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Medicina legal laminas power point, temas 3 4-5 y 7
1.
2. LA LESIÓN: Es un cambio
anormal en la morfología o
estructura de una parte del
cuerpo producida por un
daño externo o interno.
UNA HERIDA: Es una lesión
que se produce en el cuerpo.
Puede ser producida por
múltiples razones, aunque
generalmente es debido a
golpes o desgarros en la piel.
Dependiendo de su gravedad,
es necesaria asistencia
médica.
UNA CONTUSIÓN: Es un tipo
de lesión física no penetrante
sobre un cuerpo humano o
animal causada por la acción
de objetos duros, de
superficie obtusa o roma, que
actúan sobre el organismo
por intermedio de una fuerza
más o menos considerable.
3. HERIDAS CORTANTES.
Las heridas cortantes, son aquellas
producidas por instrumentos
aplanados que tienen uno o dos
bordes cortantes, su sección es
generalmente triangular, no tienen
punta y actúan en superficies
seccionando los tejidos
desplazándose sobre uno o varios
planos. A este género de
instrumentos pertenecen.
LESIONES GRAVÌSIMAS Artículo 414. Si el
hecho ha causado una enfermedad mental
o corporal, cierta o probablemente
incurable, o la pérdida de algún sentido de
una mano, de un pie, de la palabra, de la
capacidad de engendrar o del uso de
algún órgano, o si ha producido alguna
herida que desfigure a la persona; en fin,
si habiéndose cometido el delito contra
una mujer en cinta le hubiere ocasionado
el aborto, será castigado con presidio de
tres a seis años.
LA HERIDA PUNZANTE:
Es causada por cualquier objeto
que penetra en la piel y ocasiona
un agujero pequeño o grande como
como clavos, agujas, anzuelos o
mordeduras de serpientes, muchas
de las lesiones permanecen en la
superficie pero otras pueden ser a
flor de piel.
LESIONES CONTUNDENTE:
Lesiones producidas por un
instrumento o cuerpo contundente, es
decir, que tenga una superficie más o
menos larga. Cuando la contusión es
ligera, ocasionará en la piel un ligero
dolor, enrojecimiento o hinchazón que
desaparece a las pocas horas o días.
Cuando la contusión es más fuerte
producirá equimosis, escoriaciones o
soluciones de continuidad en la piel o
en los órganos profundos.
Vecino le dio un machetazo
a su vecino por una cerveza
4. HERIDAS EXTERNAS:
Hay lesiones abiertas donde hay mayor separación de
infección y lesiones cerradas, donde no se observa
separación en cuanto a tejidos y producen hematomas
y requieren atención porque comprometen algún
órgano.
HERIDAS INTERNAS:
son heridas que pueden ser complicadas y
extensas por la complición que puede tener un
órgano pueden y ocasionar a una hemorragia.
Son las producidas por sus proyectiles, la
interacción de los proyectiles en el cuerpo
humano causan una herida que tiene tres
componentes:
Orificio de entrada
Trayecto
Orificio de salida
5. EL TATUAJE:
Formado por una zona concéntrica de
los granos de pólvora no quemados
que se incrustan en la piel.
QUEMADURA:
Es el chamuscamiento de la piel el cual
se destaca como una mancha ocre o
amarillo negruzco que caracteriza el
orificio de entrad a.
HAZ:
Cubriendo el tatuaje, aparece el
ahumamiento producido por el negro
humo del disparo.
ANILLO DE ENJUGAMIENTO:
Conocido como zona de Fisch, es un anillo que se
produce por la limpieza que hace la piel del polvo,
lubricantes y residuos que trae el proyectil.
CONO DE DISPERSIÓN:
Es la separación en abanico del conjunto de
municiones o perdigones que originalmente
salen juntos proyectando un cono cuya base
va en aumento progresivamente en razón
directa a la distancia del disparo.
6. SIGNO DE PUPPE:
Es la impresión de la boca de fuego
en la piel, producida por la acción
termo mecánica del arma al
momento de efectuarse el disparo
sobre superficies blandas
(abdomen, muslos, entre otros.)
SIGNO DE BENASSI:
Es cuando el disparo se ha hecho
sobre superficies duras y consiste
en el ahumamiento que se
encuentra entre el hueso y la piel.
SIGNO DE WOLFFMAN:
Al igual que el anterior, se manifiesta cuando el
disparo se hace sobre superficies duras, el
orificio es irregular a manera de estrella, por lo
que también se le conoce como boca de mina.
SIGNO DE NEIRO ROJAS:
Al producir el disparo al contacto sobre las
prendas, el punto por el cual penetra el
proyectil se deshilacha en forma de cruz.
SIGNO DE BONNET:
Se manifiesta cuando el disparo es a contacto, pero no
sobre la piel, sino sobre las prendas de la víctima y es
el calcado de los tejidos de la ropa sobre la piel, por
acción del humo que despide el arma al ser accionada.
7. ORIFICIO DE ENTRADA. Es
el punto del cuerpo humano en el cual se
produce el impacto del proyectil. Por regla
general es pequeño de diámetro, de bordes
netos e invertidos y puede presentar cuatro
elementos estructurales que lo constituyen:
1.Orificio propiamente dicho
2.Anillo de enjugamiento
3.Anillo de contusión
4.Orificio
ORIFICIO DE SALIDA.
Como su nombre lo indica, es el punto por el
cual el proyectil abandona el cuerpo y el
cual presenta las siguientes características:
1.Es más grande que el orificio de entrada
2.Tiene bordes evertidos
3. No presenta halo de Fisch
LAS LESIONES
TÉRMICAS:
Son las más comunes y ocurren
cuando metales calientes,
líquidos hirvientes, vapor o
llamas entran en contacto con
la piel.
CALOR INTENSO:
Las quemaduras pueden ser
causadas por calor seco
(como el fuego), por calor
húmedo (como vapor o
líquidos calientes), por
radiación, fricción, objetos
calientes, el sol, electricidad o
sustancias químicas
FUEGO DIRECTO:
Suelen ser producto de incendios, accidentes
automovilísticos, juegos con fósforos, gasolina
mal almacenada, calentadores y mal
funcionamiento de equipos eléctricos. Entre
otras causas, se puede mencionar el mal
manejo de petardos y los accidentes en la
cocina.
8. QUEMADURAS DE PRIMER GRADO
(SUPERFICIALES)
Las quemaduras de primer grado afectan sólo la epidermis o
capa externa de la piel. El lugar de la quemadura duele, no
presenta ampollas y está enrojecido y seco. Un ejemplo sería
una quemadura solar leve. No es frecuente que se produzca
daño permanente de los tejidos; la lesión suele consistir en el
aumento o disminución de la coloración de la piel.
QUEMADURAS DE SEGUNDO GRADO
(DE ESPESOR PARCIAL)
Las quemaduras de segundo grado afectan la epidermis
y parte de la dermis. El lugar de la quemadura está
enrojecido y ampollado y puede estar tumefacto y doler.
QUEMADURAS DE TERCER GRADO
(DE ESPESOR TOTAL)
Las quemaduras de tercer grado destruyen la epidermis
y la dermis. Este tipo de quemaduras también pueden
dañar los huesos, los músculos y los tendones. El
lugar de la quemadura presenta un color blanco o
carbonizado. No hay sensibilidad en la zona, puesto
que las terminaciones nerviosas están destruidas.
Quemo a la dueña de
la residencia porque
le cobro el canon de
arrendamiento
HOMICIDIO CALIFICADO
Art. 406 COP. – En los casos que se
enumeran a continuación se
aplicarán las siguientes penas:
1.Quince a veinte años de presión a
quien cometa el homicidio por medio
de un incendio, con alevosía o por
motivos fútiles o innobles.
9. 1. FIBRILACIÓN
VENTRICULAR
Esta es considerada como
el mecanismo de muerte
más frecuentemente
implicado en las
electrocuciones e implica el
paso de la corriente
eléctrica a través del
corazón.
2. PARÁLISIS RESPIRATORIA
PERIFÉRICA
Es mucho menos común que
las arritmias cardíacas e
implica el paso de corriente a
través del tórax, debido a la
severa contracción de los
músculos respiratorios, como
el diafragma y los músculos
intercostales, con asfixia
resultante y paro cardíaco
3. PARÁLISIS DEL CENTRO
RESPIRATORIO
Rara vez se puede producir
si la corriente pasa a través
del centro respiratorio
debido al efecto directo de
la corriente eléctrica o
secundariamente a la
hipertermia.
4.TRAUMA CERRADO
El contacto con la corriente
eléctrica puede causar una
fuerza considerable que
resulta en lesiones
traumáticas potencialmente
letales.
ELECTROCUCION:
Llamamos electrocución a las lesiones causadas por
la electricidad industrial (en nuestro medio también
por la corriente doméstica). Así mismo al fenómeno
producido por el paso de la corriente eléctrica
(monopolar) en el organismo. La energía eléctrica,
sea natural como el rayo o producida artificialmente
en forma de corriente, puede ser nociva para el
hombre.
10. HIPOTERMIA:
Es el descenso de la
temperatura corporal por
debajo de los 35ºC, momento
en el cual los mecanismos
compensadores del organismo
para mantener la temperatura
del cuerpo comienzan a fallar.
Un descenso de sólo dos
grados en la temperatura
corporal puede afectar al
cerebro. Si baja más, la víctima
puede llegar a sufrir una
pérdida de consciencia y morir.
TIPOS DE
HIPOTERMIA:
Hipotermia gradual: la temperatura
corporal desciende progresivamente
(ropa inadecuada, frío y viento
intensos…).
Hipotermia aguda: también llamada
hipotermia por inmersión. Ocurre
cuando la pérdida de calor corporal
sucede rápida e intensamente, como al
caer en aguas frías.
Hipotermia silenciosa: se trata de una
hipotermia gradual por inmersión, es
decir, la persona pasa muchas horas
inmersa en aguas frías, pero la pérdida
de calor no es brusca, ya que lleva el
equipamiento adecuado. Este caso
puede darse en buzos, surfistas,
pescadores… Los síntomas cambian
con respecto a la hipotermia gradual,
se observa agotamiento y cansancio
fácil.
MECANISMO DE LA
MUERTE
1°ER. GRADO, LEVE O SUPERFICIAL: Es
cuando la temperatura central varía entre 35-
32º.C (95-90º.F). El organismo es capaz de
reaccionar, aún, contra el frío. Hay escalofríos,
vasoconstricción cutánea, temblor intenso en
un intento de aumentar la temperatura
corporal.
2º. GRADO MODERADA O CONVENCIONAL:
Cuando la temperatura central es menor de 32
a 28º.C (89,9 – 82,4º.F). Por debajo de 32º.C
hay vasodilatación marcada de los vasos
cutáneos por parálisis directa por el frío. A los
30º.C los escalofríos son menos intensos y
pasajeros, desapareciendo casi por completo
por debajo de los 29º.C. O sea que cesan los
mecanismos de lucha contra el frío. Hay
pérdida de la conciencia y bradipnea.
3°ER. GRADO, SEVERA O PROFUNDA:
La temperatura central está por debajo de los
28º.C (82,4º.F). El organismo se comporta
como un cuerpo inerte siguiendo la varación
de la temperatura del medio ambiente. Entre
los 27 – 29º.C. aparecen arritmias auriculares
seguidas de arritmias ventriculares y
fibrilación ventricular aproximadamente a los
25º.C.
11. DEFINICIÓN DE TRAUMA Y AFECCIONES
LABORALES SEGÚN NORMATIVA LEGAL
Artículo 69. Se entiende por accidente de trabajo, todo suceso que produzca en el
trabajador o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o
temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda
ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión
del trabajo.
Serán igualmente accidentes de trabajo:
1. La lesión interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la
exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales,
condiciones meteorológicas sobrevenidos en las mismas circunstancias.
2. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza
análoga, cuando tengan relación con el trabajo.
3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y
desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual,
salvo que haya sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean
imputables al trabajador o la trabajadora, y exista concordancia cronológica y
topográfica en el recorrido.
4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del
desempeño de cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los
ocurridos al ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos
cargos, siempre que concurran los requisitos de concordancia cronológica y
topográfica exigidos en el numeral anterior
12. LESIÓN FUNCIONAL O CORPORAL
Desde el punto médico una lesión funcional es toda alteración sufrida en el
cuerpo de la víctima que limiten las funciones de órganos y partes del
cuerpo humano.
ENFERMEDAD OCUPACIONAL
Artículo 70. Se entiende por enfermedad ocupacional, los estados patológicos
contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que
el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los
imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones
disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores
psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica,
trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio
mental, temporales o permanentes.
Se presumirá el carácter ocupacional de aquellos estados patológicos
incluidos en la lista de enfermedades ocupacionales establecidas en las
normas técnicas de la presente Ley, y las que en lo sucesivo se añadieren en
revisiones periódicas realizadas por el ministerio con competencia en materia
de seguridad y salud en el trabajo conjuntamente con el ministerio con
competencia en materia de salud.
Artículo 78. Las prestaciones dinerarias del
Régimen Prestacional de Seguridad y Salud
en el Trabajo se corresponden a los daños
que ocasionen las enfermedades
ocupacionales o los accidentes de trabajo a
una trabajadora o trabajador afiliado, los
cuales se clasificarán de la siguiente
manera: 1. Discapacidad temporal 2.
Discapacidad parcial permanente. 3.
Discapacidad total permanente para el
trabajo habitual. 4. Discapacidad absoluta
permanente para cualquier tipo de
actividad. 5. Gran discapacidad. 6. Muerte.
ENFERMEDADES
OCUPACIONALES