El documento habla sobre la actividad financiera del estado. Explica que la actividad financiera del estado incluye obtener ingresos y realizar gastos para satisfacer las necesidades públicas. También cubre los fines fiscales y extra-fiscales de la actividad financiera del estado. Finalmente, discute cómo Venezuela ha usado el petróleo para mantener su economía pero ha fallado en controlar la inflación debido a gastos innecesarios y una alta deuda pública.
2. es
el conjunto de actos que realiza el estado u otro ente público para obtener los ingresos y realizar los gastos necesarios para alcanzar sus fines. Estos son satisfacer las
necesidades públicas. Es esta una actividad compleja que necesita estar regulada por normas de derecho.
Esta la desarrolla el estado para realizar erogaciones o gastos, como así también cuando obtiene recursos o medios monetarios para atender dichas erogaciones. Seguidamente
encontramos que la actividad financiera del estado tiene fines fiscales y extra-fiscales. Los primeros son aquellos por medio de los cuales se obtiene recursos y cubre los gastos
presupuestados, sin originar déficit ni superávit. Los extrafiscales son los que persigue el Estado para llevar a cabo una acción de intervencionismo en materia económica, social y
política.
LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL
ESTADO
el sistema económico venezolano en la constitución
de la República Bolivariana de Venezuela, en el título
VI, del sistema socioeconómico y de la función del
Estado en la economía, establece que el Estado debe
orientar las políticas macroeconómicas y sectoriales
para promover el crecimiento y el bienestar. La
actividad financiera del Estado comienza en el
momento en que éste se apropia de las riquezas o
bienes producidos por las demás economías, y las
convierte en ingresos para atender los gastos que le
causará cumplir su deber de satisfacción de las
necesidades públicas. Termina cuando el ingreso
público se ha convertido en servicio público o medio
de satisfacer la necesidad.
hoy en día Venezuela, teniendo como nuevo gobierno al Presidente Nicolás
Maduro, ha usado el petróleo como principal fuente de exportación como forma
de mantener la economía estable, pero el gobierno ha fracasado en su intento por
que la inflación actualmente posee el orden del 30% o 35% más que los años
anteriores; a pesar que se han hecho negociaciones con otros gobiernos como el
chino por nombrar alguno para la explotación petrolera de la faja del Orinoco.
Luego encontramos las cifras que manejan los economistas del Banco Central de
Venezuela, lo cual nos hablan siempre de un crecimiento sostenido de la
economía lo que es cierto, por que las exportaciones petroleras y el precio del
barril del crudo se ha mantenido alto, pero lo que no es menos cierto es que
Venezuela ha adquirido muchos compromisos con otros países y ha financiado
muchas obras lo que ha generado un gasto innecesario a la nación, sumado a
esto la deuda pública, la cual es alta.
3. la actividad financiera se relaciona con la gestión de dos variables fundamentales
(ingresos y gastos), variables que se encuentran presentes no sólo en la actividad del
sector público, sino también en la esfera privada de la sociedad. Aún cuando ambos
sectores dirijan sus esfuerzos a la obtención de medios que les permitan satisfacer
múltiples necesidades, su actividad financiera difiere en uno y otro caso.
Derecho Tributario
Es una rama del Derecho Público que estudia las normas
jurídicas, a través de las cuales, el Estado ejerce su poder
tributario con el propósito de obtener, de los particulares,
ingresos que sirvan para sufragar el Gasto Público, en aras
de la consecución del bien común.
El Derecho Tributario no es pura recaudación, es las
Instituciones que regulan la recaudación, como operan, si
operan en armonía con las garantías del individuo.
Derecho Financiero
Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad
financiera del estado en sus tres momentos a saber: en el
establecimiento de atributos y la obtención de diversas clases de
recursos; en la gestión o manejo de sus bienes patrimoniales; y
en la erogación de recursos para los gastos públicos, así como
las relaciones jurídicas que en el ejercicio de dicha actividad se
entablen entre los diversos órganos del Estado o entre dichos
órganos y los particulares, ya sean deudores o acreedores del
Estado.
4. dicho artículo nos tipifica que los contratos de
estabilidad jurídica a los que se refiere el numeral 4 de
este artículo ejusdem; deberán contar con la opinión
favorable de la Administración Tributaria respectiva, y
estarán en vigencia una vez aprobados por el Órgano
Legislativo correspondiente.
el articulo 2; del Código Tributario Vigente en nuestra legislación Venezolana; establece las Fuentes del Derecho Tributario:
1. Las disposiciones constitucionales.
2. Los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados por la República.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley.
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de régimen de tributos nacionales, estadales municipales, las reglamentaciones y demás
disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.