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Legislacion terminos
1. TERMINOS JURIDICOS USADOS EN LA LEY
GENERAL DE MINERIA Y SU DECRETO SUPREMO
(DS-03-94-EM)
CURSO: LEGISLACION MINERA
ALUMNO: LEON LIMAS, Hermes
DOCENTE: Ing. TEJADA ZAFRA, Miguel
CODIGO: 132.0802.347
CICLO: X
Huaraz 02 de julio del 2018
2. TERMINO SIGNIFICADO
1. ARANCEL
Impuesto o derecho que se cobra a los
bienes de importación. Generalmente, el
término "derecho arancelario" indica la
clasificación exacta de la mercancía y por
ende la tasa que debe pagar una mercancía
por entrar o salir de un país.
2. ADUANA
Servicio gubernamental responsable de la
valuación y la cobranza de los derechos e
impuestos por importaciones y
exportaciones, y de la aplicación de otras
leyes y reglamentos que se aplican a la
importación, tránsito y exportación de
artículos.
3. ACEPTACION
BANCARIA
Operación comercial en la cual el vendedor
que se denomina "beneficiario" ve
garantizado por una entidad financiera,
denominada "aceptante", el pago de una
letra de cambio 5 girada por el comprador
para pagar las mercancías adquiridas. La
entidad financiera está comprometida, en
primera instancia, a pagar el 100% de la
letra a su vencimiento
4. ADJUDICACION Acto judicial o administrativo común a partir
del cual se atribuye un bien mueble o
inmueble a una persona o empresa.
5. ABANDONO Fase del Ciclo Minero durante la cual tiene
lugar la disminución gradual de la
producción, la elaboración del plan de cierre
3. de la mina, el retiro de los equipos mineros,
la disposición de activos y excedentes, el
cierre y la restauración de las excavaciones
mineras, y las actividades para la prevención
y la mitigación de los impactos ambientales
por el cierre de la operación.
6. AGRAVIO Hecho o insulto que ofende a una persona
por atentar contra su dignidad, su honor, su
credibilidad, etc., especialmente cuando es
injusto.
7. AREA DE INTERES
MINERO
Áreas en la cuales están identificados o
evaluados recursos mineros de importancia
económica y que el estado los declara como
tales, a efecto de que se proceda a la
exploración en forma inmediata a través de
convocatoria.
8. AREAS URBANAS La concesión no se otorgara al titular previo
un acuerdo con la autoridad pertinente.
9. ARCHIVAMIENTO Cuando se vence el plazo de realizar alguna
gestión en la concesión como de labor
general u otro no hay interés de parte del
solicitante se pasa a un archivamiento de su
gestión.
10.ACREEDOR Persona que tiene acción o derecho a pedir
el cumplimiento de alguna obligación.
11.BIEN Dícese de todo aquello que tiene una
medida de valor y puede ser objeto de
protección jurídica.
12.BENEFICIO Es la ganancia realizada en una operación
4. comercial u otras que acrecienta la
fortuna de las personas quela obtienen.
13.BIENES DE DOMINIO
PUBLICO
En virtud de la Ley serán bienes del dominio
público, es decir, pertenecen al estado y por
lo tanto inalienables imprescriptibles, las
minas o yacimientos minerales de cualquier
clase existentes en el territorio nacional.
14.CADUCIDAD Término por el transcurso del cual un
derecho, título o beneficio pierda su fuerza o
valor.
15.CATASTRO Es un sistema de información de tierras.
Base para la administración de tierras, la
planificación urbana y rural, el ordenamiento
territorial, el manejo ambiental y el desarrollo
sostenible.
16.CATEO Es la acción conducente a determinar áreas
de posible mineralización, por medio de
labores mineras elementales.
17.CANON Es la participación efectiva y adecuada de la
que gozan los gobiernos regionales y locales
del total de ingresos y rentas obtenidas por
el estado por la explotación económica de
los recursos mineros.
18.CATASTRO MINERO
NACIONAL
Conformación física en documentos
cartográficos de todas las alinderaciones de
las áreas que son objeto de Títulos Mineros
o solicitudes para explorar o explotar
minerales, así como las áreas de reserva
para utilidad pública, parques naturales,
5. zonas de protección ecológica, agrícola o
ganadera, perímetros urbanos, entre otros.
19.CONCESIÓN MINERA Es un inmueble distinto y separado del
predio donde se encuentra ubicada.
20. CONCESIÓN DE
BENEFICIO
Es cuando el titular minero tiene el derecho
a extraer o concentrar la parte valiosa de un
agregado de minerales desarraigados.
21.COMERCIALIZACION En minería, compraventa de minerales o de
cualquier producto resultante de la actividad
minera.
22.COMERCIALIZACION
DIRECTA
Se habla de este tipo de comercialización,
cuando el dueño de la mina vende el
producto al sitio donde será consumido. Es
decir, aquí el intermediario no tiene
incidencia sobre el trato comercial entre los
dos primeros.
23.COMERCIALIZACION
INDIRECTA
En este tipo de comercialización, el
productor no tiene ninguna incidencia sobre
el sitio de consumo final, éste es
determinado por un intermediario. Ejemplo
de ello son los transportadores o volqueteros
de materiales de construcción.
24.CONSORCIOS
MINEROS
Es la facultad que confiere la ley para formar
consorcios de personas naturales o jurídicas
para presentar propuestas y celebrar
contratos de concesión o para adelantar
trabajos de exploración y explotación por
cuenta de los concesionarios.
25.CONTRATO DE Son contratos administrativos celebrados
6. CONCESION entre el Estado (Ministerio de Minas y
Energía, como representante de la Nación) y
un particular (persona natural o jurídica) para
efectuar, por cuenta y riesgo de éste, los
estudios, trabajos y obras de exploración de
minerales de propiedad estatal que puedan
encontrarse dentro de una zona
determinada y para explotarlos en los
términos y condiciones establecidos en la
legislación vigente al momento de su
celebración. Comprende dentro de su objeto
las fases de exploración técnica, explotación
económica, beneficio de los minerales y
cierre o abandono de los trabajos y obras
correspondientes
26.COMPARENDO Esta palabra alude (en derecho) a una
notificación cuyo implicado se presente ante
la autoridad competente por la comisión de
una infracción o de una transgresión,
violación o falta en cualquiera de las
modalidades ya sea de tránsito, litigios,
querellas, ambiental o de convivencia.
27.CONSTITUCION
POLITICA
Viene a ser la norma primaria de nuestro
ordenamiento jurídico, constituye el marco
dentro del cual deben ubicarse las normas
jurídicas. Contiene además entre otros, los
principios básicos que permiten asegurar los
derechos y deberes de las personas, así
como la organización, funcionamiento y
7. responsabilidad del Estado.
28.CONTRATO Pacto o convenio entre partes que se
obligan sobre una materia o una cosa
determinada y a cuyo cumplimiento pueden
ser compelidas.
29.DERECHO MINERO Relación jurídica entre el Estado y un
solicitante, que nace de un acto
administrativo del Ministerio de Energía y
Minas o la Dirección, y que comprende
licencias para la ejecución de operaciones
mineras.
30.DERECHO DE
VIGENCIA
Es el equivalente en moneda nacional a US$
2.00 por año y por hectárea otorgada o
solicitada. Es una obligación legal exigible
desde la formulación del derecho minero
para mantener su vigencia, incluso cuando
se discuta la validez del mismo en un
proceso judicial.
31.DECLARACION
JURADA
Manifestación personal escrita, donde el
declarante asegura la veracidad de su
contenido bajo juramento, ante notarios,
autoridades administrativas o judiciales.
Como consecuencia se presume como cierto
lo señalado por el declarante hasta que se
pueda acreditar lo contrario.
32.DECRETO SUPREMO Es un precepto de carácter general expedido
por el poder ejecutivo. Con este dispositivo
se reglamentan las leyes sin transgredirlas ni
desnaturalizarlas. Llevan la firma del
8. presidente de la Republica y son
refrendadas por uno o más ministros según
sea el caso.
33.DECRETO
LEGISLATIVO
Es una norma ¨sui generis¨ que se deriva de
la autorización expresa y facultada delegada
del congreso al poder ejecutivo en base a
una ley específica.
34.DECRETO LEY Son las leyes expedidas por los gobiernos
de Facto (gobiernos civilistas, gobiernos
militares o cualquier forma de gobierno
distinta al constitucionalmente reconocido).
35.DILIGENCIA Trámite o gestión, generalmente
administrativa, que se tiene que realizar para
resolver un asunto. Son documentos
realizados para dejar constancia de
determinados hechos.
36.ESTATUTO Reglamento o convención destinado a
asegurar el funcionamiento de un ente
colectivo público privado.
37.EMPRESA Unidad institucional o combinación más
pequeña de unidades productivas
institucionales que abarca y controla, directa
o indirectamente, todas las funciones
necesarias para realizar sus actividades de
producción.
38.EMPRESA MINERA
EXTRACTIVA -
BENEFICIADORA
Se trata de aquella en la cual el mineral
procedente de la mina sufre un proceso de
beneficio cualquiera para darle valor
agregado.
9. 39.EMPRESA MINERA
EXTRACTIVA –
BENEFICIO
TRANSFORMADORA
Es aquella empresa minera que tiene
procesos integrados de producción. Por
ejemplo, una cementera, ladrillera, fábrica de
vidrios, entre otros.
40.EMPRESA MINERA
EXTRACTIVA
ÚNICAMENTE
Se habla de aquella empresa minera en la
que todo lo que sale de la mina (mina a cielo
abierto o subterránea) va directamente al
consumidor.
41.ESCRITURA PUBLICA Documento extendido por un notario que
refleja contratos, declaraciones o actos de
cualquier clase.
42.EXPROPIACION Es la acción y efecto de expropiar. Este
verbo hace referencia a la conducta
desarrollada por la administración pública
para privar a una persona de la titularidad de
un bien (como una casa, una empresa o una
fábrica), a cambio de una indemnización.
43.FISCALIZACION Es la acción y efecto de fiscalizar. Indica el
control y la crítica de las acciones u obras de
alguien.
44.GRAVAMEN Es una carga u obligación impuesta sobre
un inmueble.
45.INCUMPLIMIENTO Es la falta de ejecución por una de las partes
de cualquiera de sus obligaciones
contractuales e incluye tanto el
incumplimiento defectuoso como el
incumplimiento tardío.
46.INMUEBLE Proviene de un vocablo latino que sirve para
referirse a algo que está unido al terreno de
10. modo inseparable, tanto física como
jurídicamente. Es decir, una estructura que
no puede moverse sin causarle daños.
47.IMPRESCRIPTIBLE Los recursos minerales pertenecen al estado
dicha pertenencia está establecido por ley.
48.IMPUGNAR Solicitar la nulidad de una decisión
oponiendo razones que demuestren que es
injusta o ilegal, o que no ha seguido los
trámites reglamentados.
49.INSPECCION Hace referencia a la acción y efecto de
inspeccionar (examinar, investigar, revisar).
Se trata de una exploración física que se
realiza principalmente a través de la vista.
50.INDEMENIZAR Resarcir un daño o perjuicio.
51.JURISPRUDENCIA Conjunto de las sentencias de los
tribunales y a la doctrina que contienen. El
término también puede utilizarse para hacer
referencia al criterio sobre un problema
jurídico que fue establecido por sentencias
previas y a la ciencia del derecho en
general.
52.LEY Regla y norma constante e invariable de las
cosas. Precepto dictado por la suprema
autoridad, en que se manda o se prohíbe
una cosa. Norma establecida para llevar a
efecto una actividad o evento particular.
53.LITIGIO Es un proceso judicial, una discusión legal
que está regida por todas las normas y
condiciones que se deben respetar frente a
11. un órgano judicial superior.
54.LITIGANTE Es aquella persona que se somete a un
litigio por los problemas ocurrentes en la
mineria.
55.LICENCIA Autorización otorgada por la Dirección
General de Minería o el Ministerio de
Energía y Minas a un solicitante, para
realizar operaciones de reconocimiento,
exploración o de explotación.
56.MARCO LEGAL Proporciona las bases sobre las cuales las
instituciones construyen y determinan el
alcance y la naturaleza de la participación
política. Su fundamento en muchos países
es la Constitución como suprema legislación
57.NULIDAD Se da cuando las concesiones son
solicitadas por una persona inhábil.
58.OMISION Es cuando no se realiza los pagos
correspondientes por parte de un titular
minero.
59.PETITORIO MINERO Es la solicitud y trámite administrativo de una
concesión minera, que una vez concluido su
trámite de titulación, pasará a denominarse
concesión minera.
60.PERIODO DE
RECONOCIMIENTO
Período de seis meses consecutivos,
contados a partir del día siguiente de la
fecha de notificación al interesado, de la
resolución de otorgamiento del derecho
minero de reconocimiento.
61.PENALIDAD Monto que debe pagarse si no se cumple
12. con acreditar la producción o inversión
minera de acuerdo a lo informado por la
dirección General de Minería.
62.PERSONAS JURIDICAS Es la que sin tener existencia física,
constituye une entidad reconocida por ley
que tiene capacidad de ser sujeto de
relaciones jurídicas. Sujetos de derecho
constituidos por una pluralidad de individuos
jurídicamente organizados tales como las
corporaciones, asociaciones, sociedades y/o
fundaciones.
63.PREDIO Es la heredad de una hacienda, tierra o
inmueble en posesión.
64.PRIVILEGIO Exención de una obligación o ventaja
exclusiva o especial que goza alguien por
concesión de un superior o por
determinadas circunstancias propias.
65.PROSPECCIÓN Es la investigación conducente a determinar
áreas de posible mineralización, por medio
de indicaciones químicas y físicas, medidas
con instrumentos y técnicas de precisión.
66.PROPIETARIO Es la persona jurídica o persona física que
cuenta con los derechos de propiedad sobre
un bien.
67.PRUEBA PERICIAL Es la opinión que tienen los ingenieros
colegiados, geólogos, mineros que dejan
una constancia de sus observaciones
durante un acto de diligencia.
68.REGALÍA Compensación económica que se paga al
13. Estado por la explotación de productos
mineros o de materiales de construcción, no
considerado como un tributo.
69.RECUSACION Procedimiento por el cual el litigante le pide
a tal o cual magistrado o autoridad que se
abstenga de actuar, porque tiene razones
para sospechar de su parcialidad respecto
de él. La recusación puede determinar la
remisión del asunto ante otro tribunal.
70.REGLAMENTO Colección ordenada de reglas o preceptos,
que por la autoridad competente se da para
la ejecución de una ley o para el régimen de
una corporación, una dependencia o un
servicio.
71.RESPONSABILIDAD
PENAL
Es una consecuencia Jurídica cuando existe
una violación de la ley, realizada por un
sujeto imputable o inimputable que lleva a
términos actos previstos como ilícitos,
lesionando o poniendo en peligro un bien
material o la integridad física de una
persona.
72.RESOLUCION Decreto o fallo de una autoridad
gubernamental o judicial.
73.RESOLUCION
SUPREMA
Es una norma de carácter específico,
rubricada por el presidente de la Republica y
refrendada por el ministerio del sector
respectivo que conlleva decisiones de
importancia gubernamental a nivel nacional.
74.SERVIDUMBRE LEGAL Se tendrán como servidumbres legales,
14. todas aquellas que sea necesario constituir,
teniendo como fin operaciones mineras y en
especial, las actividades de reconocimiento,
exploración y explotación.
75.SUBSUELO Es de donde se realiza el aprovechamiento
de las sustancias minerales.
76.TITULAR DE DERECHO
MINERO
Toda persona que obtiene una resolución
favorable de Ministerio de Energía y Minas o
de la Dirección General de Minería, para
realizar operaciones mineras conforme a la
Ley de Minería vigente.