré el dinero para mis hijos que ya no fue entregado.  Acuerdo firmado ante notario • Esta opción es simple y evita todo el proceso de demanda y juicio. • Para este caso ambas partes (padre y madre), deberán establecer en conjunto y de común acuerdo lo que creen que es justo para su hijo. • Una vez establecido deberán redactar y firmar con un abogado y ante notario un documento que acredite que ambos están de acuerdo, y que por ejemplo todos los meses el padre depositará una cierta cantidad de dinero para el cuidado, educación, vivienda, comida, y recreación del hijo. ¿Cómo se regula la pensión de alimentos?
  • 13.  Acuerdo Completo y Suficiente  Es un documento legal que regula todos los aspectos económicos que podrían afectar a una pareja luego de divorciarse.  Dentro de los puntos que regula, también establece los detalles de la tuición de los hijos (quién se quedará con ellos), cómo será el régimen de visitas y también el detalle de pensión de alimentos.  Este documento debe acreditarse y aprobarse ante un juez.  La principal diferencia entre el Acuerdo Completo y Suficiente y el Acuerdo firmado ante notario, es que el segundo regula la pensión de alimentos, y el primero toca varios temas más.  Acta de Mediación  Si las partes (padre y madre) no llegan a un acuerdo, entonces pueden someterse de forma gratuita y voluntaria a un proceso de mediación.  En este proceso actuará un tercero (un mediador), que buscará que ambos lleguen a un acuerdo de forma pacífica.  Propondrá soluciones justas para ambos y tratará de cerrar el tema ahí mismo.  Si se logra llegar a un acuerdo, lo acordado será escrito en un documento que se llama Acta de Mediación, que se presentará en tribunales y que será el compromiso acordado por ambas partes sobre la pensión alimenticia.  Resolución de un juez  Si no se llegó a acuerdo en ninguno de los otros puntos mencionados y el padre o madre no está respondiendo (pagando), existe una última alternativa: La demanda por pensión de alimentos.  Como su nombre lo indica es un proceso más largo, que implica un juicio, y abogados, pero que finalmente entrega una solución legal al problema.  Este proceso es un poco más largo así que lo explicaremos en detalle a continuación.
  • 14.  Presentar la demanda  Sea cual sea el caso (con divorcio o sin divorcio), el primer paso será presentar una demanda formal en el Juzgado de Familia correspondiente al lugar donde vive la persona que está demandando.  Si es el padre quien vive con los hijos, entonces el padre deberá presentar la demanda en el juzgado de familia.  Si es la madre la que vive y cuida a los hijos, entonces ella tendrá que presentar la demanda.  Mediación familiar  Para que exista demanda por pensión de alimentos, debe existir previamente un proceso de mediación. La Ley así lo exige.  ¿Qué es una mediación?  Es un proceso en el que la madre y padre del menor tratarán de llegar a un acuerdo sin tener que ir a juicio.  En el proceso irán a una o más reuniones con un mediador quien tratará de que lleguen a un acuerdo.  El mediador propondrá soluciones, enfrentará los conflictos y tratará de que se resuelva todo ahí.  Si la mediación llega a un acuerdo se firmará un documento que se presentará en tribunales y ¡listo! tema resuelto.  Si la mediación no llega a un acuerdo, se pasará al siguiente paso: una audiencia con el juez para definir la pensión de alimentos.  Sobre la mediación es importante destacar que a pesar de que es un proceso obligatorio, ambas partes pueden faltar (no acudir a la cita). De ser así no hay multas ni sanciones, solo se dará la mediación como frustrada y tendrán que pasar al siguiente paso. Demanda por pensión de alimentos
  • 15.  Audiencia con el juez  Si en la mediación no se llegó a acuerdo, entonces la persona que esté demandando tendrá que acudir nuevamente al juzgado de familia y presentar la demanda. Aquí el juez citará a dos audiencias:  Audiencia preparatoria:  En esta primera audiencia se presentarán todas las pruebas correspondientes al caso (la edad del menor, los gastos que tiene mensualmente, cuánto a aportado el padre o madre, etcétera).  Con las pruebas presentadas el juez tratará de que se llegue a un acuerdo.  Si no se llega a un acuerdo o una de las partes falta a la audiencia se dictará una nueva fecha.  Audiencia de juicio:  Ya que no se llegó a un acuerdo en primera instancia, en esta segunda audiencia el juez será quien decida cuánto y cómo se pagará la pensión alimenticia.  Tomará todas las pruebas presentadas en el juicio, sacará algunos cálculos y establecerá el monto definitivo a pagar. ¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con lo que dicta el juez?  Como en toda demanda puedes apelar y buscar una nueva solución. Es un proceso largo y muchas veces no muy conveniente, ya que aquí las pruebas de gastos y cuidados para los hijos son contundentes y poco rebatibles.
  • 16. Alimentos Cuánto dura Formas de cumplir la obligación alimenticia Regla. Art. 332.1 “los alimentos que se deben por ley se entienden concedidos para toda la vida del alimentario, continuando las circunstancias que legitimaron la demanda”. Incluye el proporcionar la enseñanza básica y media, y la de alguna profesión u oficio, cuando el alimentante tenga respecto del alimentario el deber de educación y el de establecimiento. Excepción. art. 332.2: “Con todo, los alimentos concedidos a los descendientes y a los hermanos se devengarán hasta que cumplan veintiún años (…)”. Contraexcepción. a) estén estudiando una profesión u oficio, caso en el cual cesarán a los 28 años; b) les afecte una incapacidad física o mental que les impida subsistir por sí mismos; c) por circunstancias calificadas, el juez lo considere indispensables para su subsistencia. • Prestaciones • Suma o porcentaje de las rentas • Dación en pago • Derecho de usufructo, uso o habitación Garantías de cumplimiento • El arresto nocturno • Multa • Retención • Caución • Separación de bienes • Arraigo • Solidaridad SANCIONES
  • 17.  Imaginemos que ya demandé por pensión de alimentos al padre de mi hijo y el juez dictó el monto y la sentencia. ¿El problema? El padre no está pagando, no está cumpliendo con la demanda. ¿Qué hacer entonces? Puedo demandar para que cumpla con lo acordado y si no lo hace, existen sanciones. ¿Cuáles? Revisamos cada una a continuación:  En primer lugar puedo pedir que le suspendan la licencia de conducir hasta por seis meses o más tiempo.  Puedo también pedir que se le retenga su devolución de impuestos para pagar con ese dinero la pensión de alimentos.  Puedo pedir orden de arresto nocturno hasta por 15 días. Esto significa que vaya a dormir a la cárcel desde las 10 de la noche hasta las 6 de la mañana.  Si la medida anterior no fue suficiente y sigue sin pagar, entonces puedo pedir arresto completo por 15 días. Esto significa sin salir de la cárcel por el tiempo recién mencionado.  El juez puede decretar también que se le embargue el sueldo (hasta el 50%) y éste sea depositado en una cuenta corriente para pagar la pensión.  Se le puede prohibir también salir del país (arraigo nacional).  Por último puedo pedir que se le embarguen y rematen los bienes que tiene con el fin de que pague lo que debe. Sanciones por no pago de la pensión de alimentos