2. AUDITORIA Es una revisión analítica hecha por un contador publico, del control interno y registros de contabilidad de una empresa mercantil u otra unidad económica, que precede a la expresión de su opinión acerca de la corrección de los estados financieros.
3. NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA es la presencia de la voluntad internacional orientada al desarrollo sostenido de la profesión contable, a fin de permitirle disponer de elementos técnicos, uniformes y necesarios para brindar servicios de alta calidad para el interés público. Estas normas fueron expedidas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC), y las actualizaciones que realiza su Comité Internacional de Prácticas de Auditoria anualmente,
4. Normas internacionales de auditoria 100 – 199 Asuntos Introductorios 200 – 299 Responsabilidades 300 – 399 Planeación 400 – 499 Control Interno 500 – 599 Evidencia de Auditoría
5. 600 – 699 Uso del Trabajo de Otros 700 – 799 Conclusiones y Dictamen de Auditoría 900 – 999 Servicios Relacionados 1000 – 1100 Declaraciones Internacionales de Auditoría
6. . Asuntos introductorios. 100 Prefacio a las Normas Internacionales de Auditoría El propósito de este prefacio es facilitar la comprensión de los objetivos y procedimientos operativos del Comité Internacional de Prácticas de Auditoría (IAPC), un comité permanente del Consejo de la Federación Internacional de Contadores Públicos, y el alcance y autoridad de los documentos que emite. Glosario de términos Esta norma presenta un glosario de los términos de auditoría más comúnmente utilizados en estas normas internacionales. 120 Marco de referencia de las Normas Internacionales de Auditoría Esta norma describe el marco en el cual se emiten las Normas Internacionales de Auditoría con relación a los servicios que los auditores pueden brindar, comprende los informes y revisión del trabajo de auditoría y que proporciona evidencia del trabajo efectuado para respaldar el dictamen emitido. Se refiere también al uso de papeles de trabajo y legajos estandarizados, su propiedad y custodia.
7. Responsabilidades Fraude y error Esta norma trata la responsabilidad del auditor para la detecci ó n de informaci ó n significativamente err ó nea que resulte de fraude o error, al efectuar la auditor í a de informaci ó n financiera. Proporciona una gu í a con respecto a los procedimientos que debe aplicar el auditor cuando encuentra situaciones que son motivo de sospecha o cuando determina que ha ocurrido un fraude o error. Consideraci ó n de las leyes y reglamentos en una auditor í a de estados financieros Esta norma tiene como objetivo establecer normas y pautas sobre la responsabilidad del auditor en la consideraci ó n de las leyes y reglamentaciones en una auditor í a de estados financieros. Esta norma es aplicable a las auditor í as de estados financieros pero no a otros trabajos en los que se contrata al auditor para emitir un informe especial sobre el cumplimiento de reglamentaciones espec í ficas
8.
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10. * Consideraciones de auditor í a en entidades que utilizan organizaciones prestadoras de servicios Esta norma establece que el auditor debe obtener una comprensi ó n adecuada de los sistemas contables y el control interno para planificar la auditor í a y desarrollar un enfoque de auditor í a efectivo. La entidad emisora de los estados financieros puede contratar los servicios de una organizaci ó n que, por ejemplo, ejecuta transacciones y lleva la contabilidad o registro de las transacciones, y procesa los datos correspondiente. El auditor debe considerar de qu é manera una organizaci ó n prestadora de servicios afecta los sistemas contables y el control interno del cliente .
11. prop ó sito de esta norma es ampliar el principio b á sico relacionado con la evidencia de auditor í a suficiente y adecuada que debe obtener el auditor para poder arribar a conclusiones razonables en las que basar su opini ó n con respecto a la informaci ó n financiera y los m é todos para obtener dicha evidencia. Consideraciones adicionales para partidas espec í ficas El prop ó sito de esta norma es proporcionar pautas relacionadas con la obtenci ó n de evidencia de auditor í a a trav é s de la observaci ó n de inventarios, confirmaci ó n de cuentas a cobrar e indagaci ó n referida a acciones judiciales, ya que en general se considera que estos financieros y los servicios de auditor í a y relacionados. Este marco no es aplicable a otros servicios, tales como impuestos, consultor í a y asesoramiento financiero y contable. Evidencia de Auditoria