La resolución sanciona a la distribuidora EdERSA con una multa de $1,351,995.70 por incumplir con las normas de calidad de servicio. La multa deberá ser repartida entre 74,621 usuarios afectados mediante créditos en sus próximas facturas. Además, la resolución establece los valores actualizados de los cánones de riego para diferentes sistemas de la provincia de Río Negro.
Proyecto por la Regionalización y la Función Municipal
Res epre58 13
1. 16
BOLETIN OFICIAL N° 5134 Viedma, 11 de Abril de 2013
Nota: La versión completa de la presente Re- Art. 2º - Sancionar a la Distribuidora EdERSA Art. 3º - Dentro de los 120 días corridos de
solución se puede consultar en la página web del por haber incumplido con la obligación establecida notificada la presente, la Distribuidora (EdERSA)
EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del en el numeral 3.2 del Subanexo 3 del Contrato de deberá presentar un detalle de facturación
EPRE, 9 de julio 174, de Cipolletti, Río Negro. Concesión “Normas de Calidad del Servicio y conteniendo a los usuarios indicados en el Art. 2°
—oOo— Sanciones” durante el semestre 16 de control de la en el cual se constate la acreditación prevista en
Etapa II (desde el 01/03/2010 al 31/08/2010) dichos numerales. Este detalle se implementará en
Resolución EPRE Nº 58/13 considerando las circunstancias de hecho y de medio informático conteniendo mínimamente los
Cipolletti, 1 de marzo de 2013. derecho desarrolladas en la motivación de esta siguientes campos informativos: usuario, período
Visto, el expediente del registro del Ente Pro- Resolución y en la AL Nº 294/12, con una multa de consumo, consumo, facturación sin crédito,
vincial Regulador de la Electricidad de Río Negro total de pesos un millón trescientos cincuenta y un crédito, facturado con crédito.
Nº 21083/12 caratulado “Evaluación de la Calidad mil novecientos noventa y cinco con 70/00 ($ Art. 4º - Regístrese, y luego proceder conforme
de Servicio Técnico - Índices 16 ° Semestre - 1.351.995,70). Dicha multa deberá ser descon- lo dispuesto en el Art. 15 de la ley K 88, modificado
Distribuidora EdERSA” y; tada entre los 74.621 (setenta y cuatro mil por la ley 4739, notifíquese a la Distribuidora
CONSIDERANDO: … seiscientos veintiuno) usuarios afectados detalla- EdERSA.
El Directorio del Ente Provincial dos en la Tabla N° 9 incorporada a fojas 5 en Fdo.: Ing. Mario López, Presidente del
Regulador de la Electricidad soporte magnético, conforme los montos Directorio del EPRE.
RESUELVE: detallados en la misma tabla. La bonificación a Nota: La versión completa de la presente Re-
Artículo 1º - Tener por no presentados descargos cada usuario deberá hacerse efectiva a partir de la solución se puede consultar en la página web del
contra la imputación formulada en el Art. 1º de la primera facturación luego de notificado el presente EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del
Resol. EPRE AL Nº 294/12. acto administrativo. EPRE, 9 de julio 174, de Cipolletti, Río Negro.
———oOo———
República Argentina “Artículo 1°.- Establecer el Canon de Riego para la Red Oficial a partir
Provincia de Río Negro del 6° bimestre del 2012, de acuerdo al siguiente detalle:
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS Sub-Distrito Margen Norte
Resolución Nº 272 Canon Red Oficial - Canal Principal .............................. 73,05 $/ha./año
Expediente N° 77001-DGCM-06 Canon Red Secundaria - Colonia Nielsen-Belisle ........... 56,61 $/ha./año
Viedma, 04 de Abril de 2013. Canon Red Secundaria - Colonia Darwin ........................ 74,88 $/ha./año
Visto el expediente de referencia del registro del Departamento Provin-
cial de Aguas, y Sistema Choele Choel Canal Matriz
CONSIDERANDO: Canon Red Principal Troncal .......................................... 73,05 $/ha./año
Que mediante Resolución N° 102/13 de fecha 04 de febrero de 2013 (fs.
56/58), se ha establecido valor de monto de Canon de Riego para la Red Distrito Salto Andersen Río Colorado
Oficial, procediendo a la actualización de los valores fijados oportunamente Canon Red Oficial - Canal Principal .............................. 65,29 $/ha./año
por Resolución N° 678/11 (fs. 33/35) de fecha 05 de mayo de 2011;
Que la actualización establecida para los distintos sistemas detallados en Distrito General Conesa Frías
su artículo 1°, resulta equivalente al incremento producido como consecuencia Canon Red Oficial - Sistema General Conesa Frías ..... 219,17 $/ha./año
de la redeterminación de precios practicada en el Contrato suscripto con
Aguas Rionegrinas S.E. para la operación y mantenimientos de los sistemas Distrito Valle Inferior
de riego no consorciados de propiedad del Organismo, y a los fines de cubrir Canon Red Oficial - Canal Principal .............................. 73,05 $/ha./ano
los costos correspondientes en cada uno de ellos;
Que por Nota N° 023-IGR-13 (fs. 62), Intendencia General de Riego Distrito Catriel
informa sobre error detectado en la determinación del monto de Canon de Canon Red Oficial - Canal Principal ............................ 105,20 $/ha./año
Riego correspondiente al “Distrito El Bolsón- Red Oficial Villa Turismo”, Canon Red Oficial - Zona Urbana ................................. 152,05 $/ha./año
que fuera detectado por esa dependencia luego de la publicación del
mencionado acto administrativo; Sub-Distrito Valle Verde
Que el error comunicado resulta evidente al observarse que no solo no se Canon Sistema Riego y Drenaje Valle Verde .................. 60,73 $/ha./año
ha computado, en el citado Canon, un incr.emento equivalente al porcentaje
aplicado en el resto de los sistemas, sino que el valor del mismo resulta aún Sub-Distrito Peñas Blancas
inferior. al establecido en Resolución N° 678/11 que se pretendió actualizar; Canon Sistema de Riego Peñas Blancas .......................... 60,73 $/ha./año
Que a los efectos de salvar el error involuntario cometido, resulta necesario
proceder al dictado de acto administrativo que enmiende tal circunstan- Distrito Valcheta
cia; Canon Red Oficial ............................................................. 43,83 $/ha./ano
Que la presente se encuadra y halla sustento legal en lo establecido en
Ley A N° 2938 artículo 23° y artículos 257°, 260° y 261° de la Ley N° 2952; Distrito El Bolsón
Que han tomado debida intervención el servicio de asesoramiento legal Canon Red Oficial Villa Turismo .................................. 228,30 $/ha./año
permanente del Organismo y Fiscalía de Estado; Red Oficial Sistema I ........................................................ 54,79 $/ha./año
Por ello; Red Oficial Sistema II ....................................................... 54,79 $/ha./afio
El Intendente General Red Oficial Sistema Mallín Ahogado .............................. 36,16 $/ha./año
a/c de la Superintendencia General de Aguas
RESUELVE: Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
Artículo 1º.- Modificar el texto del artículo 1° de la Resolución N° 102/ cumplido archívese.
13 del registro del Departamento Provincial de Aguas, el cual quedará Ing. Luis R. Cordero, Intendente general a/c de la Superintendencia Gral.
redactado de la siguiente manera: D.P.A.