Amnistía Internacional reiteró hoy su preocupación en relación a la denominada “Ley Hinzpeter”. “Aún tras las indicaciones presentadas por el gobierno, persisten importantes puntos de preocupación”, señaló Ana Piquer, Directora Ejecutiva de Amnistía Internacional- Chile.
Amnistía Internacional reitera su preocupación por la Ley Hinzpeter, ante la reactivación de su discusión
1. Amnistía Internacional reitera su preocupación por la Ley
Hinzpeter, ante la reactivación de su discusión
Amnistía Internacional reiteró hoy su preocupación en relación a la
denominada “Ley Hinzpeter”. “Aún tras las indicaciones presentadas
por el gobierno, persisten importantes puntos de preocupación”,
señaló Ana Piquer, Directora Ejecutiva de Amnistía Internacional-
Chile.
Por Amnistía Intern...29 de Abril, 2013
Foto: accionag.cl
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de
Diputados ha puesto en tabla para el lunes 29 de abril, la discusión
del proyecto de Ley que Fortalece el Resguardo del Orden Público,
también conocida como “Ley Hinzpeter”. El gobierno presentó el 18
de abril pasado una serie de indicaciones, que modifican la redacción
del artículo 269 del Código Penal, y agregan nuevos artículos no
contemplados en el proyecto original.
“Es cierto que las indicaciones acotan de manera importante el texto
originalmente propuesto del artículo 269 del Código Penal,
eliminándose algunos de nuestros puntos de preocupación, como por
ejemplo, la sanción a quienes convoquen a manifestaciones”, resaltó
Ana Piquer. “Sin embargo, la mantención de una redacción amplia en
el caso de cortes de tránsito, sigue siendo motivo de preocupación”.
El derecho de reunión pacífica en un lugar público puede tener como
límite el orden público, pero este límite debe ser proporcional al
objetivo. “No es razonable esperar que las manifestaciones no
perturben el tránsito en alguna medida, por lo que las restricciones
basadas en el orden público deben ser especialmente limitadas de
2. manera de no implicar una restricción desproporcionada a este
derecho”, explicó Piquer.
Adicionalmente, las indicaciones agregan dos aspectos nuevos, no
incluidos en el texto original, que resultan de preocupación. El
primero, es el establecimiento como agravante la comisión de
determinados delitos dentro del contexto de un evento masivo o una
manifestación. Al respecto, Ana Piquer señaló: “Estos delitos, que ya
están penalizados en la ley, debieran ser investigados y, si procede,
debidamente juzgados, pero la pena no debiera ser distinta a si se
cometiera en cualquier otro contexto. Incrementar la sanción de un
delito solamente porque se comete en el contexto de una
manifestación, en la práctica constituye un castigo por participar en la
manifestación y puede tener como efecto restringir el derecho de
reunión.”
En segundo lugar, las indicaciones agregan el actuar cubriendo el
rostro no sólo como una agravante a la comisión de delitos, sino
también establecen como una falta el sólo hecho de estar presente en
un “desorden público” con el rostro cubierto con capuchas, pañuelos
u otros elementos análogos. “Aquí nuestra preocupación sigue
estando vinculada con la proporcionalidad de la medida. El Estado no
puede determinar qué vistan o utilicen las personas en las reuniones
o manifestaciones, eso está protegido por la libertad de expresión.
Esta norma en la práctica establecería una prohibición total del uso
de cualquier elemento que cubra el rostro, lo cual es
desproporcionado para lograr el objetivo de evitar la violencia”,
detalla la directora ejecutiva de la organización internacional.
“El Estado tiene por una parte, el deber de mantener el orden público
y proteger la seguridad de las personas, y por otra parte, de
resguardar derechos humanos como el derecho a reunión y la libertad
de expresión. Entendemos que este es un equilibrio difícil”, indicó Ana
Piquer y agregó “lo que preocupa a Amnistía Internacional es que
resulta imposible lograr este equilibrio mediante leyes que desde su
definición estigmatizan las manifestaciones públicas y con ello la libre
expresión. Esto es lo que se logra a través de una ley que tipifica,
específicamente, los delitos cometidos en manifestaciones con una
penalidad superior a si el mismo delito se comete en otro contexto”.
Amnistía Internacional ha intentado tomar contacto con los y las
diputados/as integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación
y Justicia, a fin de hacer presente sus preocupaciones, sin haber
recibido aún respuesta. Al respecto, Ana Piquer señaló:“Lamentamos
que este debate se haya realizado hasta ahora en el Congreso sin
asegurar la participación de la sociedad civil. Teniendo ya más de
11.500 firmas recolectadas en apoyo a nuestras preocupaciones,
3. esperamos que los y las parlamentarios/as las tengan en cuenta a la
hora de debatir el proyecto el próximo lunes 29”.