7. Primacía de la Realidad
a Corte Constitucional “"La primacía de la realidad sobre las formalidades establecidas por los
sujetos de las relaciones laborales, es un principio constitucional (CP art. 53).
10. Irrenunciabilidad de beneficios mínimos
El principio de Irrenunciabilidad de beneficios mínimos toma en consideración que el
derecho del trabajo se construye sobre normas de orden público, lo cual implica que se
imponga la Irrenunciabilidad de los derechos otorgados por imperio de la ley, máxime
cuando los mismos se caracterizan por constituir las prerrogativas mínimas a las cuales
tienen derecho las personas como fruto de su trabajo.
C.P. Artículo 53. C.S.T. Artículos 13, 14 y 340.
(Sentencia T-818/00, Exp., T-298277; M.P. Dr. ALEJANDRO
MARTÍNEZ CABALLERO)
13. Acción de Tutela
Consagrada en el artículo 23 de la
CP, procede cuando un derecho
fundamental haya sido vulnerado o
amenazado por la acción u omisión
de cualquier autoridad pública.
artículo 23 de la CP
14. Conciliación
Hace parte de los llamados
mecanismos alternativos de
solución de conflictos que en
nuestro país se encuentra
definida en el artículo 64 de la
Ley 446 de 1998: “mecanismo
de resolución de conflictos a
través del cual dos o más
personas gestionan por sí
mismas la solución de sus
diferencias, con ayuda de un
tercero neutral y calificado,
denominado conciliador.”
artículo 64 de la lay 446 de 1998