1. RESPONSABILIDAD
DISCIPLINARIA
RESPONSABILIDAD
Es la capacidad de toda
persona de conocer y
aceptar las consecuencias
de un acto suyo.
CLASES DE
RESPONSABILIDADES
- Responsabilidad Penal
- Responsabilidad Civil
REGLAMENTO COLEGIO
DE INGENIEROS
El Colegio de Ingenieros de Venezuela
es un cuerpo moral de carácter
público y como tal, Tiene
personalidad jurídica y patrimonio
propio, con todos los derechos,
obligaciones, poderes y personalidad
que le señala la Ley
DISPOSICIONES
GENERALES
SE REGIRA A ESTA
LEY Y SU
REGLAMENTO DE
ETICA PROFESIONAL
Las Oficinas de la
administración debe
hacer cualquier clase
de tramitaciones para
la ejecución de trabajos
USO DEL TITULO
Se considera
usurpación de los
títulos a las
personas que no
lo tengan con los
términos
adecuados.
El uso de los
títulos propios
de los
profesionales
VERA G, EFRAIN C.I: 15.001.383
INSCRIPCIÓN DE
TÍTULOS
Para ejercer cualquiera
de las actividades, los
profesionales a que ella
se contrae deberán
inscribir sus respectivos
títulos en el Colegio de
Ingenieros de Venezuela