Este documento describe brevemente la evolución de las finanzas públicas en Venezuela. Explica que las finanzas públicas se originaron con el surgimiento de la industria petrolera en Venezuela a principios del siglo XX, la cual permitió la creación de instituciones para regular la actividad financiera del estado. También cubre la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público y cómo esta ley rige actualmente la actividad financiera del estado venezolano.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
“SIMÓN RODRÍGUEZ”
NÚCLEO CARICUAO
CURSO: FINANZAS E IMPUESTOS
FINANZAS PÚBLICAS
Participantes
Yovanny Rueda
Nº Cédula
15.750.607
Equipo Nº 2
Sección: “G ”
Facilitadora: Oneida Marcano
Caracas, 30 de Septiembre de 2014
2. INDICE
Contenido Páginas
Introducción…………………………………………………………………………..3
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Finanzas Públicas
Evolución de las Finanzas………………………………………………………....4
Evolución de las Finanzas Públicas en Venezuela……………………….……6
Actividad Financiera del Estado…………………………………………………...8
Derecho que Rige la Actividad Financiera del Estado Venezolano………..…9
Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público………...…11
Aspectos de la Actividad financiera………………………………………………13
Conclusión…………………………………………………………………………..15
3. INTRODUCCIÓN
Las finanzas Públicas han sido desde épocas muy remotas, la obtención de
beneficio económico ha sido de gran importancia para el hombre su evolución nos
dice que hubo un precedente llamado cameralismo que marca el origen de las
Finanzas Públicas, este obliga a que los recaudo ya no sean solo para un
absolutismo y nace la necesidad del bien social en las poblaciones.
En Venezuela Actividad Financiera se inicia con el surgimiento del petróleo y las
obligaciones del Estado en crear y reformar instituciones para que rija la Actividad
Financiera del Estado Venezolano desde ese entonces y hasta hoy en la
actualidad siguen las reformas para obtener una Ley Orgánica de la
Administración Financiera del Sector Público.
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4. FINANZAS PÚBLICAS
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Evolución de las finanzas
La actividad financiera existe desde el primer momento en que se utiliza el
dinero como medida de valor e instrumento de cambio de cualquier tipo de
transacción. Desde épocas muy remotas, la obtención de beneficio económico ha
sido de gran importancia para el hombre, como medio de garantizar su
subsistencia y mejorar su calidad de vida. Cualquier tipo actividad económica ya
sea de carácter comercial o de prestación de servicios está inmersa dentro de este
proceso de actividad financiera, así pues el ejercicio de las profesiones médicas
como la Odontología, ejercida como medio de subsistencia o con fines lucrativos
se verán siempre involucradas dentro de una actividad económica en el mercado
financiero.
La historia de la ciencia de las finanzas, como disciplina moderna, puede
hacerse comenzar por el cameralismo1. La significación de esta corriente de
pensamiento con respecto a las finanzas públicas se halla en el hecho que ella
examina los problemas que atañen a la economía y a las finanzas desde el ángulo
del Estado como sujeto de las actividades corrientes, siendo precursores de la
doctrina financiera del autor alemán Wagner, entre otros, y también de las
actuales doctrinas de política económica y planificación. La ciencia cameralista es
la primera expresión de la ciencia de las finanzas públicas.
En su aspecto etimológico, la voz c. proviene de la raíz latina camera o de su
traducción germánica kammer= (cámara), con la que se hacía referencia al lugar
en que se custodiaba el patrimonio público. Por ello, pese a la diversidad de
contenido del concepto, puede afirmarse que tanto c. como sus derivados
expresan, ante todo, la idea de administración de los recursos del Estado, de aquí
su vinculación en el terreno doctrinal a la economía, y, en especial al campo de la
Hacienda Pública, y su consideración como uno de los fundamentos pre científicos
más sólidos de la Ciencia de la Hacienda. Suelen distinguirse en el fenómeno
cameralista dos facetas: como movimiento unitario desenvuelto en el campo de la
5. práctica administrativa y financiera, de ayuda al príncipe en cuanto protagonista
del Estado absoluto, y como una ideología, más o menos integrada, de apoyo al
robustecimiento económico del naciente
Estado moderno.
Básicamente, desde una perspectiva económica y financiera, las ideas
cameralistas se caracterizan por los siguientes rasgos fundamentales: 1) Su
preocupación por la utilización óptima de los recursos de la economía nacional. 2)
Insistencia acerca de la conexión entre la economía privada y la pública,
considerando al Estado como el eje sobre el que podía montarse el desarrollo y
fortalecimiento de la economía nacional. 3) Una consecuencia del planteamiento
del apartado anterior es, lógicamente, el papel preponderante que asignaron al
Presupuesto del Estado. Esta consideración les llevó a un tratamiento institucional
del contenido del Presupuesto que ha pesado notablemente en la elaboración
posterior y sistematización de la Ciencia financiera.
Las finanzas, consideradas durante mucho tiempo como parte de la economía,
surgieron como un campo de estudios independiente a principios del siglo pasado.
En su origen se relacionaron solamente con los documentos, instituciones y
aspectos de procedimiento de los mercados de capital. Con el desarrollo de las
innovaciones tecnológicas y las nuevas industrias provocaron la necesidad de
mayor cantidad de fondos, impulsando el estudio de las finanzas para destacar la
liquidez y el financiamiento de las empresas. La atención se centró más bien en el
funcionamiento externo que en la administración interna. Hacia fines de siglo se
intensificó el interés en los valores, en especial las acciones comunes,
convirtiendo al banquero inversionista en una figura de especial importancia para
el estudio de las finanzas corporativas.
Para Zamorano (Ob.cit), a principios del siglo XX, las finanzas centraban su
énfasis sobre la materia legal (consolidación de firmas, formación de nuevas
firmas y emisión de bonos y acciones con mercados de capitales primitivos.
Durante la depresión de los años 30', en los Estados Unidos de Norteamérica las
finanzas enfatizaron sobre quiebras, reorganizaciones, liquidez de firma y
regulaciones gubernamentales sobre los mercados de valores. Entre 1940 y 1950,
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6. las finanzas continuaron siendo vistas como un elemento externo sin mayor
importancia que la producción y la comercialización.
A finales de los años 50', se comienzan a desarrollar métodos de análisis
financiero y a darle importancia a los estados financieros claves: El balance
general, el estado de resultados y el flujo de efectivo. En los años 60', las finanzas
se concentran en la óptima combinación de valores (bonos y acciones) y en el
costo de capital. Durante la década de los 70´, se concentra en la administración
de carteras y su impacto en las finanzas de la empresa. Para la década de los 80'
y los 90´, el tópico fue la inflación y su tratamiento financiero, así como los inicios
de la agregación de valor. En el nuevo milenio, las finanzas se han concentrado en
la creación de valor para los accionistas y la satisfacción de los clientes.
Evolución de las finanzas Públicas en Venezuela
La hacienda pública venezolana y las reformas
Cárdenas (1913-1922)
Uno de los aspectos fundamentales que permitieron dar sustentabilidad al
gobierno dictatorial del general Juan Vicente Gómez, lo constituyó la reforma de la
hacienda pública introducida por uno de sus ministros más célebres, Román
Cárdenas, a partir de 1913. Hasta entonces, el endeble Estado venezolano había
venido subsistiendo económicamente de los ingresos generados por los derechos
recaudados en las principales aduanas del país, sujetas al desorden y las
corruptelas, además de los vaivenes propios de una economía agroexportadora.
Gracias a las reformas de índole administrativo, fiscal y legal emprendidas en el
lapso 1913-1922, se potenció por vez primera la capacidad de tributación interna
de la República, permitiendo al régimen sobrellevar los efectos de la I° Guerra
Mundial y paralelamente afianzar la consolidación de un aparato político-militar,
capaz de aplacar cualquier brote caudillista por medio del Ejército Nacional y las
sinuosas carreteras construidas en ese entonces.
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7. El petróleo partió en dos la historia de Venezuela
El surgimiento del petróleo marca un antes y un después en los 200 años en que
Venezuela ha existido como República. El primer siglo de la etapa que comienza
en 1811 transcurre en profunda penuria en medio de los altibajos de una arcaica
producción agropecuaria. Las estadísticas disponibles, citadas por Asdrúbal
Baptista en su ensayo Las transformaciones fundamentales del país, indican que
en 1920 el ingreso de los venezolanos es 30% menos que el que disfrutaban los
pobladores de las principales economías latinoamericanas. Tan solo 27% de los
residentes en el país viven en poblados con más de 2 mil 500 habitantes, 75 de
cada 100 venezolanos son analfabetos y la esperanza de vida no supera 34 años.
Cuando el oro negro salta a la superficie la Venezuela rural y atrasada
evoluciona velozmente. La renta petrolera permite un vertiginoso proceso de
urbanización, modernización, avances en educación, salud y prosperidad, los
venezolanos de 1976 "reciben, en promedio, nueve veces más de lo que recibían
en bienes y servicios los pobladores de 1920", precisa Asdrúbal Baptista. Una
visión macro nos dice que entre 1928 y 1978, la inflación promedio sólo alcanzó
2,26% al año; la economía creció a un ritmo anual de 5,9% y el tipo de cambio que
en 1928 se ubicaba en 5,21 bolívares por dólar, se ubica en 4,30 al cierre de 1978.
Pero progresivamente la renta petrolera comienza a perder capacidad para
sostener la economía y toca techo en 1981, iniciándose una etapa de crisis
caracterizada por bajo crecimiento, alta inflación, devaluación y aumento de la
pobreza. Se pone de manifiesto que una vez agotada la etapa de expansión
acelerada que produce la renta petrolera en una sociedad atrasada el impulso
comienza a perder fuerza y surgen trabas como la sobrevaluación de la moneda y
los males que genera un manejo desacertado de las finanzas públicas.
Los estudios de Terry Lynn Karl (The Paradox of Plenty), Michael Ross (¿Does
oil hinder democracy?), Asdrúbal Baptista (El capitalismo rentístico), Jeffrey Sachs
y Andrew Warner (National resource abundance and economic growth) describen
claramente el ciclo empobrecedor en que suelen empantanarse los países
petroleros y Venezuela encaja perfectamente en el modelo. Una característica
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8. típica es que cuando el precio del barril aumenta de forma estelar una enorme
cantidad de divisas ingresa a los países petroleros; esto tiende a incrementar el
valor de la moneda, las importaciones se abaratan y sectores como la agricultura y
la manufactura pierden competitividad y no evolucionan.
El resultado es un boom de importaciones y mayor desindustrialización, lo que
torna muy complicada la meta de diversificar la economía y disminuir la
dependencia de la renta petrolera. Otra constante es que el chorro de petrodólares
infla las metas y el tamaño del Estado, disparando el gasto público y
desencadenando una serie de efectos: la economía crece rápidamente por el
aumento del consumo, pero la falta de producción para atender la demanda
impulsa la inflación. El incremento del gasto suele salirse de control y entonces es
común la aparición de déficit en el presupuesto y mayor endeudamiento.
Junto a los problemas económicos, los petro-estados tienden a generar una
estructura que mina el desarrollo de la democracia. El Gobierno es en buena
medida autónomo, no requiere de la sociedad para mantenerse por el enorme
ingreso que recibe, lo que da pie a una asimetría de poder que induce al
autoritarismo.
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Actividad Financiera del Estado.
Concepto: la actividad financiera del estado comienza en el momento en que éste
se apropia de las riquezas o bienes producidos por las demás economías, y las
convierte en ingresos para atender los gastos que le causará cumplir su deber de
satisfacción de las necesidades públicas. Termina cuando el ingreso público se ha
convertido en servicio público o medio de satisfacer la necesidad.
La actividad financiera tiene dos fases principales:
1. Fase recaudatoria o de ingresos. Los ingresos públicos los obtiene el Estado ya
sea de los bienes que él puede poseer como un particular por ejemplo, productos
o rentas de fincas, fábricas o empresas públicas, e ingresos que el Estado obtiene
de la renta del sector privado pasa al Estado, a través principalmente del canal de
Impuesto.
9. 2. Fase de gastos- La segunda fase es la de inversión de los recursos obtenidos
en la fase recaudatoria para satisfacción de necesidades públicas. Es la fase del
gasto público.
Objetivo: Para las Finanzas clásicas, el fin de la actividad financiera es recaudar
ingresos. Tales ingresos se destinan al financiamiento del gasto para la
satisfacción de las necesidades colectivas. Los clásicos consideran que el Estado
no debe utilizar los fondos generados por los ingresos públicos para otra finalidad
que no sea la de satisfacer necesidades colectivas a través del gasto público.
Todos los ingresos públicos se justifican por la necesidad de hacer gastos. Sin
embargo, los ingresos públicos y los gastos públicos, en la práctica, se han
utilizado como medios para lograr fines distintos al fiscal. Así, el Estado moderno a
través del establecimiento de impuestos trata de orientar las costumbres sociales.
Así, se tienen los casos de los impuestos a los cigarrillos, licores y a la soltería.
Derecho que rige la actividad Financiera del Estado Venezolano.
La prestación de los servicios públicos, implica costos. Los medios económicos
para cubrirlos deben ser obtenidos, en general, de las economías privadas. Estas
economías se encuentran guiadas en el uso de los servicios públicos por el
principio del mínimo esfuerzo y el máximo beneficio. La referida actividad en un
Estado de Derecho, no puede aplicarse arbitrariamente, de ahí la necesidad de
que exista una ley que regule y determine su alcance. Las normas jurídicas
correspondientes a la actividad financiera, sólo han tenido cabal desarrollo en el
Estado Moderno, representativo de la voluntad nacional y fundado sobre la
igualdad de derechos los ciudadanos.
De conformidad con la Resolución Nro. 32 Sobre la organización, atribuciones y
funciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria SENIAT,
corresponde a este servicio autónomo, sin personalidad jurídica, dependiente del
Ministerio de Finanzas, el ejercicio de todas las funciones y potestades atribuidas
para la administración de los tributos internos y aduaneros conforme al
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10. ordenamiento jurídico, así como otorgar los contratos y ordenar los gastos
inherentes a la autonomía funcional financiera del Servicio.
Su misión es recaudar con niveles óptimos los tributos nacionales, a través de un
sistema integral de administración tributaria moderno, eficiente, equitativo y
confiable, bajo los principios de legalidad y respecto al contribuyente.
Entre sus objetivos estratégicos están:
El incremento de la recaudación tributaria de origen no petrolero.
Modernización del sistema jurídico tributario
Desarrollo de la cultura tributaria y
Mejora de la eficiencia y eficacia institucional
Adicionalmente, existe la Ley Orgánica de la Administración Financiera del
Sector Publico, la cual en su Art 1 expresa que: “Esta Ley tiene por objeto regular
la administración financiera el sistema de control interno del sector público, y los
aspectos referidos a la coordinación macroeconómica. Al Fondo de Estabilización
Macroeconómica y al Fondo de Ahorro Intergeneracional.” Artículo 3. Los sistemas
de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad regulados en esta Ley; así
como los sistemas tributario y de administración de bienes, regulados por leyes
especiales, conforman la administración financiera del sector público. Dichos
sistemas estarán interrelacionados y cada uno de ellos actuará bajo la
coordinación de un órgano rector.
En el Estado Venezolano, el ente regulador de los actos financieros es el
Ministerio de Finanzas, el cual tiene como misión y visión:
Misión: Ejercer la rectoría de la política económica, fiscal y la coordinación de la
Administración Financiera del Sector Público Nacional, dirigiendo y supervisando
la implantación y mantenimiento de los sistemas que la integran en el marco del
ordenamiento legal, con un claro enfoque de claridad, eficiencia y ética, para
contribuir en forma decisiva al bienestar económico y social de la nación.
Visión: Ser una organización pública moderna, acreditada y reconocida por sus
crecientes niveles de productividad en el desarrollo económico y social del país,
bajo la internalización del principio del compromiso de proporcionar bienestar a los
ciudadanos del Estado venezolano
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11. Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público.
- TÍTULO 1
DISPOSICIONES GENERALES Desde el Artículo 1 al 8
- TITULO II DEL SISTEMA PRESUPUESTARIO
-CAPITULO I Disposiciones Generales
Sección primera: normas comunes: Desde el Artículo 9 al 19
Sección segunda: organización del sistema: Desde el Artículo 20 al 23
-CAPITULO II Del Régimen Presupuestario de la República y de sus Entes
Descentralizados Funcionalmente sin Fines Empresariales
Sección primera: de los entes y órganos regidos por este capítulo: Articulo 24
Sección segunda: del marco plurianual del presupuesto: Desde el Artículo 25 al 29
Sección tercera: de la estructura de la ley de presupuesto: Artículo 30
-Título I Disposiciones Generales.
-Título II Presupuesto de Ingresos y Gastos Y Operaciones de Financiamiento de
la Republica.
-Título III Presupuestos de Ingresos Y Gastos Y Operaciones de Financiamiento
de los Entes Descentralizados Funcionalmente de la República, sin Fines
Empresariales: Desde Articulo 31 al 34
Sección cuarta: de la formulación del presupuesto de la República y de sus entes
descentralizados sin fines empresariales: Desde el Artículo 35 al 42
Sección quinta: de la ejecución del presupuesto de la República y de sus entes
descentralizados sin fines empresariales: Desde el Artículo 43 al 55
Sección sexta: de la Liquidación del presupuesto de la República y de sus entes
descentralizados funcionalmente sin fines empresariales: Desde el Artículo 56 al
58
Sección séptima: de la evaluación de la ejecución presupuestaria: Desde el
Artículo 59 al 61
-CAPÍTULO III Del Régimen Presupuestario de los Estados, del Distrito
Metropolitano de la Ciudad de Caracas, de los Distritos y de los Municipios: Desde
el Artículo 62 al 64
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12. -CAPÍTULO IV Del Régimen Presupuestario de las Sociedades Mercantiles del
Estado y Otros Entes Descentralizados Funcionalmente con fines Empresariales:
Desde el Artículo 65 al 74
-CAPÍTULO V Del Presupuesto Consolidado del Sector Público: Artículo 75
- TÍTULO III DEL SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO
CAPÍTULO I De la deuda Pública y de las Operaciones que la Generan: Desde el
Artículo 76 al 78
-CAPÍTULO II De la Autorización para Celebrar Operaciones de Crédito Público:
Desde el Artículo 79 al 86
-CAPÍTULO III De las Operaciones y Entes exceptuados del Régimen previsto en
este Título o de la Autorización Legislativa: Desde el Artículo 87 al 90
-CAPÍTULO IV De las Prohibiciones en Materia de Operaciones de Crédito
Público: Desde el Artículo 91 al 104
-TÍTULO IV DEL SISTEMA DE TESORERIA: Desde el Artículo 105 al 120
-TÍTULO V DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD PÚBLICA: Desde el Artículo 121 al
130
- TÍTULO VI DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO: Desde el Artículo 131 al
145
- TÍTULO VII DE LA COORDINACIÓN MACROECONÓMICA: Desde el Artículo
146 al 149
- TÍTULO VIII DE LA ESTABILIDAD DE LOS GASTOS Y SU SOSTENIBILIDAD
INTERGENERACIONAL
CAPITULO I Del Fondo de Estabilización Macroeconómica: Desde el Artículo 150
al 154
CAPITULO II Del Fondo de Ahorro Intergeneracional: Desde el Artículo 155 al 158
- TÍTULO IX DE LAS RESPONSABILIDADES: Desde el Artículo 159 al 166
-TITULO X DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS: Desde el Artículo 167
al 193.
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13. 13
Aspecto de la Actividad Financiera
La actividad financiera del Estado cubre diversos aspectos tales como: como
económico, político, jurídico y sociológico.
A continuación se esbozarán algunos de éstos aspectos.
Económico: Esa actividad financiera tiene, indudablemente, una dimensión
económica, por cuanto se ocupa de la obtención o inversión de los recursos
necesarios para la sostenibilidad del sector público, buscando el cumplimiento de
objetivos del Estado.
Según el nivel de jerarquía cada uno de los entes adscritos a una determinada
rama del sector público mantendrá los lineamientos de la máxima autoridad en lo
que a materia económica se refiere. Es así como, cada uno de los ministerios
sigue lo establecido por el Plan de la Nación. Cada organización y Estado
mantiene la línea adoptada por el ministerio que le corresponde, cada Municipio
garantiza el cumplimiento de los mandatos del Estado.
El Banco Central, como autoridad responsable, crea las condiciones internas para
hacer viable las modificaciones institucionales a los fines de garantizar la
consistencia y calidad de la política, el ejercicio de sus funciones en coordinación
con la política económica nacional; la mayor capacidad para promover y facilitar
consensos en torno a objetivos nacionales y para generar resultados congruentes
con los mismos, poniendo especial atención a los mecanismos de cooperación y a
la necesidad de que los mismos mantengan el principio de equilibrio propio de un
régimen democrático.
Político: No puede ocultarse el aspecto político que tiene el fenómeno financiero,
toda vez que la actividad financiera del Estado constituye una parte de la
administración pública y, esta, a su vez, está integrada por el conjunto de
actividades y servicios destinados al cumplimiento de los fines de utilidad general,
es evidente que solo podrá tenerse un concepto preciso de la actividad financiera
partiendo de una visión clara de la organización y de los fines estatales. La
actividad financiera no puede considerarse más que como la actuación en
concreto de la facultad que constituye la esencia misma del concepto de
14. soberanía. La orientación de las finanzas está directamente relacionada con la
orientación política del Estado.
Sociológico: La actividad financiera tiene también un aspecto sociológico, como
vemos que este resulta del régimen de los tributos y de los gastos públicos ejerce
una determinada influencia, más o menos decisiva, sobre los grupos sociales que
operan dentro del Estado.
Jurídico: El ordenamiento jurídico dicta las reglamentaciones que deberá seguir el
Estado para poner en práctica la planificación del presupuesto de la nació, así
como las partidas presupuestarias a asignar.
La Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (1999) dicta
los lineamientos a seguir como por ejemplo:
* Artículo 141: De los fundamentos de la Administración Pública.
* Artículo 299: Con relación al régimen socioeconómico de la República
Bolivariana de Venezuela, que hace mención a la Planificación estratégica,
democrática, participativa y de consulta abierta.
* Artículo 311: Con relación a la Gestión Fiscal.
* Artículo 313: De la administración económica y financiera.
* Artículo 315: Presupuestos públicos anuales de gastos.
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15. Conclusión
Una reseña importante ante la evolución de las finanzas públicas trae cambios
normativos haciendo más prácticos los métodos de las actividades financieras de
las gestiones administrativas, todo esto ajustado a un estado de derecho dentro de
los aspectos políticos, sociales,, económicos, Jurídicos, y administrativos de un
país en vía de desarrollo.
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