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Derecho Constitucional
Unidad 3
3.3.3 Gobierno.
La administración es la organización encargada de tomar las decisiones políticas y hacerlas
cumplir mediante una serie de órganos o departamentos (gobierno, ministerios, secretarías
de Estado, gobiernos territoriales o regionales, policía, seguridad social, etc.)
El gobierno (del griego κυβερνάω kibernáo "pilotar un barco"), en general, son las
autoridades que dirigen, controlan y administran las instituciones del Estado el cual
consiste en la conducción política general o ejercicio del poder del Estado. En sentido
estricto, habitualmente se entiende por tal al órgano (que puede estar formado por un
Presidente o Primer Ministro y un número variable de Ministros) al que la Constitución o la
norma fundamental de un Estado atribuye la función o poder ejecutivo, y que ejerce el
poder político sobre una sociedad.
El gobierno no es lo mismo que el Estado, está vinculado a éste por el elemento poder. El
gobierno pasa, cambia y se transforma, mientras que el Estado permanece idéntico. En ese
sentido, el gobierno es el conjunto de los órganos directores de un Estado a través del cual
se expresa el poder estatal, por medio del orden jurídico.
La misión del gobierno es crear un sistema de auto-protección social para y con las familias
que viven en el Estado, seguro al largo plazo, autofinanciable, de muy buena calidad y sin
corrupción. Prioritariamente asegurar el futuro de la salud, educación, crédito, propiedad,
pensión, vivienda.
El Gobierno es esencialmente la acción por la cual la autoridad impone una línea de
conducta, un precepto, a individuos humanos. Los gobernados son los habitantes del
Estado, nacionales y extranjeros, que se encuentran en el territorio estatal.
La actividad de la autoridad en su aspecto de Gobierno es dar órdenes. Puede también
proceder por vía de sugestiones, pero solo supletoriamente. Su misión principal es ordenar.