2. UNIVERSO LABORAL EN MÉXICO
Actualmente en México la
población económicamente
activa es de: RETO:
Acabar con el Déficit de
50.9 millones de Empleo.
personas. Estimular el crecimiento
económico, empleo y
competitividad.
3. REFORMA LABORAL
Busca incorporar medidas que
permitan conciliar por un lado,
la efectiva protección de los
derechos de los trabajadores y
por otro el legítimo interés de
los patrones por encontrar
mecanismos que favorezcan
la competitividad y
productividad de los centros
de trabajo.
4. PROBLEMÁTICA QUE SE PRESENTABA
El marco jurídico laboral había quedado rebasado ante las nuevas
circunstancias demográficas, económicas y sociales.
La legislación actual no respondía a la urgencia de incrementar la
productividad de las empresas y la competitividad del país, ni tampoco
a la necesidad de generación de empleos.
Subsistían condiciones que dificultaban que en las relaciones de
trabajo prevalezcan los principios de equidad, igualdad y no
discriminación.
El anacronismo de las disposiciones procesales constituye un factor
que propicia rezagos e impide la modernización de la justicia laboral.
A pesar de que nuestro país ha tenido importantes progresos
democráticos y de libertad, era necesario avanzar hacia mejores
prácticas en las organizaciones sindicales, que favorecieran la toma
de decisiones.
La normatividad laboral no preveía sanciones significativas a quienes
incurren en prácticas desleales e informales contrarias a la ley.
5. CRONOLOGÍA
1 de septiembre de 2012. Iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, enviada al Congreso por
el Presidente Felipe Calderón
11 de septiembre de 2012 Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y
adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo,
presentada por las fracciones parlamentarias del PRD, PT y
Movimiento Ciudadano
28 de Septiembre de 2012. Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara
de Diputados a la iniciativa del Ejecutivo Federal con Proyecto de
decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la
Ley Federal del Trabajo
Documento enviado el 1 de Octubre al Minuta del Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y
Senado de la República para su derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo,
discusión aprobado el 28 de septiembre de 2012 por la Cámara de Diputados
Documento recibido en la Cámara de Minuta del Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y
Diputados con las modificaciones derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, para los
aprobadas en el Senado, en la sesión efectos de la fracción e) del Artículo 72 constitucional
del 23 de Octubre de 2012
8 de noviembre de 2012 Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara
de Diputados, con Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga
diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, que envía el
Senado de la República.
6. INICIATIVA PREFERENTE
DECRETO POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 71.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el último párrafo del
artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 71. .....
I. a III. .....
Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República,
por las legislaturas de los Estados o por las diputaciones de
los mismos, pasarán desde luego a comisión. Las que
presentaren los diputados o los senadores, se sujetarán a los
trámites que designen la Ley del Congreso y sus reglamentos
respectivos.
7. REFORMA LABORAL: NUEVOS ESQUEMAS
DE CONTRATACION
PAGO POR HORA Art. 83
Personas que no pueden
trabajar una jornada
completa puedan
incorporarse al trabajo
con previsiones legales.
La base del pago por
hora es el salario mínimo
vigente.
Lo menos que se podrá
ganar en el pago por hora
es la jornada laboral de 8
horas.
8. REFORMA LABORAL: NUEVOS ESQUEMAS
DE CONTRATACION
Contratos de Prueba y Art. 39 A, B, C, D, E, F
Capacitación inicial
153 A, B, C, D, E, F, F Bis, G,
Buscan mejorar e
incrementar las H
oportunidades laborales y
reducir la incertidumbre
para los inversionistas al
aprovechar al máximo la
capacidad laboral de los
trabajadores y dotarlos
de experiencia.
9. REFORMA LABORAL: NUEVOS ESQUEMAS
DE CONTRATACION
PRODUCTIVIDAD Art. 153 I, J, K, L, N, Q, V.
Se establece el COMITÉ
NACIONAL DE
PRODUCTIVIDAD y se
obliga a:
Capacitar al trabajador
durante horas de trabajo.
Establecer un sistema de
bonos y comisiones
producto de los
incrementos en
productividad.
10. REFORMA LABORAL: NUEVOS ESQUEMAS
DE CONTRATACION
Reglamentación del Art. 15A, 15B, 15C, 15D
“outsourcing” o
subcontratación
Se establecen reglas claras
para el uso de esta figura y no
será permitida cuando su
finalidad sea disminuir
derechos laborales.
Multa de 250 a 5000 veces el
salario mínimo general a
quien utilice este régimen de
contratación en forma dolosa.
Protegue los derechos en
materia de seguridad social del
trabajador.
11. OTRAS DISPOSICIONES: EQUIDAD Y
GÉNERO
QUEDA PROHIBIDO:
Discriminación por cuestiones
de género.
Art. 133 I, XIV, XV y XII
Exigir certificados médicos
de ingravidez para el ingreso,
permanencia y ascenso en el
empleo.
Despedir o coaccionar
directamente o indirectamente
para que renuncie por estar
embarazada, por cambio de
estado civil o por el cuidado
de hijos menores.
Actos de hostigamiento o Multas de 250 a 5000 salarios
acoso sexual, se castigará a mínimos al patrón que
quienes permitan o toleren tales
realice, tolere o permita actos
conductas y considerarlas como
causales de rescisión de la de hostigamiento sexual
relación de trabajo.
12. OTRAS DISPOSICIONES: EQUIDAD Y
GÉNERO
PERMISOS PARA PADRES:
Art. 170 Adopción
Las mujeres trabajadoras puedan Art. 132 XXVII Bis Paternidad
distribuir las semanas de
descanso pre y postnatal, así
como reducir en una hora la
jornada de trabajo, durante los
periodos de lactancia, a efecto
de que puedan convivir con el
recién nacido.
Otorgamiento de permiso de
paternidad (nacimiento o
adopción) de cinco días, con
goce de sueldo. Con ello, se
contribuye a fomentar la
conciliación entre la vida laboral y
familiar de las personas, pues
ambos padres compartirán el
gozo y la atención del recién
nacido.
13. OTRAS DISPOSICIONES: TRABAJO
INFANTIL
Faculta a la autoridad para
ordenar el CESE INMEDIATO Art. 22 Bis
de menores de 14 años fuera
del círculo familiar.
Queda prohibido que realicen
labores donde existan
condiciones que afecten su
vida, desarrollo y salud física
y mental.
En caso de que un menor no
perciba el mismo salario de un
trabajador el patrón deberá
resarcir la diferencia.
Multas de 50 a 2500 salarios
mínimos.
14. OTRAS DISPOSICIONES: TRABAJO A
DOMICILIO
Se considera como trabajo a Art. 311, 333 y 336
domicilio el que se realiza a
distancia utilizando tecnologías
de la información y la
comunicación.
Favorece la posibilidad de
compaginar las actividades
laborales con
responsabilidades
familiares, contando con
protección de las normas
de trabajo y seguridad
social.
Un gran porcentaje labora en
su domicilio y utiliza las
nuevas tecnológías como
herramienta de trabajo.
15. OTRAS DISPOSICIONES: JUSTICIA
LABORAL PRONTA Y EXPEDITA.
Modernizar el sistema de impartición de
justicia laboral. Acabar con el coyotaje y
la simulación. Acabar con la corrupción.
El pago completo de salarios caídos
para el trabajador será efectuado Si la obstaculización de los juicios se
durante los primeros 12 meses del debe a conductas irregulares de los
juicio laboral. Después se le pagará servidores públicos la sanción
aplicable será la suspensión hasta
una cantidad equivalente al 2% de por 90 días sin pago de salario, en
salario mensual sobre la base de 15 caso de reincidencia, se le separará
meses de salario (12 meses más la del cargo.
indemnización constitucional de 3
meses), obteniendo así un interés
anual del 24%.
Aquellos abogados, litigantes o
representantes que promuevan
acciones con la finalidad de
prolongar la resolución de un
juicio laboral, se les impondrá una
multa de 100 a 1000 veces el
salario mínimo general.
16. OTRAS DISPOSICIONES: TRANSPARENCIA
Y DEMOCRACIA SINDICAL
Voto libre y secreto como uno de Art. 371 y 373
los mecanismos de elección de sus
directivas.
Se amplían reglas para la
rendición de cuentas
incluyendo la información del
manejo de recursos, la
revisión de la información
contable y financiera.
Los estatutos deberán
contemplar las consecuencias
del incumplimiento de estas
normas.
17. ARTÍCULOS QUE SE RETOMARON
Con 361 votos a favor, 128 en contra y 11 abstenciones, el 8 de
noviembre se aprobó nuevamente en lo general la Reforma Laboral.
8 artículos fueron enviados del Senado con modificaciones que entraron
en disputa.
371 y 373, establecen la elección de líderes sindicales mediante voto
libre, directo y secreto, o votación indirecta y secreta; un auditor externo
para los sindicatos mayores de 150 miembros y la transparencia en el
destino de cuotas y el patrimonio de los sindicatos. Se aprobaron.
364 Bis, 365 Bis, 391Bis y 424Bis que establecen la máxima
publicidad de los registros de los sindicatos que deberá incluir,
domicilio, nombre, integrantes del Comité Ejecutivo y número de socios.
Difundir y entregar a cualquier persona los contratos colectivos y
expedir copias de los reglamentos interiores de trabajo de las
organizaciones gremiales. Estos 4 artículos se discutieron y fueron
aprobados.
388 Bis y 390 Estos artículos no fueron discutidos.