3. FAC TO R D E R I E S G O
C O N TA M I N A N T E S D E L A M B I E N T E
TIPO BIOLÓGICO
ANIMALES VENENOSOS O
ENFERMOS
REAL DECRETO 664/1997, de 12 de
mayo, sobre la protección de los
trabajadores
contra los riesgos relacionados con la
exposición a agentes biológicos
durante el trabajo.
Art n°1Mediante el presente Real Decreto
se establecen las disposiciones mínimas
aplicables a las actividades en las que
los trabajadores estén o puedan estar
expuestos a agentes biológicos debido a la
naturaleza de su actividad laboral.
4. FACTOR DE RIESGO
PRODUCTOS DE INSEGURIDAD TIPO LOCATIVO
ZONA DE ALMACENAMIENTO
Decreto Nacional 1594 de
1984
Artículo 121º.- El
almacenamiento de
materiales u objetos de
cualquier naturaleza deberá
hacerse sin que se creen
riesgos para la salud o el
bienestar de los trabajadores
o de la comunidad.
5. TIPO DE RIESGO
INSALUBRIDAD
ABASTOS DE AGUA
Decreto Nacional 1594 de 1984
Artículo 8º.- La descarga de
residuos en las aguas deberá
ajustarse a las reglamentaciones
que establezca el Ministerio de
Salud para fuentes receptoras.
6.
7. FACTOR DE RIESGO
CONTAMINANTE DEL AMBIENTE
TIPO BIOLÓGICO
PLANTAS VENENOSAS O URTICANTES
REAL DECRETO 664/1997, de 12 de
mayo, sobre la protección de los
trabajadores
contra los riesgos relacionados con la
exposición a agentes biológicos
durante el trabajo.
Art n°1Mediante el presente Real
Decreto se establecen las
disposiciones mínimas aplicables a las
actividades en las que
los trabajadores estén o puedan estar
expuestos a agentes biológicos debido
a la naturaleza de su actividad laboral.
8. FACTOR DE RIESGO
DE INSALUBRIDAD
ABASTOS DE AGUA
Decreto Nacional 1594 de 1984
Artículo 8º.- La descarga de
residuos en las aguas deberá
ajustarse a las reglamentaciones
que establezca el Ministerio de
Salud para fuentes receptoras
9. FACTOR DE RIESGO
PRODUCTORES DE INSEGURIDAD TIPO MECÁNICO
MAQUINAS PELIGROSAS SIN PROTECCIÓN
Decreto Nacional 1594 de 1984
Artículo 112º.- Todas las
maquinarias, equipos y herramientas
deberán ser
diseñados, construidos, instalados,
mantenidos y operados de manera
que se eviten las posibles causas
accidente y enfermedad
10.
11. FACTOR DE RIESGO
DE INSALUBRIDAD
ABASTOS DE AGUA
Decreto Nacional 1594 de 1984
Artículo 8º.- La descarga de
residuos en las aguas deberá
ajustarse a las reglamentaciones
que establezca el Ministerio de
Salud para fuentes receptoras
12. FACTOR DE RIESGO
DE INSALUBRIDAD
ABASTOS DE AGUA
Decreto Nacional 1594 de 1984
Artículo 8º.- La descarga de residuos
en las aguas deberá ajustarse a las
reglamentaciones que establezca el
Ministerio de Salud para fuentes
receptoras
13. FACTOR DE RIESGO
CONTAMINANTE DEL AMBIENTE
TIPO BIOLÓGICO
PLANTAS VENENOSAS O URTICANTES Y ANIMALES VENENOSOS O
ENFERMOS
REAL DECRETO 664/1997, de 12 de
mayo, sobre la protección de los
trabajadores
contra los riesgos relacionados con la
exposición a agentes biológicos
durante el trabajo.
Art n°1Mediante el presente Real Decreto
se establecen las disposiciones mínimas
aplicables a las actividades en las que
los trabajadores estén o puedan estar
expuestos a agentes biológicos debido a la
naturaleza de su actividad laboral.
14.
15. FACTOR DE RIESGO
DE INSALUBRIDAD
BASURAS
Decreto Nacional 1594 de 1984
Artículo 25º.- Solamente se
podrán utilizar como sitios de
disposición de basuras los predios
autorizados expresamente por el
Ministerio de Salud o la entidad
delegada.
16. FACTOR DE RIESGO
PRODUCTOS DE INSEGURIDAD
TIPO FÍSICO QUÍMICO
INCENDIO POR CORTO CIRCUITO
Decreto Nacional 1594 de 1984
Artículo 112º.- Todas las
maquinarias, equipos y
herramientas deberán ser
diseñados, construidos, instalado
s, mantenidos y operados de
manera que se eviten las posibles
causas accidente y enfermedad.
17. FACTOR DE RIESGO
DE INSALUBRIDAD
ASEOS SERVICIOS SANITARIOS
ARTÍCULO 1.- Reconocer el carácter de
insalubres, a los fines previstos en el artículo
1 del Decreto Nº 430/81, a las tareas
desempeñadas por el personal que preste
servicios en los sectores y servicios que
fueran declarados insalubres mediante
Resoluciones N 8379/05 y N 11776/07, Nº
3437/05, N 2328/05, Nº 2657/06, N
2329/05, N 8057/05 y Nº 11268/07, N
2327/05 y N 223/07 del Subsecretario de
Trabajo, cuyas copias forman parte integrante
del presente Decreto como Anexo 1
18.
19. FACTOR DE RIESGO
DE INSALUBRIDAD
BASURAS
Decreto Nacional 1594 de 1984
Artículo 25º.- Solamente se podrán utilizar como
sitios de disposición de basuras los predios
autorizados expresamente por el Ministerio de
Salud o la entidad delegada
20. FACTOR DE RIESGO
PRODUCTOS DE INSEGURIDAD TIPO LOCATIVO
ZONA DE ALMACENAMIENTO
Decreto Nacional 1594 de 1984
Artículo 121º.- El almacenamiento de
materiales u objetos de cualquier naturaleza
deberá hacerse sin que se creen riesgos para la
salud o el bienestar de los trabajadores o de la
comunidad.
21. FACTOR DE RIESGO
DE INSALUBRIDAD
ASEOS SERVICIOS SANITARIOS
ARTÍCULO 1.- Reconocer el carácter de
insalubres, a los fines previstos en el
artículo 1 del Decreto Nº 430/81, a las
tareas desempeñadas por el personal que
preste servicios en los sectores y servicios
que fueran declarados insalubres mediante
Resoluciones N 8379/05 y N
11776/07, Nº 3437/05, N 2328/05, Nº
2657/06, N 2329/05, N 8057/05 y Nº
11268/07, N 2327/05 y N 223/07 del
Subsecretario de Trabajo, cuyas copias
forman parte integrante del presente
Decreto como Anexo 1