El documento describe la sistemática violación de los derechos de los niños y niñas mapuche en Chile a pesar de la ratificación del país de la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU. Señala que el Estado chileno ha ignorado las recomendaciones de Naciones Unidas y denuncias de organismos de derechos humanos sobre la grave vulneración de los derechos de los niños mapuche. También describe cómo las recientes acciones de los adolescentes y niños mapuche expresan su búsqueda de mecanismos para apoy
Violencia de estado y daño psicológico a niños y niñas mapuche
Respuesta de los niños mapuche a la violencia ejercida contra su pueblo por el estado de chile
1. LA RESPUESTA DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MAPUCHE A LA VIOLENCIA EJERCIDA
NIÑO NIÑA
CONTRA SU PUEBLO POR EL ESTADO DE CHILE.
La Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, ratificada por Chile el
año 1990, sintetiza los derechos humanos de los niños y niñas en el primer
instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora los derechos
individuales y colectivos de la infancia. Por lo anterior, debe ser comprendida por los
Estados como un conjunto normativo aceptado universalmente, de cumplimiento
obligatorio y no negociable.
En su Observación General N°11, del año 2009, el Comité de los Derechos del Niño
explicita la necesidad del establecimiento de medidas especiales que garanticen el
interés superior y el disfrute de los derechos de los niños de pueblos originarios,
medidas que deben ser formuladas en consulta con las comunidades interesadas.
Señala además que el interés superior del niño se concibe simultáneamente como un
derecho individual y colectivo, lo que exige que “se examine la relación de ese
derecho con los derechos culturales colectivos” (Artículo N°30).
La sistemática de represión que los diferentes poderes del Estado chileno ejercen
sobre el pueblo mapuche, lleva implícito el fracaso en el cumplimiento de las
obligaciones que impone esta Convención. Hasta la fecha, todos los gobiernos de
turno han ignorado las múltiples recomendaciones de Naciones Unidas y denuncias de
organismos de derechos humanos nacionales e internacionales, que dan cuenta de la
grave vulneración de los derechos de niños y niñas mapuche y del severo daño
provocado como consecuencia en sus procesos evolutivos y sus contextos de
desarrollo. Lo expuesto conlleva la prevalencia del derecho a la propiedad privada,
constitucionalmente establecido, sobre los derechos humanos consagrados en la
legislación internacional y ratificados por Chile.
Las sugerencias contenidas en el “Informe sobre Situaciones de Violencia ejercida por
el Estado de Chile contra niños y niñas mapuche” (Defensor Jurídico Social Autónomo
Mapuche, enero de 2010) señalan que la restitución de los derechos vulnerados
requiere del reconocimiento por parte del Estado chileno del daño provocado y el
establecimiento de responsabilidades que impidan la mantención de la impunidad en
las graves situaciones de agresión policial; la desmilitarización del territorio mapuche y
el fin de la aplicación de la Ley Antiterrorista (atendiendo a la desestabilización y
desestructuración del contexto social y familias de los afectados, y por ende, de los
niños y niñas que pertenecen a dichas comunidades). Todo lo señalado permitiría la
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2. óptima utilización de los recursos disponibles en los niños, niñas, adolescentes,
familias y comunidades mapuche para la reparación del grave daño que los afecta.
La reciente manifestación de adolescentes y niños mapuche frente la violencia ejercida
contra su pueblo, expresada por medio de la incorporación de dos jóvenes recluidos
en el Centro Privativo que el Servicio Nacional de Menores mantienen en Chol Chol y
la carta elaborada por Relmutray Cadin Calfunao a la presidencia de Chile, permiten
generar una clara perspectiva de la existencia y movilización de estos recursos de una
forma positiva , ya que las respuestas que los niños emiten en contextos de violencia
social no pueden ser homologadas a aquellas que son motivadas por otras formas de
agresión.
Reconocidos teóricos e investigadores de los efectos que la violencia social provoca
en la infancia, señalan que los procesos de toma de conciencia; simbolización de la
realidad familiar y social, por difícil que esta sea, con el objetivo de buscar alternativas
de cambio; la participación activa de procesos y redes sociales y comunitarias; la
promoción de la participación de niños y adolescentes en actividades que conlleven un
compromiso político en búsqueda de una sociedad más justa y no violenta, además de
su implicancia en “la lucha contra las situaciones de violencia y de los sistemas de
creencias que las sustentan” (Barudy, 2006), constituyen recursos naturales positivos
que permiten procesos de elaboración y resiliencia.
De esta manera, las acciones referidas deben comprenderse como la búsqueda de
mecanismos por parte de niños, niñas y adolescentes mapuche, que apoyan el cambio
de una realidad social que ignora sus necesidades y demandas, destruyendo de
manera sistemática y progresiva los contextos en los que se desarrollan, fracasando
en la generación de condiciones protectoras para los niños de los pueblos originarios,
y en esta situación particular, del pueblo mapuche.
Lo expuesto, apela no solo a la responsabilidad del gobierno en la comprensión de la
masiva transgresión de derechos colectivos e individuales de los mapuche, lo que
puede ser constatado en la insuficiente e ineficaz propuesta realizada como respuesta
a las demandas de los comuneros en huelga de hambre, demandas que contribuyen
además a la restitución de los derechos de los niños y adolescentes mapuche, sino
también a la necesaria generación de un tejido social en el ámbito civil, que provea el
soporte necesario para exigir el cumplimiento urgente y efectivo de la legislación
internacional en materia de derechos humanos.
Claudia Molina González, Psicóloga
González,
DEFENSOR JURÍDICO SOCIAL AUTÓNOMO MAPUCHE
SOCIAL MAPUCHE
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