Definición de derecho laboral. Principios mínimos fundamentales y generales de la legislación laboral y los mecanismos de garantía de los derechos laborales. Normatividad vigente en Colombia.
1. Derecho laboral,
Principios mínimos fundamentales
y generales de la legislación
laboral y los mecanismos de
Garantía de los derechos laborales
Francisco Gamba
Salamanca
2. Definición de derecho laboral
Dávalos (2005:35-39) el derecho del trabajo es el
conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto
conseguir el equilibrio y la justicia social en las
relaciones de trabajo. (Como se cita en Nájera, 2009)
Trueba Urbina (s.f.) “un conjunto de principios, normas
e instituciones que protegen, dignifican y tienden a
reivindicar a todos los que viven de sus esfuerzos
materiales o intelectuales, para la realización de su
destino histórico: socializar la vida humana. (Como se
cita en Nájera, 2009)
3. Principios mínimos fundamentales y
generales de la legislación laboral
• Libertad del trabajo: Como su nombre lo indica, los
trabajadores tienen la libertad de escoger el trabajo que
quieran realizar.
• La normatividad que lo rige en Colombia se encuentra en
los artículos 17, 26 y 84 de la constitución política, en los
artículos 25 y 84 del estatuto superior y en los artículos 8
y 11 del código sustantivo del trabajo.
4. • Obligatoriedad del trabajo: Se trata de la obligación
social que poseen las personas de trabajar para su bien y
desarrollo.
• Se encuentra en el artículo 25 de la constitución política
y en el art. 7 del CST.
5. • Protección del trabajo: Se debe garantizar la seguridad
de parte del estado a los trabajadores dentro del lugar de
trabajo.
• Se encuentra en los artículos 25, 53, 54, 86, 215, 334,
336 de la constitución política y en el artículo 9 del
código sustantivo de trabajo.
• Existen leyes que respaldan la normatividad que soporta
este principio, por ejemplo: la ley 1636 de 12 de mayo
de 2013 en donde se crea el mecanismo para la
protección del cesante en colombia y la ley 1016 de 24
de febrero de 2006 la cual asegura la protección de las
personas que ejercen la labor periodística y de
comunicación.
6. • Igualdad de derechos: Los trabajadores deben tener
igualdad en todo sentido, no está permitido discriminar a nadie
por su género, carácter intelectual, su forma, etc. Se encuentra
en distintas leyes, artículos, incisos y artículos:
• En el CST, más exactamente en el art. 10 de la ley 1496 de
2011. Arts. 12 y 13 de la Ley 1257 de 2008, Arts. 12 y 13 de la
Ley 823 de 2003, Los cuales se refieren al rechazo o
discriminación por el sexo.
• Ley 361 de 1997 que fomenta el trabajo de las personas
discapacitadas.
• Ley 931 de 2004 que se refiere al rechazo de las personas por
su edad.
• Ley 982 de 2005 Se refiere a la igualdad de oportunidades
para personas sordas, sordociegas, etc.
• Artículo 143, CST, Ley 1496 de 2011 que se refiere al salario
justo por el trabajo que se realiza.
7. • Primacía de la Realidad: Lo que se plasma en los
documentos es importante, es decir, el trabajo y las
labores que se desarrollen son las que están plasmadas
en los documento.
• Se encuentra en los artículos 23, núm. 2 y 127 del CST,
Además la corte suprema de justicia y la corte
constitucional (en la constitución política artículo 53) se
pronuncian acerca de este principio.
8. • Estabilidad: Se ofrece estabilidad al trabajador de
acuerdo con lo estipulado en su contrato y cuando este
finalice por decisión del empleador, tiene derecho a una
indemnización. Se le brinda estabilidad a persona con
condiciones especiales como mujeres embarazadas,
personas con discapacidad, entre otras.
• Se evidencia en los artículos 13, 16, 42, 43, 44 y 53 de la
constitución política lo relacionado a las mujeres
embarazadas.
• En el CST 239, Ley 361 de Ley 931 de 2004 y Ley 982
2005. Así mismo en las sentencias por parte de la corte
constitucional T040, T141, T320, T368 y T357 las
cuales tratan sobre el derecho a la estabilidad reforzada y
la estabilidad reforzada por deterioro en estado de salud.
9. • Favorabilidad: Se refiere a que cuando se use una
norma para dar solución a un conflicto, se tendrá en
cuenta el punto de vista más favorable para el
empleado.
• Se encuentra implícita en el art. 21 del CST y Art. 53 de
la C.P. De igual forma en los artículos 179, 180 y 181
del C.S.T que se refieren a los beneficios para el
trabajador con respecto al trabajo dominical y festivo y
los descansos compensatorios para el mismo.
10. • Irrenunciabilidad de beneficios mínimos: Se refiere a
la irrenunciabilidad del trabajador a los derechos
laborales que se le otorgan.
• Se encuentra en el artículo 53 de la constitución política
y en los arts. 13, 14 y 340 del CST que se refiere a la
remuneración vital y móvil, es decir, un salario que
satisfaga las necesidades vitales del trabajador y su
familia.
11. Mecanismos de garantía de los
derechos laborales
• Derecho de petición: artículo 23 de la CP y la
Ley 1755 de 2015. Derecho fundamental en
donde toda persona puede presentar peticiones
con respeto a las autoridades, de pronta
resolución.
• Acción de tutela: Art. 23 de la CP. Se realiza
cuando un derecho ha sido vulnerado por acción u
omisión de la autoridad pública o de una persona
particular que presta servicios públicos.
12. Conciliación y transacción laboral:
• Conciliación: Hace parte de los mecanismos
alternativos. artículo 64 de la Ley 446 de 1998. Dos
personas dan solución al problema por ellas mismas
con ayuda de un conciliador y en la relación laboral,
debe ser hecho únicamente en derecho y nunca en
equidad.
• Transacción: contrato por el cual se da finalización a
un pleito de forma extrajudicial. Las condiciones del
acuerdo deben ser puestas por ambas partes
involucradas.
13. Web grafía
• NÁJERA, Alejandro. (2009). Derecho laboral. Recuperado de:
http://www.tesoem.edu.mx/alumnos/cuadernillos/2009.022.pdf
• RENGIFO, Roberto. (2015). Legislación Laboral Aplicada. Recuperado de:
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• Corte constitucional, (2016). Derecho a la estabilidad laboral reforzada. Recuperado de:
http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2016/T-040-16.htm
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• Secretaria del senado. (2016). Recuperado de:
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_sustantivo_trabajo_pr006.html
• Ministerio de trabajo. (s.f.) principios y derecho fundamentales en el trabajo. Capitulo II
• Código sustantivo del trabajo. (s.f.). Recuperado de:
http://www.ilo.org/dyn/travail/docs/1501/CODIGO%20SUSTANTIVO%20DEL%20TRABAJO%20conc
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