2. Compañías anónimas
Modo de formación:
Constitución
Sucesiva:Mediantes
actos continuos con el
fin de a completar un
proceso.
Constitución Simultánea: Se forma
a través de un acto por convenio
entre socios.
Capital: Es el monto
establecido en el acto de
una sociedad mercantil,
valorando las aportaciones
de los socios.
Derechos que confieren las acciones: Derechos a percibir
dividendos, derecho a voz y voto, derecho a retiro, derecho a
convocatoria, derecho a denunciar entre otros.
En el documento se debe indicar los
nombres de las
personas naturales y jurídicas, el
cual debe ser escrito (público o
privado)
3. Asamblea
Extraordinaria
Su prioridad son los intereses de la compañía
ya que convoca, por prensa o carta
certificada depositando en caja en número de
acciones.
Fusión: Es la unión de dos sociedades para
formar una nueva sociedad (Art 343 C. Com)
Disolución: Aunque no signifique la
extinción de la misma, esta debe
ser
Causas de Disolución:
Por cumplimiento del
objetivo, decisión de los
socios, incorporación a
una nueva sociedad.
Libros: Libros: El libro de socios, libro de actas de
asamblea y libro de actas de administración.
Se encuentra establecido en el articulo 200
del Código de Comercio numeral 4, la al
igual que las sociedades anónimas los
socios responde limitadamente solo sobre
el aporte realizado al capital social.
Clases de Asambleas:
Ordinaria y Extraordinaria
Asamblea Ordinaria: Prueba o modifica el
informe de los comisarios, nombra los
administradores, fija la retribución que se deba
dar a los administradores.
4. Análisis
Las compañías anónimas son “empresas” o sociedad
mercantil cuyo capital están divididas en acciones las
cuales son negociables, en el sistema jurídico Venezolano
reconoce que varias clases de sociedades en este caso las
mercantiles las cuales son un fondo patrimonial para la
emancipación de una empresa.
Por otra parte las sociedades de responsabilidad limitada
según el artículo 201 del código de comercio en su ordinal 4
emana que son las compañías en las cuales las obligaciones
sociales son garantizadas por un capital expreso dividido en
cuotas la cual se caracteriza por poseer una personalidad
jurídica propia aunque esas poseen ciertas desventajas por
ejemplo la mora y gastos en el proceso de constitución, no
emite participaciones, complejidades del impuesto sobre
sociedades entre otros.